El pastor José Insfrán está preso en la cárcel de Emboscada y seguirá en dicha penitenciaría por resolución de la jueza Rosarito Montanía. Foto: Archivo
A Ultranza Py: pastor José Insfrán seguirá preso en la cárcel de Emboscada
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La jueza Rosarito Montanía ratificó la prisión preventiva del pastor José Insfrán, hermano de Tío Rico, procesado por lavado de dinero en el marco del operativo A Ultranza Py. La resolución de la citada magistrada se dio a conocer luego de la audiencia de revisión llevada a cabo ante la referida magistrada.
Ahora la defensa del procesado tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que analizar y estudiar si corresponde ratificar la prisión preventiva del pastor.
Actualmente, Insfrán está privado de su libertad en la penitenciaría de Emboscada desde febrero de este año, donde por disposición de la jueza Rosarito Montanía el mismo fue trasladado a dicho lugar. En varias ocasiones su defensa pretendió nuevamente ser trasladado hasta la base de operaciones de la Senad pero dicho pedido fue negado.
Según la presente investigación del Ministerio Público, Insfrán, líder de una congregación religiosa denominada Centro de Convenciones Avivamiento, en Curuguaty, es acusado por la Fiscalía de utilizar su centro religioso en el megaoperativo de investigación denominado A Ultranza Py.
Se trata de una organización criminal del uruguayo Sebastián Marset, todavía prófugo de la Justicia y Miguel Ángel “Tío Rico” Insfrán, hermano del pastor, quien ya se encuentra imputado y está recluido en el penal de Viñas Cué.
Caso Imedic: confirman cárcel de 3 años para Justo Ferreira por contrabando
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 3 años de cárcel para Justo Ferreira, directivo de la firma Imedic S.A, encontrado culpable por el contrabando de 50 camas hospitalarias durante la pandemia del Covid-19. Asimismo, se confirmó la absolución de su hija Patricia Ferreira y de otras tres personas procesadas en la misma causa.
La máxima instancia judicial no admitió los recursos de casación presentados por la fiscalía y así como la presentada por las defensas al considerar que no cumplían con los requisitos legales para su estudio. La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros María Carolina Llanes, Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero.
La acusación fiscal sostuvo que en abril de 2020 ingresaron al país 450 camas hospitalarias, pese a que el contrato con el Ministerio de Salud contemplaba únicamente 400. Las 50 camas excedentes, de alta gama, habrían ingresado sin el pago de los tributos correspondientes. La defensa señaló durante el juicio que dichos impuestos sí fueron abonados.
El tribunal de sentencia concluyó que quedó probado que Justo Ferreira cometió el hecho de contrabando. En cambio, absolvió a Patricia Ferreira al considerar que la Fiscalía no logró demostrar su participación directa y que su condición de representante de la empresa no implicaba responsabilidad penal.
También quedaron firmes las absoluciones de los funcionarios de Aduanas Guillermo Molinas y Gustavo Acosta, así como del despachante Carlos Gamarra, al concluirse que no se acreditó la existencia de dolo en sus actuaciones.
La extitular de Petropar Patricia Samudio, fue derivada a la cárcel de mujeres para cumplir su condenas de 4 años de cárcel por corrupción. Foto: Gentileza
Remiten a la cárcel a extitular de Petropar del gobierno de Abdo para cumplir condena
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La extitular de Petropar del gobierno de Mario Abdo Benítez, Delia Patricia Samudio, condenada a 4 años de cárcel por lesión de confianza por el caso de agua tónica, fue enviada a la cárcel de mujeres para cumplir la sentencia condenatoria. Igualmente, su esposo José Costa Perdomo, sentenciado a 3 años y 9 meses de prisión, fue remitido a la cárcel de Emboscada.
La resolución judicial fue firmada por un tribunal de sentencia a pedido del fiscal Silvio Corbeta. El colegiado rechazó una reposición planteada por la defensa, que pretendía impedir que el expediente fuera remitido al Juzgado de Ejecución para iniciar el cumplimiento de las penas. Los condenados alegaron que aún existen recursos pendientes ante la Corte Suprema, pero el Tribunal concluyó que las condenas ya se encuentran firmes.
Durante el juicio oral quedó probado que ambos participaron en un esquema montado durante la pandemia del COVID-19 para desviar G. 359.700.000 de Petropar mediante irregularidades en una licitación para la compra de agua tónica y otros insumos.
Según la Fiscalía, el dinero fue utilizado para cancelar una deuda de José Costa Perdomo, mediante un proceso licitatorio direccionado. Entre las principales pruebas valoradas en el juicio se encuentran conversaciones extraídas de celulares entre Costa Perdomo y el representante de la empresa Solumedic S.A., que evidenciarían cómo se planificó y direccionó la licitación para beneficiar a dicha firma.
Ramón González Daher y su hijo fueron trasladados al penal de Emboscada
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El Ministerio de Justicia informó que, en el marco de las medidas de fortalecimiento de la seguridad y el control del sistema penitenciario, se dispuso el traslado de Ramón Mario González Daher y Fernando Ramón González Karjallo, al Centro Penitenciario de Reinserción Social Martín Mendoza, de Emboscada. Padre e hijo fueron condenados por usura y lavado de dinero.
El procedimiento se realizó bajo estrictas medidas de seguridad y con el acompañamiento de efectivos de la Policía Nacional, desarrollándose sin incidentes durante todo el operativo. El ingreso de ambas personas privadas de libertad al establecimiento penitenciario se registró en cumplimiento de la Resolución N.° 238/DGEP/2026, quedando a disposición del régimen de seguridad y disciplina vigente en el centro penitenciario.
Esta medida es el resultado directo de las tareas de investigación y monitoreo estratégico desplegadas por la Dirección de Inteligencia Penitenciaria, cuyas alertas tempranas permitieron detectar y desactivar a tiempo la existencia de privilegios y el acceso a objetos prohibidos dentro del penal de origen. Con estas acciones preventivas, el Ministerio de Justicia reafirma su política de tolerancia cero ante cualquier intento de quebrantar el orden, garantizando la gobernabilidad de los establecimientos y el estricto cumplimiento del régimen disciplinario interno.
En paralelo, continúan abiertas las investigaciones administrativas para determinar las responsabilidades correspondientes y esclarecer la cadena de custodia. De comprobarse cualquier hecho de complicidad, facilitación o negligencia por parte del personal penitenciario, se aplicarán las sanciones disciplinarias y las acciones legales más rigurosas que dicte la ley vigente.
García Troche seguirá recluida en Emboscada en espera de su audiencia preliminar en agosto
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La jueza Rosarito Montanía ratificó la prisión preventiva de la ciudadana uruguaya Gianina García Troche en el módulo de máxima seguridad del Complejo para Mujeres de Emboscada (Comple), mientras aguarda su audiencia preliminar, prevista para el 10 de agosto, a las 9:00, dentro del proceso penal que enfrenta en el marco del caso “A Ultranza Py”.
La pareja del narco uruguayo Sebastián Marset (actualmente procesado en Estados Unidos) está acusada por el fiscal Deny Yoon Pak de lavado de dinero y crimen organizado. La decisión de la magistrada fue adoptada a través del Auto Interlocutorio n.º 124.
La defensa de la acusada, integrada por los abogados Christian Fernando González Rivas, Rafael Alcides Blanco Sanabria y Hugo Ramón Núñez Ortíz, había solicitado la revisión de la prisión preventiva, alegando la aparición de nuevos elementos que, a su criterio, modificaban las circunstancias originales de la medida cautelar. Entre los argumentos presentados se citó una pericia caligráfica realizada en una causa conexa relacionada con la firma “Summun S.A.”, la cual, según la defensa, podría afectar parte de la base fáctica de la imputación fiscal.
Sin embargo, el juzgado mantuvo la medida privativa de libertad y también dispuso la postergación de la audiencia preliminar, que inicialmente debía realizarse el 9 de junio. La magistrada argumentó que el expediente principal del caso se encuentra actualmente en manos de un Tribunal de Sentencia, situación que, según su criterio, podría generar limitaciones para el ejercicio pleno de la defensa y eventuales situaciones de indefensión.
El pedido de arresto domiciliario también fue rechazado atendiendo a que el inmueble ofrecido como garantía en Luque ya tiene tres causas penales como garantía y el código QR no se pudo validar. La jueza lo calificó de “ineficaz e insuficiente”. La jueza sostuvo que por la pena de 5 a 15 años y el perfil de la organización transnacional, el arresto domiciliario es “intrínsecamente precario” y que persiste el peligro de obstrucción.