Desde la Corte Suprema de Justicia informaron este lunes 13 de abril que la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional presentó su informe de seguimiento de audiencias preliminares correspondiente al período del 6 al 10 de abril de 2026.
“Los datos provienen de los Juzgados Penales de Garantías, de Delitos Económicos, así como de los juzgados de la Niñez y la Adolescencia y de los especializados en Crimen Organizado de la Capital”, aclararon.
Indicaron además, que de acuerdo con el informe del 6 al 10 de abril del corriente año se detalla que se realizaron 87 audiencias, correspodiente a un 61 %, en tanto que 56 fueron suspendidas, representando esto un 39 %.
Según los datos, de las audiencias preliminares suspendidas, 27 fueron por incomparecencia, 21 por pedidos de suspensión, 5 por planteos procesales, 2 por falta de traslado de penitenciaría y 1 por falta de notificación.
Finalmente, el informe contempla las audiencias preliminares programadas por los Juzgados Penales de Garantías de Capital y de Delitos Económicos, Juzgados Penales de la Adolescencia Primer Turno y Segundo Turno, y los especializados en Crimen Organizado, 1er, 2do y 3er turno.
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El lunes habrá asueto judicial en Jesús de Tavarangüé por su aniversario fundacional
Este miércoles, la Corte Suprema de Justicia informó que resolvió establecer asueto judicial para el lunes 31 de agosto en Jesús de Tavarangüé, departamento de Itapúa, con motivo del aniversario fundacional de la localidad.
Como consecuencia de la disposición, los plazos procesales que deban cumplirse el lunes 31 de agosto quedarán prorrogados hasta el martes 1 de setiembre, de acuerdo con lo resuelto por el máximo tribunal.
Historia jesuítica
Jesús de Tavarangüé fue fundada en 1685 por los jesuitas, bajo la conducción del padre Jerónimo Delfín, y experimentó varios desplazamientos antes de establecerse en su actual ubicación. Los traslados estuvieron vinculados principalmente a las incursiones de los bandeirantes o mamelucos procedentes de territorio brasileño.
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El principal símbolo de esta historia es la Misión Jesuítica Guaraní de Jesús de Tavarangüé, cuya construcción comenzó durante el periodo de las reducciones y quedó inconclusa tras la expulsión de la Compañía de Jesús en 1768. A pesar de ello, sus estructuras constituyen uno de los testimonios arquitectónicos más importantes del período jesuítico-guaraní.
La misión fue incorporada en 1993 a la Lista del Patrimonio Mundial de la Unesco, junto con la Misión de la Santísima Trinidad del Paraná.
Fuerte presencia rural
Jesús es uno de los distritos del departamento de Itapúa y se encuentra aproximadamente a 40 kilómetros de Encarnación. Una caracterización departamental oficial consignaba 6.998 habitantes, con una importante presencia rural, mientras que el portal de Gobernaciones y Municipios registraba 6.339 habitantes para 2016.
La estructura territorial y rural de Jesús mantiene una estrecha relación con las actividades agropecuarias. Entre los cultivos desarrollados en el distrito figuran yerba mate, soja, maíz, trigo, mandioca y otros productos agrícolas, además de la actividad ganadera.
La yerba mate
Dentro de la producción local, la yerba mate mantiene una presencia particularmente relevante. Una investigación realizada sobre el distrito identificó a Jesús como una zona tradicionalmente productora y señaló la participación de pequeños, medianos y grandes productores. El estudio correspondiente a 2024 encontró que el 60 % de los productores consultados eran pequeños productores y que una parte importante alcanzaba rendimientos superiores al promedio nacional señalado en la investigación.
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Fiscal general exige reforzar seguridad para agentes fiscales ante amenazas
El fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, emitió un comunicado en el que exhorta a la Corte Suprema de Justicia y a las autoridades nacionales competentes en materia de seguridad “a reforzar las medidas de protección destinadas a resguardar la integridad de los agentes fiscales que intervienen en juicios orales y públicos”, tras denuncias por la presunta amenaza del exministro Arnaldo Giuzzio contra los representantes del Ministerio Público en su juicio por presunto vínculo con el narcotraficante brasileño Marcus Vinícius Espíndola Marqués de Padua.
La nota manifiesta: “El Prof. Dr. Emiliano Rolón Fernández, fiscal general del Estado, exhorta a la Corte Suprema de Justicia y a las autoridades nacionales competentes en materia de seguridad a reforzar las medidas de protección destinadas a resguardar la integridad de los agentes fiscales que intervienen en juicios orales y públicos, tanto durante el desarrollo de las audiencias como en sus desplazamientos y permanencia dentro de las instalaciones del Palacio de Justicia”.
“ΕΙ Ministerio Público considera indispensable garantizar las condiciones adecuadas de seguridad para el ejercicio libre y efectivo de la función fiscal, especialmente ante situaciones de amenazas, intimidaciones, hostigamientos o cualquier otra conducta que pudiera poner en riesgo la integridad de sus representantes en el cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, sin perjuicio de las medidas de protección y seguridad que, conforme a los protocolos vigentes, corresponde activar a la institución en el ámbito de sus competencias”, agrega el comunicado emitido por la noche del martes.
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Asociación de Fiscales
De igual manera, la Asociación de Agentes Fiscales del Paraguay solicitó a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia la adopción de medidas urgentes de seguridad para resguardar la integridad de los agentes fiscales Verónica Valdez y Jorge Arce, quienes intervienen en la causa denominada “Ministerio Público c/ Arnaldo Giuzzio s/ Cohecho Pasivo Agravado y Extorsión”.
El pedido fue formulado mediante la Nota n.º 78/2026, de fecha 25 de agosto, tras un incidente registrado al término de la jornada de juicio oral y público desarrollada el 24 de agosto. Según la comunicación, el acusado Arnaldo Giuzzio, exministro de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad), habría proferido amenazas directas contra ambos representantes del Ministerio Público.
La Asociación señaló que el hecho fue registrado en soporte fílmico y posteriormente difundido a través de medios de comunicación y redes sociales, circunstancia que, según sostiene, evidencia la gravedad del episodio y su trascendencia institucional. Asimismo, expresó que este tipo de conductas no solo comprometen la seguridad personal de los fiscales intervinientes, sino que podrían afectar el normal desarrollo del proceso penal y el libre ejercicio de la función fiscal.
Ante esta situación, solicitó el refuerzo del dispositivo de seguridad en los pasillos y accesos de la sala de juicio oral durante las jornadas restantes, hasta la conclusión del debate, a fin de garantizar condiciones adecuadas de seguridad para los operadores de justicia y el normal desarrollo del proceso.
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Fram cumple 70 años y tendrá asueto judicial por su aniversario fundacional
La Corte Suprema de Justicia dispuso la suspensión de los plazos procesales en Fram con motivo del 70.º aniversario de la creación del distrito. La medida alcanzará a los vencimientos previstos para el viernes 28 de agosto, que serán trasladados al lunes 31.
La conmemoración de los 70 años de la creación del distrito de Fram tendrá también un efecto en la actividad judicial. La Corte Suprema de Justicia resolvió, durante su sesión plenaria del miércoles 19 de agosto, establecer asueto judicial y suspensión de los plazos procesales para la jurisdicción correspondiente a esta ciudad del departamento de Itapúa.
De acuerdo con la resolución adoptada por la máxima instancia judicial, los plazos procesales que debían vencer el viernes 28 de agosto de 2026 pasarán a fenecer el lunes 31 de agosto, una vez concluido el día de asueto.
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Historia marcada por la inmigración
Fram tiene sus raíces en un proceso de colonización que transformó profundamente el sur de Itapúa. Según la reseña histórica de la Gobernación de Itapúa, en 1927 el noruego Pedro Christophersen adquirió del Estado unas 68.000 hectáreas, durante el gobierno del presidente Eligio Ayala, para desarrollar una colonización privada a través de la empresa Colonizadora Fram S.A.
El nombre Fram, de origen noruego, significa “adelante” y fue adoptado para identificar a la nueva colonia, cuyo centro se estableció en el antiguo paraje denominado Apere á. Con el paso de las décadas, el asentamiento fue adquiriendo una estructura urbana y administrativa propia.
El momento decisivo llegó el 28 de agosto de 1956, cuando la Ley N.º 379 creó oficialmente el distrito de Fram y estableció una Municipalidad de tercera categoría. Los bienes de la entonces Junta Económica Administrativa pasaron al patrimonio de la nueva municipalidad.
De colonia agrícola a polo agroindustrial
En materia demográfica, las cifras oficiales muestran una evolución importante. El Censo Nacional de Población y Viviendas 2022 registró 8.357 habitantes en Fram.
La identidad de Fram está estrechamente ligada al trabajo de sus productores y a la llegada de comunidades de diferentes orígenes. La propia Municipalidad identifica como principales actividades económicas a la agricultura, ganadería, comercio, industria y servicios, mientras que el distrito ha sido reconocido oficialmente como “Capital Nacional del Desarrollo”.
Su perfil productivo fue inicialmente asociado al trigo, al punto de ser conocida como la “Capital del trigo”. Con el tiempo, la matriz agrícola se amplió hacia cultivos como soja, maíz, trigo y sorgo, acompañados por una creciente infraestructura de transformación industrial.
Actualmente, Fram se destaca por su actividad agroindustrial, con molinos harineros, plantas de alimentos balanceados, procesamiento de frutas, industrias cárnicas y arroceras. Parte de la producción y de las materias primas procesadas en el distrito proviene también de otros puntos del país.
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Contraloría Ciudadana cuestiona al equipo legal de Prieto por vínculo laboral con municipio
Integrantes de la Contraloría Ciudadana de Ciudad del Este (CCDCE) requieren a la Contraloría General de la Republica (CGR) que impulse una fiscalización en torno al plantel de funcionarios y empleados públicos de la Municipalidad de Ciudad del Este al denunciar una presunta incompatibilidad y conflicto de intereses por parte de la abogada Gilda María Portillo.
El pedido de la organización surge teniendo en cuenta que Portillo, conforme a la lista de funcionarios y empleados públicos divulgada por la municipalidad, aparece vinculada y remunerada por la institución desde el mes de febrero del 2025 y paralelamente ejercería la defensa técnica particular en las diferentes causas judiciales que enfrenta el destituido intendente por corrupción, Miguel Prieto, y su equipo conformado por el concejal Sebastián Martínez Insfrán, el director de Recursos Humanos, Francisco Arrúa, y la funcionaria Maggi Elizabeth Fariña Almada.
“La denuncia se sustenta en la posible existencia de incompatibilidad, conflicto de intereses y eventual utilización inadecuada de recursos o información institucional, atendiendo a que la citada profesional, mientras mantiene un vínculo remunerado con la Municipalidad de Ciudad del Este, ejercería la defensa técnica particular de autoridades, exautoridades y funcionarios vinculados con dicha institución”, refiere el documento que será remitido al órgano auditor.
Señala también que “asimismo, se solicita verificar si la denunciada cumplió con su obligación de presentar ante la Contraloría General de la República su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos, dentro del plazo legal correspondiente”.
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Intereses contrapuestos
En el escrito mencionan que algunas de las causas judiciales guardarían relación con hechos denunciados, actuaciones administrativas, recursos públicos o circunstancias vinculadas directa o indirectamente con la Municipalidad de Ciudad del Este.
“Esta situación podría colocar a la profesional en una posición de intereses contrapuestos, debido a que, por una parte, mantiene un vínculo remunerado con la institución municipal y se encuentra obligada a privilegiar y proteger los intereses públicos; mientras que, por otra, asume la defensa particular de personas investigadas o procesadas por hechos presuntamente vinculados con la misma institución”, indican desde la Contraloría Ciudadana de acuerdo a las informaciones e investigaciones recopiladas por sus miembros.
Agregan que la situación requiere verificar si la denunciada tiene acceso, por razón de sus funciones, a documentos, antecedentes, datos personales, expedientes administrativos, informes jurídicos o cualquier otra información institucional que pudiera resultar relevante para las causas en las que ejerce la defensa técnica.
Solicitan también determinar si la defensa de las personas individualizadas es abonada de manera particular por cada defendido o si, directa o indirectamente, se utilizan recursos, contratos, honorarios, personal, instalaciones, información o fondos de la Municipalidad de Ciudad del Este.
En el requerimiento, la Contraloría Ciudadana hace alusión a la Ley 7445/2025 “De la Función Pública y del Servicio Civil” el cual resulta aplicable a los funcionarios y empleados públicos de los gobiernos municipales. A la vez citan artículo 51 de la ley que establece, entre las obligaciones de los servidores públicos, la de privilegiar los intereses del Estado sobre los intereses propios o particulares, observar el principio de probidad administrativa y actuar con imparcialidad.
También hacen mención al artículo 52, inciso m, prohíbe a los servidores públicos efectuar o patrocinar para terceros trámites o gestiones administrativas o judiciales bajo su ámbito de actuación, con las excepciones previstas en el ordenamiento jurídico.
Igualmente, citan los incisos k, l, n, p y r del mismo artículo argumentando que en los mismos se detallan prohibiciones relacionadas con la obtención de beneficios, el conflicto de intereses, la prestación de servicios a determinados particulares y el ejercicio de ocupaciones que no puedan conciliarse con las obligaciones del puesto público.
Además citan en la solicitud el artículo 61, inciso p, considera falta grave efectuar o patrocinar para terceros trámites o gestiones administrativas o judiciales, se encuentren o no directamente bajo el ámbito de actuación del servidor público.
También hacen referencia a la ley 6919/2022 sobre la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos el cual comprende como sujetos obligados a las personas nombradas, contratadas o electas para prestar servicios en organismos o entidades del Estado. La declaración jurada debe presentarse ante la Contraloría General de la República dentro del plazo legal contado desde la toma de posesión o inicio de las funciones.
“Los hechos expuestos ameritan una investigación destinada a determinar la naturaleza exacta del vínculo contractual, las funciones asignadas, los pagos efectuados, la existencia de posibles conflictos de intereses y el cumplimiento de las obligaciones legales de transparencia”, sostienen.