El Tribunal de Apelación especializado en crimen organizado, integrado por Arnulfo Arias, Arnaldo Fleitas y Andrea Vera, confirmó la resolución de la jueza Rosarito Montanía quien había ratificado las mismas condiciones de reclusión de Miguel Ángel Insfrán, alias Tío Rico, quien está recluido en la cárcel militar de Viñas Cué. La defensa del procesado había apelado la citada determinación judicial y un colegiado de alzada decidió confirmar dicho fallo.
El abogado Álvaro Arias, defensor de Tío Rico, había solicitado el mejoramiento de condiciones de habitabilidad, acceder a una TV, una heladera, un aire acondicionado como tienen las demás celdas en el mencionado lugar de reclusión. Este pedido fue rechazado por cuestiones de seguridad.
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La jueza Rosarito Montanía en su momento dispuso que Insfrán pueda usar un aparato celular los días lunes y miércoles de 9:30 a 11:30. También decidió que los días martes y jueves, de 9:30 a 11:30, sean días de visita de familiares acreditados en el expediente judicial. Igualmente, de lunes a domingo se dispuso el control de ingreso a celda de Insfrán, así como también queda habilitada la revisión de la celda de Tío Rico cuando se considere necesario.
Pastor José Insfrán en Senad
Semanas atrás el pastor José Insfrán se presentó en sede del Ministerio Público y se abstuvo de prestar declaración indagatoria. Luego el mismo compareció ante la jueza Rosarito Montanía quien decretó la prisión del pastor en la base de Operaciones de la Senad hasta nueva disposición del juzgado.
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Urbieta propone crear un Tribunal de Apelación Civil, Comercial y Laboral en Concepción
El diputado colorado Arturo Urbieta presentó un proyecto de ley “Que crea un Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral en la Circunscripción Judicial de Concepción”. La iniciativa fue derivada a diversas comisiones asesoras de la Cámara de Diputados para su correspondiente análisis y dictamen.
La propuesta legislativa tiene por objeto crear dicho órgano jurisdiccional, con asiento en la ciudad de Concepción, a fin de fortalecer la segunda instancia y adecuar su estructura a las necesidades actuales de la jurisdicción.
De acuerdo con la exposición de motivos, la estructura de los órganos jurisdiccionales debe guardar “razonable correspondencia” con la naturaleza de las materias sometidas a revisión, con la entidad de los derechos involucrados y con las condiciones necesarias para garantizar una respuesta judicial adecuada, fundada y oportuna.
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El documento señala que el acceso a la Justicia no se limita a la posibilidad formal de acudir ante los tribunales, sino que comprende el derecho a obtener una respuesta jurisdiccional efectiva, dentro de un plazo razonable y mediante órganos que cuenten con una organización e idoneidad acordes con sus funciones.
La iniciativa menciona que la Circunscripción Judicial de Concepción registra una evolución demográfica y jurisdiccional, reflejada en el crecimiento anual de los asuntos sometidos a revisión y de la población atendida.
También hace referencia al dinamismo comercial, empresarial, productivo e industrial, así como a la aparición de nuevas actividades económicas e inversiones “que naturalmente generan relaciones jurídicas de mayor diversidad y complejidad”.
Circunscripción de múltiple fueros
Actualmente, la Circunscripción Judicial de Concepción cuenta con un Tribunal de Apelación de competencia multifueros, que atiende causas de las materias Civil, Comercial, Laboral y Penal, además de un órgano especializado en Niñez y Adolescencia.
Según la fundamentación, la diferenciación de la competencia material permitirá que el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral concentre su función revisora en esas áreas. La propuesta sostiene que cada una presenta instituciones, principios, reglas sustantivas y procesales, y dinámicas jurídicas propias.
El legislador explica en su escrito que la segunda instancia debe analizar los agravios planteados, examinar los fundamentos de las resoluciones recurridas y determinar, conforme al marco jurídico aplicable, si corresponde confirmarlas, modificarlas o revocarlas.
Para ello, plantea que los magistrados encargados de dicha tarea cuenten con conocimiento, experiencia y particular versación en las materias sometidas a su competencia.
El proyecto contempla que la conformación definitiva del Tribunal, así como la asignación de los funcionarios y auxiliares de justicia necesarios para su funcionamiento, se realicen de acuerdo con la disponibilidad de recursos determinada por la Ley de Presupuesto General de la Nación correspondiente. Asimismo, faculta a la Corte Suprema de Justicia a reglamentar la ley.
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Cámara confirma condena a tres expolicías por torturas
Un Tribunal de Apelación de Asunción confirmó las sentencias condenatorias de tres expolicías del régimen de Alfredo Stroessner, hallados culpables de someter a torturas físicas y psicológicas a Domingo Rolón, quien estuvo preso por motivos políticos entre 1976 y 1978. Eusebio Torres y Fortunato Laspina fueron condenados a 25 años de prisión, mientras que Manuel Alcaraz recibió una pena de 20 años.
La Cámara de Apelación consideró que las penas son proporcionales a la gravedad de los hechos y al grado de reprochabilidad de los autores. Asimismo, sostuvo que los condenados eran funcionarios públicos encargados de la seguridad y que las sanciones responden a criterios de prevención. Además, señaló que no existen elementos de desproporcionalidad o arbitrariedad en la sentencia de primera instancia.
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Respecto a la tortura y su imprescriptibilidad, la resolución señala que el Estado tiene la obligación de investigar crímenes atroces y evitar que queden impunes. La Cámara sostuvo que aplicar este criterio no constituye una aplicación retroactiva en perjuicio de los acusados
Durante el juicio se tuvo por probado que los tres participaron en las torturas sufridas por Rolón en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital. La víctima, fallecida en 2024, fue sometida a golpes con garrote, látigo y otros objetos. Entre las pruebas valoradas se destacó el testimonio de Carlos Casco, quien también fue torturado y señaló a los tres condenados como responsables
Según el tribunal, los métodos de tortura fueron utilizados para obtener información sobre las Ligas Agrarias y otras organizaciones políticas críticas al régimen de Alfredo Stroessner. Domingo Rolón fue detenido tras ser traído desde Formosa por portar documentos no auténticos. Llegó a Asunción en el baúl de un vehículo y permaneció como preso político hasta 1977; posteriormente, fue trasladado a Emboscada, donde permaneció hasta 1978.
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Defensa de Óscar Boidanich solicitó ratificar su absolución
La defensa del extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, solicitó al Tribunal de Apelación ratificar íntegramente su absolución de culpa y pena. Boidanich había sido juzgado por el supuesto delito de frustración de la persecución penal en el caso del empresario Dario Messer. Los abogados defensores, Claudio Lovera y César Alfonso, contestaron la apelación presentada por los agentes fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Verónica Mayor y Fernando Meyer, quienes habían recurrido ante el tribunal de alzada la determinación adoptada inicialmente por un Tribunal de Sentencia.
La defensa de Boidanich sostiene que la decisión de primera instancia debe ser confirmada porque nunca se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados en nuestro país y a eso se le agrega que dicho fallo ya está firme en la Corte.
Del mismo modo, la defensa de Boidanich sostiene que el Ministerio Público pretende de manera irregular que la Cámara de Apelación revalore pruebas testimoniales y documentales, algo prohibido por la norma y más en segunda instancia.
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Absolución de culpa
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces evidenciaron que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación para perjudicar al Boidanich.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
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Ratifican condena de 25 años de cárcel de exbarrabrava por feminicidio
La sala penal de la Corte ratificó la condena de 25 años de cárcel para una persona por matar a tiros a su pareja en el 2022, en la ciudad de Villa Elisa. Los altos magistrados declararon inadmisible el recurso de casación promovido por la defensa del encausado. La resolución afecta a Ginno Rodrigo Ruiz Díaz, de 25 años, quien fue sentenciado a la citada pena, por la muerte de su pareja, Blanca Yanina Amarilla, de 19 años.
Los ministros Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, declararon inadmisible el recurso de casación contra el fallo dictado el 12 de mayo pasado por el Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala, de Central. Este fallo, a su vez, había confirmado la condena de 25 años de cárcel que le impuso el Tribunal de Sentencia de Fernando de la Mora, integrado por los jueces Gloria Garay, Ana Carolina Silveira y Leticia Franchi.
Ruiz Díaz era integrante de la barrabrava de Cerro Porteño, quien fue hallado culpable de feminicidio de Blanca Amarilla, hecho ocurrido el 1 de julio del 2022. La pareja tuvo una discusión, en la que la mujer le reclamó a Ruiz Díaz y este fue hasta su automóvil, tomó un revólver y volvió a la casa y le disparó a la víctima.
La mujer recibió un disparo en el cuello, lado izquierdo. El estampido fue escuchado por la hermana de la víctima, Natalia Amarilla, quien mencionó que al ingresar a la habitación de su hermana vio a Ginno con el arma en la mano y su hermana tendida en el piso, bañada en sangre. Fue auxiliada, pero falleció en el Hospital de Trauma.
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