El 13 de febrero de 2026, la jueza interviniente en la presente causa, Deyanira Villalba, decidió extinguir el proceso basándose en una errónea interpretación legal. Con esta medida, busca favorecer con el sobreseimiento a dos procesados, a pesar de que el Ministerio Público pretende la reapertura de la causa y ha presentado acusación formal contra los investigados Allan Nazareno Novais y Enrique Daniel Novais por sustracción de energía eléctrica y aprovechamiento clandestino de una prestación.
Por otra parte, en una actitud por demás extraña y de forma totalmente parcialista, la magistrada intentó impedir que la Ande, en su calidad de víctima e institución del Estado paraguayo, presentara el escrito de apelación. Según las denuncias, ordenó a funcionarios del Juzgado que no dieran ingreso al recurso bajo el argumento de que ella dictaría el sobreseimiento definitivo.
En una actitud arbitraria y fuera de sus facultades, también intentó evitar que la Oficina de Atención Permanente recibiera el escrito. Tras solicitarse que se labrara un acta de su actuación, la jueza finalmente cedió y permitió la entrada del recurso de apelación en fecha 20 de febrero de 2026, dentro del plazo procesal establecido. Es imperativo recordar que la víctima —en este caso, el Estado paraguayo— tiene el derecho legítimo de oponerse al sobreseimiento definitivo.
El escrito debió ser recibido en la Oficina de Atención Permanente ante la inexplicable negativa de la jueza de Garantías de recibirlo horas antes a través de su secretaría, obviando que el daño patrimonial contra el Estado y la Ande asciende a G. 3.700.000.000.
Antecedentes del caso
En diciembre de 2023 se realizó un allanamiento fiscal-policial con acompañamiento de técnicos de la Ande en el Barrio Quiteria (Ruta 1, Encarnación). En el lugar funcionaba de manera irregular una granja de criptomonedas, lo que derivó en la imputación de los procesados por el robo masivo de energía eléctrica, investigación que hoy se ve amenazada por esta cuestionable resolución judicial.
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