En la ciudad de Hernandarias, departamento de Alto Paraná, un joven de 18 años solicitó que se suprima de su identidad el apellido paterno, sosteniendo que fue abandonado por su progenitor desde que tenía un año de edad. El joven, nacido en febrero de 2007, fue originalmente inscripto y reconocido ante el Registro del Estado Civil por ambos padres.
De acuerdo con la solicitud, el padre no estuvo presente ni mantuvo contacto con él desde su primer año de vida. Por este motivo, el afectado recurrió a la Justicia para dejar de usar el apellido paterno y portar exclusivamente el de su madre.
El defensor público Rodrigo Ayala González, quien asistió al joven, sostuvo que la petición forma parte del derecho al nombre y al apellido como expresión de la identidad personal y protección de la imagen, conforme al artículo 25 de la Constitución Nacional.
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Durante el juicio civil, la defensa presentó como pruebas de la ausencia del padre diversas fotografías, comprobantes de pago de escolaridad solventados únicamente por la madre, así como certificados de antecedentes penales y policiales que acreditan la conducta íntegra del joven.
Finalmente, la acción fue admitida por el Juzgado de Primera Instancia de Hernandarias, el cual resolvió que el joven pase a portar únicamente el apellido materno en todos sus documentos personales. Asimismo, el juzgado ordenó modificar el acta de nacimiento en el Registro del Estado Civil, suprimiendo el apellido paterno, y dispuso que se comunique la decisión al Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.
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