Condenan a 5 años de cárcel a expresidente de Afessap, por estafa
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Un Tribunal de Sentencia, integrado por Elsa García, Matías Gárcete y Yolanda Morel, condenó a 5 años de cárcel al exconcejal de Yuty y expresidente de la Asociación de Funcionarios de la Essap (Afessap), Carlos Alberto Franco, hallado culpable por estafa. El perjuicio patrimonial fue de G. 414.077.270 a la empresa financiera Fast Credit.
De acuerdo a los miembros del tribunal colegiado, Franco se valió del convenio firmado entre Fast Credit y la Afessap, que permitía otorgar créditos con descuento automático de salarios, para hacer figurar como beneficiarias a personas que no eran funcionarios públicos ni socios de la asociación. De esa manera, accedieron a préstamos que luego quedaron impagos, generando un perjuicio económico significativo.
Los jueces de Sentencia mencionaron que en más de 60 ocasiones, Franco declaró falsamente ante Fast Credit que los solicitantes eran funcionarios de la Essap, cuando que en realidad muchos eran jubilados, estudiantes universitarios o trabajadores de campaña política en su entorno.
Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de apelar el fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que estudiar y resolver si corresponde confirmar o disponer un nuevo juicio oral para el procesado.
Declaran culpable por coacción sexual y violación a exalumno de conocido colegio
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En un fallo unánime, el Tribunal de Sentencia —conformado por los jueces Lourdes Garcete, Juan Francisco Ortiz y Manuel Aguirre— declaró culpable de coacción sexual y violación a un exalumno de una conocida institución educativa privada de la capital.
La decisión judicial se tomó tras concluir la etapa de debate en el juicio oral y público. Durante las audiencias, el colegiado analizó de forma integral las pruebas presentadas por la Fiscalía y la querella adhesiva. Entre los elementos determinantes destacaron varios informes médicos, así como los testimonios de las personas.
Los magistrados argumentaron que los relatos de los testigos fueron consistentes y cronológicos. Estas declaraciones permitieron destruir el principio de inocencia del procesado. El tribunal concluyó de forma categórica que el acusado es el autor directo y responsable de los abusos denunciados, procediendo así a dictar el fallo condenatorio según los parámetros de las leyes penales vigentes.
La audiencia oral donde se conocerá la pena será el próximo jueves. El acusado se expone a 8 años de cárcel atendiendo a que el hecho se registró cuando el mismo era menor.
Otros casos
Del mismo modo, el acusado enfrenta otros dos procesos penales por similares hechos. El segundo caso cometió cuando era menor y el tercer proceso penal sí cuando ya cumplió la mayoría de edad.
Tribunal absolvió por duda razonable a exjueza acusada por prevaricato
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Un tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Rossana Maldonado, Juan Ortiz y Lourdes Garcete, decidió absolver de culpa y pena por duda razonable a la exjueza en lo civil, Tania Irún. La exmagistrada fue juzgada por el presunto delito de prevaricato tras entregar más de 310.000 hectáreas de tierra a empresas de maletín en Alto Paraguay.
De acuerdo con el colegiado, el Ministerio Público no logró probar qué motivación o interés habría llevado a la procesada a dictar la resolución cuestionada.
Tanto la querella como la Fiscalía adelantaron que analizarán los argumentos del tribunal de Sentencia para apelar el fallo judicial. En caso de ser así, un tribunal de Apelación definirá si corresponde que otro tribunal de Sentencia vuelva a juzgar a Irún.
Los jueces de Sentencia Rossana Maldonado, Juan Ortiz y Lourdes Garcete desmeritaron los votos de los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, integrantes de la Sala Penal. Ambos ministros, en su calidad de miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), habían señalado que la entonces jueza Tania Irún violó la ley de seguridad fronteriza, motivo por el cual se había resuelto su destitución.
Con esta sentencia de absolución, los magistrados contradijeron el criterio de los dos ministros de la máxima instancia judicial.
Condenan a 2 años de prisión a policía implicado en el millonario hurto a cambistas de CDE
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Este jueves, el Tribunal de Sentencia condenó a 2 años y 3 meses de prisión al suboficial que estuvo involucrado en el atraco a la bóveda de la Asociación de Trabajadores Cambistas (ATC) por el hecho punible de frustración de la persecución penal. La pena quedó compurgada tras cumplir prisión preventiva y arresto domiciliario, por lo que se dispuso su libertad.
El tribunal presidido por el magistrado Milciades Ovelar e integrado por las magistradas Cinthia Garcete y Jorgelina Melgarejo dictó sentencia contra el suboficial Fernando Llamas Ríos, de 29 años, quien fue condenado por el hecho punible de frustración de la persecución penal.
El magistrado indicó que la Fiscalía probó con certeza que el acusado cometió el delito de hurto agravado por omisión, basándose en el artículo 15 del Código Penal, porque como policía activo tenía la obligación constitucional y legal de evitar el crimen que se reportó en febrero del 2024 en Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná.
Además, existieron elementos suficientes para demostrar que Llamas tenía conocimiento del plan y de su ejecución, pero que decidió no actuar cuando tenía la posibilidad de hacerlo. Finalmente, el tribunal indicó que las pruebas no bastaban para afirmar que el acusado dominaba o conocía los detalles del plan delictivo y lo condenó a 2 años y tres meses de prisión.
Han pasado 2 años y cinco meses del aquel atraco, hoy, el condenado ya guardó prisión preventiva más arresto domiciliario y tiene compurgada su condena, por tanto se dispuso su libertad.
El millonario hurto que ocurrió el 4 de febrero de 2024 en Ciudad del Este, cuando una banda transnacional alquiló un local comercial para realizar la excavación de un túnel de más de 130 metros de longitud y llegar a la parte más vulnerable de la pared donde abrieron un boquete sin que nadie se percatara. Vaciaron los cofres de los cambistas, llevándose un millonario botín en diversas divisas.
Mediante un túnel llegaron hasta la bóveda. Foto: Fiscalía
Condenan a 10 años de cárcel a esposa de Alejandro Ramos
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Un tribunal de sentencia condenó a 10 años de cárcel a Lourdes Ramírez de Ramos, esposa de Alejandro Ramos, con quien fundó el Ejército de Mariscal López y exmiembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al ser hallada culpable de apología del delito, atentado contra la existencia del Estado y atentado contra el orden constitucional.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la ahora sentenciada apareció en un video difundido en enero de 2014, en el cual el grupo criminal reivindicaba la lucha de clases como único medio para acceder al poder e instaurar un gobierno de los pobres. En dicho material audiovisual también se emitían expresiones contra las autoridades nacionales legítimamente constituidas, hechos que sustentaron la condena impuesta.
Durante el juicio oral y público, el fiscal Federico Delfino acreditó la participación de la acusada mediante las pruebas producidas durante el desarrollo de la audiencia oral.
Ahora, la defensa de la condenada tendrá la posibilidad de apelar el fallo judicial, en cuyo caso un tribunal de apelación deberá resolver si corresponde confirmar la sentencia dictada en primera instancia.