En el marco del Día Nacional contra el Abuso y la Explotación Sexual de Niños y Adolescentes del Paraguay en memoria de la niña Felicita Estigarribia, recordada como “la vendedora de mandarinas”, desde el 2015 la Justicia se muestra preocupada por la gran cantidad de procesos penales relacionados al hecho punible de abuso sexual en niños.
Por su parte, el juez penal de Garantía de la capital Rolando Duarte sostuvo que “en mi juzgado tenemos trece casos activos sobre abuso sexual en niños, lo cual es una cifra que va aumentado en los últimos tiempos”, indicó.
Agregó que “para nosotros es preocupante el aumento de los procesos de abuso sexual porque para la legislación es un caso considerado grave, incluso se ha incrementado el marco penal en el 2017 aumentando los años de cárcel y de igual manera siguen ingresando imputaciones por abuso sexual en niños”, refirió el magistrado Duarte.
Añadió que “la expectativa de pena del proceso penal de abuso sexual en niños es de 4 años de cárcel como la pena mínima, mientras que el máximo de dicho delito es de 15 años de privación de libertad. También nuestro ordenamiento jurídico establece claramente los casos graves de abuso y en ese sentido el marco penal aumenta a 20 años la pena”, explicó el citado magistrado.
En la mayoría de los casos de abuso sexual en niños los autores del grave hecho son familiares de las víctimas, por lo que muchas veces no se pueden dar o publicar los nombres de los imputados.
De acuerdo a la Dirección de Estadísticas de la Corte Suprema de Justicia durante el año 2022 ingresaron al sistema judicial un total de 772 procesos penales por abuso sexual en niños. Mientras que en el mismo año se registraron un total de 226 condenas por el mismo hecho punible. Un total de 546 casos siguen activos y en plena etapa investigativa.
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Peña en la ONU: si el multilateralismo no asegura la justicia y equidad no puede justificarse ante el mundo
En una sesión especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en los Estados Unidos, el presidente de la República, Santiago Peña habló de la visión del Paraguay sobre la importancia del multilateralismo y la defensa de la justicia e igualdad en el libre comercio. Esto basado desde la historia y experiencia de un país mediterráneo que ha sobrevivido a grandes conflictos en una época donde no existía el multilateralismo.
Peña señaló que son necesarias la justicia e igualdad en el comercio internacional, pero que lastimosamente las reglas actuales del sistema son –en muchos casos– sesgadas o beneficiosas para las economías más desarrolladas, que pueden negociar mejores condiciones y luego disfrazar sus medidas proteccionistas bajo barreras ambientales o sanitarias.
En este caso, puso como ejemplo no aislado, la Resolución 1.115 de la Unión Europea, que es tan injusta para países como Paraguay. “Permítanme ser claro y contundente: si los sistemas multilaterales no pueden asegurar un mínimo de justicia y equidad entre las naciones, ya sean fuertes o débiles, entonces simplemente no pueden justificarse ante el mundo", enfatizó.
Agregó que Paraguay también es una de las economías más abiertas del mundo, anclada en la creencia de que el libre comercio es la base del desarrollo de los pueblos civilizados. Más aún, siendo un país sin litoral y principalmente exportador agrícola, produciendo alimentos para diez veces de nuestra población.
“Nuestra experiencia nos ha mostrado que el camino hacia el desarrollo no puede transitarse en aislamiento, sino con una integración más profunda en los mercados globales, guiada por reglas claras, justas y ejecutables. Es por eso que creo firmemente que cualquier crisis del multilateralismo, solo puede resolverse con una cosa: más multilateralismo“, remarcó.
Desarrollo
Por otro lado, el mandatario recordó que el Paraguay llegó a ser el país más prospero y desarrollado en Sudamérica a mediados del siglo XIX, con importantes avances en lo comercial y social, aunque esos primeros éxitos fueron a la vez motivos de la condena, debido a las controversias generadas por la posición de liderazgo y que luego generaron un importante conflicto bélico, según remarcó ante los representantes de las naciones.
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Señaló que el Paraguay aprendió de la forma más dolorosa, que las controversias, en un mundo sin instituciones multilaterales, solo pueden resolverse mediante la guerra.
Recordó además que superado los conflictos armados contra la Triple Alianza, y luego contra Bolivia en defensa del Chaco paraguayo, sobrevino un largo periodo en que el Paraguay vivió prácticamente aislado del mundo a causa de la dictadura.
Señaló que no fue hasta que inició el experimento democrático en 1989, que tuvo como principal logro la reinserción del Paraguay en el mundo y el abrazo al multilateralismo como la piedra angular de la política exterior.
Por tanto, resaltó que la historia ha demostrado que el multilateralismo, la comprensión, el respeto, y la paz van de la mano. “Tengan por seguro que un mundo que le da la espalda al multilateralismo, no solo será más pobre, más inestable, y menos prospero, sino peor: llevará al conflicto bélico, a la tragedia, a la muerte“, remarcó.
Asimismo, señaló que Paraguay comprende la importancia de la estabilidad y la resiliencia frente a la incertidumbre. Por ello, ha trabajado en la construcción de tres pilares: la estabilidad macroeconómica, la fortaleza institucional y la sostenibilidad ambiental.
“Hemos sido la economía de mayor crecimiento en los últimos años en el continente y estamos destinados a ser el país con el mejor desempeño en América Latina en 2025. Nuestro compromiso con una gestión económica sólida fue reconocido el año pasado, cuando conseguimos el grado de inversión de Moody’s, un testimonio de décadas de políticas consistentes y responsables que trascienden los ciclos políticos", afirmó.
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Brasil: ordenan encarcelar al expresidente Collor, condenado por corrupción
Un juez de la Corte Suprema de Brasil ordenó ayer jueves encarcelar al expresidente Fernando Collor de Mello (1990-1992), condenado en 2023 a ocho años y diez meses de prisión por corrupción en una investigación derivada de la megacausa Lava Jato.
La orden será sometida a votación por los demás magistrados de la corte este viernes, pero es de cumplimiento “inmediato”, sin esperar a la decisión del plenario. El magistrado “Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal (STF), rechazó el segundo recurso de la defensa y determinó la detención inmediata del expresidente de la República y exsenador Fernando Collor de Mello", indicó la corte en un comunicado.
El exmandatario, de 75 años, fue hallado culpable de recibir 20 millones de reales entre 2010 y 2014 (3,5 millones de dólares, al cambio actual) cuando era senador, para “viabilizar irregularmente contratos” entre una constructora y una exfilial de da petrolera estatal brasileña Petrobras.
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Su defensa recibió el fallo “con sorpresa y preocupación” y afirmó que Collor “se presentará para cumplir la decisión determinada por el magistrado Alexandre de Moraes”, en una nota enviada a la prensa. Una fuente del tribunal aclaró que “nadie puede ser detenido en la noche, pero él puede entregarse en la madrugada”.
Moraes argumentó que los recursos presentados por la defensa de Collor contra la condena de 2023 son “meramente dilatorios”. A partir de las 11:00 locales (14:00 GMT) y hasta las 23:59 del viernes (02:59 GMT del sábado) el plenario se reunirá virtualmente para confirmar o no su decisión.
Destino común
Collor no es el único exmandatario brasileño en tener líos con la justicia. Desde el fin de la dictadura militar (1964-1985), cuatro de los siete ocupantes del palacio presidencial de Planalto fueron en algún momento condenados, encarcelados o destituidos.
Y el expresidente de ultraderecha Jair Bolsonaro (2019-2022) está a puertas de ser juzgado por una tentativa de golpe de estado tras ser derrotado en su aspiración la reelección. Primer presidente elegido por sufragio universal después del régimen militar, Collor generó grandes expectativas al llegar al poder. Sin embargo, renunció a la presidencia en 1992 en medio de denuncias de corrupción.
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En 1989 derrotó en las urnas al líder izquierdista Luiz Inácio Lula da Silva. Presidente entre 2003 y 2010, Lula luego estuvo 18 meses en la cárcel, entre 2018 y 2019, también en el marco de la causa Lava Jato. La condena contra Lula fue finalmente anulada por la corte suprema y el izquierdista volvió a Planalto en 2023.
Tras renunciar a la presidencia en medio de protestas callejeras, Collor consiguió volver a la política en 2006, al ser elegido senador por Alagoas, un estado pobre del noreste. Ocupó ese escaño hasta 2022. Ese año apoyó a Bolsonaro en las elecciones.
Como senador, se valió “de la influencia político-partidaria para promover nombramientos en el directorio” de una distribuidora de combustibles filial de Petrobras y direccionar contratos, según la corte suprema.
Fuente: AFP
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Condenan por abuso sexual a un abuelo y a dos tíos
Un tribunal de sentencia condenó a tres personas acusadas por abuso sexual en niños. El tío de la niña fue sentenciado a la pena privativa de libertad de 25 años por el grave hecho. Asimismo otro pariente fue condenado a 10 años de cárcel y el abuelo de la niña fue condenado a 2 años de cárcel.
El agente fiscal Pedro Nelson Acuña, logró las condenas para las tres personas acusadas de abuso sexual en niños. La víctima, es nieta y sobrina de los hoy condenados.
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El tribunal de sentencia de San Estanislao condenó en un juicio oral y público a los tres acusados luego de ser encontrados culpables por el delito de abuso sexual en niños. Los hechos ocurrieron en la ciudad de Capiibary.
La investigación del caso se inició en la Fiscalía de Caaguazú y luego fue derivada a la Fiscalía de Villarrica. Finalmente, con base en informes psicológicos, el caso fue remitido al juzgado de San Estanislao y posteriormente al tribunal colegiado de la mencionada ciudad, donde se llevó a cabo el juico oral con la condena de los tres familiares de la víctima.
La defensa de los condenados puede apelar la sentencia condenatoria y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá la última palabra si confirma la condena dictada en primera instancia o dispone la realización de un nuevo juicio oral y público.
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Incumplimiento del deber alimentario: 126 personas se exponen a 5 años de cárcel
La justicia resolvió durante los primeros tres meses de este año que 126 personas enfrentarán un juicio oral y público por el hecho punible de incumplimiento del deber alimentario por no poder cumplir con la asistencia legal para sus hijos.
Las resoluciones se generaron luego de la realización de las audiencias preliminares llevadas a cabo en diferentes sedes judiciales de nuestro país. Ahora se deberá fijar la fecha para el desarrollo de la audiencia oral para los acusados que tienen aún la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio abonando la deuda que tienen por prestación de alimento y así evitar que se lleve a cabo la audiencia oral y pública.
Según los datos facilitados por la dirección de Estadística del Poder Judicial en la sede de capital este 2025 se elevaron un total de 13 causas penales por incumplimiento del deber alimentario a juicio oral y público.
En la circunscripción judicial de Alto Paraná un total de 20 procesados estarán en el banquillo de los acusados, mientras que en Itapúa se elevaron a juicio oral causas penales por incumplimiento del deber alimentario. Asimismo, en la circunscripción de Central se elevó un total de 57 procesos penales a juicio oral y público.
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Del mismo modo, de acuerdo a los datos obtenidos durante el año 2020, un total de 377 causas fueron elevadas a juicio oral. En el 2021 fueron 773; en el 2022 se elevó a juicio oral 677 procesos penales; en el 2023 un total de 636 casos, y en el 2024 fueron 644 casos lo que se elevó a juicio oral y público.
Incumplimiento del deber legal alimentario
El artículo 225 del Código Penal refiere que el que incumpliera un deber legal alimentario y con ello produjera el empeoramiento de las condiciones básicas de vida del titular, o lo hubiera producido de no haber cumplido otro con dicha prestación, será castigado con prisión de hasta dos años o multa.
Modo agravado: el mismo artículo apunta que el que incumpliera un deber alimentario establecido en un convenio judicialmente aprobado o en una resolución judicial, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa.
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