El exgerente periodístico de Canal 9, Carlos Granada, condenado a 10 años de cárcel luego de ser encontrado culpable por acoso, coacción y coacción sexual, seguirá preso, luego de que el Tribunal de Sentencia ratificara la prisión a pesar de que la defensa del condenado alegó que ya cumplió la pena mínima.
Los jueces de Sentencia alegaron que no se dio el cumplimiento de la pena mínima, puesto que el tiempo que Granada estuvo con arresto domiciliario no es válido para ser descontado del plazo. Los magistrados concluyeron que en esta instancia la prisión preventiva es legal y legítima.
Además, sostuvo que al aplicarse una condena en primera instancia, el condenado puede estar tres meses más en prisión mientras se tramita la causa en segunda instancia, conforme al inciso tercero del art. 252 del Código Procesal Penal.
El juez de Sentencia, Juan Pablo Mendoza, explicó que el arresto domiciliario es una medida alternativa a la prisión, por lo cual no se identifica con la prisión preventiva y, además, se cumple en el domicilio de la persona sometida al proceso.
“No constituye una restricción institucionalizada de la libertad, lo que sí acontece en una institución penitenciaría. Es por eso que nuestro criterio es el arresto domiciliario no puede ser compurgado a los efectos en la etapa de duración del proceso para ser identificado como la prisión preventiva", explicó el magistrado.
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Tribunal absolvió por duda razonable a exjueza acusada por prevaricato
Un tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Rossana Maldonado, Juan Ortiz y Lourdes Garcete, decidió absolver de culpa y pena por duda razonable a la exjueza en lo civil, Tania Irún. La exmagistrada fue juzgada por el presunto delito de prevaricato tras entregar más de 310.000 hectáreas de tierra a empresas de maletín en Alto Paraguay.
De acuerdo con el colegiado, el Ministerio Público no logró probar qué motivación o interés habría llevado a la procesada a dictar la resolución cuestionada.
Tanto la querella como la Fiscalía adelantaron que analizarán los argumentos del tribunal de Sentencia para apelar el fallo judicial. En caso de ser así, un tribunal de Apelación definirá si corresponde que otro tribunal de Sentencia vuelva a juzgar a Irún.
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Jueces contra el voto de ministros
Los jueces de Sentencia Rossana Maldonado, Juan Ortiz y Lourdes Garcete desmeritaron los votos de los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, integrantes de la Sala Penal. Ambos ministros, en su calidad de miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), habían señalado que la entonces jueza Tania Irún violó la ley de seguridad fronteriza, motivo por el cual se había resuelto su destitución.
Con esta sentencia de absolución, los magistrados contradijeron el criterio de los dos ministros de la máxima instancia judicial.
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Tras mortal ataque en Canindeyú, Diputados pide radiografía de la infraestructura policial
La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de resolución por el que solicita a la Comandancia de la Policía Nacional un informe detallado sobre el estado edilicio de todas las sedes policiales del país.
La iniciativa surge a raíz del trágico ataque al Puesto Policial N.º 4 de la colonia Naranjito, en el departamento de Canindeyú, que, según el diputado colorado Hugo Meza, dejó en evidencia la extrema precariedad de la infraestructura de seguridad.
El pedido establece un plazo constitucional de 15 días para detallar la cantidad exacta de comisarías, subcomisarías y puestos que continúan siendo de madera o que a pesar de estar construidos con material cocido (ladrillo), requieren una urgente reparación estructural.
El proyecto legislativo obtuvo el acompañamiento de la mayoría del plenario de la Cámara Baja, al momento que fue presentado como conmoción, en el espacio de tratamientos sobre tablas, de la sesión extraordinaria llevada a cabo el martes último.
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El diputado Meza explicó que es indiscutible la gravedad del violento asalto perpetrado por un grupo de aproximadamente 30 personas armadas y vestidas con prendas camufladas contra el referido puesto policial de la colonia Naranjito, distrito de Ybyrarobaná, departamento de Canindeyú. El trágico suceso dejó como saldo tres fallecidos, vehículos quemados y la destrucción total de la sede policial.
Al respecto, sostuvo que este hecho volvió a desnudar las precarias condiciones en las que operan los agentes de seguridad, ya que se constató que la base incinerada era una estructura antigua de madera, incapaz de ofrecer las garantías mínimas de protección. Agregó que esta lamentable situación se extiende a numerosas dependencias construidas con material cocido (ladrillo) que se encuentran en total deterioro.
La resolución aprobada consta de puntos específicos que la Comandancia deberá responder. Pide censar comisarías, subcomisarías o puestos policiales construidos con madera en el territorio nacional, especificando la cantidad exacta y su distribución por municipio, distrito y departamento.
Además, solicita remitir el listado pormenorizado de los locales hechos de ladrillo que presentan muy malas condiciones edilicias y demandan mantenimiento urgente, detallando ubicación exacta.
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Allanan Junta Municipal de Ypané tras nuevo juramento anulado por el TSJE
Una comitiva fiscal-policial, encabezada por la agente fiscal Blanca Rosa Aquino, de la Unidad Penal N.º 3 de J. Augusto Saldívar, allanó este jueves la sede de la Junta Municipal de Ypané en el marco de la causa N.º 3855/2026, que investiga la presunta usurpación de funciones públicas por parte de la concejal liberal Mirta Elena Oviedo.
El procedimiento se realizó en cumplimiento de una orden judicial y forma parte de las diligencias impulsadas por el Ministerio Público para recabar evidencias relacionadas con la investigación.
Los trabajos de la comitiva consistieron en recabar información, documentos y evidencias relacionadas con los hechos ocurridos el pasado 27 de julio, cuando la concejal Oviedo volvió a asumir como intendenta durante una controvertida sesión desarrollada en la Junta Municipal.
Esto teniendo en cuenta, que la misma ya había sido designada anteriormente por los miembros de la bancada liberal oficialista, sin contar con el quórum requerido. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia Electoral había resuelto una medida cautelar, dejar sin efecto dicha resolución por no cumplir con los requerimientos del estatuto municipal.
Ediles colorados coaccionados
Al respecto, el concejal colorado Rubén Cabral en comunicación con La Nación/Nación Media, recordó los antecedentes del caso, ya que durante aquella jornada del pasado 27 de julio, se registraron incidentes que habrían impedido la normal participación de algunos concejales. De acuerdo con las denuncias presentadas, un grupo de manifestantes bloqueó la salida de ediles colorados de la sala de sesiones, situación que habría permitido mantener el quórum necesario para llevar adelante el acto para que la concejal Oviedo preste nuevamente juramento como jefa comunal.
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Al respecto, señaló que la bancada colorada realizó la denuncia formal ante el Ministerio Público, en defensa de la institucionalidad, en rechazo a que se le eligió a la citada concejal liberal sin contar con el quórum correspondiente; además que existía la medida cautelar del TSJE que anulaba todo ese procedimiento, y que la misma no fue respetada.
“Con base a estos hechos, denunciamos el desacato a la orden judicial y se formaron cuatro carpetas fiscales ante la misma fiscal Aquino, en fechas diferentes, prácticamente cada semana con diversas denuncias”, comentó.
Señaló que la fiscal Aquino fue recusada por el oficialismo municipal, en tanto que la agente fiscal en todo momento buscó la forma de conocer cómo fue designada la concejal Oviedo y bajo qué circunstancias. Indicó que en varias ocasiones llegó a través de la comisaría local varios oficios para que se remita a la Fiscalía los documentos, y las respuestas a las preguntas de la fiscal, pero ni la Junta Municipal ni la Intendencia respondieron a dichos oficios.
“La fiscal ya había solicitado en dos ocasiones anteriores órdenes de allanamiento, pero fue recusada en esas carpetas fiscales. Incluso este jueves, durante el procedimiento, el concejal Denis Chamorro le manifestó que se encontraba recusada. Ante ello, la agente fiscal Blanca Rosa Aquino aclaró que la recusación corresponde a otra causa y no al expediente en el que estaba interviniendo en esa oportunidad”, señaló.
De acuerdo a las declaraciones de la agente fiscal Aquino, brindó a medios locales, la investigación del Ministerio Público apunta a determinar si la exautoridad municipal ejerció funciones públicas sin contar con la competencia legal correspondiente, conducta que podría encuadrarse en el hecho punible de usurpación de funciones públicas, previsto en la legislación paraguaya con penas que pueden alcanzar hasta cinco años de privación de libertad.
Respecto a los documentos y evidencias incautados informó que serán analizados por el Ministerio Público como parte de las diligencias destinadas a esclarecer lo ocurrido y determinar eventuales responsabilidades. El caso continúa en etapa investigativa y la Fiscalía no descarta nuevas actuaciones en el marco de la causa.
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Condenan a 2 años de prisión a policía implicado en el millonario hurto a cambistas de CDE
Este jueves, el Tribunal de Sentencia condenó a 2 años y 3 meses de prisión al suboficial que estuvo involucrado en el atraco a la bóveda de la Asociación de Trabajadores Cambistas (ATC) por el hecho punible de frustración de la persecución penal. La pena quedó compurgada tras cumplir prisión preventiva y arresto domiciliario, por lo que se dispuso su libertad.
El tribunal presidido por el magistrado Milciades Ovelar e integrado por las magistradas Cinthia Garcete y Jorgelina Melgarejo dictó sentencia contra el suboficial Fernando Llamas Ríos, de 29 años, quien fue condenado por el hecho punible de frustración de la persecución penal.
El magistrado indicó que la Fiscalía probó con certeza que el acusado cometió el delito de hurto agravado por omisión, basándose en el artículo 15 del Código Penal, porque como policía activo tenía la obligación constitucional y legal de evitar el crimen que se reportó en febrero del 2024 en Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná.
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Además, existieron elementos suficientes para demostrar que Llamas tenía conocimiento del plan y de su ejecución, pero que decidió no actuar cuando tenía la posibilidad de hacerlo. Finalmente, el tribunal indicó que las pruebas no bastaban para afirmar que el acusado dominaba o conocía los detalles del plan delictivo y lo condenó a 2 años y tres meses de prisión.
Han pasado 2 años y cinco meses del aquel atraco, hoy, el condenado ya guardó prisión preventiva más arresto domiciliario y tiene compurgada su condena, por tanto se dispuso su libertad.
El millonario hurto que ocurrió el 4 de febrero de 2024 en Ciudad del Este, cuando una banda transnacional alquiló un local comercial para realizar la excavación de un túnel de más de 130 metros de longitud y llegar a la parte más vulnerable de la pared donde abrieron un boquete sin que nadie se percatara. Vaciaron los cofres de los cambistas, llevándose un millonario botín en diversas divisas.