El tribunal de sentencia, conformado por los jueces Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro y María Fernanda García, condenó a tres años de cárcel a la abogada Cinthia Pérez Toranzo, luego de ser encontrada culpable por los delitos de producción de documentos no auténticos y abuso de documentos de identidad, por intentar mentir al justiciar en una carta de naturalización de ciudadanos extranjeros.
Los magistrados de sentencia Juan Carlos Zárate y María Fernanda García de Zuñiga votaron por la sentencia condenatoria de tres años, mientras que el juez Héctor Capurro votó por condenar a solo dos años y seis meses de prisión.
El magistrado Zárate sostuvo que luego de la presentación de ambos extranjeros, se produjo la suplantación por otras personas a los efectos de rendir los exámenes, por parte de un adolescente y el señor Mohamed Ali Kanso.
Por su parte, la actual exsecretaria de la Sala Civil de la Corte y camarista Pierina Ozuna, indicó que a partir de lo sucedido se replanteó lo referente a los controles para evitar situaciones como la acontecida con la abogada Cinthia Pérez Toranzo, condenada hoy a 3 años de pena privativa de libertad, indico la magistrada a Cuarto Intermedio a través de El Observador Radio TV.
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Denuncia a exmodelo por violencia: “La señora andaba armada”
La abogada Leticia Bóbeda lleva adelante la defensa de Marcos Gómez en el caso de violencia familiar contra su expareja, la exmodelo Graciela Núñez. La profesional, en conversación con La Nación/Nación Media, hizo algunas aclaraciones.
“Nosotros estábamos en conocimiento de que ella hizo una denuncia por violencia familiar, pero en la carpeta fiscal señala que la declaración testifical no es clara, no manifiesta específicamente tiempo, fechas de los hechos ordenados, y apunta más bien hacia una cuestión de infidelidad y supuestos hechos ocurridos hace muchos años”, mencionó.
No obstante, el Ministerio Público aplicó el protocolo respectivo, trasladando a la víctima hasta la sede de Atención a víctimas del Ministerio Público en Asunción.
Asimismo, el informe remitido por dicha dependencia establece que no se ha obtenido un relato fáctico y la profesional se ha limitado solamente a sugerir una nueva evaluación psicológica para la víctima debido a que “en este estado no se cuenta con suficientes elementos de sospecha para formular una acta de imputación”.
No obstante, la causa queda abierta, prosiguiendo la investigación. “Eso es lo que existe en la causa”, indicó la defensora. Añadió que su defendido apeló a una denuncia penal porque “ya era insostenible la situación” de violencia hacia su cliente.
Y se agravó porque “la señora andaba armada”. En su indagatoria, “ella admitió que tenía arma de fuego”, expresó.
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En se sentido, cuentan con denuncias policiales que fueron agregadas a la carpeta fiscal. “Nosotros hicimos la denuncia porque ella ahora le utiliza a los niños como instrumento para amedrentar al padre”, puntualizó. Los niños viven con su papá.
“Marcos tiene dos hijos mayores que son de un matrimonio anterior que viven con él por voluntad propia y los niños que tiene con Graciela Núñez”, precisó.
Aseguró que los episodios de violencia fueron constantes de parte de la mujer. “Ella dice que se le manipula y es mentira porque a pesar de las amenazas, incluso con armas, Marcos esperó mucho tiempo porque la violencia fue sostenida. Y se agravó en los últimos seis meses. A su hijo de 14 años le dijo que le iba a matar a su papá si le quitaba la camioneta”, aseveró.
Además, agregarán todos los mensajes y videos “Tenemos videos en donde ella le rompe una botella de vidrio. También hay otro video, donde ella le escupe, le araña. En otra ocasión, Marcos se despierta con una pistola en la cabeza, donde ella le decía “no me vas a dejar”. Sin embargo, ella se fue”.
Tampoco aceptó el divorcio. “Ella tiene muchos bienes a su nombre gracias al señor Marcos y él nunca le reclamó. Le mandamos incluso, una minuta de divorcio de mutuo consentimiento y la señora no quiso firmar”, comentó.
En relación al video donde él aparentemente golpea a la mujer, “haciendo zoom del video, se ve que ella se da vuelta y él golpea un mueble”, explicó.
Por otro lado, cuando se retiró de la residencia familiar. “Ella arrancó todo el circuito cerrado. El señor Marcos Gómez nunca tuvo acceso porque él confiaba en su señora”, subrayó.
En conclusión, dijo que “hay muchas inconsistencias en el relato de ella”.
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Declaran culpable por coacción sexual y violación a exalumno de conocido colegio
En un fallo unánime, el Tribunal de Sentencia —conformado por los jueces Lourdes Garcete, Juan Francisco Ortiz y Manuel Aguirre— declaró culpable de coacción sexual y violación a un exalumno de una conocida institución educativa privada de la capital.
La decisión judicial se tomó tras concluir la etapa de debate en el juicio oral y público. Durante las audiencias, el colegiado analizó de forma integral las pruebas presentadas por la Fiscalía y la querella adhesiva. Entre los elementos determinantes destacaron varios informes médicos, así como los testimonios de las personas.
Los magistrados argumentaron que los relatos de los testigos fueron consistentes y cronológicos. Estas declaraciones permitieron destruir el principio de inocencia del procesado. El tribunal concluyó de forma categórica que el acusado es el autor directo y responsable de los abusos denunciados, procediendo así a dictar el fallo condenatorio según los parámetros de las leyes penales vigentes.
La audiencia oral donde se conocerá la pena será el próximo jueves. El acusado se expone a 8 años de cárcel atendiendo a que el hecho se registró cuando el mismo era menor.
Otros casos
Del mismo modo, el acusado enfrenta otros dos procesos penales por similares hechos. El segundo caso cometió cuando era menor y el tercer proceso penal sí cuando ya cumplió la mayoría de edad.
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Tribunal absolvió por duda razonable a exjueza acusada por prevaricato
Un tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Rossana Maldonado, Juan Ortiz y Lourdes Garcete, decidió absolver de culpa y pena por duda razonable a la exjueza en lo civil, Tania Irún. La exmagistrada fue juzgada por el presunto delito de prevaricato tras entregar más de 310.000 hectáreas de tierra a empresas de maletín en Alto Paraguay.
De acuerdo con el colegiado, el Ministerio Público no logró probar qué motivación o interés habría llevado a la procesada a dictar la resolución cuestionada.
Tanto la querella como la Fiscalía adelantaron que analizarán los argumentos del tribunal de Sentencia para apelar el fallo judicial. En caso de ser así, un tribunal de Apelación definirá si corresponde que otro tribunal de Sentencia vuelva a juzgar a Irún.
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Jueces contra el voto de ministros
Los jueces de Sentencia Rossana Maldonado, Juan Ortiz y Lourdes Garcete desmeritaron los votos de los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, integrantes de la Sala Penal. Ambos ministros, en su calidad de miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), habían señalado que la entonces jueza Tania Irún violó la ley de seguridad fronteriza, motivo por el cual se había resuelto su destitución.
Con esta sentencia de absolución, los magistrados contradijeron el criterio de los dos ministros de la máxima instancia judicial.
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Condenan a 2 años de prisión a policía implicado en el millonario hurto a cambistas de CDE
Este jueves, el Tribunal de Sentencia condenó a 2 años y 3 meses de prisión al suboficial que estuvo involucrado en el atraco a la bóveda de la Asociación de Trabajadores Cambistas (ATC) por el hecho punible de frustración de la persecución penal. La pena quedó compurgada tras cumplir prisión preventiva y arresto domiciliario, por lo que se dispuso su libertad.
El tribunal presidido por el magistrado Milciades Ovelar e integrado por las magistradas Cinthia Garcete y Jorgelina Melgarejo dictó sentencia contra el suboficial Fernando Llamas Ríos, de 29 años, quien fue condenado por el hecho punible de frustración de la persecución penal.
El magistrado indicó que la Fiscalía probó con certeza que el acusado cometió el delito de hurto agravado por omisión, basándose en el artículo 15 del Código Penal, porque como policía activo tenía la obligación constitucional y legal de evitar el crimen que se reportó en febrero del 2024 en Ciudad del Este, departamento de Alto Paraná.
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Además, existieron elementos suficientes para demostrar que Llamas tenía conocimiento del plan y de su ejecución, pero que decidió no actuar cuando tenía la posibilidad de hacerlo. Finalmente, el tribunal indicó que las pruebas no bastaban para afirmar que el acusado dominaba o conocía los detalles del plan delictivo y lo condenó a 2 años y tres meses de prisión.
Han pasado 2 años y cinco meses del aquel atraco, hoy, el condenado ya guardó prisión preventiva más arresto domiciliario y tiene compurgada su condena, por tanto se dispuso su libertad.
El millonario hurto que ocurrió el 4 de febrero de 2024 en Ciudad del Este, cuando una banda transnacional alquiló un local comercial para realizar la excavación de un túnel de más de 130 metros de longitud y llegar a la parte más vulnerable de la pared donde abrieron un boquete sin que nadie se percatara. Vaciaron los cofres de los cambistas, llevándose un millonario botín en diversas divisas.