Un tribunal de sentencia, integrado por Juan Francisco Ortiz, Rosana Maldonado y Manuel Aguirre, condenó a 28 años de cárcel a Tiago Ortola, presunto miembro del Clan Rotela y líder de “La Banda de Ortola”, que era una especie de célula juvenil del clan. El acusado fue juzgado por homicidio doloso y tentativa de homicidio.
Los jueces mencionaron que se probó la autoría del hecho por parte del acusado, por lo que corresponde condenarlo a la pena privativa de libertad de 28 años de cárcel. La audiencia oral se realizó vía telemática atendiendo la peligrosidad del acusado.
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En caso de que la defensa decida apelar el fallo judicial, será un tribunal de apelación el que deberá estudiar si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o si decide que se haga nuevamente un nuevo juicio oral y público.
El Ministerio Público, durante la exposición de los alegatos finales, solicitó la pena de 28 años de cárcel para Ortola. En la causa, la fiscal Laura Finestra lo acusó por un atentado contra una familia, que terminó con una víctima fatal, el 8 de octubre de 2024, en la calle 45 proyectadas y Antequera, de la ciudad de Asunción. Ortola habría trasladado a un adolescente de 14 años, que luego realizó los disparos.
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JEM admite acusación por mal desempeño contra jueces de Central
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) deberá estudiar si corresponde iniciar un enjuiciamiento por presunto mal desempeño en sus funciones contra los jueces de Sentencia de Central, Dina Marchuk, Julio Granada y Letizia de Gásperi. La acusación fue presentada por Graciela Beatriz Pintos Orué y Óscar López, padres de Axel Fabián López Orué, un joven que había sido condenado a 12 años de cárcel en un caso de supuesta coacción sexual y otros delitos, cuya sentencia fue posteriormente anulada por un Tribunal de Apelación.
La acusación, que ya fue admitida por el órgano juzgador de magistrados, refiere que los citados magistrados desconocieron la ley y demostraron una clara ignorancia en la aplicación de la Constitución Nacional. Según los denunciantes, esto quedó en evidencia durante el juicio oral, en el que se dictó la condena de 12 años sin contar con elementos de prueba suficientes, incurriendo en una abierta violación de las garantías constitucionales y procesales que tutelan el debido proceso.
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Del mismo modo, la acusación señala que los jueces admitieron de forma irregular pruebas que ya habían sido rechazadas previamente, vulnerando el desarrollo legal del juicio. Ahora, los integrantes del JEM deberán evaluar si corresponde iniciar el enjuiciamiento formal contra los tres magistrados. De ser así, también tendrán que definir si el proceso se realizará con la suspensión de sus funciones o si, por el contrario, se rechaza la acusación presentada.
Igualmente otro hecho irregular que habría cometido el Tribunal de Sentencia es que el joven Axel López estuvo con arresto domiciliario 8 años 4 meses y fue privado de libertad 4 meses 11 días a hasta que se anuló la condena y volvió a recuperar su libertad.
Juicio suspendido
Por pedido de la abogada Noelia Núñez, querellante en el presente proceso penal, se pospuso el nuevo juicio oral y público que debe enfrentar el joven Axel López. La citada profesional del derecho presentó un certificado médico justificando su pedido de posponer la audiencia oral.
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Condenan a 18 años de cárcel a un hombre por abuso sexual en niños
Un tribunal de sentencia condenó a 18 años de pena privativa de libertad a un hombre encontrado culpable por el hecho punible de abuso sexual en niños. La agente fiscal, Cynthia Carolina Huespe Ortega, estuvo a cargo de sostener la acusación fiscal.
El hoy condenado abusó en reiteradas ocasiones de una niña de 11 años, entre los años 2019 y 2020. Durante el juicio oral, la representación fiscal expuso de manera detallada el daño psicológico y físico ocasionado a la víctima.
Las declaraciones de la menor (realizadas bajo el sistema de Cámara Gesell para evitar su revictimización), los testimonios de familiares y los informes de los peritos médicos y psicológicos, así como las demás pruebas documentales ofrecidas, fueron producidas ante el Tribunal de Sentencia. Dicho colegiado dictó la pena de 18 años de encierro al quedar plenamente demostrada la conducta reprochable del acusado en el hecho.
Tras la lectura íntegra del fallo, la defensa del condenado cuenta con el plazo legal establecido por la ley para interponer un recurso de apelación especial. En caso de presentarse dicha objeción, el caso será remitido a un Tribunal de Apelación en lo Penal. Esta instancia de alzada tendrá la responsabilidad de examinar el proceso y definir si corresponde confirmar, revocar o modificar la sentencia condenatoria dictada en primera instancia.
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Feminicidio de María Fernanda: tribunal aplicó penas de entre 10 y 3 años de cárcel a los acusados
Un Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo condenó a los cinco adultos acusados por el feminicidio de la joven María Fernanda Benítez Martínez. La lectura de la sentencia comenzó poco antes de las 23:00 del martes 25, atendiendo a la gravedad del juzgamiento a los acusados.
El colegiado integrado por los jueces Luis Ovelar, Víctor Vera y Andrea Riquelme emitieron su veredicto final tras finalizar el debate oral y escuchar a todas las partes. Además, durante la jornada de hoy dio la posibilidad de brindar algunas declaraciones a los procesados.
A la joven Mikhaela Chiara Yasy Rolón Melgarejo, acusada por instigación al feminicidio, asociación criminal y omisión de aviso, los jueces la encontraron culpable a las 23:59 y la condenaron a una pena de 10 años de cárcel.
A continuación, Ricardo Villamayor, acusado por ocultamiento de indicios y omisión de denuncia, a las 00:23 del miércoles fue condenado a 3 años de cárcel.
A las 01:05, Franco Antonio Acosta, acusado por complicidad en tentativa de aborto y frustración de la persecución penal, fue condenado a 5 años de privación de libertad.
Finalmente, a las 01:22, este colegiado decidió que los padres del joven de 17 años sindicado como principal responsable del feminicidio, Armando Silva y Karent Villar, sean condenados a 4 años y 6 meses de cárcel, luego de ser encontrados culpables por exposición al peligro, simulación de hecho punible y frustración de la persecución penal.
Antecedentes del caso
El fiscal Fermín Segovia pidió 10 años de prisión para Mikhaela Chiara Yasy Rolón Melgarejo por su presunta participación en el feminicidio. En tanto que, para los padres del autor principal 4 años y medio; para Franco Antonio Acosta 4 años de cárcel por complicidad y para Ricardo Villamayor solicitó 3 años de pena privativa de libertad por ocultamiento de indicios y omisión de denuncia.
El feminicidio de María Fernanda Benítez Martínez, de 17 años, se reportó el 27 de mayo del 2025 en la ciudad de Coronel Oviedo, departamento de Caaguazú, pero el hallazgo del cuerpo de la joven se dio recién el 31 de mayo de ese mismo año. Este estaba enterrado y totalmente calcinado en un patio baldío del barrio Villa del Maestro.
El presunto autor material del crimen al ser menor de edad al momento del hecho enfrenta un juicio en paralelo bajo el régimen penal adolescente con un pedido de pena máxima de 8 años.
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Condenan a 40 años de cárcel a sicarios que asesinaron a hija de exgobernador de Amambay
Un Tribunal de Sentencia condenó a 30 años de cárcel más 10 años de medidas de seguridad, totalizando así 40 años de pena privativa de libertad, a Julio César Centurión Cantaluppi y Diego Alexi Vázquez Martínez, por el cuádruple homicidio ocurrido en octubre de 2021 en Pedro Juan Caballero, donde también fue asesinada Haylee Acevedo, hija del exgobernador de Amambay, Ronald Acevedo.
Asimismo, fue sentenciado a 23 años de cárcel más 6 de medidas de seguridad, sumando un total de 29 años, Derlis Javier López Arce. Los dos primeros fueron encontrados culpables de ejecutar, junto con Edson Vargas (actualmente prófugo), el ataque en el que murieron Haylee Acevedo, su pareja -el presunto narcotraficante Osmar Vicente Álvarez, alias “Bebeto”- y las estudiantes de Medicina Rhannye Jamilly Borges de Oliveira y Kaline Reinoso de Oliveira.
El terrible suceso se registró el 9 de octubre de 2021 y, según el fallo de primera instancia, estuvo relacionado con una disputa de territorio para el tráfico de drogas entre el grupo de Marcio Ariel Sánchez, alias “Aguacate” y “Bebeto”. El colegiado encontró culpables a los procesados por homicidio doloso, asociación criminal, detentación ilegal de armas y lesión grave, esta última respecto a tres víctimas colaterales.
Durante el ataque se realizaron más de 100 disparos con armas largas que también alcanzaron a Bruno Elías Pereira Sánchez, Iris Esiely Molinari Villasboa y a la brasileña Rhafaelli Alves do Nascimento, quienes resultaron heridos.
Los jueces de sentencia Federico Rojas, María Luz Martínez y Dina Marchuck tuvieron en cuenta imágenes de circuito cerrado y declaraciones de agentes policiales. Las grabaciones muestran a las víctimas dentro del vehículo en el momento en que fueron atacadas. El Tribunal concluyó que los condenados formaban parte de la estructura criminal de “Aguacate”, cuyo objetivo incluía la ejecución de personas por encargo (sicariato).
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