Los ministros del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), César Rossel y Jorge Bogarín González, fueron declarados inamovibles en sus cargos hasta cumplir los 75 años de edad. Así lo resolvió la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los magistrados Gustavo Santander, César Diesel y Víctor Ríos.

Los integrantes de la máxima instancia judicial declararon inaplicable el artículo 19 de la ley que organiza la Corte —el cual limita la duración del mandato a cinco años— y establecieron que la edad límite es la prevista en el artículo 261 de la Constitución Nacional, es decir, los 75 años.

Asimismo, los ministros de la Corte mencionaron en la resolución que “los ministros del TSJE están sujetos a un régimen de designación y destitución conforme al artículo 275 de la Constitución, el cual se relaciona directamente con el artículo 261 del mismo cuerpo legal. Este régimen especial ha sido respaldado por una jurisprudencia constante y uniforme de esta Corte”, indica la determinación adoptada.

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En el fallo se cita como precedente el Acuerdo y Sentencia Nº 942/2009, dictado por la Sala Constitucional ante una acción presentada por el entonces miembro del TSJE, Juan Manuel Morales. En aquella ocasión, se argumentó que el artículo 252 de la Constitución no es aplicable a los miembros del TSJE, ya que estos se rigen por el mismo criterio analógico de los ministros de la Corte, según el artículo 275 constitucional.

Con esta resolución judicial, Rossel y Bogarín González aseguran su permanencia en el cargo de forma definitiva hasta alcanzar el límite de edad legal.

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