La Cámara de Apelación integrada por los jueces Arnulfo Arias, Andrea Vera y Silvana Luraghi ratificó la admisión de la imputación contra la jueza de paz, Analía Cibils, imputada por prevaricato por el caso conocido como la mafia de pagarés. Días atrás, el juez Rodrigo Estigarribia había admitido la imputación contra la magistrada suspendida en sus funciones.
De acuerdo al acta de imputación del Ministerio Público, la citada magistrada en más de 237 expedientes, entre el 2023 y 2024, habría dictado resoluciones judiciales violando el principio de igualdad que debe regir sus actuaciones.
La magistrada habría tenido conocimiento, consentido y acordado que los expedientes y las actuaciones obrantes en los mismos, fueron elaborados por los abogados demandantes, representantes de firmas de cobranzas.
Extracción de datos
Los jueces de Delitos Económicos, Humberto Otazú y Rodrigo Estigarribia, autorizaron al Ministerio Público la extracción de los datos de los teléfonos celulares de los enjuiciados y suspendidos jueces de paz Carmen Analía Cibils, Nathalia Garcete y Gustavo Villalba, a más de la ex jueza Liliana González de Bristot, imputados por el caso conocido como la mafia de los pagarés.
Los fiscales Jorge Arce, Leonardi Guerrero y Belinda Bobadilla, fueron los que solicitaron extraer datos de los celulares de los citados magistrados imputados. El juez Humberto Otazú dispuso la extracción de los elementos guardados en los celulares de los jueces de paz de La Catedral, del Primer Turno, Nathalia Garcete, y del Segundo Turno, Gustavo Villalba, a más de la exjueza de paz de San Roque, Liliana González de Bristot.
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Cámara confirma condena a tres expolicías por torturas
Un Tribunal de Apelación de Asunción confirmó las sentencias condenatorias de tres expolicías del régimen de Alfredo Stroessner, hallados culpables de someter a torturas físicas y psicológicas a Domingo Rolón, quien estuvo preso por motivos políticos entre 1976 y 1978. Eusebio Torres y Fortunato Laspina fueron condenados a 25 años de prisión, mientras que Manuel Alcaraz recibió una pena de 20 años.
La Cámara de Apelación consideró que las penas son proporcionales a la gravedad de los hechos y al grado de reprochabilidad de los autores. Asimismo, sostuvo que los condenados eran funcionarios públicos encargados de la seguridad y que las sanciones responden a criterios de prevención. Además, señaló que no existen elementos de desproporcionalidad o arbitrariedad en la sentencia de primera instancia.
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Respecto a la tortura y su imprescriptibilidad, la resolución señala que el Estado tiene la obligación de investigar crímenes atroces y evitar que queden impunes. La Cámara sostuvo que aplicar este criterio no constituye una aplicación retroactiva en perjuicio de los acusados
Durante el juicio se tuvo por probado que los tres participaron en las torturas sufridas por Rolón en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital. La víctima, fallecida en 2024, fue sometida a golpes con garrote, látigo y otros objetos. Entre las pruebas valoradas se destacó el testimonio de Carlos Casco, quien también fue torturado y señaló a los tres condenados como responsables
Según el tribunal, los métodos de tortura fueron utilizados para obtener información sobre las Ligas Agrarias y otras organizaciones políticas críticas al régimen de Alfredo Stroessner. Domingo Rolón fue detenido tras ser traído desde Formosa por portar documentos no auténticos. Llegó a Asunción en el baúl de un vehículo y permaneció como preso político hasta 1977; posteriormente, fue trasladado a Emboscada, donde permaneció hasta 1978.
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Operativo Berilo: ratifican juicio oral para “Cucho” Cabaña y otros
La Cámara de Apelación, integrada por los magistrados Arnaldo Fleitas, Camilo Torres y José Waldir Servín, ratificó de manera unánime que Reinaldo Javier “Cucho” Cabaña y los demás implicados en el caso Berilo deberán enfrentar un juicio oral y público. Con esta resolución, el tribunal de alzada confirmó la determinación previa adoptada por el juez penal de Garantías, Miguel Palacios.
Tras esta confirmación, el siguiente paso procesal consistirá en el sorteo correspondiente para designar a los jueces que integrarán el Tribunal de Sentencia, quienes tendrán la responsabilidad de juzgar a los acusados. La causa judicial, enmarcada en el conocido “Operativo Berilo”, investiga una compleja estructura criminal presuntamente dedicada al narcotráfico y al lavado de dinero.
Según las pesquisas de la Fiscalía, esta red civil y comercial operaba transportando cargamentos de estupefacientes procedentes de Bolivia, cruzando el territorio paraguayo, para finalmente introducirlos en el mercado de Brasil.
La acusación del Ministerio Público refiere que “Cucho” Cabaña se desempeñaba como el supuesto líder y principal financista de la organización criminal. Por su parte, varios de sus familiares directos y un entorno de colaboradores cercanos cumplían roles específicos y tareas logísticas diferenciadas dentro del esquema.
En lo que respecta al exdiputado Ulises Quintana, también procesado en la causa, la Fiscalía le atribuye haber realizado supuestas gestiones de influencia para facilitar las operaciones de la banda, así como intervenciones directas para lograr la liberación de personas vinculadas al grupo y de sumas de dinero incautadas.
Al analizar los recursos presentados por las defensas técnicas, la Cámara de Apelación sostuvo firmemente que la resolución que elevó la causa a juicio oral no presenta vicios de nulidad ni errores en la aplicación de la ley. Al verificar que el proceso se ajustó estrictamente a las normas vigentes, los camaristas rechazaron las apelaciones y ratificaron la validez de la remisión del expediente a la etapa de juzgamiento público.
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Influencer da su versión y rechaza acusación de fraude
La influencer Ana Kim Jang, conocida como Ana Coreana, dio su versión acerca de la imputación por los delitos de apropiación, lesión de confianza, estafa y producción mediata de documentos públicos de contenido falso. Mencionó presuntas irregularidades y apropiación de los ingresos de la empresa por parte de la familia Kao/Wang. En la causa están procesadas otras cuatro personas.
“Rechazo categóricamente cualquier acusación de fraude. Siempre he actuado dentro del marco legal, respetando los procedimientos establecidos”, menciona un comunicado dado a conocer por la mediática en representación de la familia Kim – K & K Shopping´s S. A. tras las acciones jurídicas promovidas por la familia Kao/Wang.
“Desde la constitución de la firma en febrero de 2009, la familia Kim asumió de manera exclusiva la gestión, operación y desarrollo integral del centro comercial. En estos años de operación, la familia Kao/Wang nunca trabajó en la obra, no asistía a los asuntos sociales, no asumía riesgos y desalentaba las inversiones. Tampoco confiaron en que el proyecto Shopping Paris superaría las expectativas; sin embargo, ante el éxito actual, han cambiado de actitud”, dice la primera parte del comunicado.
En otro punto, señala que en cuanto a la distribución de funciones “la familia Kao/Wang se acomodó a esta situación mientras la familia Kim trabajaba incansablemente. Aunque se les invitaba a las reuniones, no asistían alegando viajes o asuntos personales. Así, se consolidó una distribución de funciones donde ellos se limitaban a percibir los beneficios correspondientes”.
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En otro apartado, el comunicado menciona supuestas “irregularidades detectadas”, donde indica que la controversia actual surge tras detectarse que “la familia Kao/Wang ocupó y alquiló espacios del centro comercial a terceros sin autorización” y que los ingresos generados fueron a las cuentas bancarias de Susana (Wang Hsiao Mua) y Rosana Ming Kao, “sin ingresar a la cuenta de la empresa como corresponde, apropiándose así de los ingresos genuinos de la firma”.
En cuanto al reparto legal de dividendos, detalla que “el conflicto aumentó tras la venta del edificio Bonita Kim. Las utilidades se distribuyeron en estricta proporción a la participación accionaria de cada familia, conforme a la ley. Pese a ello, la familia Kao/Wang rechazó la distribución proporcional e inició reclamos infundados”.
Participación accionaria
Así también, expresa su rechazo a las acusaciones de la familia denunciante. “La modificación de la participación accionaria responde a nuevas inversiones aportadas e integradas exclusivamente por la familia Kim. Este proceso fue aprobado en asamblea extraordinaria y ordinaria, cumpliendo los estatutos, las leyes vigentes, las publicaciones legales y contando con la aprobación de la Abogacía del Tesoro”, menciona.
Además habla de instrumentalización judicial y lamenta que “mediante maniobras cuestionables”, se hayan penalizado asuntos de índole netamente societaria.
El comunicado finaliza diciendo que “la familia Kim reafirma su compromiso con la transparencia, la legalidad y el trabajo honesto. Exigimos respeto al funcionamiento institucional de K & K Shopping´s S. A. y confiamos en que las instancias correspondientes esclarecerán la verdad".
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Revelan conflicto entre accionistas de empresa dueña de shopping de CDE
Ciudad del Este. Agencia Regional.
El fiscal Osvaldo Zaracho Romero, de la Fiscalía Regional de Ciudad del Este, imputó a cinco personas, entre accionistas y ejecutivos de la firma K & K Shopping’s S.A., por supuesta apropiación, lesión de confianza, estafa, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y su uso.
La empresa K & K S.A. es la propietaria del Shopping Paris de Ciudad del Este. Los procesados son: Elizabeth Kim Jang, presidenta del directorio, apoderada y representante legal de K & K Shopping´s S.A.; Kim Jang, accionista; Nam Jun Kwon, vicepresidente del directorio; Antonio Ramón Galeano Vega, síndico titular y Alexis Florentín Gauto, secretario de asamblea.
La investigación abarca una serie de actuaciones societarias realizadas entre mayo de 2025 y marzo de 2026, las cuales, según la Fiscalía, perjudicaron a dos accionistas del grupo KAO/WANG, Rosana Ming Kao y Hasiao Hua Wang
La Fiscalía detalla que el capital de la empresa era de G. 103.000 millones y estaba distribuido en partes iguales entre los grupos KIM y KAO/WANG. La situación cambió tras la asamblea del 5 de mayo de 2025, que resolvió reducir a G. 38.850 millones mediante el rescate de acciones y estableció pagos de G. 3.207.500.000 para una de las accionistas y G. 28.867.500.000 para la otra.
En la imputación se indica que, las sumas citadas quedaron a cargo de la sociedad para su entrega a las titulares, pero nunca habrían sido abonadas. Un comprobante emitido por la propia empresa el 26 de mayo de 2025 consignó como pagado el monto de G. 26.558.100.000, tras una retención tributaria de G. 2.309.400.000 sobre la suma mayor.
Sin embargo, la Fiscalía sostiene que el dinero jamás ingresó a las afectadas. De hecho, el 15 de enero de 2026, una de ellas fue convocada para firmar los recibos correspondientes, pero se negó con el argumento que los valores continuaban impagos.
Paralelamente, la composición accionaria volvió a tener modificaciones sustanciales, según el escrito fiscal. El 18 de diciembre de 2025, el capital se incrementó de G. 38.850 millones a G. 49.350 millones mediante la emisión de 210 acciones adjudicadas a una sola accionista, cuya participación subió del 50 % al 61 %, reduciendo la del grupo KAO/WANG al 39 %.
Posteriormente, el 13 de marzo de 2026, se ejecutó un nuevo aumento hasta alcanzar los G. 103.350 millones con 1.080 nuevas acciones. De estas, 560 respondían a un supuesto aporte de G. 28.000 millones y fueron adjudicadas nuevamente a la misma persona, quien pasó a controlar el 71 % de la firma, dejando a las dos afectadas con un 29 % conjunto.
La investigación señala que estos aportes —por un total de G. 38.500 millones— no habrían sido efectivamente integrados, emitiéndose acciones sin que la sociedad recibiera el capital.
La Fiscalía solicitó un plazo de cuatro meses para concluir la etapa preparatoria debido a la complejidad del caso y al volumen de documentación por analizar, requiriendo la aplicación de medidas alternativas a la prisión para todos los procesados.