El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) decidió iniciar de oficio el enjuiciamiento de los jueces del Guairá y fiscal en la causa donde fue absuelto un docente que envió más de 600 mensajes de contenido sexual a una niña de 11 años.
Los magistrados del tribunal de sentencia de la Circunscripción Judicial del Guairá son Julio César Alfonso Vera, Víctor Ortigoza Aguirre y Juan Antonio Ruiz Díaz Gamba, y el fiscal es Rodrigo Vázquez Díaz.
El proceso penal está caratulado como “J.E.I.P. s/ Abuso por medios tecnológicos”. El presente caso generó profunda indignación en la ciudadanía luego de que el colegiado dictara una sentencia de absolución de culpa y pena, pese a los numerosos elementos de pruebas como documentales y periciales que acreditaban el envío reiterado de mensajes de índole sexual a la menor.
La actuación de los jueces enjuiciados fue considerada por el órgano de control como un hecho de gravedad, notoriedad e interés público, por lo cual se dispuso la apertura del proceso, conforme al art. 18 de la Ley N.º 6814/2021.
Vale mencionar que semanas atrás, el agente fiscal Rodrigo Vázquez Díaz había presentado un descargo por escrito, el cual fue incorporado al expediente administrativo, sin que ello implique freno alguno al desarrollo del enjuiciamiento.
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El Gobierno oficializó el inicio de las obras del Gran Hospital General de Asunción
El presidente de la República, Santiago Peña, encabezó este viernes el acto oficial que da inicio a las obras del Gran Hospital General de Asunción en el barrio Sajonia. El mandatario señaló que esta obra representará mejorar la calidad de vida de los bañadenses y los pobladores de la zona, dando condiciones de vida digna y oportunidades, principalmente en una zona donde históricamente sufre con el fenómeno de la crecida del río.
“Habíamos tenido una experiencia, en una de las crecidas, habíamos construido un barrio hermoso, el barrio Las Colinas que estaba en el departamento Central, alejado de Asunción, con toda la infraestructura, y cuando entregamos las viviendas nos encontramos con muchas de estas familias que nos decían que las casas son hermosas, pero son asuncenos y no querían salir de Asunción”, contó el presidente en su discurso.
Agregó que esta situación llevó a un cambio de percepción sobre las políticas públicas de mejoramiento de las condiciones de infraestructura de los barrios más vulnerables. “Fue un cambio en el abordaje ya en el periodo del presidente Horacio Cartes, dijimos que ya no le vamos a mudar a nadie de Asunción, nosotros vamos a mejorar las condiciones en Asunción”, refirió.
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El proyecto del Gran Hospital de Asunción es financiado con el apoyo del Gobierno de Taiwán, con una inversión total de USD 62 millones, obra que estará ubicada en el predio del excapitán Bozzano en la Costanera Sur, un terreno de cinco hectáreas y contará con un edificio de aproximadamente 38.000 m². La obra fue adjudicada al Consorcio GHA, que tendrá a su cargo la construcción del nuevo hospital.
La proyección es que esta infraestructura hospitalaria será uno de los hospitales más grandes y modernos del país con capacidad para ofrecer servicios de alta complejidad y atención integral a miles de ciudadanos. Contará con: 481 camas, incluyendo 88 camas de Unidad de Terapia Intensiva; 11 quirófanos totalmente equipados; 67 consultorios para diversas especialidades; áreas de urgencias, hospital de día, hemodiálisis y una atención especializada para los usuarios.
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Corte informa sobre el marco normativo de los concursos internos para cargos en Alto Paraná
La Corte Suprema de Justicia decidió, durante su sesión plenaria, iniciar los trámites administrativos para el llamado a concurso de funcionarios de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná. La medida tiene como antecedente una solicitud de la Presidencia del Consejo de Administración de esa jurisdicción, en la que se propone priorizar concursos internos de promoción para cubrir cargos vacantes y atender las necesidades del servicio de justicia.
La iniciativa fue presentada mediante Nota N.P. N.º 301/2026, del 12 de octubre de 2026, por la camarista Juana Bertha Avalos Agüero, presidenta del Consejo de Administración de Alto Paraná. El planteamiento incluye cargos de actuarios judiciales y jefaturas.
Según el documento, la propuesta se fundamenta en la experiencia adquirida en el ámbito judicial, el conocimiento de los sistemas de gestión y de los procedimientos jurisdiccionales y administrativos, así como en las capacidades requeridas para el desempeño de estas funciones. La solicitud fue remitida a la Dirección General de Capital Humano para la elaboración de un informe sobre su adecuación a las disposiciones aplicables.
Respecto del marco constitucional, el artículo 46 de la Constitución de la República del Paraguay consagra el principio de igualdad, mientras que el artículo 47, numeral 3, garantiza el acceso a las funciones públicas no electivas bajo el requisito de idoneidad. Por su parte, el artículo 101 reconoce el derecho a ocupar funciones y empleos públicos y dispone que las distintas carreras, incluida la judicial, serán reglamentadas por ley.
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En cuanto al régimen legal, la Ley N.º 7445/2025, de la Función Pública y del Servicio Civil, establece en su artículo 100 que, entre los requisitos para el ascenso de funcionarios públicos comprendidos en la carrera del servicio civil, se encuentra ganar el concurso interno respectivo. A su vez, el artículo 3.º reconoce que la carrera judicial se rige por sus propias normas y que dicha ley se aplica a ella de manera supletoria.
En el ámbito del Poder Judicial, la Acordada N.º 1309/2019 de la Corte Suprema de Justicia distingue dos modalidades de concursos de oposición de méritos y aptitudes: los públicos, destinados al ingreso de personas a la institución, y los internos institucionales, previstos para la promoción de funcionarios. Ambos procedimientos se rigen por los principios de igualdad, publicidad, transparencia, objetividad, imparcialidad y juridicidad.
Los concursos internos constituyen así una modalidad reglamentada para la promoción de funcionarios del Poder Judicial. Su aplicación a cargos específicos debe ajustarse a la naturaleza de las funciones, al régimen jurídico correspondiente y a las garantías constitucionales de igualdad e idoneidad.
Las condiciones de participación y las bases de los concursos deberán establecerse conforme al régimen jurídico aplicable a cada cargo. Las convocatorias serán difundidas a través de los canales oficiales del Poder Judicial, una vez aprobadas por las instancias competentes.
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Bajo la lupa del JEM: acusan a la jueza Cameron por otorgar medidas cautelares irregulares
La jueza Mafalda María Cameron Luque fue acusada ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por presunto mal desempeño de sus funciones.
La acusación se relaciona con supuestas irregularidades en la firma y ejecución de medidas cautelares dictadas en el marco de un litigio societario entre las empresas Cargo Line y Cimportex, cuyos representantes legales son los empresarios Juan José Zapag y María Arlette Zapag.
Los acusadores solicitaron al JEM el enjuiciamiento y la suspensión en sus funciones.
La acusación se fundamenta en el artículo 14, incisos b y g, de la Ley N.º 6814/21, que contempla el incumplimiento grave de obligaciones legales y constitucionales, así como la manifiesta parcialidad o ignorancia del derecho.
Según el escrito, la magistrada Cameron Luque concedió una medida cautelar que excedía lo solicitado por la parte actora Blas y Nora Zapag, socios de las firmas mencionadas más arriba, sin la debida fundamentación y con vulneraciones de las normas civiles y procesales relativas a la administración de sociedades, la designación de autoridades y la intervención judicial.
Entre los cuestionamientos figura la rapidez con la que se tramitó la medida cautelar. De acuerdo con la acusación, transcurrieron apenas 26 minutos y 41 segundos entre la presentación de la demanda, registrada a las 8:49:01, y la emisión del Auto Interlocutorio N.º 1.392, a las 9:15:42. También se señala que los mandamientos y oficios para ejecutar las medidas fueron firmados a las 9:35, pese a que, según los acusadores, todavía no se había completado la contracautela ofrecida para respaldarlas.
Otro de los puntos cuestionados es el procedimiento realizado en la sede de Cargo Line, donde, según la acusación, habría participado un abogado ajeno al expediente judicial civil, identificado como Fernando Marecos quien fue imputado luego por la Fiscalía por coacción y usurpación de funciones públicas atendiendo a que se tomó atribuciones que no tenia facultad para hacerlo y a su vez coaccionó a un alto funcionario de la mencionada empresa.
Asimismo, los denunciantes objetan que los libros contables y societarios secuestrados fueron entregados en custodia judicial al propio demandante Blas y Nora Zapag, en lugar de quedar bajo responsabilidad del interventor designado por la jueza Cameron.
También la acusación sostiene que la jueza acusada por mal desempeño habría otorgado a una de las partes la calidad de “Directora Titular” sin que ello fuera solicitado en la demanda y en contradicción con los estatutos.
Además, cuestiona que la magistrada declarara inaplicable el régimen legal de sustitución de síndicos previsto en el artículo 1.121 del Código Civil, atribuyendo a esa decisión una invasión de competencias de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, la acusación sostiene que las medidas adoptadas por la jueza Cameron Luque habrían sido desproporcionadas e incluido allanamientos y secuestros de documentos en domicilios particulares de terceros, sin garantías suficientes.
Ante estos hechos, los denunciantes solicitaron al JEM que inicie el enjuiciamiento de la magistrada y, considerando los indicios de presunto mal desempeño de sus funciones, requiera a la Corte Suprema de Justicia su suspensión mientras dure la investigación.
Ahora, los integrantes del JEM deberán estudiar la acusación presentada contra la jueza Cameron Luque y definir si corresponde enjuiciar y solicitar a la máxima instancia judicial la suspensión de sus funciones de la magistrada acusada.
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JEM enjuicia y pide al pleno de la Corte suspender a juez por presunta coima
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), inició de oficio el enjuiciamiento contra el juez en lo Civil y Comercial de Santa Rosa del Aguaray, Nelson Mercado, y solicitó a la Corte Suprema de Justicia su inmediata suspensión en funciones. Según chats filtrados, el magistrado habría solicitado USD 30.000 en concepto de coima, en presunta complicidad con la abogada Ilsa Paredes.
El órgano juzgador tomó conocimiento del caso tras publicaciones periodísticas que revelaron conversaciones entre Mercado y Paredes, en las que presuntamente negociaban el cobro de dinero a cambio de favores en varias causas. Los mensajes fueron obtenidos mediante una extracción de datos del teléfono de la abogada, quien actualmente está acusada por una estafa de USD 1.600.000 cuyas víctimas son colonos menonitas del departamento de San Pedro.
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En una de las conversaciones, la abogada le habría respondido al juez que ya le entregaron un cheque de USD 15.000, mientras que en otros chats mencionaba que el cliente “a toda costa quiere hacerte la entrega”. Mercado habría respondido: “Dale, voy, ¿no hay cámara o qué, por ahí?”.
El ministro de la Corte y miembro del JEM, Manuel Ramírez Candia, calificó el caso como “muy grave” y señaló que los elementos son suficientes para sostener una sospecha razonable sobre la existencia del hecho punible de cohecho pasivo agravado. Por ello, propuso abrir el enjuiciamiento por la causal de supuesta comisión de hechos punibles.
Cabe destacar que la remoción definitiva del juez Civil queda suspendida hasta que exista una sentencia firme en el fuero penal. Actualmente, según lo expuesto ante el JEM, ni siquiera existe una imputación formal contra el magistrado por parte de la Fiscalía, una omisión considerada grave, por lo que el Ministerio Público debe iniciar la investigación penal correspondiente. El presunto contubernio cobró relevancia debido a que Mercado tenía a su cargo la regulación de honorarios de Paredes en el marco de un juicio sucesorio; sin embargo, en los chats donde se pactaban los montos no se hacía referencia a un expediente específico.
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