El Ministerio Público se encuentra investigando si el título de abogado de Gerardo Luis Benítez es auténtico o no. El fiscal Marcelo Saldívar es el encargado de realizar las pesquisas correspondientes.
En su momento, la Corte Suprema de Justicia en su función de superintendente, abrió un sumario administrativo y realizó diligencias preliminares para decidir remitir el caso al Ministerio Público por la posible comisión de hechos punibles vinculados a la falsificación o uso de documentos públicos.
Saldívar explicó que “la investigación se inició a raíz de una denuncia presentada ante la Corte Suprema de Justicia por un particular, quien afirmó conocer a Gerardo Luis Benítez y sostuvo que nunca cursó la carrera de Derecho, pese a poseer un título expedido por la Universidad Interamericana”.
Según lo detallado por Saldívar, las diligencias que se están realizando incluyen, el requerimiento de documentos al Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) y a la Universidad Interamericana, a fin de confirmar la acreditación de la carrera, la validez del título y el proceso de convalidación de materias.
Asimismo, el representante del Ministerio Público sostuvo que va a citar a la declaración respectiva durante los meses de noviembre y diciembre a varias personas que intervinieron en la emisión del título, entre ellas el exdecano de la Universidad Interamericana, doctor Horacio Galeano, y otros funcionarios del MEC y la universidad que firmaron certificados e informes.
El fiscal aclaró que el título en sí es formalmente legal, ya que fue expedido por la universidad y legalizado por el MEC, pero la investigación se centra en la autenticidad de los antecedentes académicos que dieron origen a ese título. Añadió el representante del Ministerio Público que el objetivo es determinar si existió una falsificación documental o fraude en el proceso de acreditación, lo que podría derivar en sanciones penales y administrativas para los responsables” explico el fiscal Saldívar.
Finalmente, Saldívar destacó que el Ministerio Público continuará reuniendo testimonios y documentos para comprobar la veracidad del título y las convalidaciones académicas, con miras a establecer si Benítez Stewart obtuvo su habilitación profesional de forma irregular.
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Avanza propuesta de reajuste salarial para asistentes fiscales con media sanción de Diputados
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ampliación presupuestaria que permitirá al Ministerio Público contar con los recursos necesarios para aplicar el reajuste salarial establecido para los asistentes fiscales, cuya remuneración básica deberá alcanzar el 60 % del salario de los agentes fiscales. La iniciativa pasa ahora a consideración del Senado.
El diputado colorado José Rodríguez propuso ante el plenario la iniciativa que amplía el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2026 (PGN 2026), aprobado por Ley N° 7609/2025, a fin de dar cumplimiento a la Ley N° 7.511/25, que modifica el artículo 60 de la Ley N° 1562/2000 - Orgánica del Ministerio Público -, en beneficio de los asistentes fiscales del Ministerio Público.
Luego del correspondiente análisis durante su sesión ordinaria, quedó aprobada por mayoría. El documento se remite ahora a la Cámara de Senadores para el siguiente trámite constitucional. El objetivo es ultimar los recursos presupuestarios necesarios para hacer efectivos los reajustes salariales establecidos en favor de los asistentes fiscales del Ministerio Público, conforme a la Ley N° 7609/2025.
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En el debate, el legislador Roberto González mencionó que la labor de los asistentes fiscales resulta fundamental, considerando que son quienes dan apoyo directo a los agentes fiscales. “Los asistentes fiscales, según la ley, son los encargados de brindar apoyo técnico, jurídico y directo a los agentes fiscales en el análisis, diligenciamiento e impulso procesal de las causas penales e investigaciones asignadas a cada unidad fiscal”, explicó.
A su turno el diputado Néstor Castellano, en representación de la Comisión de Presupuesto, se expresó a favor e indicó que los asistentes fiscales deben percibir una remuneración básica mensual equivalente al 60 % de la remuneración de los agentes fiscales.
Informó que el bloque asesor recomendó una modificación de manera a establecer el monto a transferir desde el Ministerio de Economía y Finanzas para dar cumplimiento a la normativa.
“Sugerimos que el ajuste salarial a los asistentes fiscales sea financiado con una transferencia de créditos presupuestarios del Ministerio de Economía y Finanzas, específicamente, del objeto de gastos 261 - Informática y sistemas computarizados - por un monto total de G. 4.313.823.148”, expresó.
Especificó que este monto contempla la aplicación de la primera gradualidad del incremento previsto en la ley N° 7609, del 25 %, con vigencia desde el mes de octubre del presente ejercicio fiscal. La iniciativa fue aprobada con base en el dictamen de la Comisión de Presupuesto.
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Incumplimiento del deber alimentario lidera hechos punibles que afectan a la niñez, según Fiscalía
Con motivo del Día del Niño, el Ministerio Público presentó un informe de los hechos punibles que más afectan a la niñez. La lista encabeza el incumplimiento del deber alimentario, seguido de la violencia sexual, la vulneración del deber de cuidado, el maltrato y hechos asociados a entornos tecnológicos.
El propósito del análisis es dimensionar algunas de las situaciones que requieren investigación penal y una respuesta especializada de las instituciones responsables de la protección de la niñez y la adolescencia.
El estudio revela que entre enero de 2020 y julio de 2026 ingresaron 110.886 causas, correspondientes a los ocho hechos punibles incluidos en el relevamiento. El incumplimiento del deber legal alimentario ocupa el primer lugar, con 48.832 causas. Le sigue el abuso sexual en niños, con 21.839 causas.
En tercer lugar se encuentra la violación del deber de cuidado o educación, con 13.564 causas; seguida de la pornografía relativa a niños y adolescentes, con 13.379, y el maltrato de niños y adolescentes bajo tutela, con 9.983 causas.
En conjunto, estos cinco hechos suman 107.597 causas y representan aproximadamente el 97 % de las 110.886 causas incluidas en el relevamiento.
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El incumplimiento del deber legal alimentario constituye el hecho con mayor cantidad de registros de toda la serie analizada con 48.832 causas desde el 2020 hasta la fecha. Entre enero y julio de 2026 se contabilizaron otras 4.317 causas.
El punto más alto entre los seis años completos analizados se produjo en 2023, con 8.293 causas, según registro del Ministerio Público.
Abuso sexual en niños
Uno de los indicadores de mayor sensibilidad corresponde al hecho punible de abuso sexual en niños. Entre enero de 2020 y julio de 2026 fueron registradas 21.839 causas. La evolución anual muestra 2.739 causas en 2020; 2.968 en 2021; 3.814 en 2022; 3.564 en 2023; 3.551 en 2024 y 3.408 en 2025.
El mayor registro entre los años completos analizados se produjo en 2022, con 3.814 causas. Entre enero y julio de 2026 se registraron otras 1.795 causas.
La franja etaria consignada se encuentra entre los 10 y 13 años, mientras que el 84 % corresponde al sexo femenino.
Entornos digitales
Los registros del Ministerio Público incluyen hechos vinculados directamente con los entornos tecnológicos. La pornografía relativa a niños y adolescentes acumula 13.379 causas entre enero de 2020 y julio de 2026.
Por otra parte, el hecho punible denominado abuso por medios tecnológicos registra 54 causas entre enero de 2020 y julio de 2026.
Asunción, Caaguazú, Itapúa, Alto Paraná y Central aparecen identificados entre las zonas destacadas en los datos territoriales del Observatorio del Ministerio Público.
En abuso sexual en niños, el 84 % de las víctimas registradas corresponde al sexo femenino; en pornografía relativa a niños y adolescentes, también el 84 %; en abuso por medios tecnológicos, el porcentaje alcanza el 81 %, y en violación de la patria potestad, el 79 %. En abuso sexual en niños y el abuso por medios tecnológicos se ubican entre los 10 y 13 años.
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Metrobús: “El daño no solo es patrimonial, se pagó por una obra que no tenemos”, dice fiscal
“Arnoldo Wiens pagó con plata del Estado para destruir infraestructuras del Estado que estaban siendo construidas en el marco de un proyecto que venía hace más de 20 años”, dijo la fiscal Yeimy Adle al defender la acusación y pedido de juicio oral y público para el exministro de Obras Públicas en el marco de la fallida obra del metrobús.
“Nosotros queremos que se esclarezca el caso, que sea debatido en un juicio oral, que se conozcan las pruebas que tenemos. La defensa también presentará las suyas y tendrá oportunidad en la audiencia preliminar de ofrecer todas las pruebas de descargo que tengan”, indicó la agente de la Unidad Especializada en Delitos Económicos, este miércoles, en el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Adle detalló que Wiens, al asumir el cargo de ministro de Obras Públicas en agosto del año 2018, durante el gobierno de Mario Abdo Benítez, tenía la obligación de resguardar el patrimonio estatal y garantizar la continuidad de las obras del metrobús, adjudicadas a la firma portuguesa Mota Engil.
“Al asumir la administración del Ministerio de Obras Públicas, el proyecto ya estaba en un avance físico de aproximadamente 40 % y, poco más de dos meses de asumir como ministro, firma el 23 de octubre del mismo año (2018) con la empresa Mota Engil un documento al que le llamaron acta de entendimiento, donde acordaron la suspensión de las obras, y el Ministerio de Obras Públicas solicitó la sustitución de los trabajos del contrato con otros trabajos que estaban destinados solamente para rehabilitar el tránsito en la zona del tramo 3 de metrobús”, manifestó.
Agregó que para destruir las obras existentes, la administración de Wiens destinó la suma de 8.030.693.029 de guaraníes (más de 8.000 millones), con el solo fin de habilitar el tránsito vehicular. “Se contaba con financiamiento vigente, frentes disponibles y el respaldo de la Municipalidad de Asunción, pero prefirieron soterrar lo construido. En abril del 2020 dispuso la demolición de las seis estaciones del corredor central, que están indentificadas como las estaciones 19 al 24, por las cuales el Estado había pagado G. 6.924.624.006”, lamentó la fiscal.
Añadió que, antes de demoler las obras, Wiens había requerido al entonces contralor Sergio Coscia, quien hoy ejerce su defensa, un parecer jurídico. “Se le señaló que para proceder a esa demolición tenía que tener un dictamen técnico previo. Le preguntamos al MOPC si fue realizado ese dictamen técnico, a la Procuraduría y Contraloría, si recibieron el documento y todas las respuestas fueron negativas y él igualmente procedió a la demolición de las estaciones y dispuso el destino de los materiales que debían ser utilizados en el sistema troncal para otros fines y esos materiales tenían una protección especial de acuerdo a la Ley 5133″, comentó.
Señaló que los materiales para la obra debían ser destinados para otros fines, una vez que haya finalizado el metrobús y con la autorización del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que financió la obra. “El proyecto no terminó, no se tuvo la autorización, pero Wiens dispuso que los mismos materiales sean llevados a los hospitales para el relleno de estacionamientos y otros fines que no correspondían”, precisó.
Detalló que fueron destinados para la construcción de la obra más de 180.000 millones de guaraníes. Agregó que el daño patrimonial ocasionado por Wiens, quien se encuentra acusado por lesión de confianza y daño a obras construidas, es de aproximadamente 14.995 millones de guaraníes.
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“No tenemos el metrobús”
“Ese es el monto, pero tenemos que tener en cuenta que lo que quedó inutilizado es mucho más porque no tenemos el metrobús, se pagó más de 180.000 millones de guaraníes por la obra que finalmente no tenemos. La acusación también sostiene que, después de esto, Arnoldo Wiens tenía alternativas para continuar con el proyecto, reconducirlo, tenía el informe de intervención que el mismo había dispuesto que se realice, el cual le aconsejaba que tenía que continuar con el proyecto, pero no se continuó”, refirió.
Añadió que, de acuerdo al marco penal, el dirigente abdista se expone a una condena de hasta siete años y medio de cárcel. “La admisión de la imputación contra Wiens fue por lesión de confianza, pero, como todos sabemos, los tipos penales son provisorios en esta etapa y, recién al finalizar el juicio oral y público, un tribunal de sentencia fija precisamente cuáles son los tipos penales que fueron demostrados. Para el Ministerio Público también existe el daño a obras construidas porque las obras fueron soterradas y las seis estaciones formaban parte de una estructura técnica de un sistema de transporte público y esto perdió funcionalidad”, indicó.
Refuta argumento de la prescripción
Con relación al argumento de la prescripción que plantea de forma insistente la defensa de Wiens, Adle recordó que la citación a indagatoria realizada el 4 de octubre de 2023 interrumpió formalmente el cómputo del tiempo, postura que ya fue ratificada tanto en primera como en segunda instancia judicial.
Con la acusación presentada dentro del plazo reglamentario, el caso queda pendiente de la fijación de la audiencia preliminar, donde el Juzgado Penal de Garantías deberá resolver la admisión de las pruebas para elevar la causa a juicio oral.
“Claramente nuestra ley penal dice que un acto interruptivo de la prescripción es la citación a la indagatoria del inculpado, al señor Wiens se le citó por primera vez en esta causa el 4 de octubre del 2023 y los hechos por el que se encuentra hoy en día acusado se iniciaron el 23 de octubre del 2018, se le citó días antes de la prescripción. Esto cortó el plazo de prescripción y se cuenta de nuevo 5 años después de eso, entonces la causa no prescribió”, argumentó.
Refirió también que “es una posición de la defensa que ya fue resuelta en primera y segunda instancia porque eso ya habían planteado cuando presentaron el recurso de reposición”.
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Niño de 10 años habría sido encadenado por su abuela: ¿qué dice la ley sobre los límites de la disciplina?
Un niño de 10 años habría sido encadenado por su abuela materna en una vivienda, según una denuncia presentada ante la Policía y difundida inicialmente por C9N. El caso ya se encuentra en conocimiento del Ministerio Público y de la Defensoría de la Niñez, que deberán determinar las circunstancias del hecho y las eventuales responsabilidades.
Según el reporte policial, una familiar del menor se presentó en la comisaría acompañada del niño y relató que lo encontró en la vía pública luego de que este saliera de la vivienda. Al observar que tenía una cadena colocada en una de sus manos, la mujer habría procedido a retirársela y posteriormente comunicó lo ocurrido a las autoridades.
La Fiscalía y la Defensoría de la Niñez fueron informadas del caso para activar las medidas correspondientes. El niño quedó provisoriamente bajo el cuidado de su tía, mientras que la abuela quedó a disposición de las autoridades.
De acuerdo con el relato de los intervinientes, la mujer habría manifestado que recurrió a esa medida porque ya no podía controlar al niño y que este no obedecía sus indicaciones.
¿Hasta dónde puede llegar la disciplina?
El caso vuelve a poner sobre la mesa una cuestión que trasciende la investigación puntual: ¿hasta dónde puede llegar un adulto cuando intenta corregir la conducta de un niño?
En Paraguay, los niños y adolescentes son sujetos de derechos y cuentan con protección especial frente a cualquier forma de violencia o vulneración. Las medidas de disciplina o corrección no pueden utilizarse como justificación para someterlos a situaciones que afecten su integridad física o psicológica.
La normativa paraguaya establece además el principio del interés superior del niño, que debe orientar las decisiones de las autoridades y de quienes tienen a su cargo su cuidado. Esto significa que una persona adulta no puede disponer de cualquier mecanismo bajo el argumento de estar disciplinando a un menor.
Cuando una medida implica violencia, sometimiento o una afectación de sus derechos, corresponde la intervención de las instituciones encargadas de su protección. El caso podría configurar una situación de maltrato.
No obstante, será la investigación la que deberá establecer qué ocurrió exactamente, durante cuánto tiempo estuvo el niño en esa situación, cuáles fueron las circunstancias y qué responsabilidad corresponde a los adultos involucrados.
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El caso queda bajo investigación
La prioridad de las instituciones intervinientes será garantizar la protección del menor y determinar las medidas necesarias para resguardar sus derechos.
La denuncia también vuelve a poner de relieve la importancia de que situaciones de posible violencia o vulneración contra niños sean comunicadas a las autoridades, en lugar de recurrir a medidas que puedan poner en riesgo su integridad.