El juez de Crimen Organizado, Gustavo Amarilla, envió el pedido de desafuero del senador Erico Galeano, imputado por supuesto lavado de dinero. El magistrado remitió copias del expediente judicial y un anexo del Tribunal Superior de Justicia Electoral en el marco de esta nueva solicitud realizada a la Cámara Alta.
El Ministerio Público había solicitado el pedido de desafuero de Galeano, debido a que el mismo tiene inmunidad como parlamentario, ya que recientemente juró como senador.
Galeano había sido imputado por los fiscales Silvio Corbeta y Deny Yoon Park por los supuestos hechos punibles de lavado de dinero y asociación criminal en el marco del operativo A Ultranza Py. Además, cuenta con pedido de prisión preventiva por parte del Ministerio Público.
La presentación de este nuevo pedido de desafuero busca preservar la legalidad del proceso y avanzar en las investigaciones sobre los presuntos delitos que son investigados y que actualmente pesan sobre el senador.
Fueros parlamentarios
El pasado 19 de mayo se confirmó la imputación de Galeano, entonces diputado, quien solicitó la pérdida de sus fueros para responder ante la Justicia. El 24 de mayo, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el pedido de desafuero impulsado por él mismo. Ese mismo día, fue investido a través de una sentencia de la Justicia Electoral como senador electo y volvió a tener fueros.
Ahora, corresponde a la Cámara de Senadores analizar o no este nuevo pedido de desafuero contra Galeano.
El Ministerio Público pidió destrabar el proceso penal por lavado de dinero contra Miguel Zaldívar, presidente del Banco Atlas; Jorge Vera Trinidad y Celio Tunholi y otros, paralizado en la Corte. Foto: Archivo
Fiscalía pidió a la Corte destrabar proceso penal por lavado de dinero de Miki Zaldívar y otros
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Los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera y Verónica Valdez solicitaron a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia destrabar el proceso penal por lavado de dinero que enfrentan Miguel Ángel Zaldívar, presidente del Banco Atlas, y otros coimputados.
El Ministerio Público exige a los miembros de la máxima instancia judicial resolver la recusación dilatoria presentada por el abogado Enrique Kronawetter, defensor del acusado Celio Tunholi, contra los camaristas Silvana Luraghi, Mario Camilo Torres y Paublino Escobar.
Debido a que ya transcurrieron cuatro meses desde la presentación de esta chicana sin que se haya dictado una resolución, la Fiscalía urge definir la situación para garantizar la celeridad procesal y continuar con las actuaciones.
El Ministerio Público presentó una acusación formal por lavado de dinero y solicitó la apertura de un juicio oral y público contra Miguel Ángel Zaldívar y los demás procesados. La nómina de acusados incluye a Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Concepción Martínez Duarte, Eduardo Queiroz García y José Miguel Ángel Páez Corvalán.
A raíz de los constantes recursos dilatorios interpuestos por la defensa de los acusados, hasta el momento no se ha podido realizar la audiencia de imposición de medidas cautelares. Asimismo, permanece pendiente la fijación de la audiencia preliminar, instancia en la cual se definirá si la causa se eleva a la etapa de juicio oral y público.
Exsenador Erico Galeano seguirá preso en el Centro Nacional de Prevenidos
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Un juzgado de Ejecución rechazó el pedido de tutela jurisdiccional y traslado de penitenciaría solicitado por la defensa del exsenador Erico Galeano, quien de esta manera seguirá recluido en el Centro Nacional de Prevenidos, donde cumple una condena de 13 años de cárcel por lavado de dinero y otros.
La defensa del exparlamentario pidió su trasladado a la Penitenciaría Militar de Viñas Cué, alegando que mantiene la condición jurídica de prevenido debido a una acción de inconstitucionalidad pendiente de resolución, además de invocar su estado de salud y los riesgos derivados de su exposición pública como exlegislador.
No obstante, el magistrado Carlos Mendoza indicó que los abogados Luis Almada y Ricardo Estigarribia no acompañaron la documentación que acreditara su representación legal para promover el pedido. En consecuencia, concluyó que carecían de personería para actuar en nombre del condenado, lo que impidió dar trámite a la solicitud.
Si bien existe aún una acción de inconstitucionalidad contra la sentencia de condenatoria, la Sala Penal declaró firme la resolución que confirmó la condena de 13 años de prisión y ordenó remitir el expediente para iniciar su ejecución.
Corte dejó firme fallo condenatorio contra exsenador Galeano
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró la firmeza del fallo que ratificó la condena de 13 años de cárcel para el exsenador Erico Galeano.
El exparlamentario fue hallado culpable por los delitos de lavado de dinero y asociación criminal, luego de probarse que obtuvo beneficios de la estructura del narcotraficante uruguayo Sebastián Marset y Miguel Ángel Insfrán, alias “Tío Rico”.
La determinación fue adoptada luego de que la defensa del exlegislador desistiera del recurso extraordinario de casación presentado contra la resolución de segunda instancia. No obstante, los abogados aclararon que aún permanece pendiente una acción de inconstitucionalidad, por lo que sostienen que la condena todavía no quedó firme.
La máxima instancia judicial dispuso remitir el expediente al Tribunal de Sentencia para que se realicen los trámites correspondientes a la ejecución de la pena. Cabe recordar que Galeano se encuentra con prisión preventiva.
En el juicio oral, el Tribunal de Sentencia concluyó que el exparlamentario brindó apoyo operativo a la organización criminal entre los años 2020 y 2021.
A cambio, recibió beneficios económicos, entre ellos una inversión de G. 10.370 millones en el Club Capiatá, del cual integraba la comisión directiva mientras Marset era jugador de la institución.
La sentencia también tuvo por acreditado que, en octubre de 2020, Galeano vendió un inmueble ubicado en Altos por USD 1 millón en efectivo a Hugo González Ramos, considerado testaferro de Miguel Ángel Insfrán. Asimismo, se estableció que puso a disposición su aeronave para facilitar los desplazamientos de integrantes de la organización, luego de que la flota utilizada por el grupo fuera incautada en un procedimiento fiscal.
García Troche seguirá recluida en Emboscada en espera de su audiencia preliminar en agosto
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La jueza Rosarito Montanía ratificó la prisión preventiva de la ciudadana uruguaya Gianina García Troche en el módulo de máxima seguridad del Complejo para Mujeres de Emboscada (Comple), mientras aguarda su audiencia preliminar, prevista para el 10 de agosto, a las 9:00, dentro del proceso penal que enfrenta en el marco del caso “A Ultranza Py”.
La pareja del narco uruguayo Sebastián Marset (actualmente procesado en Estados Unidos) está acusada por el fiscal Deny Yoon Pak de lavado de dinero y crimen organizado. La decisión de la magistrada fue adoptada a través del Auto Interlocutorio n.º 124.
La defensa de la acusada, integrada por los abogados Christian Fernando González Rivas, Rafael Alcides Blanco Sanabria y Hugo Ramón Núñez Ortíz, había solicitado la revisión de la prisión preventiva, alegando la aparición de nuevos elementos que, a su criterio, modificaban las circunstancias originales de la medida cautelar. Entre los argumentos presentados se citó una pericia caligráfica realizada en una causa conexa relacionada con la firma “Summun S.A.”, la cual, según la defensa, podría afectar parte de la base fáctica de la imputación fiscal.
Sin embargo, el juzgado mantuvo la medida privativa de libertad y también dispuso la postergación de la audiencia preliminar, que inicialmente debía realizarse el 9 de junio. La magistrada argumentó que el expediente principal del caso se encuentra actualmente en manos de un Tribunal de Sentencia, situación que, según su criterio, podría generar limitaciones para el ejercicio pleno de la defensa y eventuales situaciones de indefensión.
El pedido de arresto domiciliario también fue rechazado atendiendo a que el inmueble ofrecido como garantía en Luque ya tiene tres causas penales como garantía y el código QR no se pudo validar. La jueza lo calificó de “ineficaz e insuficiente”. La jueza sostuvo que por la pena de 5 a 15 años y el perfil de la organización transnacional, el arresto domiciliario es “intrínsecamente precario” y que persiste el peligro de obstrucción.