Los camaristas Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández deben analizar la apelación que se presentó contra la exigua condena de 2 años y 6 meses de cárcel de la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la bioquímica Sandra Hermosa, sentenciadas por el fallecimiento de la joven Sol Chávez, quien murió a causa de la ingesta de una dosis letal de flúor.
Los referidos camaristas deberán resolver si corresponde anular la mínima sentencia por tan grave hecho que acabó con la vida de una joven con futuro enorme. En caso de que se anule la leve condena, se deberá llevar a cabo un tercer juicio oral contra las dos acusadas.
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La leve condena llamó la atención de todos, atendiendo la gravedad del hecho debido a que a raíz de la negligencia de las hoy condenadas falleció la joven Sol Chávez. Los jueces que votaron por la exigua condena son Laura Ocampos y Fabián Weinsensee, mientras que la jueza Cándida Fleitas votó por la pena de 3 años de cárcel para las acusadas.
En los alegatos finales, la Fiscalía pidió la pena de 5 años de cárcel al igual que la querella adhesiva luego de comprobarse la gravedad del hecho. En un primer juicio oral, Espinoza fue condenada a 4 años de cárcel y Hermosa a 3 años de pena privativa de libertad.
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Sentencian a 25 años de prisión a un hombre por abuso sexual e incesto en perjuicio de sus hijas
- Ciudad del Este. Agencia regional
El Tribunal de Sentencia condenó a 25 años de pena privativa de libertad para un hombre de 63 años, de nacionalidad argentina, al ser hallado culpable de los hechos punibles de abuso sexual en niños, coacción sexual y violación e incesto, cometidos en perjuicio de varias de sus hijas.
El colegiado estuvo presidido por el juez Edgar Lezcano e integrado por los magistrados Zunilda Martínez Noguera y Herminio Montiel. El fiscal acusador fue Alberto Torres quien pidió los 25 años de pena privativa de libertad.
El hombre primero abusó de su hijastra, la mantuvo sometida, tuvieron ocho hijos y luego volvió a abusar de algunas de sus hijas biológicas, siendo niñas aún, según lo expuesto en el juicio oral que culminó hoy en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este.
Los antecedentes de la acusación indican que los abusos cometidos por el ahora condenado fueron hechos sucesivos que comenzaron en el año 1994 en Ciudad del Este, cuando el hombre sometió sexualmente a su hijastra menor de edad, quien en ese entonces tenía tan solo 11 años.
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Condenado tuvo 8 hijos
Como consecuencia de estos abusos sistemáticos a lo largo de las décadas, la víctima tuvo ocho hijos con su agresor. Posteriormente, la familia se trasladó a una vivienda de Presidente Franco, donde el acusado mantenía a todo el grupo familiar bajo constantes amenazas y violencia económica.
En el año 2019, el agresor comenzó a abusar de una de las hijas biológicas que tenía 12 años, recurriendo al uso de la fuerza y la amenaza.
La nueva víctima es fruto de aquella relación de sometimiento con la hijastra del hombre. Los abusos sexuales con su hija biológica continuaron hasta el año 2021 (por dos años), cuando la niña logró resistirse.
Luego, el acusado dirigió las agresiones hacia otra de sus hijas biológicas, una niña de 11 años. Esta situación persistió hasta marzo de 2024, cuando la hija mayor decidió rebelarse y denunciar a su padre ante el Ministerio Público, revelando además que otra de sus hermanas, una de 10 años, había sido testigo presencial de los abusos.
Las niñas adolescentes víctimas fueron asistidas por médicos forenses y psicólogas del Centro de Atención a Víctimas de la Fiscalía, quienes confirmaron los hechos denunciados y que derivaron en la pena para el agresor.
Los nombres del condenado y de las víctimas se omiten con el fin de proteger la identidad de las menores de edad, según lo establecido en el artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia.
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Piden a Corte integrar Cámara de Apelación en causa de Filizzola
En su momento, el juez penal de Garantías Yoan Paul López decidió hacer lugar a la prescripción del caso, determinación que fue apelada por el Ministerio Público.
La fiscala de Delitos Económicos y Anticorrupción Silvia González pidió a los integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que arbitren las medidas necesarias para la pronta integración del Tribunal de Apelación competente.
Los integrantes del tribunal de segunda instancia deberán estudiar si corresponde anular la prescripción del proceso penal por lesión de confianza que enfrenta el senador Rafael Filizzola en el caso conocido como comisarías de oro, donde la Fiscalía señaló un perjuicio de G. 1.200 millones contra el Estado paraguayo.
Los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Víctor Ríos deberán estudiar si corresponde confirmar a la camarista Adriana Giagni o a Camilo Torres para conformar el Tribunal de Apelación Penal, el cual tendrá que decidir si Filizzola seguirá procesado por lesión de confianza. En su momento, el juez penal de Garantías Yoan Paul López decidió hacer lugar a la prescripción del caso, determinación que fue apelada por el Ministerio Público.
En este proceso se investiga una supuesta lesión de confianza que involucra al exministro del Interior y actual senador Rafael Augusto Filizzola Serra. La Fiscalía sostiene, con varios elementos probatorios, que existe un perjuicio patrimonial de aproximadamente G. 1.200 millones al Estado por la construcción de baños y celdas en 24 comisarías de Asunción, obras realizadas sin estudios técnicos ni requerimientos específicos de las dependencias policiales, y que además quedaron inconclusas.
CASO HELICÓPTEROS
Por otra parte, la jueza penal de Garantías Alicia Pedrozo hizo lugar al pedido del fiscal Francisco Cabrera y ordenó el sobreseimiento definitivo de Rafael Filizzola, quien había sido acusado en su momento por la compra de helicópteros para la Policía Nacional, un caso que generó un perjuicio estimado de G. 50.000 millones.
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Comisarías de oro: piden a la Corte integrar la cámara de apelación en causa penal de Filizzola
La fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción, Silvia González, pidió a los integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que arbitren las medidas necesarias para la pronta integración del Tribunal de Apelación competente.
Los integrantes del tribunal de segunda instancia deberán estudiar si corresponde anular la prescripción del proceso penal por lesión de confianza que enfrenta el senador Rafael Filizzola en el caso conocido como “comisarías de oro”, donde la Fiscalía señaló un perjuicio de G. 1.200 millones contra el Estado paraguayo.
Los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Víctor Ríos deberán estudiar si corresponde confirmar a la camarista Adriana Giagni o a Camilo Torres para integrar el Tribunal de Apelación Penal, el cual tendrá que decidir si Filizzola seguirá procesado por lesión de confianza.
En su momento, el juez penal de garantías Yoan Paul López decidió hacer lugar a la prescripción del caso, determinación que fue apelada por el Ministerio Público.
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En este proceso se investiga una supuesta lesión de confianza que involucra al exministro del Interior y actual senador Rafael Augusto Filizzola Serra.
La Fiscalía sostiene, con varios elementos probatorios, que existe un perjuicio patrimonial de aproximadamente G. 1.200 millones al Estado por la construcción de baños y celdas en 24 comisarías de Asunción, obras realizadas sin estudios técnicos ni requerimientos específicos de las dependencias policiales, y que además quedaron inconclusas.
Caso Helicópteros
Por otra parte, la jueza penal de garantías, Alicia Pedrozo, hizo lugar al pedido del fiscal Francisco Cabrera y ordenó el sobreseimiento definitivo de Rafael Filizzola, quien había sido acusado en su momento por la compra de helicópteros para la Policía Nacional, un caso que generó un perjuicio estimado de G. 50.000 millones.
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Caso Imedic: confirman cárcel de 3 años para Justo Ferreira por contrabando
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 3 años de cárcel para Justo Ferreira, directivo de la firma Imedic S.A, encontrado culpable por el contrabando de 50 camas hospitalarias durante la pandemia del Covid-19. Asimismo, se confirmó la absolución de su hija Patricia Ferreira y de otras tres personas procesadas en la misma causa.
La máxima instancia judicial no admitió los recursos de casación presentados por la fiscalía y así como la presentada por las defensas al considerar que no cumplían con los requisitos legales para su estudio. La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros María Carolina Llanes, Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero.
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La acusación fiscal sostuvo que en abril de 2020 ingresaron al país 450 camas hospitalarias, pese a que el contrato con el Ministerio de Salud contemplaba únicamente 400. Las 50 camas excedentes, de alta gama, habrían ingresado sin el pago de los tributos correspondientes. La defensa señaló durante el juicio que dichos impuestos sí fueron abonados.
El tribunal de sentencia concluyó que quedó probado que Justo Ferreira cometió el hecho de contrabando. En cambio, absolvió a Patricia Ferreira al considerar que la Fiscalía no logró demostrar su participación directa y que su condición de representante de la empresa no implicaba responsabilidad penal.
También quedaron firmes las absoluciones de los funcionarios de Aduanas Guillermo Molinas y Gustavo Acosta, así como del despachante Carlos Gamarra, al concluirse que no se acreditó la existencia de dolo en sus actuaciones.