El Tribunal de Apelación confirmó a los jueces de sentencia Elsa García, Yolanda Morel y Juan Pablo Mendoza, quienes deben juzgar a Justo Ferreira, su hija y a otros acusados más por producción de documentos no auténticos. Foto: Archivo.
Imedic: confirman a Tribunal de Sentencia y se tiene vía libre para realizar juicio oral al clan Ferreira
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El Tribunal de Apelación integrado por los jueces Arnaldo Fleitas, Cristóbal Sánchez y Gustavo Santander confirmó la competencia del Tribunal de Sentencia conformado por los magistrados Elsa García, Yolanda Morel, Juan Pablo Mendoza y el suplemente Miguel Ruiz, quienes deben juzgar a Justo Ferreira, su hija Patricia Ferreira, accionista y presidenta de Imedic SA, respectivamente, quienes están acusados por el Ministerio Público por el delito de producción de documentos no auténticos por la compra fallida de insumos médicos para el Ministerio de Salud durante la pandemia del COVID-19.
Con la citada resolución judicial se tiene vía libre para poder fijar nuevamente la fecha del inicio del juicio oral y público donde se definirá si padre e hija van a pisar la cárcel de Tacumbú y la penitenciaría de mujeres del Buen Pastor, respectivamente.
Además de Justo Ferreira y su hija, están acusados el despachante aduanero Carlos Gamarra y los funcionarios de Aduanas Guillermo Molinas y Gustavo Adolfo Acosta. Padre e hija están actualmente con arresto domiciliario desde el inicio del proceso penal.
En julio del 2021 el juez Humberto Otazú elevó a juicio oral y público el proceso penal al clan Ferreira. La determinación del citado magistrado se dio a conocer luego de la audiencia preliminar. Esta resolución judicial fue apelada por la defensa de los procesados y en setiembre del mismo año el Tribunal de Apelación, integrado por los camaristas Gustavo Santander, Cristóbal Sánchez y José Waldir Servín ratificó que Justo Ferreira, su hija Patricia Ferreira y otros procesados deberán enfrentar un juicio oral y público.
Otro proceso de Patricia Ferreira
En junio del 2021, Patricia Ferreira fue acusada por producción y uso de documentos no auténticos, comercialización de medicamentos no autorizados, omisión de evitar un resultado, actuación en representación de otro y asociación criminal. Por el presente caso también la mujer estará sentada en el banquillo de los acusados. La jueza Clara Ruiz Díaz elevó el proceso penal a juicio oral. Ahora solo falta sortear al tribunal colegiado que juzgará a Patricia Ferreira y otros acusados.
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social rescindió años atrás el contrato con Imedic S.A quien no cumplió el contrato de proveer insumos durante la pandemia del Covid-19. Foto: Archivo
Rechazan demanda de Imedic S.A, que pretendía cobrar al Ministerio de Salud más de G. 47 mil millones
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El Tribunal de Cuentas, primera sala de la Capital, integrado por los camaritas Gonzalo Sosa Nicoli, Edward Vittone, y Stella Mary Zárate, rechazó la demanda que presentó la firma Imedic S.A (Insumos Médicos) contra el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social que rescindió el contrato con la mencionada empresa por no cumplir con el contrato de proveer insumos durante la pandemia del Covid-19.
Con el rechazo de la demanda administrativa, el Estado Paraguayo se salva de pagar la multimillonaria suma de G.47.000 millones, monto que reclamaba la empresa cuyo presidente es Justo Ferreira condenado a 3 años de prisión luego de ser encontrado culpable por el delito de contrabando debido al ingreso irregular de 50 camas hospitalarias en pandemia del covid-19.
Los camaristas mencionaron en su resolución que las normas aplicables y las argumentaciones vertidas en los actos administrativos llevados a cabo por el Ministerio de Salud constatan que se ha obrado correctamente y no se constata ninguna vulneración de derecho alguno, indica el fallo judicial administrativo.
Rescisión de contrato
El abogado Omar Gustavo Valdez Alcaraz, en representación del Ministerio de Salud, contestó la demanda presentada por la firma Imedic S.A y pidió que la acción administrativa sea rechazada.
De acuerdo al escrito de contestación de la demanda refiere que el procedimiento de rescisión de contrato N° 197/2020 se inició mediante resolución N° 317/2020 a raíz del incumplimiento contractual constatado y comunicado por Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos en Salud.
Igualmente refiere que, mediante actas de verificación se detectaron incongruencias entre los bienes ofertados y adjudicados, y los efectivamente entregados por la empresa, situación reconocida en presencia de la autoridad de la empresa Imedic.
Señala también que la empresa no acreditó válidamente el supuesto caso de fuerza mayor que le ha imposibilitado cumplir con el contrato ya que la situación de la pandemia era plenamente conocida al momento de ofertar los insumos por lo que no es valida la argumentación de la firma Imedic S.A.
Docente acosador: fiscal deslinda responsabilidad en jueces y apelará sentencia
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El fiscal Rodrigo Vázquez confirmó que apelará el fallo del tribunal de sentencia que otorgó el sobreseimiento al docente de Villarrica acusado de abuso por medios tecnológicos a una alumna de 11 años. Defendió su actuación señalando que presentó todas las evidencias sobre el caso que aparentemente no fueron consideradas por los integrantes del máximo tribunal.
“Fue un caso muy sonado a nivel nacional y estuve leyendo la sentencia hace dos días me habían notificado. Estoy analizando bien, pero sí voy a estar recurriendo”, señaló este jueves el agente fiscal al programa “Dos en la ciudad” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
El agente del Ministerio Público rebatió las afirmaciones del presidente de la tribunal de sentencia, el magistrado Julio Alfonso, quien alegó la falta de pruebas fehacientes para sostener la acusación contra el docente investigado.
Tribunal no puede alegar que no vio
“La prueba se produjo en el juicio. O sea que ellos tuvieron la inmediatez, vieron la captura de pantalla. Declaró la nena, cámara Gesell, la mamá. O sea sí se produjo la prueba, todas las capturas, audios, fotos se produjeron en juicio, la cual asentó en sentencia”, manifestó.
El abogado explicó que en la acusación se incorporaron algunos mensajes que se configuraban dentro del tipo penal. “Ellos vieron por la inmediatez, o sea tuvieron conocimiento. El presidente no puede decir que no vio. O sea que ninguno de los miembros puede decir que no se exhibió los mensajes”, ratificó.
El fiscal afirmó que no quiere debatir la interpretación, al mismo tiempo de insistir que se colectaron todas las pruebas y presentadas para su consideración por los magistrados. “Con esas pruebas creemos que sí se configuraba el tipo penal. Que sí se probó el hecho punible. Que el Tribunal haya interpretado de otra manera, por esa razón vamos a estar apelando”, remarcó.
Dos médicos electos concejales de Luque y Limpio seguirán siendo investigados por cobro indebido de honorarios, por resolución del Tribunal de Apelación, que revocó el archivo del presente caso. Foto: CMG/NM
Concejales médicos de Luque y Limpio seguirán siendo investigados por cobro indebido de honorarios
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La Cámara de Apelación revocó la resolución de la jueza penal de garantías Cynthia Lovera, quien había desestimado la denuncia por cobro indebido de honorarios que estaban siendo investigados a los médicos José María Meza Insfrán y Gustavo Alberto Pereira Bello, quienes son concejales de las ciudades de Luque y Limpio y, a su vez, ejercen la medicina.
Con la presente determinación judicial, los médicos seguirán siendo investigados por el mencionado hecho punible; si se encuentran indicios de hecho punible, se presentará la imputación correspondiente.
Los camaristas mencionaron que la jueza penal de garantías debe dar trámite a la oposición prevista en el artículo 314 del Código Procesal Penal, para que la Fiscalía analice si corresponde seguir investigando o ratificarse en la desestimación.
“Es razonable la postura asumida por la Dirección Jurídica del IPS, debido a que estas personas podrían desempeñarse como docentes universitarios, pero la investigación no ha descartado aún, si existen o no otras erogaciones de emolumentos por parte del IPS, en relación con los denunciados, si desempeñan otras funciones en su calidad de médicos, y si sus horarios no colisionan con otros cargos” señala la resolución de segunda instancia.
Tribunal de Sentencia define si sigue juicio contra Giuzzio
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El juicio oral y público por cohecho pasivo que enfrenta Arnaldo Giuzzio, exministro del Interior del gobierno de Mario Abdo Benítez, deberá seguir este viernes, pero la defensa del acusado presentó una reposición y apelación en subsidio contra la fecha que debe proseguir la audiencia oral alegando que la sala constitucional de la Corte dio trámite a la acción de inconstitucionalidad presentada por Giuzzio.
El Tribunal de Sentencia que preside la jueza Adriana Planas informó a la Corte en qué estado se encuentra el juicio oral contra Giuzzio y a su vez ha remitido compulsas, es decir, fotocopias del expediente judicial a los efectos de que se estudie la acción planteada. Giuzzio está siendo juzgado por el delito de cohecho pasivo agravado por presuntamente recibir favores del supuesto narcotraficante detenido en Brasil Marcus Vinicius Espíndola Marqués de Padua.
POSIBLE VÍNCULO DE GIUZZIO CON OTRO NARCO
El pasado martes se inició el juicio oral y público para el exministro del Interior Arnaldo Giuzzio, acusado por cohecho pasivo agravado.
Al iniciarse la audiencia oral, el fiscal del caso, Jorge Arce, solicitó al Tribunal de Sentencia integrado por Adriana Planas, Matthías Garcete y Yolanda Morel, que se pida vía exhorto el resultado de la extracción de datos del teléfono celular del presunto narco detenido en Brasil Lindomar Regis Furtado, quien se había fugado de un barrio cerrado en Ciudad del Este.
La Fiscalía sospecha que Giuzzio pudo haber mantenido vínculo con Regis Furtado atendiendo a que este último es integrante del grupo de Marcus Vinicius detenido en Brasil.