Una mujer acusada de agredir en varias ocasiones a su hijo, e inclusive en una oportunidad utilizar la fuerza para llevárselo con ella en su día de custodia en el 2021, fue absuelta de los cargos de violencia familiar en su contra por el Tribunal de Sentencia de Cordillera presidido por Alberto Peralta Vega.
Esto se dio a pesar de que se contaba con las pruebas innegables de los daños infligidos al menor, respaldados, entre otros datos, por la evaluación de un médico del Hospital de Trauma. La decisión del tribunal se fundó en que la acusada estaba experimentando una grave perturbación de la conciencia en el momento del incidente.
Durante el proceso de juzgamiento el tribunal confirmó que los informes psicológicos que fueron aportados como pruebas fueron sumamente importantes para reafirmar la persistencia de un trastorno mental en la madre y que este patrón de conducta violenta junto con otros factores influyeron a la hora de resolver la absolución de la acusada de la responsabilidad penal.
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Por otro lado, a pesar de la absolución, los miembros del tribunal en su mayoría subrayaron que es necesario que la mujer reciba un tratamiento psicológico adecuado al estado en el que se encuentra para que puedan abordar la situación de la mejor manera. El Ministerio Público había solicitado una pena de dos años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena. La sentencia no fue apelada y queda firme.
En cuanto al menor, se remarcó que lo primordial es que se resguarde la integridad física y psicológica del mismo por encima de cualquier tipo de régimen de relacionamiento, destacando así que continuará viviendo con su padre como lo hacía ya en el momento en que se dieron los hechos y hasta la fecha.
Las identidades son omitidas en virtud de lo que dispone el artículo n.° 29 del Código de la Niñez y Adolescencia en cuanto a la prohibición de la divulgación de datos que posibiliten identificar a menores de edad que resulten víctimas de hechos punibles o supuestos autores.
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