El juez de Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, ratificó la admisión de la imputación contra la ujier notificador, Audrey Jazmín Galeano Mora, hija del expresidente del Colegio de Abogados, Rubén Galeano.
La imputada por el caso conocido como la mafia de los pagarés había presentado una reposición y apelación en subsidio contra la determinación del juez, quien admitió y procesó penalmente a la hoy exfuncionaria judicial. Ahora, el expediente judicial deberá subir al tribunal de apelación, donde se tendrá que estudiar si corresponde confirmar la resolución del juez.
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El magistrado mencionó que si bien es cierto, existe una práctica normalizada de presentar recursos de reposición contra todo tipo de providencias, es importante recordar lo que menciona el artículo 449 del Código Procesal Penal.
“Los recursos son admisibles únicamente cuando la resolución causa agravio al recurrente y simplemente realizar afirmaciones genéricas como, por ejemplo, expresar que no se pudo iniciar el procedimiento, pues el acta de imputación carece de especificidad o es un relato genérico, no es fundamento suficiente sino más bien, aparente y tampoco lo es no estar de acuerdo con la decisión”, señala la determinación adoptada por el juez.
Este tipo de presentaciones se realiza a los efectos de dilatar y evitar que la imputada se someta a los mandatos de la Justicia, atendiendo a que con la presentación hecha se tendrá que suspender la audiencia de imposición de medidas cautelares.
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Caso “Tía Chela”: juezas rechazan autorización de viaje para Miguel Prieto
El Tribunal de Sentencia integrada por las juezas Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel, rechazó el pedido solicitado por la defensa técnica del exintendente de Ciudad del Este, destituido por corrupción Miguel Prieto, que solicitó permiso para viajar al Brasil entre el 27 de mayo y el 1 de junio, para participar de un evento como expositor de carácter institucional, que se desarrollará en la ciudad de Maceió.
Este tribunal atiende el proceso judicial en la causa conocida como “Tía Chela”, que investiga presuntas irregularidades en la compra de kits alimentarios por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este bajo la administración de Prieto durante la pandemia de Covid-19 en 2020 con perjuicio estimado de G. 2.130 millones.
En ese sentido, las juezas señalaron que el Ministerio Público emitió un dictamen rechazando el pedido presentado por la defensa técnica, por lo que este Tribunal de Sentencia acompañó en el mismo sentido de denegar el pedido de salida del país.
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Las magistradas argumentaron su fallo señalando que la defensa técnica no presentó documentos claves requeridas como pasajes o los medios por el cual viajaría, datos sobre el hospedaje, además que existe inconsistencia sobre el o los destinos del viaje. Mencionaron igualmente, que conforme a la invitación recibida el interesado podría participar del evento de forma virtual, sin la necesidad de tener que realizar el viaje.
“En el escrito presentado por la defensa del señor Prieto a la Secretaría de Juzgado, que el destino único del viaje la ciudad de Maceió. El señor Prieto al oralizar su pedido menciona que el lugar de destino es la ciudad de Sao Paulo y luego la ciudad de Maceió, por lo que existiría una inconsistencia en su pedido”, explicó la magistrada que ofició de vocera del Tribunal.
Asimismo, señaló que en el mismo escrito de la invitación para participar del evento que menciona serán encuentro empresariales, se podría realizar de manera presencial. Pero, además, se menciona como una opción para participar en dicho evento se podría llevar a cabo de forma virtual o por medios telemáticos de acuerdo a la disponibilidad del recurrente.
“Por lo que este Tribunal por lo anteriormente expuesto rechaza la autorización judicial solicitada por la defensa técnica del señor Miguel Prieto Vallejos”, concluyó en la lectura del fallo.
Con esta resolución, el intento de viaje quedó sin efecto y el exintendente, destituido por corrupción, deberá permanecer en el país mientras continúan los procesos abiertos en su contra.
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Juez libró oficio judicial para saber si Dalia López puede usar tobillera electrónica
El juez de Garantías, Francisco Acevedo, libró un oficio judicial a la Oficina de Monitoreo de Dispositivos Electrónicos de Control (OMDEC), a efectos de realizar un estudio de factibilidad para la aplicación de una tobillera electrónica a Dalia López.
La procesada permaneció prófuga, burlándose de la Justicia durante seis años, tras ser imputada por facilitar cédulas de identidad y pasaportes falsos al exfutbolista Ronaldinho Gaúcho y a su hermano.
La medida fue solicitada por la defensa de López, quien busca allanar el camino para obtener el beneficio del arresto domiciliario. Con esta estrategia, se pretende dilatar el proceso penal y asegurar que una eventual condena de cárcel se cumpla en su residencia. Según la determinación judicial —una situación poco habitual—, el personal de la dependencia de monitoreo deberá trasladarse hasta el domicilio propuesto para la reclusión.
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De otorgarse la libertad a López para que abandone el penal de mujeres de Emboscada, se sentaría un precedente negativo, considerando su largo historial de evasión judicial. Días atrás, el propio juez Acevedo había ratificado la prisión preventiva de López en Emboscada. Sin embargo, la procesada insiste en abandonar su lugar de reclusión.
Fuentes judiciales mencionan que, presuntamente, políticos e integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) estarían operando para favorecer a la mujer.
Celda VIP
Recientemente se descubrió que Dalia López estaba montando una “celda VIP” en el Departamento Judicial Femenino de la Policía Nacional, hecho que generó un fuerte repudio en la ciudadanía y puso bajo la lupa los privilegios a los que intenta acceder.
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Justicia argentina rechaza pedido de condenados por el crimen del paraguayo Fernando Báez Sosa
La Justicia argentina rechazó una serie de recursos de queja presentados por las defensas de siete de los jóvenes condenados por el homicidio del joven paraguayo Fernando Báez Sosa, el 18 de enero de 2020 en Villa Gesell.
Según fuentes del periódico argentino La Nación, los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz desestimaron la presentación hecha por el abogado Hugo Tomei en representación de Enzo Comelli, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Luciano Ciro y Lucas Pertosi.
“El recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable”, argumentaron los jueces de la Corte Suprema en su fallo, al que tuvo acceso La Nación.
“La decisión no calma el dolor, pero alivia. Es ni más ni menos lo que merecía Fernando, que la Justicia le responda como respondió en todas las etapas”, sostuvo a La Nación, tras conocer el fallo, el abogado Fernando Burlando, quien representa a Silvino Báez y Graciela Sosa, padres de la víctima.
El máximo tribunal también rechazó un planteo presentado por el abogado Francisco Oneto, que representa a Máximo Thomsem porque el “recurrente” no cumplió con una serie de requisitos formales relativos al procedimiento.
Viollaz, Cinalli y Lucas Pertossi recibieron una pena de 15 años de cárcel. Para los jueces fueron “partícipes secundarios” de “homicidio doblemente agravado”.
Las condenas no están firmes. La Suprema Corte de Justicia bonaerense tiene que resolver los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal, los padres de la víctima −Silvino Báez y Graciela Sosa, representados por los abogados Fernando Burlando, Fabián Améndola, Facundo Améndola y Germán Facio− y las defensas de los ocho condenados.
El Ministerio Público Fiscal y los abogados que representan a los padres de Báez Sosa recurrieron la condena impuesta a Viollaz, Cinalli y Lucas Pertossi. Para ellos, todos tuvieron la misma participación que los jóvenes condenados a la pena de prisión perpetua.
Tomei, quien durante gran parte del proceso defendió a los ocho acusados y ahora continúa representando a Viollaz, Cinalli, Ciro y Luciano Pertossi y Comelli, insistió ante el máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires con que el caso se debe enmarcar como un “homicidio en riña o agresión”, para el que se prevé una pena de entre dos y seis años de cárcel, como lo sostuvo en su alegato del juicio.
Lucas Pertossi ahora es defendido por Ignacio Nolfi, defensor de Casación que se presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y pidió la nulidad de la sentencia y la realización de un nuevo juicio.
La fundamentación de la presentación ante el máximo tribunal se basó en “la vulneración estructural del derecho de defensa en juicio, derivada de la existencia de intereses contrapuestos entre los imputados y la persistencia de una defensa técnica común e indiferenciada durante todas las etapas del proceso”, según informó, en su momento, la Defensoría de Casación de la Provincia de Buenos Aires.
Desde diciembre pasado, Lucas Pertossi es representado por Ignacio Nolfi, defensor de Casación bonaerense. Desde pocas horas después de su detención y tras ser indagado, el 18 de enero de 2020, había sido defendido por el abogado Hugo Tomei, al igual que los otros siete condenados.
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Tras violar arresto, juez ordenó la aplicación de tobillera electrónica a Thiago Gorostiaga
El juez Penal de Garantía, Raúl Florentín, ordenó la aplicación de la tobillera electrónica para Thiago Gorostiaga, exalumno de un prestigioso colegio de Asunción, acusado por supuesta coacción sexual, cuya víctima es un adolescente. La medida se adopta para fortalecer el control sobre el sometimiento al proceso y resguardar a la víctima.
La decisión del citado magistrado fue adoptada tras una audiencia de revisión que el juzgado realizó de oficio, ante la violación del arresto domiciliario por parte de Gorostiaga.
El presente proceso penal está paralizado debido a las chicanas que presentó la defensa de Gorostiaga. Una vez que se destrabe el caso, el juez Florentín tendrá que fijar nueva fecha para el desarrollo de la diligencia judicial en la que se definirá si el acusado va a juicio oral, así como pidió la Fiscalía.
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Otro caso a juicio oral
Días atrás la Cámara de Apelación Penal Adolescente confirmó la resolución que elevó a juicio oral la causa contra un exalumno de un prestigioso colegio de Asunción, acusado por supuesto abuso sexual en personas indefensas. Actualmente, el procesado es mayor de edad, pero los hechos habrían ocurrido cuando era menor, por lo cual la causa se tramita en el fuero penal adolescente.
En el caso particular, el joven es acusado de haber manoseado a una menor de 15 años, estando la misma bajo los efectos del alcohol. El hecho se habría dado en el año 2023, en la habitación del hijo de un expresidente de la República.
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