El juez Guillermo Trovatto, precautelando el interés superior del niño, ordenó que se aplique la vacuna luego de que la defensora de la Niñez y la Adolescencia Luz Chávez tuviera conocimiento de la situación y presentara la medida judicial. Foto: Gentileza.
Juez ordenó que se vacune a recién nacido ante llamativa oposición de los padres
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El juez de la Niñez y la Adolescencia Guillermo Trovatto dispuso que los padres de la niña desaparecida en Emboscada vacunen a su hijo recién nacido en un plazo de una hora. El niño está internado en el Centro Médico Bautista y los progenitores se oponen a la vacunación, pero con la resolución judicial las autoridades del citado sanatorio privado deben cumplir la resolución judicial o podrían ser pasible de un proceso penal por desacato a una orden judicial.
El magistrado hizo lugar de inmediato a una medida cautelar de urgencia por derecho de salud solicitado por la defensora de la Niñez y la Adolescencia Luz Chávez, quien al tener conocimiento de dicha situación presentó la medida judicial que tuvo respuesta en segundos y se ordenó que se vacune al recién nacido.
De acuerdo al presente caso, los padres se negaron a que su bebé sea vacunado en el marco del esquema de vacunación del Ministerio de Salud que es obligatorio en toda nuestra República.
Del mismo modo, la determinación judicial refiere que el centro asistencial privado deberá informar al juzgado de la Niñez y la Adolescencia en una hora si pudo aplicar la vacuna ordenada por la Justicia.
También se advierte a los padres que en caso de que evidencie nueva posturas contrarias al interés superior del niño de su hijo se arbitrará las medidas pertinentes de protección del niño, lo que implica que los padres pueden ser imputados por violación del deber del cuidado.
Igualmente, el Ministerio Público deberá estar pendiente de la actuación de los padres para iniciar la presente investigación.
El juez de Capitán Bado, Cristián Sánchez, fue imputado por lavado de activos por ordenar subastar inmuebles vinculados al narco Cabeza Branca. FOTO: GENTILEZA
Cabeza Branca: imputan a juez por ordenar subasta de inmuebles con medidas cautelares vigentes
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Los fiscales Verónica Valdez y Christian Benítez imputaron al juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Capitán Bado, Cristhian Ariel Sánchez Zaracho, por el supuesto hecho de lavado de activos en la modalidad de frustración de comiso.
De acuerdo con el acta de imputación, el magistrado habría ordenado la subasta pública de dos inmuebles que contaban con medidas cautelares vigentes y expectativa de comiso, en el marco de la causa vinculada al narcotraficante brasileño Luiz Carlos Da Rocha, alias “Cabeza Branca”.
Los fiscales solicitaron al Juzgado Penal de Garantías que comunique el pedido de desafuero del juez imputado a fin de que pueda ser sometido al proceso penal. Además, requirieron un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo de la investigación.
Según el escrito fiscal, en agosto de 2023 la Senabico informó al juez que los inmuebles tenían medidas cautelares vigentes dictadas en el marco de dicha causa. Pese a ello, el magistrado habría dispuesto la subasta de ambas propiedades. Posteriormente, informes de la Dirección General de los Registros Públicos emitidos en octubre y noviembre de 2023 —a pedido del propio juez— confirmaron la vigencia de una prohibición de innovar dictada por la jueza penal de Garantías, Lici Sánchez.
A pesar de estos informes, la subasta se realizó el 8 de noviembre de 2023 y los inmuebles fueron adjudicados a la firma Grupo Paraná S.A. El 28 de noviembre, el juez habría aprobado la subasta y ordenado la inscripción preventiva de los bienes a favor de la empresa adjudicada. Finalmente, la Dirección General de los Registros Públicos emitió una nota negativa y rechazó la inscripción debido a que se encontraban vigentes las medidas cautelares dictadas en el proceso penal relacionado con el caso “Cabeza Branca”.
Jueza ordenó captura de condenadas por la muerte de Sol Chávez
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La jueza de Ejecución Penal, Liz Rosana Bogarín, ordenó la captura de la odontóloga Lilia Graciela Espinoza, condenada a 4 años de cárcel, y de la bioquímica Sandra Hermosa, sentenciada a 3 años de pena privativa de libertad. Ambas fueron halladas culpables por el fallecimiento de la joven María Sol Chávez, quien murió el 9 de abril de 2021 a causa de una sobredosis de flúor.
Ambas profesionales deberán cumplir sus condenas en la cárcel de mujeres de Emboscada. La orden judicial se emitió luego de que la Corte Suprema de Justicia ratificara la sentencia, quedando firme la resolución de que vayan a prisión.
“Para nosotros, hoy es un día de gloria en nombre de nuestra hija María Sol. De alguna manera, se hace un poco de justicia, porque nada me va a devolver a mi hija y el dolor de su ausencia para mí es eterno. No hay un día que no la recordemos. La forma en que ella murió en estos días se me vino a la mente; no pude salvarle”, comentó al canal Gen María Edith Franco de Chávez, madre de la víctima. Esta confirmación llega tras un largo proceso judicial desde el fallecimiento de la universitaria.
De acuerdo con los hechos acreditados en el proceso, Sol Chávez falleció el 9 de abril de 2021 tras consumir cuatro cápsulas de flúor de 500 miligramos cada una, conforme a la prescripción realizada por la odontóloga, totalizando 2.000 miligramos. Según expuso la Fiscalía durante el juicio, la cantidad administrada superaba ampliamente los parámetros señalados por la ciencia médica.
Tragedia en Pedrozo: decretan prisión preventiva para chofer del camión que causó fatal accidente
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La Justicia ordenó la prisión preventiva de Víctor Raúl De la Cruz, chofer del camión que causó el fatal accidente en Pedrozo y que está imputado por homicidio culposo. De la Cruz cumplirá la medida en el Centro Nacional de Prevenidos (antiguo penal de Tacumbú). La resolución judicial se dictó tras la audiencia de imposición de medidas cautelares, donde se decidió privar de la libertad al conductor.
El fiscal Juan Manuel Ledesma imputó por homicidio culposo a De La Cruz tras el siniestro vial donde murieron cinco personas, el pasado sábado 15 de agosto en la compañía Pedrozo, Ypacaraí. Según el acta de imputación, el camión se habría quedado sin frenos luego de descender el cerro Caacupé, llevándose por delante a varios vehículos que detuvieron su marcha en el semáforo del cruce sobre la Ruta PY02.
El director de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público, Pablo Lemir, informó que culminaron los procedimientos de identificación y autopsia médico-legal de cuatro de las víctimas fatales. Los estudios se realizaron en la Morgue Judicial de Asunción y finalizaron aproximadamente a las 22:00 del domingo 16 de agosto. Debido a las condiciones en que fueron recuperados los cuerpos, fue necesario un abordaje médico-legal multidisciplinario.
Las cuatro víctimas pertenecían a una misma familia: un hombre de 49 años, una mujer de 45, un joven de 18 y una niña de 9 años. Por disposición de la investigación, sus identidades no fueron divulgadas. El vehículo en el que viajaba la familia sufrió un incendio tras el impacto con el camión de gran porte. Los resultados de los análisis médicos ya fueron remitidos a la unidad penal interviniente y serán incorporados como antecedentes técnicos de la investigación. Posteriormente, se realizará la autopsia de la quinta víctima fatal del grave siniestro ocurrido en Pedrozo.
El padre de la niña de dos años localizada en Resistencia, Argentina cuenta con orden de captura internacional firmada por el juez Marcelo Saldívar. Foto: Archivo
Ordenan captura internacional de un padre que huyó con su hija a Argentina
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El juez penal de garantías Marcelo Saldívar declaró la rebeldía y ordenó la captura internacional del padre de la niña de dos años localizada en Resistencia (Chaco, Argentina).
El hombre está imputado por desacato de una orden judicial y violación del deber de cuidado, tras no devolver a su hija menor a la madre al finalizar el régimen de visitas.
Ahora, las autoridades del vecino país deberán informar al juzgado a cargo de Saldívar y arbitrar los medios necesarios para una posible extradición a Paraguay, donde el procesado enfrenta un juicio penal por ambos delitos.
Según el acta de imputación, el hecho ocurrió el 8 de julio de 2026, cuando el investigado retiró a la menor en el marco del régimen de relacionamiento dispuesto por el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia.
Sin embargo, una vez cumplido el horario establecido para la devolución, no la restituyó a su madre y dejó de responder llamadas y mensajes.
Posteriormente, el hombre se habría comunicado con la madre para informarle que se encontraba con la niña en la ciudad de San Bernardino, incumpliendo el régimen judicial vigente.
Con base en las evidencias, el Ministerio Público presentó la imputación correspondiente al considerar que existen suficientes indicios de su participación en los hechos.