El Tribunal de Sentencia integrado por las juezas Karina Cáceres, Ana Rodríguez y Yolanda Morel, condenó a tres años de cárcel al exfiscal Hugo Volpe, acusado por soborno agravado luego de recibir un costoso bolígrafo del supuesto narcotraficante Minotauro. Asimismo, fue absuelto de culpa y pena el abogado Armando Cantero, exfiscal.
La Fiscalía sostuvo su acusación con base en los elementos recabados durante la investigación, entre ellos la información remitida por el Departamento de Recuperación de Activos y Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia de la República Federativa del Brasil, que aportó datos relevantes sobre la participación de los procesados.
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Respecto a la absolución de Cantero, las representantes fiscales anunciaron que el Ministerio Público analizará la sentencia para evaluar el mérito de un eventual recurso.
Asimismo la defensa del condenado estudiará los argumentos de la sentencia para apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así, será un tribunal de alzada el que tendrá que definir si corresponde confirmar la sentencia condenatoria o dispone la realización de un nuevo juicio oral y público.
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Caso Ronaldinho: Dalia López es condenada a dos años de prisión con suspensión de la pena
La empresaria Dalia López admitió judicialmente la falsificación de los pasaportes que involucraron al exfutbolista Ronaldinho Gaúcho y su hermano, y fue condenada a dos años de prisión. Aunque fue condenada, la ejecución de la pena quedó suspendida y la justicia ordenó retirar la tobillera electrónica que portaba desde su captura.
López se acogió a un procedimiento abreviado en el que reconoció los hechos de producción de documentos no auténticos en el caso Ronaldinho. Los fiscales Cristian Ortiz, Juan Sandoval y José Martín Morínigo dieron luz verde al planteamiento de la defensa técnica, ejercida por los abogados Cristóbal Cáceres Frutos, Víctor Dante Gulino y Álvaro Cáceres.
Finalmente, la empresaria Dalia López Troche fue condenada a dos años de prisión con suspensión a prueba de la ejecución de la pena por el juez penal de Garantías Francisco Acevedo. Además, se ordenó el retiro de su tobillera electrónica y le impuso millonarias donaciones a instituciones de salud.
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Se dispuso el cumplimiento de:
- Entrega de un total de USD 110.000 y G. 200 millones distribuidos en distintas fundaciones e instituciones como el Instituto Nacional del Cáncer (Incan), el Hospital San Pablo, hogares de niños, entre otros.
- Prohibición de salir del país sin autorización judicial, comparecencia trimestral ante el juzgado y obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio por el lapso de dos años.
- El magistrado ordenó el cese de las medidas cautelares y el retiro de la tobillera electrónica que utilizaba bajo arresto domiciliario.
Antecedentes
El escándalo estalló en marzo de 2020, cuando Ronaldinho y su hermano fueron detenidos en Paraguay por usar pasaportes falsificados. En ese momento, el Ministerio Público identificó a Dalia López como la líder de la red delictiva que adulteraba los documentos.
López permaneció prófuga hasta que fue capturada por la policía en Asunción en abril de 2026. Tras recibir arresto domiciliario con tobillera electrónica bajo una millonaria fianza, el proceso cerró el 6 de noviembre y admitió su culpabilidad en un juicio abreviado que le otorgó una pena suspendida.
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Congreso destituye a Santiago Peña
Santiago Peña fue destituido este viernes de su cargo de presidente de la República, por voto nominal y por unanimidad en el juicio político por mal desempeño de funciones al que fue sometido en el Senado.
Tras un largo debate, los senadores declararon culpable a Peña del mal desempeño de sus funciones por su responsabilidad en la crisis financiera desencadena por la resolución de ueno bank, por parte del Banco Central del Paraguay (BCP), el martes 3 de noviembre, afectando a más de millones de paraguayos.
La destitución se produce luego de dos días de debate parlamentario, en las que los fiscales acusadores expusieron sus cuestionamientos a la gestión presidencial y sus presuntos vínculos con las irregularidades financieras investigadas en ueno bank y empresas relacionadas con el Grupo Vázquez.
Los abogados que ejercieron la defensa del exmandatario intervinieron, tras escuchar los alegatos finales de los fiscales acusadores. Cuestionaron que el libelo acusatorio no tuvo pruebas contra el gobernante, acusado de mal desempeño de funciones y señalaron que el enjuiciamiento tuvo tinte político.
Peña presentó su renuncia a la presidencia el jueves 5 de noviembre de 2026, en medio de una grave crisis política y financiera provocada por la intervención y cierre del intervenido ueno bank.
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Los fiscales acusadores -designados por la Cámara Baja- fueron Rocío Vallejo (Partido Patria Querida); Raúl Benítez (independiente); Mauricio Espínola (ANR -Añetete); Carlos Núñez Salinas (ANR - Fuerza Republicana), y los liberales Rodrigo Blanco, Adrián “Billy” Vaesken, Luis “Freddy” Franco, y Pedro Gómez.
El proceso del juicio político que derivó a la destitución de Peña tuvo cinco sesiones extraordinarias desarrolladas en ambas Cámaras del Congreso.
La primera se realizó ayer jueves con el juramento del Tribunal juzgador y la presentación de la acusación; la segunda se realizó hoy viernes con la defensa del Santiago Peña a través de sus dos abogados, Ricardo Preda y Adolfo Ferreiro; durante la tercera sesión se desarrolló la evaluación de las pruebas presentadas por los diputados; la cuarta, la presentación de los alegatos finales. En la quinta sesión y la última se decidió la destitución del presidente Peña, con 44 votos en forma unánime.
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Condenan a 10 años de prisión a violador sistemático de una adolescente
- Rocío Gómez. Corresponsal en Itapúa.
Un hombre fue condenado a 10 años de pena privativa de libertad tras ser hallado culpable del hecho punible de coacción sexual y violación ocurrido en Mayor Otaño, departamento de Itapúa.
La causa fue representada por el Ministerio Público, a cargo del agente fiscal Luis Caballero, de la Fiscalía Zonal de Mayor Otaño.
Según lo demostrado en el juicio, todo ocurrió en el entorno familiar, ya que el condenado era cuñado de la adolescente.
En el momento del hecho, la joven se encontraba conviviendo con su padre y sus hermanos pequeños. Por su parte, la madre de la menor se había trasladado temporalmente a otra zona o localidad para cumplir con sus obligaciones laborales.
El hombre aprovechaba los momentos en que el padre no se encontraba en la casa para ir hasta el domicilio y someterla sexualmente.
Los hechos comenzaron cuando la víctima tenía 14 años y continuaron en varias oportunidades hasta que cumplió 15 años, momento en que se realizó la denuncia. Además, la amenazaba con un arma de fuego, advirtiéndole que si contaba lo sucedido le haría algo a ella, a su hermana, quien era la esposa del condenado, y a su sobrino, hijo del sujeto.
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Durante el juicio oral, la declaración de la adolescente confirmó lo que ya había manifestado anteriormente ante el Ministerio Público.
Con esas pruebas, el Tribunal de Sentencia, integrado por las juezas penales Marcela Escobar Lapierre, en carácter de presidencia, Raquel García Rivarol y Nilda Caballero, dictaminó la condena de 10 años de prisión.
Se trata de un paso importante para la adolescente como su entorno. Deja un mensaje sobre la importancia de denunciar y acompañar a las víctimas durante el proceso para que puedan acceder a justicia y protección tras sufrir hecho punible de coacción sexual y violación.
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Corte deja firme condena de 5 años por enriquecimiento ilícito contra Miguel Cuevas
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) dejó firme la condena de 5 años por enriquecimiento ilícito para el exdiputado y dirigente del departamento de Paraguarí, Miguel Cuevas, tras declarar inadmisible el recurso de casación presentado por su abogado Guillermo Duarte Cacavelos contra el fallo de segunda instancia que había confirmado la sentencia condenatoria en diciembre del año 2023.
Cuevas, quien se desempeñaba como un humilde zapatero en la localidad de Sapucai antes de incursionar en la política, fue condenado el 15 de septiembre de 2023 por no poder justificar un incremento patrimonial de G. 1.934.584.283 entre los años 2009 y 2019, periodo en el que se desempeñó en la función pública.
En el caso judicial, Nación Media tuvo un aporte decisivo a través de sus investigaciones periodísticas y publicaciones al exponer públicamente las irregularidades del vertiginoso e injustificado incremento patrimonial de Cuevas mientras ejercía cargos públicos, como gobernador de Paraguarí y posteriormente como presidente de la Cámara de Diputados. La cobertura documentó las pericias contables de la Fiscalía y denunció las constantes chicanas para frenar el juicio oral.
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Los jueces Elsa García, Jesús Riera y Yolanda Morel integraron el tribunal de sentencia que terminó por condenar a Miguel Cuevas el 15 de septiembre de 2023. La máxima instancia judicial sentó postura luego de casi tres años. A través de la decisión también quedó firme el comiso especial y comiso sustitutivo de sus bienes, además del mantenimiento de embargos e inhibiciones de gravar y enajenar bienes inmuebles.
Cuevas además se encuentra inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. El voto de la mayoría estuvo conformado por el ministro preopinante Eugenio Jiménez Rolón y el ministro Gustavo Santander Dans, quienes concluyeron que el recurso planteado por el exlegislador no cumplió con las exigencias normativas del Código Procesal Penal para la instancia extraordinaria de casación.
Ambos manifestaron que la defensa legal de Cuevas se limitó a manifestar una “mera disconformidad” con el sentido del fallo. Mientras que la ministra María Carolina Llanes votó a favor del recurso de casación alegando que la defensa sí identificó adecuadamente la causa legal y sustentó de manera correcta los reclamos.