El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, integrado por Arnaldo Fleitas, José Waldir Servín y Belén Agüero, hizo lugar a la prórroga de seis meses para seguir investigando al actual intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, imputado por el delito de lesión de confianza. El pedido fue solicitado por el fiscal del caso Silvio Corbeta.
El próximo 19 de enero, el Ministerio Pública debía presentar su acusación, pero como el presente caso es muy complejo, el fiscal pidió seis meses más de tiempo para poder cerrar la presente investigación. El jefe comunal esteño fue imputado el 19 de julio de 2023 por una supuesta compra ficticia de kits de alimentos para familias de escasos recursos durante la pandemia.
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Con la determinación adoptada por los integrantes del tribunal de alzada, el Ministerio Público tiene hasta el próximo 19 de junio para poder presentar su requerimiento conclusivo, que puede ser la acusación y el pedido de que el presente caso se eleve a un juicio oral y público, o se pide una salida procesal para el imputado.
Los fiscales Rodrigo Estigarribia y Alma Zayas, imputaron a Prieto luego de detectarse un presunto perjuicio patrimonial en la comuna esteña por un valor de G. 1.769.790.000 en la compra ficticia de 25.000 kits de cestas básicas para las familias humildes durante la pandemia del covid-19, que en Paraguay aconteció desde marzo del 2020. Según la Fiscalía, la compra de los kits de alimentos se generó vía excepción y la firma beneficiada fue Tía Chela SRL.
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Urbieta propone crear un Tribunal de Apelación Civil, Comercial y Laboral en Concepción
El diputado colorado Arturo Urbieta presentó un proyecto de ley “Que crea un Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral en la Circunscripción Judicial de Concepción”. La iniciativa fue derivada a diversas comisiones asesoras de la Cámara de Diputados para su correspondiente análisis y dictamen.
La propuesta legislativa tiene por objeto crear dicho órgano jurisdiccional, con asiento en la ciudad de Concepción, a fin de fortalecer la segunda instancia y adecuar su estructura a las necesidades actuales de la jurisdicción.
De acuerdo con la exposición de motivos, la estructura de los órganos jurisdiccionales debe guardar “razonable correspondencia” con la naturaleza de las materias sometidas a revisión, con la entidad de los derechos involucrados y con las condiciones necesarias para garantizar una respuesta judicial adecuada, fundada y oportuna.
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El documento señala que el acceso a la Justicia no se limita a la posibilidad formal de acudir ante los tribunales, sino que comprende el derecho a obtener una respuesta jurisdiccional efectiva, dentro de un plazo razonable y mediante órganos que cuenten con una organización e idoneidad acordes con sus funciones.
La iniciativa menciona que la Circunscripción Judicial de Concepción registra una evolución demográfica y jurisdiccional, reflejada en el crecimiento anual de los asuntos sometidos a revisión y de la población atendida.
También hace referencia al dinamismo comercial, empresarial, productivo e industrial, así como a la aparición de nuevas actividades económicas e inversiones “que naturalmente generan relaciones jurídicas de mayor diversidad y complejidad”.
Circunscripción de múltiple fueros
Actualmente, la Circunscripción Judicial de Concepción cuenta con un Tribunal de Apelación de competencia multifueros, que atiende causas de las materias Civil, Comercial, Laboral y Penal, además de un órgano especializado en Niñez y Adolescencia.
Según la fundamentación, la diferenciación de la competencia material permitirá que el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral concentre su función revisora en esas áreas. La propuesta sostiene que cada una presenta instituciones, principios, reglas sustantivas y procesales, y dinámicas jurídicas propias.
El legislador explica en su escrito que la segunda instancia debe analizar los agravios planteados, examinar los fundamentos de las resoluciones recurridas y determinar, conforme al marco jurídico aplicable, si corresponde confirmarlas, modificarlas o revocarlas.
Para ello, plantea que los magistrados encargados de dicha tarea cuenten con conocimiento, experiencia y particular versación en las materias sometidas a su competencia.
El proyecto contempla que la conformación definitiva del Tribunal, así como la asignación de los funcionarios y auxiliares de justicia necesarios para su funcionamiento, se realicen de acuerdo con la disponibilidad de recursos determinada por la Ley de Presupuesto General de la Nación correspondiente. Asimismo, faculta a la Corte Suprema de Justicia a reglamentar la ley.
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Cámara confirma condena a tres expolicías por torturas
Un Tribunal de Apelación de Asunción confirmó las sentencias condenatorias de tres expolicías del régimen de Alfredo Stroessner, hallados culpables de someter a torturas físicas y psicológicas a Domingo Rolón, quien estuvo preso por motivos políticos entre 1976 y 1978. Eusebio Torres y Fortunato Laspina fueron condenados a 25 años de prisión, mientras que Manuel Alcaraz recibió una pena de 20 años.
La Cámara de Apelación consideró que las penas son proporcionales a la gravedad de los hechos y al grado de reprochabilidad de los autores. Asimismo, sostuvo que los condenados eran funcionarios públicos encargados de la seguridad y que las sanciones responden a criterios de prevención. Además, señaló que no existen elementos de desproporcionalidad o arbitrariedad en la sentencia de primera instancia.
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Respecto a la tortura y su imprescriptibilidad, la resolución señala que el Estado tiene la obligación de investigar crímenes atroces y evitar que queden impunes. La Cámara sostuvo que aplicar este criterio no constituye una aplicación retroactiva en perjuicio de los acusados
Durante el juicio se tuvo por probado que los tres participaron en las torturas sufridas por Rolón en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital. La víctima, fallecida en 2024, fue sometida a golpes con garrote, látigo y otros objetos. Entre las pruebas valoradas se destacó el testimonio de Carlos Casco, quien también fue torturado y señaló a los tres condenados como responsables
Según el tribunal, los métodos de tortura fueron utilizados para obtener información sobre las Ligas Agrarias y otras organizaciones políticas críticas al régimen de Alfredo Stroessner. Domingo Rolón fue detenido tras ser traído desde Formosa por portar documentos no auténticos. Llegó a Asunción en el baúl de un vehículo y permaneció como preso político hasta 1977; posteriormente, fue trasladado a Emboscada, donde permaneció hasta 1978.
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Defensa de Óscar Boidanich solicitó ratificar su absolución
La defensa del extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, solicitó al Tribunal de Apelación ratificar íntegramente su absolución de culpa y pena. Boidanich había sido juzgado por el supuesto delito de frustración de la persecución penal en el caso del empresario Dario Messer. Los abogados defensores, Claudio Lovera y César Alfonso, contestaron la apelación presentada por los agentes fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Verónica Mayor y Fernando Meyer, quienes habían recurrido ante el tribunal de alzada la determinación adoptada inicialmente por un Tribunal de Sentencia.
La defensa de Boidanich sostiene que la decisión de primera instancia debe ser confirmada porque nunca se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados en nuestro país y a eso se le agrega que dicho fallo ya está firme en la Corte.
Del mismo modo, la defensa de Boidanich sostiene que el Ministerio Público pretende de manera irregular que la Cámara de Apelación revalore pruebas testimoniales y documentales, algo prohibido por la norma y más en segunda instancia.
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Absolución de culpa
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces evidenciaron que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación para perjudicar al Boidanich.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
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Guajayvi celebra mañana su aniversario con asueto judicial y prórroga de plazos
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) dispuso el asueto judicial para este jueves 10 de septiembre de 2026 en el distrito de Guajayvi, departamento de San Pedro, con motivo de la celebración del aniversario de su fundación.
La medida fue adoptada durante la sesión plenaria ordinaria realizada este miércoles 9 de septiembre por el máximo órgano judicial. La disposición alcanza a las actividades jurisdiccionales desarrolladas en la localidad y contempla, además, la suspensión de los plazos procesales correspondientes a esa fecha.
En consecuencia, los plazos que debían vencer el jueves 10 de septiembre quedarán prorrogados hasta el viernes 11, según lo establecido por la Corte.
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Comunidad marcada por la agricultura
Guayayví, también conocida como Guajayvi, es un distrito ubicado en la zona sur del departamento de San Pedro, sobre el kilómetro 141 de la Ruta Nacional PY03, actualmente denominada General Elizardo Aquino. Limita con distritos como San Estanislao, Choré, Itacurubí del Rosario y Yrybucuá.
La localidad fue elevada a la categoría de distrito el 10 de septiembre de 1992, tras su desmembramiento de San Estanislao. Precisamente esta fecha constituye el motivo de la celebración que da lugar al asueto judicial dispuesto para este jueves.
Según los resultados del Censo Nacional de Población y Viviendas 2022, Guajayvi registró 8.246 viviendas particulares ocupadas, mientras que el INE identifica al distrito entre los municipios de San Pedro con una importante población rural.
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La economía local está fuertemente vinculada con la actividad agrícola, con la producción de banana y piña como principales rubros de renta. También tienen presencia la ganadería y el comercio. La producción frutícola constituye una de las principales fuentes de ingresos de numerosas familias y parte de ella se destina tanto al mercado nacional como a la exportación.
El propio nombre de la comunidad está relacionado con el guajayvi, árbol nativo que, según la reseña histórica de la zona, servía como punto de descanso para los viajeros que transitaban antiguamente hacia los yerbales.