Ratifican arresto domiciliario del exfiscal general Javier Díaz Verón, acusado por enriquecimiento ilícito
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El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Cándida Fleitas, Víctor Alfieri y Alba González ratificó el arresto domiciliario del exfiscal general del Estado Francisco Javier Díaz Verón, acusado por enriquecimiento ilícito. La resolución del colegiado se dio a conocer luego de la audiencia de revisión llevada a cabo en el Palacio de Justicia.
El Ministerio Público solicitó que se le otorgue la libertad debido a que el mismo está con arresto domiciliario hace varios años y en caso de que llegue a ser condenado ya estará cumpliendo su pena con dicho arresto. Este pedido se rechazó y el colegiado ratificó que Díaz Verón siga recluido en su casa.
Los fiscales Osmar Legal y Natalia Silva tienen la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un Tribunal de Apelación el que deberá decidir si confirma la resolución del tribunal colegiado o revoca la misma y dispone la libertad de Díaz Verón.
El fiscal Osmar Legal, en fecha 13 de agosto del 2019, presentó acusación contra Díaz Verón por enriquecimiento ilícito. Mismo pedido también se solicitó para Morínigo, esposa del extitular del Ministerio Público, por lavado de dinero. La Fiscalía señala que cuenta con suficientes elementos para que el caso se pueda discutir en un juicio oral.
Díaz Verón guarda reclusión domiciliaria. Estuvo varios meses con prisión preventiva en la cárcel militar de Viñas Cué y en Tacumbú. Mientras que su esposa María Selva Morínigo está procesada por lavado de dinero.
De acuerdo a la carpeta fiscal, entre el 2014 y el 2016 Díaz Verón acumuló una fortuna de G. 1.147.058.591 que no se justificaban con sus ingresos económicos. El exfiscal se expone hasta a 10 años de cárcel por el delito mencionado.
Caso Imedic: confirman cárcel de 3 años para Justo Ferreira por contrabando
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 3 años de cárcel para Justo Ferreira, directivo de la firma Imedic S.A, encontrado culpable por el contrabando de 50 camas hospitalarias durante la pandemia del Covid-19. Asimismo, se confirmó la absolución de su hija Patricia Ferreira y de otras tres personas procesadas en la misma causa.
La máxima instancia judicial no admitió los recursos de casación presentados por la fiscalía y así como la presentada por las defensas al considerar que no cumplían con los requisitos legales para su estudio. La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros María Carolina Llanes, Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero.
La acusación fiscal sostuvo que en abril de 2020 ingresaron al país 450 camas hospitalarias, pese a que el contrato con el Ministerio de Salud contemplaba únicamente 400. Las 50 camas excedentes, de alta gama, habrían ingresado sin el pago de los tributos correspondientes. La defensa señaló durante el juicio que dichos impuestos sí fueron abonados.
El tribunal de sentencia concluyó que quedó probado que Justo Ferreira cometió el hecho de contrabando. En cambio, absolvió a Patricia Ferreira al considerar que la Fiscalía no logró demostrar su participación directa y que su condición de representante de la empresa no implicaba responsabilidad penal.
También quedaron firmes las absoluciones de los funcionarios de Aduanas Guillermo Molinas y Gustavo Acosta, así como del despachante Carlos Gamarra, al concluirse que no se acreditó la existencia de dolo en sus actuaciones.
Los jueces de sentencia Rossana Maldonado, Lourdes Garcete y Juan Francisco Ortiz son los que juzgarán a la exjueza Tania Irún acusada por prevaricato. Foto: Archivo
Exjueza Tania Irún ya tiene tribunal de sentencia que la juzgará por prevaricato
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El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Rossana Maldonado, Lourdes Garcete y Juan Francisco Ortiz, tendrá a su cargo juzgar a la exjueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Tania Irún. La exmagistrada está acusada por el delito de prevaricato tras, presuntamente, violar la seguridad fronteriza nacional al firmar un fallo judicial que otorgó de forma irregular 310.000 hectáreas de tierras protegidas a empresas de maletín en el departamento de Alto Paraguay.
Tras la designación de los magistrados que juzgarán a la criticada exjueza, el tribunal deberá fijar la fecha para el inicio del juicio. Días atrás, la Cámara de Apelaciones confirmó que Irún deberá sentarse en el banquillo de los acusados como cualquier ciudadano común, por lo que solo se aguarda la programación de la audiencia oral.
En su momento, la fiscal adjunta Soledad Machuca acusó y solicitó el juicio oral y público para la procesada. Machuca fue contundente al señalar que la entonces magistrada obligó de forma irregular a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial —e intimó a la parte demandada— a otorgar la escritura pública traslativa de dominio de los inmuebles ubicados en Alto Paraguay.
La acusación del Ministerio Público refiere textualmente: “Como bien podrá advertirse, la entonces magistrada Irún, al referirse al cumplimiento de lo previsto en la Ley Especial N° 2532/05 (que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay), tan solo se habría limitado a hacer mención a lo referente al cumplimiento del artículo 2° de la ley, en lo que respecta a la nacionalidad de las personas actoras, afirmando que las mismas no serían oriundas de los países limítrofes; sin embargo, en el expediente civil no existirían constancias de dichas afirmaciones”.
IPS remitió un completo informe a la Contraloría donde se informa que la quita de la millonaria deuda a una empresa ligada a la familia política de Abdo se arregló durante el mandato del mismo. FOTO: ARCHIVO
IPS confirma a Contraloría que quita de deuda a familia de Abdo ocurrió durante su gobierno
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El informe remitido por el Instituto de Previsión Social (IPS) a la Contraloría General de la República confirma que la millonaria quita de la deuda a la empresa de la familia política de Mario Abdo Benítez se realizó durante su propio gobierno. De esta manera, se descarta la versión mediática del diario ABC Color, del Grupo Zuccolillo, que pretendía atribuir al mandatario Santiago Peña haber digitado dicho acuerdo.
El documento enviado por el IPS a la Contraloría describe paso a paso cómo se generó la demanda contra el Consorcio Hotelero Sudamericano y la forma en que la previsional recuperó la suma multimillonaria de G. 9.391 millones en 2024.
De acuerdo con el informe que ya está en poder de la Contraloría, fue en el 2018, durante la gestión de Mario Abdo Benítez, cuando se “arregló” y se firmó un acuerdo que recortaba la deuda de más de G. 10.000 millones a G. 5.557 millones, en beneficio del Consorcio Hotelero Sudamericano, propiedad de los familiares políticos de Abdo. Posteriormente, en 2024 y durante la Presidencia de Santiago Peña, al verificarse el incumplimiento del acuerdo de 2018, se ejecutó el cobro de G. 9.391 millones a favor del IPS, quedando pendiente el cobro de lo adeudado desde el 2018 en adelante.
El Consorcio Hotelero Sudamericano S.A. -vinculado a Jorge López Moreira y Colaso Bo, familia política de Mario Abdo Benítez- adeudaba desde el 2014 la suma de G. 5.557 millones al IPS. Esta deuda fue litigada por muchos años por la previsional, la cual logró ganar en todas las instancias judiciales el cobro del capital y los intereses. Para el 2017, el monto total ya superaba los G. 10.000 millones.
Al año siguiente, a pesar de haber ganado el juicio, la previsional aceptó un acuerdo extrajudicial para que la deuda se fijara en G. 5.557 millones. Esto generó una reducción del saldo de hasta G. 5.000 millones durante la era Abdo. Además, se permitió el pago fraccionado en 120 cuotas, con un interés del 1 % mensual (12 % anual) aplicable solo en caso de mora en las cuotas, resultando en un acuerdo sumamente favorable para la empresa.
Condenan a 3 años de cárcel al abogado Diego Lanzac por sextorsión
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Un Tribunal de Sentencia integrado por Héctor Capurro, María Fernanda García y Yolanda Portillo condenó a 3 años de cárcel al abogado Diego Raúl Lansac Gómez, encontrado culpable por los hechos punibles de coacción grave y lesión del derecho a la comunicación y a la imagen, en un caso vinculado a lo que se conoce como “sextorsión”.
Según los jueces de Sentencia, se pudo probar durante el desarrollo del juicio -entre agosto de 2020 y septiembre de 2021- que el hoy condenado habría creado perfiles falsos en redes sociales para amenazar a una mujer con la difusión de imágenes íntimas si no cumplía determinadas exigencias, entre ellas, renunciar a su trabajo.
La acusación fiscal también sostiene que Lansac difundió posteriormente las imágenes privadas de la víctima a familiares y personas cercanas, afectando su intimidad, dignidad y entorno personal. La fiscal Ruth Karina Benítez había solicitado en sus alegatos finales una pena de 3 años y 6 meses de cárcel.
El Ministerio Público sostuvo que el acusado utilizó cuentas falsas en plataformas digitales para contactar, hostigar y condicionar a la víctima mediante amenazas relacionadas con la publicación de contenido íntimo.
La Fiscalía destacó que pese a varios planteamientos dilatorios promovidos por la defensa, el juzgamiento concluyó con una sentencia condenatoria. El Tribunal además resolvió mantener el arresto domiciliario que pesa sobre Lansac hasta que la condena quede firme.