El Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala, dictó una resolución en el marco del proceso seguido a Carlos Javier Granada Fernández, al declarar la nulidad del fallo que lo mantenía bajo prisión preventiva.
El Tribunal de Alzada determinó que el procesado ya ha compurgado la pena mínima prevista para los delitos de acoso sexual y coacción, por lo que su continuidad en un establecimiento penitenciario vulneraba garantías constitucionales. El Tribunal de Apelación conformado por los camaristas José Waldir Servín, María Belén Agüero y Agustín Lovera Cañete.
En vista a esta resolución judicial dada en mayoría, otro tribunal de sentencia tendrá que analizar si corresponde el pedido de la defensa del condenado Granada, quien pretende abandonar la cárcel donde está cumpliendo su condena.
Lea también: Sarampión: comenzó campaña de vacunación adicional a niños de 1 a 5 años
No obstante, la Cámara fue enfática al ordenar que dichas disposiciones “no impliquen una modalidad de privación de libertad”, abriendo paso a alternativas como la libertad ambulatoria bajo fianzas o restricciones de salida del país, pero fuera del régimen de reclusión.
Los camaristas Servín y Agüero votaron por anular la resolución del tribunal de sentencia por falta de fundamentación. Mientras que el camarista Lovera Cañete votó por la libertad del sentenciado por el compurgamiento de la pena mínima.
Lea también: Un hombre habría atacado a exconcubina con machete dejándola con varias heridas
Condenado a 10 años de prisión
El pasado 26 de noviembre, Carlos Granada fue condenado a 10 años de cárcel por coacción, acoso sexual y coacción sexual, en el marco de un juicio oral y público. Conformaron el tribunal de sentencia las juezas Cándida Fleitas, Sonia Villalba y el magistrado Manuel Aguirre.
Durante la fundamentación de la sentencia, la jueza Cándida Fleitas incluso afirmó que Granada “quiso probar si una de las víctimas estaba en su período menstrual, tocándola a la periodista”.
La magistrada detalló además el modus operandi del entonces gerente periodístico del Grupo Albavisión, mencionando que todos los hechos se desarrollaban en la oficina de Granada, donde eran convocadas las trabajadoras supuestamente para recibir instrucciones laborales, pero en realidad eran para sufrir acosos y manoseos.
El exjefe pedía a las comunicadoras que siempre vengan vestidas con polleras y vestidos, detalló la jueza, y tras cometer los hechos, les amenazaba que si osaban en denunciarlo, no conseguirían trabajo en otros medios, ya que les advirtió que tenía amigos en todos los canales de televisión.