El Tribunal de Apelación ratificó la absolución de culpa y pena del exdefensor del Pueblo Miguel Godoy, quien fue querellado por una exfuncionaria de la citada institución estatal. Foto: Archivo
Confirman absolución del exdefensor del Pueblo Miguel Godoy
Compartir en redes
La Cámara de Apelación integrada por los jueces Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández ratificó la absolución de culpa y pena del exdefensor del Pueblo Miguel GodoyServín, Lucía Lorena Ishiy Giménez, Augusto Emmanuel Rolón Ferreira y Armando Sanabria, quienes enfrentaron un juicio oral por calumnia, difamación e injuria.
El presente caso llegó a tribunales luego de que la exfuncionaria de la defensoría Silvana Patricia Cáceres Irala presentara una querella por los delitos de calumnia, entre otros, donde en un juicio oral primeramente se decidió absolver de culpa a los querellados y ahora un tribunal de alzada decidió ratificar dicho fallo.
El juicio se inició a raíz de una querella que le entabló la exfuncionaria Silvana Patricia Cáceres Irala, a quien Godoy habría llamado planillera y farrista, tras haberla destituido.
Del mismo modo, el abogado de Cáceres tiene la posibilidad de poder recurrir a la Corte Suprema de Justicia y en caso de ser así serán los ministros de la máxima instancia judicial quienes tendrán que estudiar y resolver si corresponde confirmar los fallos de primera y segunda instancia.
De acuerdo a los antecedentes del caso, en su momento el juez de sentencia, Darío Báez, admitió la querella por difamación, calumnia e injuria contra Godoy y otras personas. La querella fue promovida por Silvana Patricia Cáceres Irala.
Fiscalía apeló absolución de docente acusado por acoso sexual
Compartir en redes
El fiscal Rodrigo Vázquez apeló la absolución de culpa y pena del docente de Villarrica que fue acusado por acoso sexual, cuya víctima es una niña de tan solo 11 años de edad, alumna del procesado. Ahora será un tribunal de apelación el que deberá estudiar si corresponde que el profesor vuelva a ser juzgado por otro tribunal de sentencia.
Con la apelación, el representante del Ministerio Público quiere que se anule la absolución del docente y por ende que sea otro colegiado quien vuelva a realizar el juicio oral y público atendiendo a que se tiene varios elementos probatorios para poder llegar a una condena.
De acuerdo a los antecedentes de la causa, desde el mes de mayo hasta el mes de agosto del 2022, utilizando la mensajería instantánea (WhatsApp), el docente enviaba mensajes de texto y audios a la menor de 11 años.
Es importante señalar que un tribunal de sentencia de la ciudad de Villarrica, integrado por los jueces Julio Alfonso, Víctor Ortigoza y Juan Ruiz Díaz, absolvió de culpa y pena al docente Juan Insaurralde, de 56 años, quien fue acusado por supuesto acoso sexual a una alumna de 11 años en el año 2022. La menor cursaba el sexto grado en una institución pública de la ciudad cuando ocurrieron los hechos.
La absolución del docente generó repercusión tras la difusión de mensajes de texto enviados por el docente fuera del horario escolar, en los que se dirigía a la niña con frases como “estás linda”, “mi amor”, “eres mi princesa” e incluso, según versiones, manifestaciones más explícitas como “quiero besar tus pies” o “quiero sentir tu cuerpo”. Sin embargo, el tribunal sostuvo que estos mensajes no fueron incorporados en la acusación presentada por el fiscal Rodrigo Vázquez.
El juez Rodrigo Estigarribia ratificó la admisión de la imputación contra la jueza de paz Analía Cibils, en el caso conocido como la mafia de los pagarés. Foto: Jorge Jara
Mafia de los pagarés: ratifican admisión de imputación contra jueza de Paz Analía Cibils
Compartir en redes
El juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia ratificó la admisión de la imputación por el delito de prevaricato contra la jueza de Paz Analía Cibils, quien está suspendida en sus funciones. La misma presentó un recurso de reposición y apelación en subsidio contra la determinación adoptada por el magistrado sobre la admisión de la imputación. Ahora, el expediente deberá subir al Tribunal de Apelación debido a que el recurso fue subsidiaria.
La fiscala Belinda Bobadilla sostuvo que el acta imputación cumple con los requisitos establecidos para la admisión. Fue al momento de contestar el recurso plantado por la defensa de la jueza imputada.
Son varios los imputados que ya presentaron incidentes al solo efecto de poder dilatar someterse a los mandatos de la Justicia debido a que se está suspendiendo la realización de la audiencia de imposición de medidas cautelares.
Asimismo, el juez Estigarribia rechazó la chicana presentada por la ujier notificadora, Audrey Jazmín Galeano Mora, hija del expresidente del Colegio de Abogados, Rubén Galeano.
La imputada por el caso conocido como la mafia de los pagarés había planteado una reposición y apelación en subsidio contra la determinación del juez, quien admitió y procesó penalmente a la hoy exfuncionaria judicial. Ahora, el expediente judicial deberá subir al tribunal de apelación, donde se tendrá que estudiar si corresponde confirmar la resolución del juez.
Dos médicos electos concejales de Luque y Limpio seguirán siendo investigados por cobro indebido de honorarios, por resolución del Tribunal de Apelación, que revocó el archivo del presente caso. Foto: CMG/NM
Concejales médicos de Luque y Limpio seguirán siendo investigados por cobro indebido de honorarios
Compartir en redes
La Cámara de Apelación revocó la resolución de la jueza penal de garantías Cynthia Lovera, quien había desestimado la denuncia por cobro indebido de honorarios que estaban siendo investigados a los médicos José María Meza Insfrán y Gustavo Alberto Pereira Bello, quienes son concejales de las ciudades de Luque y Limpio y, a su vez, ejercen la medicina.
Con la presente determinación judicial, los médicos seguirán siendo investigados por el mencionado hecho punible; si se encuentran indicios de hecho punible, se presentará la imputación correspondiente.
Los camaristas mencionaron que la jueza penal de garantías debe dar trámite a la oposición prevista en el artículo 314 del Código Procesal Penal, para que la Fiscalía analice si corresponde seguir investigando o ratificarse en la desestimación.
“Es razonable la postura asumida por la Dirección Jurídica del IPS, debido a que estas personas podrían desempeñarse como docentes universitarios, pero la investigación no ha descartado aún, si existen o no otras erogaciones de emolumentos por parte del IPS, en relación con los denunciados, si desempeñan otras funciones en su calidad de médicos, y si sus horarios no colisionan con otros cargos” señala la resolución de segunda instancia.
Imedic: confirman condena de 4 años de cárcel para Patricia Ferreira
Compartir en redes
El Tribunal de Apelación en lo Penal confirmó la condena de 4 años de cárcel para la presidenta de Imedic S.A, Patricia Ferreira Pascottini y 4 años de pena privativa de libertad para la directora general Nidia Godoy. Así también, se confirmó la absolución del tercer acusado, el despachante de Aduanas Néstor Ramírez. El Tribunal está conformado por los jueces José Waldir Servín, Delio Vera Navarro y Cristóbal Sánchez.
La Cámara de Apelación señala que la pena de 4 años de cárcel impuesta a Ferreira y Godoy son las adecuadas para el caso en particular. El colegiado ha llevado a cabo, en forma efectiva, el proceso de individualización de las penas impuestas, que deben ser útiles y justas, pues se adecuan a las particularidades del caso concreto. Esto atendiendo al marco penal establecido para el hecho punible realizado, y además, se halla dentro de los límites del grado de reproche y conforme a los fines preventivos” indica parte de la resolución de segunda instancia.
En octubre del 2024 un Tribunal de Sentencia condenó a Patricia Ferreira y Nidia Godoy a la pena privativa de libertad de 4 años de cárcel, luego de ser encontradas culpables por los delitos de producción de documentos no auténticos y comercialización de medicamentos no autorizados por la falsificación de facturas de la firma Eurofarma, que posibilitó el ingreso de medicamento de dudosa procedencia a nuestro país.
Los jueces de sentencia mencionaron que “se ha producido la falsificación de las facturas, así como también se falsificaron las guías, que decía país de origen Brasil, pero los documentos originales presentados como pruebas indican que los medicamentos provienen de China, la India y México, y una de Colombia. Hubo una manipulación de los representantes de Imedic”.