La Corte Suprema de Justicia rechazó una demanda promovida por un exfuncionario de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), quien reclamaba alrededor G. 5.400 millones en concepto de indemnización por supuestos daños y perjuicios derivados de una destitución que consideraba injustificada. Los ministros de la Corte César Garay, Eugenio Jiménez y Alberto Martínez Simón firmaron la resolución judicial.
En la demanda civil, el exfuncionario de la Ande había solicitado el 3 % mensual de intereses sobre tal monto, suma que alcanzaba los G. 11.500 millones solo en intereses. Además, se ahorraron los posibles honorarios profesionales de los abogados del demandante, lo que habría representado un desembolso total de G. 20.608.583.310 para el Estado paraguayo.
La Procuraduría General de la República, en ejercicio de la representación legal del Estado, defendió la improcedencia de la demanda y sostuvo que no se cumplían los requisitos legales para una condena por responsabilidad civil extracontractual. En su sentencia, la Corte señaló que no se acreditaron ni la existencia de un daño jurídicamente comprobado, ni el vínculo causal directo entre la actuación de los funcionarios y los perjuicios alegados, ni un factor de atribución válido.
El fallo resalta que las demandas contra el Estado deben demostrar con claridad los cuatro elementos esenciales de la responsabilidad civil: antijuridicidad, daño, nexo causal y factor de atribución. La sola disconformidad con un acto administrativo no basta para fundar una pretensión indemnizatoria, especialmente cuando los actos cuestionados ya han sido revisados en otras vías jurisdiccionales.
Este caso constituye un precedente relevante en la defensa del erario público y reafirma el compromiso institucional de la Procuraduría General de la República en asegurar una representación jurídica eficiente, que permita resguardar los intereses del Estado ante reclamos infundados.
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