El Tribunal de Apelación conformado por los camaristas Arnulfo Arias, José Waldir Servín y Arnaldo Fleitas ratificó al juez penal de Garantías Julián López para que siga siendo el magistrado del proceso penal por perturbación de la paz pública que enfrenta el excandidato a presidente Paraguayo Cubas.
La defensa del procesado había recusado al citado magistrado por lo que el Tribunal de Apelación estudió la recusación y resolvió confirmar a López, quien seguirá entendiendo en el presente caso.
El referido magistrado deberá analizar si corresponde el pedido de permiso de Cubas, quien solicitó al juzgado salir de su lugar de reclusión para asistir al juramento de su esposa como senadora de la nación.
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Días atrás, la Cámara de Apelación ratificó la prisión preventiva en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional del excandidato presidencial Paraguayo Cubas. Debido al mencionado fallo judicial, Cubas sigue recluido en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional.
Imputación
El Ministerio Público imputó a Paraguayo Cubas por los delitos de perturbación de la paz pública, resistencia, amenaza de hecho punible, tentativa de coacción a órganos constitucionales y tentativa de impedimento de las elecciones.
Los fiscales Francisco Cabrera y Jorge Arce firmaron el acta de imputación contra Cubas, quien contaba con orden de detención y, cumpliendo dicha orden, fue trasladado hasta la Agrupación Especializada de la Policía Nacional.
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Tribunal confirma prisión para imputados por filtración de datos a Eulalio Gomes
El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, Primera Sala de la Capital, ratificó la prisión preventiva para Hugo Derlis Baptista Báez y Cristian Porfirio Amarilla Cabaña, agentes de la Senad imputados por asociación criminal, frustración de la persecución y ejecución penal, y tráfico de influencias, entre otros delitos, tras haber presuntamente proporcionado información sensible sobre investigaciones de narcotráfico al fallecido diputado Eulalio “Lalo” Gomes.
La resolución judicial lleva la firma de los camaristas Gustavo Amarilla, Silvana Luraghi y Claudia Criscioni. Los magistrados argumentaron el fallo señalando que las cauciones reales y la documentación presentada por las defensas no resultan suficientes para desactivar el peligro de fuga ni el riesgo de obstrucción de la investigación.
Agregaron que “las conductas investigadas derivan presuntamente de la manipulación de información sensible e intervenciones en procedimientos operativos que habrían obstaculizado el esclarecimiento de hechos vinculados al crimen organizado”, refiere el documento.
Días atrás, el juez Humberto Otazú, interino de su colega Osmar Legal, había decretado la prisión de los agentes de la Senad procesados en el presente proceso penal. Además de los citados, en la causa también está imputada Helga Solís Gómez, exasistente fiscal y sobrina de “Lalo” Gomes, quien está igualmente privada de libertad.
Imputación
De acuerdo con la Fiscalía, Amarilla, Pintos y Solís habrían filtrado a Gomes datos clave sobre operativos contra el tráfico de drogas. En el caso del militar Pintos, la información habría llegado al legislador a través de Solís.
Asimismo, la imputación vincula a Amarilla, Pintos y Baptista con la fuga de Ronaldo Mendes Nunes durante el operativo “Sanctus”, ejecutado en diciembre de 2023.
Según el Ministerio Público, los sospechosos contribuyeron a frustrar la detención de Mendes Nunes y a evitar que se conocieran sus vínculos con el diputado Gomes.
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Caso tirzepatida: ratifican validez de imputación contra directivos de Indufar
El Tribunal de Apelación de Ciudad del Este, integrado por Lilian Lorena Benítez, Fátima Burro Franco y Marta Acosta Insfrán, ratificó la validez absoluta de la imputación por estafa, lesión de confianza y asociación criminal en una investigación relacionada con la producción y comercialización de medicamentos a base de tirzepatida contra cuatro directivos y ejecutivos de la firma Indufar C.I.S.A.
De esta manera, se rechaza la chicana presentada por los abogados Bettina Legal y Fernando Martín Galeano en representación de los imputados Cynthia Montserrat Ríos Villagra, Darío Alejandro Zanin, José Luis Rodríguez Paredes y Óscar Humberto Simón Palmerola.
Con la presente resolución judicial se destraba el proceso penal, por lo que el Juzgado de Garantías tendrá que convocar a una audiencia de imposición de medidas cautelares. En dicha instancia se definirá si los imputados son beneficiados con medidas alternativas o si se decreta la prisión preventiva de los mismos.
Los camaristas rechazaron el incidente de nulidad del acta de imputación argumentando que “se ha visto que no se encuentran vulnerados derechos y garantías constitucionales de las personas procesadas, en el sentido de que los hechos se encuentran debidamente descritos y a estos se asocian una serie de elementos de sospecha que han dado pie al inicio de la investigación, como también la resolución impugnada se encuentra fundada y ajustada a derecho”, refiere parte de la resolución judicial para confirmar la validez de la imputación fiscal.
Perjuicio económico
El Ministerio Público sostiene que, de forma preliminar, existe un perjuicio de G. 24.084.413.169, equivalente a unos USD 4 millones. Entre los elementos mencionados en la imputación figura un stock de 20.882 cajas de productos que, según la denuncia, habría quedado inmovilizado. La investigación se inició a partir de una denuncia de BEM ESTAR Clínica Estética.
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Cámara confirma condena a tres expolicías por torturas
Un Tribunal de Apelación de Asunción confirmó las sentencias condenatorias de tres expolicías del régimen de Alfredo Stroessner, hallados culpables de someter a torturas físicas y psicológicas a Domingo Rolón, quien estuvo preso por motivos políticos entre 1976 y 1978. Eusebio Torres y Fortunato Laspina fueron condenados a 25 años de prisión, mientras que Manuel Alcaraz recibió una pena de 20 años.
La Cámara de Apelación consideró que las penas son proporcionales a la gravedad de los hechos y al grado de reprochabilidad de los autores. Asimismo, sostuvo que los condenados eran funcionarios públicos encargados de la seguridad y que las sanciones responden a criterios de prevención. Además, señaló que no existen elementos de desproporcionalidad o arbitrariedad en la sentencia de primera instancia.
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Respecto a la tortura y su imprescriptibilidad, la resolución señala que el Estado tiene la obligación de investigar crímenes atroces y evitar que queden impunes. La Cámara sostuvo que aplicar este criterio no constituye una aplicación retroactiva en perjuicio de los acusados
Durante el juicio se tuvo por probado que los tres participaron en las torturas sufridas por Rolón en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital. La víctima, fallecida en 2024, fue sometida a golpes con garrote, látigo y otros objetos. Entre las pruebas valoradas se destacó el testimonio de Carlos Casco, quien también fue torturado y señaló a los tres condenados como responsables
Según el tribunal, los métodos de tortura fueron utilizados para obtener información sobre las Ligas Agrarias y otras organizaciones políticas críticas al régimen de Alfredo Stroessner. Domingo Rolón fue detenido tras ser traído desde Formosa por portar documentos no auténticos. Llegó a Asunción en el baúl de un vehículo y permaneció como preso político hasta 1977; posteriormente, fue trasladado a Emboscada, donde permaneció hasta 1978.
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Viceministro anuncia que recurrirá a instancias judiciales contra asesor médico por difamación
El viceministro de Atención Integral a la Salud, Dr. Saúl Recalde, anunció que recurrirá a las instancias judiciales contra el asesor médico del SEME, doctor Freddy Cantero, luego de los posteos en redes sociales que atentan contra su honorabilidad.
Aseguró que Cantero lo acusó sobre vínculos con el narcotráfico por ser de Pedro Juan Caballero.
El doctor Recalde decidió llevar el caso ante los tribunales con el argumento de que defenderá su honorabilidad y su reputación.
Aseguró que las acusaciones difundidas a través de las redes sociales constituyen un ataque directo contra su persona y sostuvo que vincularlo maliciosamente con estructuras delictivas únicamente por su lugar de origen constituye un acto discriminatorio.
“Hace cuestión de meses que está con una seguidilla de escritos relacionados a que soy narcotraficante por el simple hecho de ser pedrojuanino. En el departamento de Amambay, específicamente Pedro Juan Caballero es una localidad de persona que trabajan y no pueden poner el mote de narcopolítico por el simple hecho de ser de ahí”, expresó Recalde, en entrevista con la 1020AM.
Aseguró que es muy injusto que las personas tilden a las personas oriundas de citado departamento como narcos o ligarlos directamente con hechos ilícitos por residir en esa zona del país. Aclaró que solo está defendiendo su honorabilidad y que este tipo de acusaciones lo hizo salir de control.
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“Una persona en sus redes y estados no te puede acusar, tocar tu honor o trayectoria, ser cuestionado y agraviado por una persona que ni siquiera residencia tiene; asesor de qué puede ser una persona que no tiene curriculum. Estoy defendiendo mi honor y lo voy a demandar, cumplir una acción penal”, puntualizó.
Refirió que tiene más de 16 años siendo médico con dos residencias hechas y en las que ingresó bajo la modalidad de concurso, en las mejores posiciones de la Comisión de Residencias Médicas. “La gente no puede desmeritar hablando de demandas o mala praxis, nunca tuve una deferencia con un paciente”, concluyó.
Antecedentes
El doctor Recalde encaró y acorraló al doctor Cantero en plena institución, luego de que este último publicó en sus estados de WhatsApp y redes sociales críticas dirigidas a un “narcopolítico y ñembo viceministro”. Además, dijo ventilaría los antecedentes sino es removido del cargo.
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