Los abogados querellantes Rodrigo González Planás y Gustavo González Planás solicitaron que Gerardo Stadecker, condenado a 28 años de cárcel por el feminicidio de Sabryna Breuer, cumpla su condena en la cárcel de Tacumbú. El pedido obedece a que el sentenciado continúa en un sanatorio privado siguiendo un tratamiento médico que también lo puede hacer desde la cárcel y en caso de que se descompense pueda ser trasladado a un centro hospitalario más cercano.
El escrito presentado por la querella refiere que “solicitamos que Gerardo Stadecker sea trasladado al penal de Tacumbú, ya que se encuentra más cerca del centro médico donde está internado actualmente y que en caso de necesitar un tratamiento, el mismo podrá ser derivado al centro asistencial para que sea tratado”.
Ahora los jueces deberán estudiar el pedido de la querella adhesiva y resolver si corresponde que el condenado Gerardo Stadecker pueda ser trasladado al penal de Tacumbú para cumplir su condena.
Condena
Un Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Manuel Aguirre, Lourdes Peña y Rosana Maldonado condenó a Stadecker a 28 años de cárcel tras ser encontrado culpable por el feminicidio de Sabryna Breuer. Para el colegiado quedó absolutamente comprobado que el mismo le propinó a Breuer un golpe de puño fuerte y seco en la zona del pecho, a la altura del corazón, lo que le causó la muerte. La mujer fue encontrada sin vida en su residencia, en el barrio Mburucuyá de Asunción.
Dejanos tu comentario
Hernán Rivas condenado: ¿y ahora?
- Jorge Torres Romero
Hernán Rivas fue condenado a ocho años de prisión por producir y utilizar documentos públicos falsos. La sentencia aún puede ser apelada.
Hasta ahí, Rivas.
¿Y ahora?
La oposición oportunista y una parte de la prensa militante redujeron durante meses un problema gigantesco al “cartista Hernán Rivas”.
Rivas debe responder por sus actos. Pero los números demuestran que el problema es mucho más profundo:
283 funcionarios del MEC sumariados.
550 usuarios no autorizados.
130.000 acciones irregulares detectadas.
525 casos investigados por la Fiscalía.
144 títulos docentes ya verificados como falsos.
Eso ya no se llama Hernán Rivas. Se llama un problema del Estado paraguayo.
Según lo expuesto en el juicio, el título de Rivas fue registrado en el MEC en apenas seis minutos.
¿Quién lo hizo posible?
¿Quién cargó, registró y validó el documento?
¿Y cuántas veces más ocurrió?
La investigación alcanza además documentos vinculados con medicina, enfermería, ingeniería, derecho y docencia. Estamos hablando de profesiones en las que una certificación falsa puede poner en riesgo mucho más que una carrera política.
Rivas fue investigado, juzgado y condenado en primera instancia.
Ahora queremos saber qué pasó con los demás.
¿Quiénes son los funcionarios involucrados? ¿Quiénes vendían, compraban o facilitaban títulos? ¿Quiénes se beneficiaron?
La vara debe ser la misma para todos: cartistas, opositores, funcionarios, rectores, intermediarios y beneficiarios.
Porque si todo termina con Hernán Rivas, entonces nunca se trató de combatir el sistema de títulos falsos.
Rivas ya fue condenado. Ahora corran a Rivas del medio y muéstrennos el resto. Puedo estar equivocado, pero es lo que pienso.
Dejanos tu comentario
Anulan leve condena bajo procedimiento abreviado de Hijazi por apelación de la DNIT
Debido a que la Procuraduría General de la República en representación de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) no fue notificada, el Tribunal de Apelación Penal Especializado anuló la condena dictada en procedimiento abreviado contra Khalil Ahmad Hijazi y la suspensión del proceso para Laila Khalil Hijazi. Fue una resolución en mayoría de los camaristas Arnaldo Fleitas, Paublino Escobar y Camilo Torres, quienes anularon la resolución dictada el 29 de mayo del 2024, por el juez de Delitos Económicos Humberto Otazú.
En la audiencia preliminar, el magistrado Otazú había condenado mediante procedimiento abreviado a Khalil Ahmad Hijazi, Zulma Damiana Fernández de Hijazi, Hussein Ghaleb Hijazi, Víctor Javier Espinoza Ríos, Juan Carlos Sorazabal Rodríguez y Hamze Ali Hijazi a la pena de dos años de prisión, pero con la suspensión de la ejecución de la condena. Ante esta sentencia con la salida procesal los condenados debían abonar la suma de G. 400 millones cada uno como reparación del daño social.
También, en la misma audiencia preliminar, el juez concedió la suspensión condicional del procedimiento a Laila Hijazi donde también debía reparar el daño.
Te puede interesar: Fiscalía procesa a joven como supuesto autor del abuso sexual de niño de 13 años
Los citados más arriba habían sido imputados por delitos de contrabando y producción de documentos no auténticos, por lo que la fiscala María Estefanía González les acusó y solicitó la apertura a juicio oral, pero en la preliminar, se allanó al procedimiento abreviado. Según la Fiscalía se habrían usado facturas con valores inferiores a los reales para importar principalmente productos electrónicos.
De esta manera, las operaciones declaradas fueron por unos USD 79,9 millones, cuando el valor real habría ascendido a aproximadamente USD 132,2 millones, con una diferencia superior a USD 52,5 millones a favor del fisco. Sin embargo, con la medida dictada a favor de los procesados, la diferencia ni siquiera se acerca a lo que los mismos debían abonar como reparación del daño social.
Es así que el titular de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios, Óscar Orué, apeló la resolución con el argumento de que, como víctimas del hecho punible, no habían sido notificados de la audiencia preliminar, lo que les impidió participar de la importante diligencia.
Igualmente, el entonces procurador general de la República, Marco Aurelio González, durante la tramitación de la causa, cuestionó la resolución ya que la preliminar se realizó sin representantes de la Procuraduría General.
Podes leer: Admiten imputación y procesan penalmente a directivos de APA
Dejanos tu comentario
Condenan a 20 años de prisión a exmonja por abuso sexual de niños sordos en Argentina
Un tribunal de Argentina condenó este jueves a 20 años de prisión a la exmonja Kumiko Kosaka por abusos sexuales contra niños sordos en un instituto religioso en la provincia de Mendoza, al oeste del país.
Kosaka había sido absuelta en 2023 por los crímenes sexuales cometidos contra niños en el Instituto Próvolo, en la ciudad de Luján de Cuyo, entre 2005 y 2016, pero en agosto la Corte Suprema provincial revocó la absolución y encomendó a otro tribunal que dictara sentencia.
La exreligiosa de 51 años, que dejó los hábitos cuando iniciaron las denuncias, fue condenada por dos hechos de abuso sexual en calidad de partícipe y en otros tres como autora.
Vestida con un jean y una camiseta, Kosaka asistió a los tribunales acompañada solo por su abogado, observó la AFP.
Tras la sentencia permanecerá en libertad, ya que tiene pendientes recursos de apelación presentados previamente. Sin embargo, el tribunal dispuso la prohibición de que salga del país y de la provincia de Mendoza, donde debe fijar domicilio.
Te puede interesar: Netanyahu arremete contra sus detractores en la ONU
“Se está haciendo una reparación de un daño muy grande”, dijo a la prensa el fiscal Alejandro Iturbide, quien había solicitado que la exmonja fuera condenada a 22 años.
Por su parte, Ariel Lizarraga, padre de una de las víctimas, se dijo satisfecho de “haber llegado al punto final” luego de 10 años de litigio.
“Con todos los altibajos que tuvimos, hemos llegado a encontrar la justicia que veníamos buscando para mi hija y para todas las víctimas del caso Próvolo”, dijo a la AFP.
En el juicio que se sustanció en 2019 habían sido condenados los sacerdotes Horacio Corbacho (a 45 años de prisión) y el italiano Nicola Corradi (a 42 años y medio, fallecido en 2021) por abuso de niños sordos de entre cuatro y 17 años. También el jardinero Armando Gómez (a 18 años) y el exmonaguillo Jorge Bordón (a 10).
En ese proceso, Kosaka y otras ocho mujeres habían sido absueltas, aunque la decisión sobre la japonesa criada en Argentina luego fue revertida.
Fuente: AFP
Leé también: Paraguay se consolida como centro regional de eventos, según titular de Diputados
Dejanos tu comentario
Condenan a 8 años de prisión a Hernán Rivas por producción y uso de documentos falsos
Luego de deliberar por más de tres horas, el Tribunal de Sentencia emitió su veredicto en el caso del exsenador Hernán Rivas, estableciendo una condena de 8 años de prisión. La Fiscalía había solicitado una condena de 12 años de cárcel, porque concluyó que su título de abogado es falso.
En la lectura de la sentencia, la presidenta del Tribunal, María Fernanda García de Zúñiga, argumentó que las evidencias expuestas por la Fiscalía demostraron que Rivas carecía de un historial académico de correspondencia y una condición profesional inexistente, según pudieron comprobar en el juicio oral.
Las juezas María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo votaron por 8 años de cárcel y el juez Juan Carlos Zárate votó en disidencia considerando que la pena en este caso debía ser de 14 años. En tanto se mantienen las medidas correspondientes a la libertad hasta tanto quede firme y ejecutoriada la condena.
Te puede interesar: Detienen a sospechoso de un violento atraco a un local comercial en Capiibary
Los integrantes del tribunal de sentencia llegaron a la conclusión de que Hernán David Rivas es el responsable de los hechos punibles de producción y uso de documentos públicos de contenido falso, en su modalidad agravada.
Asimismo, sostuvo que durante el juicio oral quedó probado que no existe documentación académica que respalde el certificado de estudios y el título presentados por Rivas para acreditar su condición de abogado y obtener su matrícula ante la Corte Suprema de Justicia.
“Estamos ante lo que podemos denominar un alumno fantasma, una persona cuyo supuesto paso por la carrera de Derecho no dejó ni un solo rastro académico, administrativo o contable”, explicó la presidenta del Tribunal, María Fernanda García de Zúñiga.
Del mismo modo, los magistrados concluyeron, “más allá de toda duda razonable”, que Rivas no realizó ni aprobó el trabajo final requerido para obtener el título de abogado. Respecto a los testigos que afirmaron haberlo visto cursar la carrera en Ciudad del Este, señalaron que sus declaraciones fueron contradictorias.
“Una carrera universitaria no se hace en un papel, se cursa en un lugar durante años”, sostuvo García de Zúñiga, al referirse a la falta de elementos que acrediten que Rivas haya cursado efectivamente la carrera.
Para calificar los hechos como especialmente graves, el Tribunal remarcó que las consecuencias de la falsedad trascendieron la utilización de una condición de abogado que no le correspondía, ya que Rivas llegó a integrar un órgano constitucional encargado de juzgar a magistrados, fiscales y defensores públicos.
En sus alegatos finales, el Ministerio Público decidió avanzar con un proceso de investigación a siete personas que se presentaron como testigos de la defensa, incluidos la universidad que emitió el documento falso, por presuntas declaraciones falsas ante el tribunal.