La Cámara de Apelación integrada por los jueces Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández ratificó la absolución de culpa y pena del exdefensor del Pueblo Miguel Godoy Servín, Lucía Lorena Ishiy Giménez, Augusto Emmanuel Rolón Ferreira y Armando Sanabria, quienes enfrentaron un juicio oral por calumnia, difamación e injuria.
El presente caso llegó a tribunales luego de que la exfuncionaria de la defensoría Silvana Patricia Cáceres Irala presentara una querella por los delitos de calumnia, entre otros, donde en un juicio oral primeramente se decidió absolver de culpa a los querellados y ahora un tribunal de alzada decidió ratificar dicho fallo.
El juicio se inició a raíz de una querella que le entabló la exfuncionaria Silvana Patricia Cáceres Irala, a quien Godoy habría llamado planillera y farrista, tras haberla destituido.
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Del mismo modo, el abogado de Cáceres tiene la posibilidad de poder recurrir a la Corte Suprema de Justicia y en caso de ser así serán los ministros de la máxima instancia judicial quienes tendrán que estudiar y resolver si corresponde confirmar los fallos de primera y segunda instancia.
De acuerdo a los antecedentes del caso, en su momento el juez de sentencia, Darío Báez, admitió la querella por difamación, calumnia e injuria contra Godoy y otras personas. La querella fue promovida por Silvana Patricia Cáceres Irala.
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Ratifican prisión de dueños de farmacias imputados por venta irregular de medicamentos
El juez Rolando Duarte ratificó la prisión preventiva de Won Ho Hwang y el arresto domiciliario de Hyin Jin Hwang Lim, propietarios y representante legal de las farmacias “Amigo” y “Amigo II” del Mercado 4, imputados por la presunta venta irregular de medicamentos controlados.
Ambos están procesados penalmente por dos hechos punibles relacionados con el ingreso, tenencia y comercialización irregular de medicamentos como alprazolam y clonazepam, entre otros.
Respecto a Won Ho Hwang, el juzgado dispuso que permanezca recluido durante diez días más en el Departamento Judicial de la Policía Nacional. Posteriormente, salvo una resolución contraria, deberá ser trasladado al Centro Nacional de Prevenidos (exTacumbú) u otro establecimiento acorde al cumplimiento de la medida.
Con relación a Hyin Jin Hwang Lim, el magistrado consideró que debe continuar con arresto domiciliario debido a que persiste el riesgo de fuga y de obstrucción de la investigación del Ministerio Público.
El juez indicó que la imputación reviste una gravedad “objetiva superlativa” por afectar directamente a la salud pública y que la investigación se encuentra en una etapa incipiente. “Permitir la libertad o una medida de menor intensidad al imputado en esta etapa preliminar generaría un riesgo real e inminente de que el mismo pueda influir en los testigos o destruir e interferir en las diligencias indispensables que aún restan realizar”, sostuvo.
Según la hipótesis fiscal, ambos habrían tenido bajo su dominio y puesto a disposición del público medicamentos sujetos a control especial, como alprazolam de 0,5 mg, 1 mg y 2 mg y clonazepam de 0,5 mg, de presumible origen argentino, sin documentación que acreditara su adquisición, procedencia e ingreso legal al país.
La investigación se sustenta, entre otros elementos, en un procedimiento de Senad del 20 de octubre de 2025 en la farmacia “Amigo”, donde se constató la ausencia del Libro de Registro de Drogas, formularios de compra emitidos por Dinavisa y planillas de informes mensuales.
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Corte ratifica juicio oral contra médico por muerte de exmodelo Paola Gaete
La sala penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó que el médico Hernán Domaniczky Vargas debe volver a enfrentar un juicio oral y público por el delito de homicidio culposo, cuya víctima fue Paola Karina Gaete Rodríguez, exmodelo y excandidata a concejal de Lambaré, quien murió en enero de 2022 durante una liposucción.
El nuevo juicio será únicamente para determinar una nueva sanción penal. La máxima instancia judicial no dio curso a la casación planteada por la defensa contra el fallo del Tribunal de Apelación que, el 24 de abril pasado, que anuló la sentencia de 3 años de cárcel y ordenó realizar un nuevo juicio sobre la pena.
La Corte consideró que el recurso de casación carecía de fundamentación y que la resolución recurrida no pone fin al proceso. La decisión fue firmada por los ministros Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera. De esta manera, quedó ratificado que el médico deberá afrontar un nuevo juzgamiento luego de que fuera anulada la condena dictada en el primer juicio, realizado en julio de 2025.
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Gaete Rodríguez, de 45 años, falleció en la mañana del 26 de enero de 2022 en el Sanatorio San Sebastián de Fernando de la Mora. Según la acusación, alrededor de las 11:00 ingresó a la sala quirúrgica para ser sometida a una liposucción a cargo de Domaniczky Vargas, procedimiento que posteriormente derivó en su muerte.
La autopsia, realizada por el patólogo Edwin Escobar, estableció como probable causa de muerte un shock hipovolémico provocado por lesiones en tejidos blandos de la región lumbar que ocasionaron una hemorragia local. Según la Fiscalía, el acusado infringió el deber de cuidado al realizar la cirugía sin los estudios médicos prequirúrgicos necesarios, pese a que la paciente era portadora de una enfermedad autoinmune, específicamente esclerosis sistémica.
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Defensa de Óscar Boidanich solicitó ratificar su absolución
La defensa del extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, solicitó al Tribunal de Apelación ratificar íntegramente su absolución de culpa y pena. Boidanich había sido juzgado por el supuesto delito de frustración de la persecución penal en el caso del empresario Dario Messer. Los abogados defensores, Claudio Lovera y César Alfonso, contestaron la apelación presentada por los agentes fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Verónica Mayor y Fernando Meyer, quienes habían recurrido ante el tribunal de alzada la determinación adoptada inicialmente por un Tribunal de Sentencia.
La defensa de Boidanich sostiene que la decisión de primera instancia debe ser confirmada porque nunca se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados en nuestro país y a eso se le agrega que dicho fallo ya está firme en la Corte.
Del mismo modo, la defensa de Boidanich sostiene que el Ministerio Público pretende de manera irregular que la Cámara de Apelación revalore pruebas testimoniales y documentales, algo prohibido por la norma y más en segunda instancia.
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Absolución de culpa
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces evidenciaron que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación para perjudicar al Boidanich.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
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Ratifican condena de 25 años de cárcel de exbarrabrava por feminicidio
La sala penal de la Corte ratificó la condena de 25 años de cárcel para una persona por matar a tiros a su pareja en el 2022, en la ciudad de Villa Elisa. Los altos magistrados declararon inadmisible el recurso de casación promovido por la defensa del encausado. La resolución afecta a Ginno Rodrigo Ruiz Díaz, de 25 años, quien fue sentenciado a la citada pena, por la muerte de su pareja, Blanca Yanina Amarilla, de 19 años.
Los ministros Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, declararon inadmisible el recurso de casación contra el fallo dictado el 12 de mayo pasado por el Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala, de Central. Este fallo, a su vez, había confirmado la condena de 25 años de cárcel que le impuso el Tribunal de Sentencia de Fernando de la Mora, integrado por los jueces Gloria Garay, Ana Carolina Silveira y Leticia Franchi.
Ruiz Díaz era integrante de la barrabrava de Cerro Porteño, quien fue hallado culpable de feminicidio de Blanca Amarilla, hecho ocurrido el 1 de julio del 2022. La pareja tuvo una discusión, en la que la mujer le reclamó a Ruiz Díaz y este fue hasta su automóvil, tomó un revólver y volvió a la casa y le disparó a la víctima.
La mujer recibió un disparo en el cuello, lado izquierdo. El estampido fue escuchado por la hermana de la víctima, Natalia Amarilla, quien mencionó que al ingresar a la habitación de su hermana vio a Ginno con el arma en la mano y su hermana tendida en el piso, bañada en sangre. Fue auxiliada, pero falleció en el Hospital de Trauma.
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