El tribunal de sentencia que dará a conocer el fallo contra Patricia Samudio está integrado por Gloria Hermosa, Alba González y Darío Báez. Foto: Gentileza
Caso agua tónica: Tribunal decide este miércoles si condena a Patricia Samudio
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El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Gloria Hermosa, Darío Báez y Alba González, dará a conocer este miércoles el fallo de primera instancia sobre el juicio oral y público que enfrenta Patricia Samudio expresidenta de Petropar.
La exdirectiva de la petrolera está acusada por lesión de confianza por la compra irregular de agua tónica para la institución estatal durante la pandemia del covid-19.
Los fiscales Silvio Corbeta, Luz Guerrero y Francisco Cabrera solicitaron la pena de 4 años de cárcel para Samudio y 3 años y 9 meses de pena privativa de libertad para José Costa Perdomo, en calidad de cómplice del hecho punible de lesión de confianza.
Los fiscales Silvio Corbeta y Francisco Cabrera sostienen que se probó el delito de lesión de confianza en la compra irregular de agua tónica durante la pandemia. Del mismo modo, la Fiscalía sostuvo que se tuvo un perjuicio patrimonial al ente estatal de G. 346 millones.
El Ministerio Público sostiene que la pareja ocasionó un perjuicio de más de G. 300 millones a la institución estatal. De acuerdo a la acusación, Samudio adquirió 5.000 unidades de agua tónica, 3.000 unidades de mascarillas KN95, 60 unidades de tanques de 1.000 litros de capacidad, 30 unidades de pallets y 15 termómetros láser, que no ingresaron al ente.
La lista continúa con 400 unidades de mamelucos descartables de PVC, 100 unidades de máscara para dos cartuchos, 200 cajas de cartuchos, 1.000 bidones de 5 litros, 5.000 unidades de bidones de 10 litros, 200 unidades de lentes protectores antiparras y 20 unidades de guantes de nitrilo que tampoco ingresaron a la institución.
Existe una sola excepción, del ítem 6, consistente en 400 mamelucos descartables de PVC y las 3.000 unidades de agua tónica de las 5.000, que sí ingresaron a la petrolera estatal.
La CIDH emitió una resolución en la que reconoce el cumplimiento total de las disposiciones que exigían publicar y difundir la sentencia sobre la comunidad indígena Yakye Axa vs. Paraguay. Foto: Gentileza
CIDH declara cumplidas las medidas de reparación de Paraguay en el caso Yakye Axa
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró el cumplimiento total por parte del Estado paraguayo de las medidas de reparación relacionadas con la publicación y difusión de la sentencia en el caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay. El informe se dio a conocer a través de la Cancillería Nacional al Ministerio de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Mitic).
Mediante la nota VMRE-UGDH Nº 941-2026, se informó que la Unidad General de Derechos Humanos de la Cancillería Nacional remitió al Mitic la resolución de fecha 9 de octubre de 2026, notificada mediante la nota CDH-12.313/640 del 21 de octubre de 2026, por la cual la CIDH declara el cumplimiento total de las medidas de reparación ordenadas en el punto resolutivo décimo segundo de la sentencia correspondiente al caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay.
La decisión constituye un nuevo reconocimiento al compromiso del Estado paraguayo con el cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de las obligaciones internacionales asumidas en materia de derechos humanos, transparencia y acceso a la información, ejecutadas a través de la Comisión de Seguimiento de las Sentencias Internacionales, CICSI, liderada por el propio vicepresidente de la República Pedro Alliana.
El punto resolutivo décimo segundo de la sentencia dispuso la publicación de los hechos probados y de los puntos resolutivos del fallo en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional, además de la financiación de transmisiones radiales destinadas a difundir el contenido de la decisión judicial. Tras el proceso de supervisión realizado por la CIDH, estas medidas fueron consideradas plenamente cumplidas por el Estado paraguayo.
Las disposiciones contemplaban la difusión de los hechos probados y de los puntos resolutivos de la sentencia, además de transmisiones radiales para dar a conocer la decisión judicial. Foto: Gentileza
Prioridad en política comunicacional
Desde el Mitic señalan que el cumplimiento de estas disposiciones fue una prioridad dentro de la política de fortalecimiento de la comunicación pública y del respeto a los compromisos internacionales del Paraguay. En ese marco, informaron que se impulsaron acciones de difusión, campañas de comunicación, espacios radiales y materiales informativos orientados a garantizar que las medidas ordenadas por la Corte lleguen efectivamente a la ciudadanía y a las comunidades involucradas.
Asimismo, se promovieron espacios de visibilización y participación que permitieron amplificar la voz de los pueblos indígenas, contribuyendo a la difusión de sus derechos, su cultura y las decisiones adoptadas por los organismos internacionales de protección de los derechos humanos.
La comunicación remitida por la Cancillería reconoce el cumplimiento de estas medidas de difusión y publicación, que forman parte de las reparaciones ordenadas en favor de la Comunidad Indígena Yakye Axa y que constituyen herramientas fundamentales para garantizar la memoria, la transparencia y el acceso a la información pública.
Ratifica compromiso institucional
Desde la vicepresidencia resaltaron que con esta decisión, la CIDH reconoce el cumplimiento de las acciones de comunicación y difusión desarrolladas por el Estado paraguayo, fortaleciendo los mecanismos de acceso público a las decisiones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y reafirmando el compromiso institucional del Paraguay con la promoción, protección y garantía de los derechos humanos.
“La declaración de cumplimiento total constituye, además, una muestra del trabajo coordinado entre las instituciones del Estado para honrar los compromisos internacionales asumidos por el país y garantizar que las medidas de reparación ordenadas por los organismos internacionales sean conocidas por la ciudadanía y lleguen efectivamente a sus beneficiarios”, destaca el informe que brindaron dese la vicepresidencia.
El senador Eduardo Nakayama defendió la creación de una cartera especializada para conocer el potencial minero del país y promover su exploración. Foto: Archivo
Nakayama considera necesario crear un Ministerio de Minas y Energía
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El senador liberal, Eduardo Nakayama sostuvo que está a favor de crear el Ministerio de Minas y Energía, al que calificó de muy necesario para el Estado para conocer con exactitud qué se tiene bajo suelo. Mencionó que mantuvo reuniones con miembros de la Cámara de Comercio paraguayo-alemana y con los japoneses, quienes están muy interesados en hacer un mapeo completo del potencial minero del país y empezar la explotación.
El legislador explicó durante una entrevista en radio 1020Am, la necesidad de conocer a ciencia cierta qué es lo que hay bajo el suelo del territorio paraguayo.
“He dicho siempre que nosotros necesitamos un Ministerio de Minas y Energía, uno verdadero y no es que a lo de Milei, vamos a sacar los ministerios; hay ministerios que son necesarios y uno de ellos es este. Tenemos que hacer ese mapeo como dijeron los japoneses y alemanes; porque de lo contrario estamos totalmente ciegos, no sabemos qué tenemos bajo el suelo”, explicó.
Dijo además, que sobre la superficie se conocen las riquezas que se tiene, la producción de granos, generación de energía hidroeléctrica; pero se desconoce qué hay bajo el suelo, pero de existir riquezas podría quintuplicar las ganancias que luego se invierta de vuelta en fondos de salud, educación, infraestructura.
Cuestionó que hoy en día, lo que se está haciendo es vender los cuadrantes territoriales, pero a empresas locales, que no cuentan con conocimiento minero y que cuando empresas entendidas extranjeras buscan invertir en el país se encuentran con condiciones impuestas por los que ya son propietarios de esos cuadrantes.
“Ellos no permiten que entren las inversiones, y si es que permiten a aquellos que realmente tienen el conocimiento, exigen el pago de algún tipo de peaje y les deja explotar la minería. ¿A quién le vamos a hacer explotar uranio o tierras raras? No tenemos capacidad", acotó.
El exjefe comunal de CDE, Miguel Prieto, debe preparar su defensa por los hechos punibles de estafa y producción de documentos no auténticos en el caso conocido como Tía Chela. Foto: Matías Amarilla.
Tía Chela: tribunal advierte a Miguel Prieto que será juzgado también por estafa y otros
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El Tribunal de Sentencia de Delitos Económicos —integrado por Ana Rodríguez, Karina Cáceres y Yolanda Morel— advirtió al exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, y a otros diez acusados que deben preparar sus defensas ante la posibilidad de que los hechos investigados en el caso “Tía Chela” sean calificados también como estafa y producción de documentos no auténticos.
La acusación actual corresponde a los hechos punibles de lesión de confianza y asociación criminal. La advertencia fue realizada por el colegiado durante el juicio oral por el presunto negociado en la compra de kits de alimentos para familias vulnerables durante la pandemia de covid-19, causa en la que se investiga un perjuicio patrimonial de G. 2.130.036.016 a la Municipalidad de Ciudad del Este.
Con relación a Prieto, el Tribunal de Sentencia indicó que debe preparar su defensa ante una eventual calificación de estafa en calidad de coautor y producción de documentos no auténticos en la modalidad de uso. Para los demás procesados, la advertencia contempla los mismos hechos punibles, pero con distintos grados de participación.
En la fecha, la audiencia oral prosiguió con la lectura de las pruebas documentales ofrecidas por el Ministerio Público. Por el momento, no está prevista la declaración de testigos. La Fiscalía sostiene que probará que Prieto habría causado el millonario perjuicio al encabezar un supuesto esquema de desvío de recursos municipales en el que habrían participado funcionarios de su administración.
Condenan a 25 años de cárcel a la “Viuda Negra” de Curuguaty y a sus cómplices por sicariato
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Un tribunal de sentencia condenó a 25 años de cárcel a María Liliana Velázquez Villasanti, considerada la “Viuda Negra”, tras ser encontrada culpable del homicidio de su cónyuge en calidad de autora intelectual.
En la fecha finalizó el juicio oral por el hecho de sicariato ocurrido en octubre de 2023 en Curuguaty, donde un hombre fue ultimado a tiros mientras realizaba una caminata junto a su esposa y su madre.
La investigación fiscal demostró que la propia esposa planificó y financió la muerte de su marido con la ayuda de su amante. Ante esto, el Tribunal determinó condenar a 25 años de cárcel a los tres procesados en el caso.
El suceso conmocionó a todo el departamento de Canindeyú, ya que la víctima, Alfredo Jara, era un conocido taxista y comerciante, además de hermano del presidente de la Junta Municipal de Curuguaty. El crimen se habría originado por la ambición de la mujer de quedarse con todos los bienes para luego unirse a su amante.
Asimismo, los jueces de sentencia condenaron a Rubén Darío Benítez Gómez a 25 años de pena privativa de libertad en calidad de autor material del hecho punible de sicariato; a María Liliana Velázquez Villasanti a 25 años en calidad de instigadora; y a Rubén Rodas Portillo también a 25 años por su participación como intermediario en la planificación y ejecución del delito.
Durante el juicio, el Ministerio Público acreditó que, una semana antes del crimen, Rubén Rodas Portillo contactó desde la penitenciaría a Rubén Darío Benítez Gómez para proponerle el asesinato por encargo. El 13 de octubre de 2023 se reunieron en Curuguaty y, posteriormente, mantuvieron un encuentro con María Liliana Velázquez Villasanti, quien encargó la muerte de su pareja por la suma de G. 25.000.000.
Al día siguiente, Velázquez Villasanti entregó a Benítez Gómez un adelanto de G. 10.000.000 y un chip telefónico que sería utilizado para coordinar el momento y el lugar del ataque. El 17 de octubre de 2023, alrededor de las 06:40, Benítez Gómez se trasladó hasta el lugar acordado y efectuó varios disparos contra la víctima, provocándole la muerte. Posteriormente, huyó del sitio y entregó el arma utilizada junto a otras evidencias a Rodas Portillo.
Tras la valoración de las pruebas producidas durante el juicio oral, el Tribunal de Sentencia declaró la responsabilidad penal de los tres acusados e impuso las penas de 25 años de privación de libertad.