Los Niños del Espacio de Desarrollo Infantil “Dulce Despertar” visitaron el Palacio de Justicia en el marco de una actividad educativa por el Día del Periodista Paraguayo. Durante la jornada, participaron de una actividad educativa y simbólica en la que formularon preguntas a autoridades de la Corte Suprema de Justicia para conocer, de manera sencilla, su labor institucional.
Los niños y niñas entregaron un presente a las autoridades como gesto de agradecimiento. La actividad, denominada “Periodistas por un día”, tuvo carácter formativo y estuvo orientada a acercar a los participantes al funcionamiento del Poder Judicial.
Te puede interesar: Ministros de la Corte visitaron a las personas afectadas tras incidente en obra
Durante la jornada, realizaron preguntas al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, y al vicepresidente primero, Luis María Benítez Riera, quienes respondieron a las consultas y compartieron aspectos de su labor diaria.
La actividad, denominada “Periodistas por un día”, tuvo carácter formativo y estuvo orientada a acercar a los participantes al funcionamiento del Poder Judicial. Al finalizar, los niños y niñas entregaron un presente a las autoridades como gesto de agradecimiento.
Podes leer: Líder del Clan Rotela enfrentará otro juicio oral y esta vez por el motín en Tacumbú
Dejanos tu comentario
Plantean hasta 20 años de cárcel para quienes alteren la identidad biológica de niños
Un grupo de senadores acudió este miércoles a la Plaza de Armas para recepcionar la iniciativa popular que propone hasta 20 años de cárcel para los adultos que interfieran, alteren o dañen la percepción natural del niño acerca de la sexualidad o su identidad biológica.
El proyecto denominado “La ideología de género es abuso infantil” ya tuvo entrada oficial y fue girado a la Comisión de Legislación de la Cámara para su dictamen correspondiente. El mismo es impulsado por sectores conservadores y religiosos.
Los impulsores buscan modificar el artículo 135 de la ley 6002&/17 que modifica la ley 1160/97 del Código Penal, modificado por el artículo 1 de la ley 3440/08 que modifica varias disposiciones de la ley 1160/97del Código Penal.
El documento en su artículo 135, inciso A, referente al abuso sexual en niños detalla en su artículo 1 que “el que realizara actos sexuales con un niño, o lo indujera a realizarlo en sí mismo o a terceros, será castigado con pena privativa de libertad de cuatro a quince años. Con la misma pena será castigado el que realizara actos sexuales manifiestamente relevantes ante un niño y dirigidos a él, o lo indujera a realizarlos ante sí o ante terceros.
En su artículo 2 menciona que en los casos señalados en el inciso anterior la pena privativa de libertad será de diez a quince años cuando el autor al realizar el hecho haya maltratado físicamente a la víctima, haya abusado de la víctima en diversas ocasiones; o haya cometido el hecho con un niño que sea su hijo biológico, adoptivo o hijastro, o con un niño o niña cuya educación o tutela o guarda este a su cargo.
Agrega que cuando concurra más de una circunstancia de las señaladas en el inciso 2, el autor será castigado con pena privativa de libertad de quince a veinte años. En los casos señalados en el inciso 1, la pena privativa de libertad no será menor de 15 años cuando el autor haya realizado el coito con la víctima. En caso de que la víctima sea menor de diez años, la pena no será menor de veinte años. Menciona que se entenderá por niño, a los efectos de este capítulo, la persona que no haya cumplido catorce años de edad.
En su artículo 135, inciso b referente al abuso por medios tecnológicos, el proyecto de ley argumenta que “el que por medio de publicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, solicite o exija de cualquier modo a un niño o niña que realice actos sexuales o que le envíe imágenes de sí misma con contenido sexual, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años. Será castigada también la tentativa”.
Mientras que en su artículo 135, inciso C hace referencia al abuso bajo otras formas el cual expresa que “el que elaborara, distribuyera, comercializara, promocionara, difundiera, publicara materiales impresos o realizara actos que pudieran interferir, alterar o dañar la percepción natural del niño acerca de la sexualidad, el ejercicio de ella o su identidad biológica, será castigado con pena privativa de libertad ah de cuatro a diez años”.
Si el hecho fuere cometido por un funcionario público o autoridad electa, será castigado con pena privativa de libertad de diez a quince años. En el caso señalado en el inciso anterior la pena privativa de libertad será de 15 a 20 años cuando el funcionario o autoridad haya autorizado o aprobado tales materiales o actos.
Dejanos tu comentario
Lobby de Filizzola surte efecto: Tribunal cede a recusación y aparta al juez del caso
Una vez más, la justicia y el lobby que habría hecho el senador y exministro Rafael Filizzola con algunos miembros de la Corte tuvo efecto positivo.
Un tribunal de apelación, por mayoría, hizo lugar a la recusación planteada por el acusado contra el juez penal de garantías Yoan Paul López, quien fue separado del caso por lesión de confianza conocido como “comisarías de oro”.
Los camaristas Jesús Riera y Paublino Escobar votaron por hacer lugar a la recusación del magistrado López y ordenaron que el expediente judicial sea remitido al juzgado que corresponda para poder continuar el proceso penal. Mientras tanto, la camarista Adriana Giagni votó en disidencia.
Ahora se deberá esperar a que se asigne un juzgado penal de garantías competente para que pueda fijar la fecha de la audiencia preliminar, donde se definirá si el proceso penal se eleva a un juicio oral y público.
El Tribunal de Apelación sostuvo que no se trata de una cuestión meramente incidental o accesoria, sino de un aspecto que afecta la subsistencia misma de la acción penal.
En ese sentido, consideró reunidos los requisitos del inciso 10 del artículo 50, debido a que la opinión sobre el procedimiento consta por escrito en las actuaciones.
Asimismo, el colegiado señaló que el propio juez López reconoció, al presentar su informe, haber “sentado postura anteriormente en el presente proceso” y manifestó que no tenía reparos en que se aplicara el criterio de la Sala Penal para apartarlo de la causa.
Podes leer: Justicia dispone de 900 tobilleras electrónicas e insta a los jueces a ordenar su uso
Dejanos tu comentario
Instalan mesa técnica para estudiar proyecto sobre protección laboral infantil
La Comisión de Familia, Niñez, Adolescencia y Juventud de la Cámara de Senadores instaló una mesa de trabajo con autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) y del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (Minna) para analizar el proyecto sobre protección laboral de niños y adolescentes.
Según la proyectista, se busca garantizar a niños y adolescentes el derecho a ser protegidos contra el trabajo infantil, mediante acciones de prevención, detección, atención, sanción y reparación de los daños ocasionados por estas prácticas.
La senadora Lizarella Valiente fundamenta que Paraguay cuenta actualmente con un listado de las formas de trabajo infantil peligroso, establecido mediante el Decreto n.º 4951/2005.
Sin embargo, en su proyecto de ley señala que este instrumento resulta insuficiente, debido a que no contempla un régimen sancionatorio específico y eficaz que permita castigar estas prácticas y evitar situaciones que pongan en riesgo la vida, la salud y la integridad de niños y adolescentes.
Durante la reunión realizada este jueves se acordó revisar nuevamente las modificaciones planteadas por ambas instituciones, para posteriormente realizar una reunión conjunta con las comisiones de Legislación y de Derechos Humanos.
Se apunta a consensuar el texto y emitir el dictamen correspondiente, antes de su consideración en plenaria, conforme expresó la directora de la Comisión de Familia, Niñez, Adolescencia y Juventud, abogada Margarita Yahari.
Dejanos tu comentario
Condenan a 19 años de cárcel a un hombre encontrado culpable por abuso sexual en niños
Un tribunal de sentencia dictó la condena de 19 años de pena privativa de libertad contra un hombre hallado culpable del hecho punible de abuso sexual en niños, cuyas víctimas fueron dos menores de edad.
Durante la audiencia oral y pública, la acusación del Ministerio Público fue sostenida de manera firme por el agente fiscal Fidel Walter Castro Bogarín, de la sede fiscal de María Auxiliadora, en el departamento de Itapúa.
Durante el desarrollo del juicio oral, la representación fiscal presentó y produjo un sólido caudal probatorio compuesto por testimonios claves, informes psicológicos especializados y otros elementos científicos y periciales que permitieron acreditar de forma fehaciente tanto la existencia del hecho punible como la plena responsabilidad penal del acusado.
De acuerdo con los antecedentes recopilados en la carpeta de investigación, los abusos se perpetraron en reiteradas ocasiones a lo largo del año 2022.
La rigurosidad en la recolección de evidencias y el trabajo articulado con profesionales del área psicológica fueron determinantes para esclarecer el caso ante el órgano judicial, logrando finalmente que el Tribunal de Sentencia imponga una condena ejemplar en resguardo de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Igualmente, la defensa del condenado tiene la posibilidad de poder apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación quien definirá si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o dispone que se realice un nuevo juicio oral.
Podes leer: Balística confirma: arma usada en Eusebio Ayala es del asalto en San Pedro del Paraná