Siguiendo las investigaciones del crimen de la niña Anabel Blanco González, el Ministerio Público formuló imputación este miércoles pasado contra Emilio David Alvarenga Escobar y Milciades Rafael Alvarenga Bogarín, por los supuestos hechos punibles de feminicidio y abuso sexual en niños, en calidad de autor y cómplice, respectivamente.
El fiscal del caso, Alfredo Mieres, de la Unidad Penal Nº 4 de Caaguazú, solicitó además la medida cautelar de prisión preventiva para los dos primos imputados en el presente caso. Según el relato de los hechos, “el 8 de febrero de 2023, a las 21:00, la niña Anabel, de 12 años, llegó hasta la bodega El Gato, ubicada en la Segunda Línea Irrazábal Norte de la ciudad de Repatriación. Allí, supuestamente se encontraba compartiendo y observando juegos de vóley en compañía de Emilio David”.
Posteriormente, éste último lleva a Anabel Blanco González hasta el motel Faraón de la ciudad de Caaguazú, a bordo de una motocicleta, que sería de propiedad de su primo también imputado y cómplice, Milciades Rafael. Este intentó ocultar la moto después del desenlace fatal de la niña, según informaciones de la Fiscalía.
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En el citado motel, Emilio Alvarenga (quien en ese momento tenía 17 años, hoy mayor de edad) abusó sexualmente de la niña y ambos salieron a la medianoche del lugar. Luego, la misma fue llevada hasta el barrio Bernardino Caballero de la misma ciudad.
El 9 de febrero, una comitiva fiscal se constituyó hasta un predio baldío ubicado sobre la calle Gaspar Rodríguez de Francia, esquina Cuarta Proyectada, donde fue encontrado el cuerpo sin vida de la niña Anabel. Luego de la inspección correspondiente, el médico forense del Ministerio Público, el doctor Fernando Ortiz determinó como como probable causa de muerte traumatismo de cráneo encefálico severo.
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Imputan a dos productores por hurto de 452 toneladas de soja de otra finca
- Ciudad del Este. Agencia regional
El propietario de la firma Agrícola y Ganadera San Marcos S.R.L. Luis Carlos Pisani, de nacionalidad brasileña y un directivo de la Cooperativa de Producción Agroindustrial Santa María Ltda., Sidinei Da Silva Schneider, paraguayo, fueron imputados por la presunta comisión de los hechos punibles de hurto agravado, invasión de inmueble ajeno y coacción grave.
El fiscal Fidel Godoy, de Minga Pora investiga el hurto de 452 toneladas de soja de una plantación supuestamente ajena.
La denuncia fue presentada el 19 de marzo de 2026 por el productor agrícola Odimar Agostinho Caus, ante la supuesta cosecha y retiro de cultivos de soja de inmuebles de su propiedad, recurriendo a la fuerza, mediante el uso de maquinarias agrícolas y personal de la empresa del hoy procesado.
El afectado manifestó que el 27 de febrero del mismo año personas que no contaban con autorización habrían ingresado a inmuebles rurales de su propiedad, ubicados en las colonias San Roque y Tamburi, distrito de Minga Porã (de 50 y 72 hectáreas). Habrían utilizado tractores, cosechadoras, camiones y demás maquinarias para cosechar la producción de soja y trasladarla a destino desconocido.
De acuerdo al escrito fiscal, el propietario de la empresa agrícola habría sido quien organizó y dirigió el operativo, en el que participaron empleados de su firma y otras personas. Indica el agente que se habrían cosechado aproximadamente 452 mil kilos de soja, ocasionando un perjuicio patrimonial estimado en 150.000 dólares.
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Supuesto atropello
El Ministerio Público señala también que el otro imputado, directivo de la cooperativa citada, habría participado en las tareas posteriores de preparación de las parcelas y siembra de nuevos cultivos.
Conforme al relato fiscal, cuando el propietario tomó conocimiento de la situación y acudió al lugar para impedir la continuidad de los trabajos, habría encontrado un grupo numeroso de personas, algunas presuntamente armadas y en vehículos que resguardaban el supuesto atropello. El afectado se habría visto obligado a permitir la continuidad de la cosecha, la carga y el retiro de los granos.
La imputación se sustenta en la denuncia presentada por el afectado, documentos sobre la titularidad de los inmuebles, registros fotográficos y audiovisuales, actas fiscales, informes policiales y declaraciones testimoniales.
Fue requerido al Juzgado Penal de Garantías la aplicación de medidas cautelares personales, con suspensión de la prisión preventiva bajo reglas de conducta.
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Final feliz: la niña volvió a los brazos de su madre, pero la batalla judicial recién empieza
La niña de dos años, con iniciales MBR, ya está con su madre en la ciudad de Resistencia, Argentina, donde el padre fue detenido ayer viernes por la gendarmería del vecino país, e imputado en Paraguay por los hechos punibles de desacato de orden judicial, frustración de la persecución penal y violación del deber de cuidado.
Tras activarse los protocolos nacionales e internacionales de búsqueda, la niña fue hallada a salvo.
Los padres de la niña tenían en Chile un régimen de convivencia compartida. El papá se negaba a que la madre visitara Paraguay hasta que ella consiguió un permiso, pero debía regresar el 5 de enero y no lo hizo. Allí se inició un juicio de restitución internacional, que continuó en nuestro país con nuevas reglas.
La niña chilena de dos años, de madre paraguaya, pero de padre chileno, se encuentra con su mamá en Resistencia, Argentina, desde donde regresará a Paraguay para reanudar el proceso judicial que quedó en pausa.
A partir de ahora, el proceso debe continuar tanto en Paraguay como en Chile.
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Los antecedentes señalan que la madre llegó a fin de año del 2025 a Paraguay con su hija, mediante un permiso judicial obtenido en Chile, por el cual debía regresar a ese país el 5 de enero. Como no lo hizo, alegando motivos de salud (según ella misma admite), entonces Chile inició un juicio de restitución internacional, que en la legislación chilena se llama secuestro internacional.
El Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia de Chile solicita a la justicia paraguaya que dé trámite a esa restitución internacional. La madre decidió litigar desde aquí y, en ese marco, también se inició un juicio en Paraguay, a los efectos de responder al pedido de la justicia chilena.
En ese contexto, el padre vino a Paraguay, donde se dispuso un relacionamiento provisorio mientras dure este juicio. En medio de ese proceso, el padre también incumplió ese régimen de convivencia dispuesto por la justicia paraguaya, al no restituir a la niña el miércoles 8 de julio a las 5 de la tarde.
“El juicio inicia con el pedido de restitución del padre. Comienza por el requerimiento que hace el padre a la justicia chilena para dar cumplimiento a la resolución de la justicia de Chile; otro trámite procesal era que la madre fuera hasta allá a apelar la resolución, pero ella vino a litigar acá”, explicó el fiscal a las 650 AM.
El juicio de restitución internacional promovido por Chile quedó en suspenso a partir de que el padre huyó con la niña. No obstante, una vez que se reanude, la jueza de primera instancia de la niñez de la Capital debe decir: sí o no a la entrega de la niña bajo la figura de la restitución internacional solicitada por Chile.
Sin embargo, en Paraguay el padre fue imputado por desacato de una orden judicial y violación del deber del cuidado. El Juzgado ordenó la prisión preventiva del procesado.
Entretanto, la jueza de la Niñez y la Adolescencia de Paraguay, Natalia Ortellado, decidió entregar a su madre a la niña de dos años hasta tanto culmine el juicio que se está tramitando en dicho juzgado.
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Imputan a un grupo de cinco personas por coacción sexual, rapto, robo y extorsión
- Ciudad del Este. Agencia regional
El fiscal Alcides Giménez Zorrilla, de la Unidad Penal N.º 9 de Ciudad del Este, inició proceso contra cinco personas (tres hombres y dos mujeres), por la presunta comisión de los hechos punibles de coacción sexual y violación, privación de libertad y extorsión agravada. La víctima es un joven de 26 años, de nacionalidad paraguaya.
Uno de los imputados es Edson Andrade Pimenta Sobrinho (57), de nacionalidad brasileña y está detenido con pedido de prisión preventiva. Los otros cuatro procesados son paraguayos y están prófugos.
La causa investigada tiene que ver con los hechos ocurridos el 6 de julio de 2026, alrededor de las 15:00, en un inquilinato del barrio Acaray de Ciudad del Este.
El denunciante contó que acudió al lugar para mantener un encuentro previamente acordado con una mujer, con quien había establecido contacto a través del celular.
Ya estando en la habitación, la mujer habría iniciado una agresión y generó un altercado con el hombre, situación que fue aprovechada por los supuestos cómplices para ingresar al sitio, reducir al joven y retenerlo contra su voluntad.
Posteriormente, lo habrían agredido físicamente y sometido sexualmente, mientras registraban el hecho en un video.
De acuerdo con la pesquisa de la Fiscalía, tras consumar la agresión, los presuntos autores utilizaron un arma de fuego y la grabación, para amenazar a la víctima con difundir las imágenes, si no accedía a sus exigencias. Asimismo, habrían obtenido las claves de acceso del teléfono y realizaron extracciones y transferencias de dinero a sus cuentas bancarias.
Luego de todo eso, la víctima fue liberada con la previa advertencia de no denunciar lo ocurrido, porque si lo hacía, el vídeo sería divulgado. Sin embargo, el afectado acudió a la subcomisaría 54 para denunciar el hecho.
Personal policial fue hasta el lugar y aprehendió a unos de los involucrados, el ciudadano brasileño, quien había permanecido en el lugar.
El Ministerio Público dispuso la inspección médica forense de la víctima, cuyo informe constató lesiones físicas compatibles con la denuncia presentada.
Fue requerido al Juzgado Penal de Garantías la declaración de rebeldía y la emisión de órdenes de captura contra los cuatro ciudadanos paraguayos que permanecen prófugos.
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Fiscalía imputa al representante de Alpha College por presunta utilización indebida de marcas
El Ministerio Público formuló imputación contra Jaime José Benítez Domínguez, presidente y representante legal de Alpha Sociedad Anónima, firma propietaria de Alpha College Paraguay, por la presunta comisión del hecho punible de violación de los derechos de marca, en el marco de una investigación relacionada con el supuesto uso no autorizado de signos distintivos vinculados a la Universidad Americana.
La causa fue impulsada a partir de una denuncia presentada por el Instituto de Capacitación y Desarrollo Empresarial S.A.E. (INCADE S.A.E.), titular de los registros marcarios asociados a la Universidad Americana, que sostiene que la autorización contractual para la utilización de dichas marcas expiró el 1 de enero de 2023.
De acuerdo con el acta de imputación, la Fiscalía considera que existen elementos suficientes de sospecha para sostener que Alpha College habría continuado utilizando, sin autorización vigente, denominaciones comerciales, elementos gráficos, tipografías y referencias institucionales asociadas a la Universidad Americana, incluso presentándose públicamente como “Alpha College – Colegio de la Universidad Americana”.
La representación fiscal sostiene que la continuidad en el uso de estas referencias podría haber generado en estudiantes, padres y consumidores la percepción de una vinculación institucional o comercial que, según la parte denunciante, había dejado de existir tras la conclusión de la relación contractual entre las partes.
Entre los elementos incorporados a la investigación figuran contratos suscritos entre las instituciones involucradas, certificados de registro y renovación de marcas, actas notariales, capturas de pantalla de plataformas institucionales, intimaciones formales remitidas a la institución educativa e informes técnicos especializados elaborados durante la pesquisa.
Según la imputación, uno de los informes periciales concluye que existen indicios suficientes sobre la presunta comisión de hechos relacionados con la protección de derechos de propiedad intelectual, reforzando la hipótesis investigativa sostenida por el Ministerio Público.
La conducta atribuida fue calificada provisoriamente como violación de los derechos de marca, hecho previsto y sancionado por el artículo 184 del Código Penal paraguayo.
La agente fiscal Myriam Rodríguez Quiñónez, titular de la Unidad Especializada en Propiedad Intelectual y Contrabando, solicitó además un plazo de seis meses para la realización de diligencias complementarias y la posterior presentación del requerimiento conclusivo.
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Asimismo, el Ministerio Público requirió la aplicación de medidas alternativas a la prisión preventiva, entre ellas la obligación de comparecer periódicamente ante las autoridades judiciales, la prohibición de salida del país y la prestación de caución personal o real.
La causa quedó radicada ante el Juzgado Penal de Garantías N.º 8 de la Capital, a cargo del magistrado José Agustín Delmás Aguiar.
Cabe señalar que la imputación constituye una etapa inicial del proceso penal y no implica una declaración de culpabilidad, correspondiendo exclusivamente a la autoridad judicial determinar, mediante resolución firme, la eventual existencia de responsabilidad penal.