El juez Humberto Otazú tiene vía libre para admitir la imputación y procesar penalmente a la jueza de Lambaré, Isabel Bracho, imputada por supuestamente haber recibido una coima de USD 50.000 para beneficiar al presunto líder narco Walter Galindo Domínguez. El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados hizo lugar el desafuero de la magistrada, quien tendrá que someterse a la Justicia.

En la sesión, el ministro de la Corte Manuel Ramírez Candia señaló que en el expediente administrativo consta la existencia de la causa penal caratulada “Isabel Beatriz Bracho y otros sobre cohecho pasivo agravado”, así como el acta de imputación presentada por el agente fiscal Néstor Coronel Gamarra.

Ramírez Candia señaló que, al verificarse el cumplimiento de los requisitos previstos en el art. 255 de la Constitución Nacional y en la Ley del JEM, el desafuero resulta plenamente procedente. Destacó además que la imputación involucra tres hechos punibles, lo cual reviste especial gravedad para una magistrada en ejercicio. También se resolvió solicitar a la Corte Suprema de Justicia la suspensión de Bracho en el ejercicio del cargo.

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Jueza se defiende

La jueza Penal de Garantías de Lambaré, Isabel Bracho, brindó una conferencia de prensa en el marco del proceso penal que enfrenta por presunto cohecho pasivo agravado. La misma explicó que las resoluciones que beneficiaron a Galindo, entre ellas la revocatoria de la prisión preventiva y la concesión del arresto domiciliario, fueron adoptadas tomando en consideración los informes médicos y el contexto sanitario de la época.

Indico que, durante la pandemia de la covid-19, los establecimientos penitenciarios operaban con restricciones y que el informe del médico forense advertía condiciones clínicas que justificaban la aplicación de una medida sustitutiva.

En relación con el sobreseimiento definitivo dictado en el mes de diciembre del año 2021, la magistrada recordó que el entonces fiscal del caso, Osmar Segovia, se había allanado a esa salida procesal tras un análisis pericial que concluyó que la sustancia incautada no correspondía a un estupefaciente. En ese sentido, sostuvo que no tenía elementos para apartarse del dictamen fiscal ni del informe técnico.

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