El juicio oral y público para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la bioquímica Sandra Hermosa, acusadas por homicidio culposo por el fallecimiento de la joven Sol Chávez, ingresa en su etapa final con la exposición de los alegatos finales de parte de la defensa de la bioquímica Hermosa y este lunes ya se podría dictar la sentencia de primera instancia.
El tribunal de sentencia que tiene a su cargo juzgar a las dos acusadas está integrado por Laura Ocampos, Fabián Weinsensee y Cándida Fleitas, quienes deberán evaluar lo debatido en este segundo juicio oral y dictar sentencia.
Días atrás el Ministerio Público, durante la presentación de los alegatos finales, pidió la pena de 5 de cárcel para Espinoza y Hermosa juzgadas por segunda vez por el fallecimiento de Sol Chávez a causa de la ingesta de una dosis letal de flúor. La querella adhesiva también solicitó al tribunal de sentencia la misma pena, así como la sanción de prohibición de ejercer la profesión de cada una de las acusadas.
Por su parte Derlis Céspedes, abogado defensor de la odontóloga Lilia Espinoza, pidió 6 meses de pena con suspensión de la ejecución de la condena. La audiencia oral prosigue el lunes con la exposición de los alegatos finales de la acusada Natalia Hermosa y ya se podría dar a conocer la sentencia de primera instancia.
Este es el segundo juicio debido a que ya el año pasado se realizó la audiencia oral en la que la odontóloga fue sentenciada a cuatro años de cárcel, mientras que la bioquímica fue condenada a tres años de pena privativa de libertad. Ambas fueron halladas culpables en un juicio oral y público del hecho de homicidio culposo.
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El príncipe Enrique y Elton John pierden juicio por privacidad contra el Daily Mail
El príncipe Enrique y el cantante Elton John perdieron su demanda por vulneración de su vida privada contra el propietario del diario Daily Mail, según una sentencia hecha pública ayer martes por el Tribunal Superior de Londres. Tras un juicio de 11 semanas a principios de este año, el tribunal señaló en su veredicto que los “demandantes no lograron demostrar las acusaciones que habían presentado. Por lo tanto, las demandas quedan desestimadas”.
Enrique no tardó en reaccionar y arremetió contra un fallo que calificó de “impactante” y “totalmente injustificado”. “Es un encubrimiento absoluto y evidente, pero lamentablemente no del todo inesperado”, apuntó Enrique en una declaración conjunta con Doreen Lawrence, cuyo hijo fue asesinado en un ataque racista en 1993.
La sentencia coincide con un viaje del príncipe Enrique, de 41 años, al Reino Unido. Ellos se encontraban entre los siete demandantes, entre los que se incluyen el cantante Elton John y la actriz Elizabeth Hurley, que habían presentado una demanda contra el editor del Mail, Associated News, alegando que habían sido víctimas de obtención ilegal de información.
Los demandantes denunciaron que los tabloides recurrieron a detectives privados para interceptar mensajes de voz, escucharon conversaciones telefónicas e incluso mintieron para la elaboración de artículos publicados entre 1993 y 2018.
“Victoria aplastante”
El fallo representa “una victoria aplastante para el Daily Mail y sus periodistas, así como para la libertad de prensa en general”, celebró el grupo ANL en un comunicado.
El proceso judicial contra el Daily Mail es el último iniciado por Enrique, quien desde hace varios años libra una batalla legal contra la poderosa prensa sensacionalista británica.
El príncipe considera a los ‘paparazzi’ responsables de la muerte de su madre, Diana, en París en 1997. Desde hace unos años vive en California con su esposa Meghan y sus dos hijos.
Al comparecer ante el Tribunal Superior en enero, al borde de las lágrimas, el príncipe acusó a la prensa sensacionalista de haber hecho “absolutamente infernal” la vida de su esposa Meghan.
Tanto él como los otros seis demandantes reclamaban una indemnización “sustancial” al propietario del Daily Mail y del Mail on Sunday. Por su parte, ANL sostuvo que sus periodistas actuaron dentro de la legalidad y que se basaron en fuentes legítimas para redactar los artículos.
Reveses y avances
En su batalla contra las prácticas de la prensa del corazón, el duque de Sussex, su título oficial, obtuvo en diciembre de 2023 una sentencia favorable que condenó a la empresa editora del Daily Mirror. Posteriormente, en enero de 2025, alcanzó un acuerdo económico, cuyo importe no fue revelado, con el propietario de The Sun.
La decisión del Tribunal Superior coincide con la presencia de Enrique en Reino Unido para una visita de varios días, en el marco de los preparativos de los Invictus Games, previstos para 2027 en Birmingham, en el centro de Inglaterra.
Esa competición deportiva internacional fue creada por el propio príncipe para militares veteranos heridos o enfermos.
En un principio, Enrique iba a estar acompañado en su visita por Meghan y por sus hijos, Archie, de 7 años, y Lilibet, de 5, lo que habría supuesto el primer viaje para ellos al Reino Unido desde 2022.
Los medios británicos especulaban sobre un posible encuentro entre el rey Carlos III y sus nietos.
Sin embargo, el fin de semana pasado se produjo un primer giro inesperado, cuando una fuente cercana al duque de Sussex informó que finalmente Meghan y los niños no viajarían a Londres para la primera parte de la visita.
Según explicó un portavoz de Enrique, las autoridades británicas decidieron no proporcionar protección policial a su familia, lo que lo obligó a adoptar “medidas alternativas”.
La situación acabó desembocando en confusión el lunes. Varios medios británicos, entre ellos la BBC y Sky News, citando a una fuente cercana a Enrique, informaron inicialmente que el príncipe se alojaría en el Palacio de Buckingham.
Menos de dos horas después, esos mismos medios publicaron un desmentido del Palacio de Buckingham, que explicó que Enrique no había aceptado con suficiente antelación la invitación para hospedarse en la residencia oficial del monarca británico. Un portavoz del príncipe calificó de “decepcionante” que la invitación “fuera retirada en el último momento”.
Las cuestiones relacionadas con la seguridad son extremadamente delicadas para Enrique. “El príncipe sabe lo que significa contar con una protección eficaz”, comentó a la AFP Simon Morgan, un exagente de policía encargado de proteger a la familia real. “A raíz de la muerte de su madre, sabe que esa protección puede fallar y cuáles pueden ser las consecuencias catastróficas de ello”, añadió.
Fuente: AFP.
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Juicio oral contra exjueza civil Tania Irún se iniciará el 22 de julio
Los días 22, 24 y 31 de julio se desarrollará el juicio oral y público para la exjueza civil y comercial Tania Irún, acusada por el delito de prevaricato tras, presuntamente, violar la seguridad fronteriza nacional al firmar un fallo judicial que otorgó de forma irregular 310.000 hectáreas de tierras protegidas a empresas de maletín en el departamento de Alto Paraguay.
Luego de conformarse el tribunal de sentencia, cuyos integrantes son los jueces Rossana Maldonado, Lourdes Garcete y Juan Francisco Ortiz, se fijó la fecha para el desarrollo de la audiencia oral. El presente caso se realizará tras confirmarse en la Cámara de Apelación la resolución judicial que elevó este proceso penal a un juicio oral y público.
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Acusación fiscal
En su momento, la fiscal adjunta Soledad Machuca acusó y solicitó el juicio oral y público para la procesada. Machuca fue contundente al señalar que la entonces magistrada obligó de forma irregular a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial —e intimó a la parte demandada— a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de los inmuebles ubicados en Alto Paraguay.
La acusación del Ministerio Público refiere textualmente: “Como bien podrá advertirse, la entonces magistrada Irún, al referirse al cumplimiento de lo previsto en la Ley Especial N° 2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan solo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del artículo 2° de la ley, en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras, afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes; sin embargo, en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”.
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Caso Sol Chávez: Corte confirmó condena contra odontóloga y química farmacéutica
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó las condenas de cuatro años de prisión para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y de tres años de pena privativa de libertad para la química farmacéutica Sandra Hermosa, quienes fueron halladas culpables de homicidio culposo por la muerte de la joven Sol Chávez.
En abril de 2021, la víctima falleció tras intoxicarse por el consumo de flúor en el marco de un tratamiento odontológico.
Las dos acusadas fueron condenadas en un tercer juicio oral llevado a cabo en mayo del año pasado. Con la resolución judicial adoptada por la máxima instancia judicial, las sentencias quedaron firmes y deberán ser cumplidas, es decir ambas tendrán que pisar la cárcel de mujeres de Emboscada.
La máxima instancia judicial concluyó que tanto la sentencia dictada en primera instancia como el fallo del Tribunal de Apelación se ajustaron a derecho. Asimismo, sostuvo que el colegiado respondió a los planteamientos de la defensa, por lo que la discrepancia de las recurrentes no radicaba en la falta de respuesta, sino en el contenido de la decisión adoptada.
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De acuerdo con los hechos acreditados en el proceso, Sol Chávez falleció el 9 de abril de 2021 tras consumir cuatro cápsulas de flúor de 500 miligramos cada una, conforme a la prescripción realizada por la odontóloga, totalizando 2.000 miligramos.
Según expuso la Fiscalía durante el juicio, la cantidad administrada superaba ampliamente los parámetros señalados por la ciencia médica.
En cuanto a la química farmacéutica Sandra Hermosa, el fallo tuvo por acreditado que incurrió en una actuación negligente al no advertir que la dosis indicada resultaba potencialmente letal y al no comunicarse con la profesional que emitió la prescripción, pese a los protocolos establecidos para este tipo de situaciones.
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Pruebas documentales no vinculan a Boidanich en ningún hecho irregular, dice defensa
Prosiguió el juicio oral y público para el extitular de la Seprelad, Óscar Boidanich, juzgado por supuesta frustración de la ejecución y persecución penal, al presuntamente no alertar sobre las operaciones del empresario Darío Messer. En la audiencia oral desarrollada este martes en el Palacio de Justicia, se produjeron varias pruebas documentales del Ministerio Público que no tienen ninguna relación con el extitular de la Seprelad, lo que afianza la tesis de la defensa sobre la inexistencia del hecho punible acusado.
Por su parte, el abogado Claudio Lovera, defensor de Boidanich, señaló: “Ningún elemento producido en el juicio oral hasta el momento vincula a mi representado con algún manejo irregular en el presente caso”. La audiencia oral proseguirá el 9 de julio a las 11:00 con la última parte de la exhibición de las pruebas documentales. Luego se ingresará a la etapa de alegatos finales, tanto del Ministerio Público como de la defensa. El Tribunal de Sentencia que juzga el caso está integrado por Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos.
Semanas atrás, altos funcionarios de la Seprelad declararon y deslindaron toda responsabilidad de Boidanich en las supuestas demoras del trámite del informe de inteligencia sobre Messer. Los testimonios evidenciaron que el proceso continuó su curso bajo la gestión de otras autoridades mientras Boidanich se encontraba fuera de sus funciones por cuestiones de salud.
Crismilda Espinoza, una de las testigos principales, admitió ante el Tribunal que Boidanich no le dio instrucción alguna sobre el caso. Asimismo, reconoció que, al menos desde marzo del 2018, tenía pleno conocimiento de la existencia de un dictamen jurídico sobre el borrador del informe de inteligencia y que, durante su interinazgo como titular de la Seprelad, siguió el trámite de dicho documento. Espinoza confirmó que ejerció la titularidad de la institución entre los meses de enero y febrero de 2018, y luego desde principios de marzo hasta el 15 de abril del mismo año.
La defensa técnica enfatizó que no se le puede reclamar ninguna responsabilidad a Boidanich por los hechos ocurridos en esos lapsos, dado que no se encontraba ejerciendo el cargo.
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