El juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, resolvió elevar a juicio oral y público el proceso penal que enfrenta la jueza de Paz suspendida, en sus funciones Nathalia Garcete y otros seis acusados que habrían tenido una activa participación en el esquema criminal conocido como la Mafia de los pagarés.
La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia preliminar llevada a cabo en Palacio de Justicia. Ahora se deberá sortear los jueces de Sentencia que van a tener a su cargo juzgar en el presente proceso penal.
Asimismo, el magistrado se opuso a los pedidos de salidas alternativas de dos exujieres, que durante la audiencia preliminar reconocieron los hechos acontecidos. Debido a la oposición del juez será la Fiscalía General la que deberá ratificar o rectificar el pedido de la representante del Ministerio Publico.
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Del mismo modo, el juzgado de Delitos Económicos rechazó el incidente de nulidad de la acusación, de sobreseimiento definitivo, de exclusión de pruebas, entre otros, que plantearon varios acusados, para luego admitir la acusación del Ministerio Público.
También rechazó un pedido de salida alternativa que plantearon los oficiales de Justicia Óscar Rivela y Cristian Martínez. Los acusados que van a enfrentar un juicio oral y público son los abogados:
- Sun Yung Bang
- César Rubén Bogarín Alen
- Olivia Asunción Mosqueda Núñez
- Óscar Fernando Rivela Gregor
- Cristian Daniel Martínez Meaurio.
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Tras anularse su sobreseimiento, fijan fecha para tercer juicio a Tomás Rivas
El Tribunal de Sentencia, integrado por Darío Báez, Gloria Hermosa y Osvaldo Prates, fijó para el 18 de noviembre a las 08:30 el inicio del nuevo juicio oral y público contra el exdiputado colorado Tomás Rivas.
El exlegislador está acusado por presunta estafa en el caso de los “caseros de oro”, quienes cobraban salarios de la Cámara de Diputados por servicios que, en realidad, prestaban en el domicilio particular de Rivas.
El juicio oral también fue programado para los días 19, 20, 23 y 25 de noviembre. Este será el tercer intento del Ministerio Público por sostener la acusación.
En las dos ocasiones anteriores, el exdiputado obtuvo el sobreseimiento definitivo luego de que los tribunales consideraran válida la reparación del daño y declararan extinguida la acción penal.
La nueva convocatoria se produce después de que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anulara dicho sobreseimiento.
La máxima instancia judicial consideró que no correspondía extinguir la causa por reparación del daño sin el consentimiento del Ministerio Público.
Al respecto, el ministro Manuel Ramírez Candia explicó que, si bien la estafa permite la extinción de la acción mediante la reparación del daño, la causa también incluye el delito de cobro indebido de honorarios —un ilícito contra el ejercicio de funciones públicas—, el cual no admite este mecanismo de solución.
Según la acusación fiscal, Rivas certificó planillas de asistencia falsas para justificar el pago de salarios a sus caseros con fondos del Estado, a pesar de que estas personas no cumplían funciones en la sede legislativa.
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ARP pide garantías para la propiedad privada tras avance judicial en el caso Pindó
A más de 14 años del inicio del conflicto, la Justicia elevó a juicio oral y público la causa por la ocupación de tierras de Agroganadera Pindó, una decisión que la Asociación Rural del Paraguay (ARP) calificó como un “avance significativo”.
El proceso penal afecta directamente a Jorge Mercado Méndez, imputado como uno de los principales dirigentes de la invasión de inmuebles de la firma agroganadera en el departamento de Canindeyú.
A través de un comunicado que dieron a conocer por redes sociales en la fecha, el gremio rural celebró la resolución del Juzgado de Garantías de Curuguaty que, tras un largo proceso de investigación iniciado en 2012, rechazó los incidentes planteados por la defensa y dispuso la elevación de la causa a juicio oral y público.
“Esta decisión constituye un avance significativo en una causa iniciada en el año 2012, cuya prolongación durante más de 14 años evidencia la necesidad de fortalecer la protección efectiva de los derechos constitucionales”, remarca el comunicado.
Legalidad sobre la ocupación
Así también, la ARP instó a las autoridades a responder a las problemáticas sociales vía políticas públicas legítimas y no al margen de la ley. En el documento se señala que el artículo 109 de la Constitución Nacional establece categóricamente que “la propiedad privada es inviolable”.
Remarca que su respeto constituye “una garantía esencial del Estado de Derecho y una condición indispensable para la inversión, el trabajo y el desarrollo de la producción nacional”.
“Las reivindicaciones sociales deben encontrar respuestas mediante políticas públicas y procedimientos legítimos, sin que la ocupación de inmuebles o la comisión de hechos punibles puedan convertirse en mecanismos para adquirir o legalizar derechos de propiedad al margen de la Constitución y las leyes”, manifiesta una parte del escrito.
Asimismo, refiere que la seguridad jurídica exige mucho más que el reconocimiento formal de los derechos. “Requiere una actuación oportuna y eficaz de las instituciones del Estado, la prevención de hechos ilícitos y el cumplimiento de las resoluciones judiciales. La agricultura, la ganadería y la agroindustria necesitan estabilidad, previsibilidad y garantías para desarrollar inversiones que generan empleo, riqueza y oportunidades para el Paraguay”, expresa en su pronunciamiento.
En juicio se establecerán responsabilidades
Resalta además que, la apertura a juicio oral constituye un avance procesal y no una declaración de culpabilidad; teniendo en cuenta que las responsabilidades deberán determinarse con pleno respeto al debido proceso.
De esa manera el gremio señala que es fundamental el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico nacional, sin excepciones ni actuaciones al margen de la ley, con pleno respeto a la Constitución Nacional, los tratados internacionales ratificados, el Código Civil, el Código Penal y demás disposiciones legales aplicables, conforme al orden de prelación establecido en el artículo 137 de la Constitución Nacional.
“En esencia, no se solicita un trato particular ni una intervención política, sino que el Poder Judicial cumpla con sus funciones constitucionales, garantizando la independencia judicial, el debido proceso, la igualdad ante la ley y la correcta administración de justicia”, remarca el comunicado.
Finalmente, exhorta a los poderes del Estado a garantizar la protección efectiva de la propiedad privada, fortalecer la seguridad jurídica y asegurar que las actividades productivas puedan desarrollarse dentro de un marco de legalidad y paz social.
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Plantean ley para que jueces intervengan de oficio ante casos de violencia doméstica
Un proyecto de ley que plantea que los jueces puedan actuar de oficio ante los casos de violencia doméstica tuvo entrada oficial este miércoles durante la sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados.
Son proyectistas los diputados Saúl González y Santiago Benítez, quienes plantean la modificación del artículo 1º de la Ley Nº 1600/2000, Contra la Violencia Doméstica, y “el artículo 1º de la Ley Nº 6568/2020, Que modifica el artículo 2º de la Ley Nº 1600/2000, Contra la Violencia Doméstica”.
Fundamentan que la iniciativa tiene como objetivo fortalecer los mecanismos de protección judicial para las víctimas de violencia en el ámbito familiar, mediante la intervención oportuna de los jueces de Paz y la adopción de medidas urgentes. Esto, ante situaciones que puedan poner en riesgo la vida o la integridad de las personas.
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Es así que el proyecto plantea que los magistrados puedan actuar de oficio cuando tomen conocimiento, por cualquier medio, de hechos que pudieran constituir violencia doméstica, aun cuando la persona afectada no haya presentado una denuncia formal.
De esta manera, se busca evitar que la falta de una denuncia impida o retrase la intervención de las autoridades ante situaciones que requieran una respuesta inmediata.
Los proyectistas señalan que las víctimas pueden enfrentar diversas dificultades para denunciar a sus agresores, entre ellas el temor a represalias, las amenazas, la dependencia económica y las presiones familiares.
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Fiscalía urge a la Corte destrabar causa penal por lavado de dinero contra Miguel Ángel Zaldívar
El Ministerio Público presentó su segundo urgimiento ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para destrabar la causa penal caratulada como “Miguel Zaldívar y otros s/ lavado de dinero” (N.º 6/2021). El fiscal Jorge Arce fue quien solicitó a los ministros de la máxima instancia judicial, Manuel Ramírez Candia, César Diesel y Víctor Ríos, que destraben el mencionado proceso.
El expediente judicial se encuentra en poder del ministro Víctor Ríos desde el mes de agosto, y solo falta la firma del duplicado en limpio de dicho alto magistrado para que el proceso penal se destrabe y pueda avanzar.
La Fiscalía argumenta que es urgente resolver el caso para brindar certeza procesal, evitar dilaciones indebidas y cumplir con los principios de celeridad, economía procesal y plazo razonable. Los integrantes de la Sala Penal deben resolver la recusación presentada por el acusado Celio Tunholi, quien recusó a los camaristas Silvana Raquel Luraghi Sarubbi, Mario Camilo Torres y Paublino Escobar Garay.
Del mismo modo, en septiembre pasado, el abogado Claudio Lovera, en representación de la Conmebol como querellante adhesiva, ya había presentado un urgimiento exigiendo destrabar el proceso. La recusación contra los camaristas fue planteada el 10 de abril de 2026; es decir, hace ya más de seis meses.
La Conmebol apunta a recuperar al menos USD 15 millones que el empresario y dirigente deportivo Nicolás Leoz (fallecido en agosto de 2019) desvió del ente rector del fútbol sudamericano hacia el Banco Atlas, institución financiera de la familia Zuccolillo.