El tribunal de sentencias de San Pedro, integrado por Romina Onieva, Mercedes Urunaga y Cristhian Duarte, condenó a 29 años de cárcel a Édgar Ramón Florentín, encontrado culpable del hecho punible de homicidio doloso del que resultó víctima Manuel García Mereles.
La agente fiscal Irma Concepción Arias Barreto, de la Unidad Penal de la ciudad de Itacurubí del Rosario, pudo arrimar todos los elementos probatorios para lograr la sentencia condenatoria.
La representante del Ministerio Público logró demostrar de manera convincente en juicio oral, la participación del ciudadano hoy condenado en el homicidio ocurrido el 8 de agosto del año 2021, en horas de la noche, en el interior de una granja denominada “Las Mercedes”, del asentamiento con el nombre “Nuclear 15 de Mayo”, distrito de San José del Rosario, departamento de San Pedro.
La defensa del condenado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así, será un tribunal de apelación el que estudie y resuelva si corresponde confirmar la sentencia condenatoria para Duarte.
Igualmente si el tribunal de apelación llega a confirmar la sentencia condenatoria, la defensa del condenado tiene la posibilidad de recurrir a la Sala Penal de la Corte.
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Feminicidio de María Fernanda: tribunal debe dictar sentencia para principal acusado
El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Raúl Marecos, Vidal Santacruz y Roberto Estigarribia, se encuentra deliberando el fallo de primera instancia para el adolescente acusado del feminicidio de María Fernanda Benítez, hecho ocurrido en Coronel Oviedo. El nombre del procesado se omite debido a que era menor de edad al momento del crimen. Por este motivo, es juzgado bajo la legislación penal adolescente y se expone a una pena máxima de 8 años de privación de libertad.
Semanas atrás, otro Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo condenó a los cinco adultos implicados en el feminicidio de la joven María Fernanda Benítez Martínez. La lectura de la sentencia comenzó poco antes de las 23:00 del martes 25, dada la gravedad del caso. El colegiado, integrado por los jueces Luis Ovelar, Víctor Vera y Andrea Riquelme, emitió su veredicto final tras concluir el debate oral, escuchar a todas las partes y otorgar a los procesados el derecho a declarar.
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La joven Mikhaela Chiara Yasy Rolón Melgarejo, acusada de instigación al feminicidio, asociación criminal y omisión de aviso, fue hallada culpable y condenada a 10 años de cárcel. Posteriormente, a las 00:23 del miércoles, Ricardo Villamayor recibió una pena de 3 años de prisión por ocultamiento de indicios y omisión de denuncia. A las 01:05, Franco Antonio Acosta fue condenado a 5 años de privación de libertad por complicidad en tentativa de aborto y frustración de la persecución penal.
Finalmente, a las 01:22, el colegiado sentenció a 4 años y 6 meses de cárcel a Armando Silva y Karent Villar, padres del adolescente sindicado como principal responsable. Ambos fueron encontrados culpables de exposición al peligro, simulación de un hecho punible y frustración de la persecución penal.
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JEM admite acusación por mal desempeño contra jueces de Central
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) deberá estudiar si corresponde iniciar un enjuiciamiento por presunto mal desempeño en sus funciones contra los jueces de Sentencia de Central, Dina Marchuk, Julio Granada y Letizia de Gásperi. La acusación fue presentada por Graciela Beatriz Pintos Orué y Óscar López, padres de Axel Fabián López Orué, un joven que había sido condenado a 12 años de cárcel en un caso de supuesta coacción sexual y otros delitos, cuya sentencia fue posteriormente anulada por un Tribunal de Apelación.
La acusación, que ya fue admitida por el órgano juzgador de magistrados, refiere que los citados magistrados desconocieron la ley y demostraron una clara ignorancia en la aplicación de la Constitución Nacional. Según los denunciantes, esto quedó en evidencia durante el juicio oral, en el que se dictó la condena de 12 años sin contar con elementos de prueba suficientes, incurriendo en una abierta violación de las garantías constitucionales y procesales que tutelan el debido proceso.
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Del mismo modo, la acusación señala que los jueces admitieron de forma irregular pruebas que ya habían sido rechazadas previamente, vulnerando el desarrollo legal del juicio. Ahora, los integrantes del JEM deberán evaluar si corresponde iniciar el enjuiciamiento formal contra los tres magistrados. De ser así, también tendrán que definir si el proceso se realizará con la suspensión de sus funciones o si, por el contrario, se rechaza la acusación presentada.
Igualmente otro hecho irregular que habría cometido el Tribunal de Sentencia es que el joven Axel López estuvo con arresto domiciliario 8 años 4 meses y fue privado de libertad 4 meses 11 días a hasta que se anuló la condena y volvió a recuperar su libertad.
Juicio suspendido
Por pedido de la abogada Noelia Núñez, querellante en el presente proceso penal, se pospuso el nuevo juicio oral y público que debe enfrentar el joven Axel López. La citada profesional del derecho presentó un certificado médico justificando su pedido de posponer la audiencia oral.
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Condenan a 18 años de cárcel a un hombre por abuso sexual en niños
Un tribunal de sentencia condenó a 18 años de pena privativa de libertad a un hombre encontrado culpable por el hecho punible de abuso sexual en niños. La agente fiscal, Cynthia Carolina Huespe Ortega, estuvo a cargo de sostener la acusación fiscal.
El hoy condenado abusó en reiteradas ocasiones de una niña de 11 años, entre los años 2019 y 2020. Durante el juicio oral, la representación fiscal expuso de manera detallada el daño psicológico y físico ocasionado a la víctima.
Las declaraciones de la menor (realizadas bajo el sistema de Cámara Gesell para evitar su revictimización), los testimonios de familiares y los informes de los peritos médicos y psicológicos, así como las demás pruebas documentales ofrecidas, fueron producidas ante el Tribunal de Sentencia. Dicho colegiado dictó la pena de 18 años de encierro al quedar plenamente demostrada la conducta reprochable del acusado en el hecho.
Tras la lectura íntegra del fallo, la defensa del condenado cuenta con el plazo legal establecido por la ley para interponer un recurso de apelación especial. En caso de presentarse dicha objeción, el caso será remitido a un Tribunal de Apelación en lo Penal. Esta instancia de alzada tendrá la responsabilidad de examinar el proceso y definir si corresponde confirmar, revocar o modificar la sentencia condenatoria dictada en primera instancia.
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Feminicidio de María Fernanda: tribunal aplicó penas de entre 10 y 3 años de cárcel a los acusados
Un Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo condenó a los cinco adultos acusados por el feminicidio de la joven María Fernanda Benítez Martínez. La lectura de la sentencia comenzó poco antes de las 23:00 del martes 25, atendiendo a la gravedad del juzgamiento a los acusados.
El colegiado integrado por los jueces Luis Ovelar, Víctor Vera y Andrea Riquelme emitieron su veredicto final tras finalizar el debate oral y escuchar a todas las partes. Además, durante la jornada de hoy dio la posibilidad de brindar algunas declaraciones a los procesados.
A la joven Mikhaela Chiara Yasy Rolón Melgarejo, acusada por instigación al feminicidio, asociación criminal y omisión de aviso, los jueces la encontraron culpable a las 23:59 y la condenaron a una pena de 10 años de cárcel.
A continuación, Ricardo Villamayor, acusado por ocultamiento de indicios y omisión de denuncia, a las 00:23 del miércoles fue condenado a 3 años de cárcel.
A las 01:05, Franco Antonio Acosta, acusado por complicidad en tentativa de aborto y frustración de la persecución penal, fue condenado a 5 años de privación de libertad.
Finalmente, a las 01:22, este colegiado decidió que los padres del joven de 17 años sindicado como principal responsable del feminicidio, Armando Silva y Karent Villar, sean condenados a 4 años y 6 meses de cárcel, luego de ser encontrados culpables por exposición al peligro, simulación de hecho punible y frustración de la persecución penal.
Antecedentes del caso
El fiscal Fermín Segovia pidió 10 años de prisión para Mikhaela Chiara Yasy Rolón Melgarejo por su presunta participación en el feminicidio. En tanto que, para los padres del autor principal 4 años y medio; para Franco Antonio Acosta 4 años de cárcel por complicidad y para Ricardo Villamayor solicitó 3 años de pena privativa de libertad por ocultamiento de indicios y omisión de denuncia.
El feminicidio de María Fernanda Benítez Martínez, de 17 años, se reportó el 27 de mayo del 2025 en la ciudad de Coronel Oviedo, departamento de Caaguazú, pero el hallazgo del cuerpo de la joven se dio recién el 31 de mayo de ese mismo año. Este estaba enterrado y totalmente calcinado en un patio baldío del barrio Villa del Maestro.
El presunto autor material del crimen al ser menor de edad al momento del hecho enfrenta un juicio en paralelo bajo el régimen penal adolescente con un pedido de pena máxima de 8 años.
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