El juez de Delitos Económicos, José Delmás, se opuso al pedido de procedimiento abreviado (condena mínima) para el exdirector jurídico del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Aldo León, acusado por cohecho pasivo por supuestamente solicitar US$ 200.000 para la adjudicación de tierras en el Chaco.
Ahora será la fiscala general del Estado quien deberá decidir si corresponde que León sea beneficiado con el procedimiento abreviado o en su defecto se ratifica en la acusación y que el caso se eleve a un juicio oral y público.
Durante la audiencia preliminar la defensa de León solicitó que el acusado sea beneficiado con el procedimiento abreviado, lo que consiste en admitir el hecho y evitar ir a un juicio oral y público. A este pedido, el fiscal Rodrigo Estigarribia mencionó estar de acuerdo pero el juez José Delmás resolvió dar trámite de oposición.
El presente proceso penal se trata de un pedido de coima para dar trámite a la adjudicación de unas 16 mil hectáreas en el Chaco, pero el pago no se llegó a concretar, de acuerdo a la investigación fiscal.
La Fiscalía solicitó la elevación de la causa a juicio oral y público, y que sea el Tribunal de Sentencia el que estudie los elementos que se tienen en el presente expediente judicial. Según los antecedentes, León tiene otra causa en la que se encuentra imputado, en la cual también se encuentran personas que pertenecían al entorno del expresidente del Indert.
Dejanos tu comentario
Ycuá Bolaños: a 19 años de la rebelión de las víctimas y familiares que exigían justicia
Este 5 de diciembre se cumplen 19 años de la rebelión de las víctimas y familiares del siniestrado Supermercado Ycuá Bolaños en el que murieron cientos de personas el 1 de agosto del 2004. El juicio oral y público se desarrolló desde agosto a diciembre del 2006 en el polideportivo del Comando Logístico de las Fuerzas Armadas de Asunción, detrás del Tribunal Superior de Justicia Electoral, atendiendo a la cantidad de sobrevivientes y familiares.
La audiencia oral se desarrolló con normalidad hasta el día de la lectura de la sentencia, cuando los jueces María Doddy Báez, Elio Ovelar y Manuel Aguirre, daban a conocer sus votos por una leve condena y por el hecho punible de homicidio culposo, cuya pena iba solo hasta los 5 años de cárcel. Ante la irrisoria pena que estaban justificando, las víctimas y familiares de Ycuá Bolaños se indignaron y se generó una batalla campal en la que la Policía Nacional reprimió a las personas que exigían justicia por la muerte de más de 350 personas.
Indignación
La indignación fue tan grande que cuando los jueces estaban explicando sobre la responsabilidad de los acusados comenzó a escucharse un silbido generalizado muy fuerte y luego, a causa de la impotencia, comenzaron a lanzar sillas hacia los integrantes del Tribunal de Sentencia. A continuación se sumaron otras víctimas que arrojaron todo lo que encontraron a su paso. Los familiares del Ycuá Bolaños no aceptaron la sentencia de homicidio culposo.
Te puede interesar: Pena máxima: condenan a 40 años de cárcel al asesino de María Ramona
La indignación derivó en un estallido social que se trasladó a las calles. Víctimas, familiares y ciudadanía en general marcharon sobre las avenidas Eusebio Ayala y Choferes del Chaco, quemaron cubiertas, realizaron una sentata y luego se dirigieron hasta un local de Ycuá Bolaños ubicado sobre la avenida Fernando de la Mora.
Atención a 50 personas
El Hospital de Emergencias Médicas en aquel entonces atendió a más de 50 personas heridas debido a la represión policial que se generó ante tanta indignación por la leve condena que se estaba tratando de justificar. El caso Ycuá Bolaños fue un estallido social que afectó a las personas vulnerables de la zona de Trinidad, donde muchos se quedaron sin sus padres y otros sin sus hijos.
Corte anuló juicio oral
Luego de los incidentes y la suspensión del juicio oral, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió anular el juicio oral y a su vez separó a los jueces Elio Ovelar y Manuel Aguirre. Posteriormente, se realizó el segundo juicio oral y público en el que Juan Pío Paiva fue condenado a 12 años de cárcel; Víctor Daniel Paiva fue sentenciado a 10 años de prisión; el guardia Daniel Areco a 5 años de reclusión y Humberto Casaccia a 2 años y 6 meses. Actualmente, todos los condenados por el incendio del Supermercado Ycuá Bolaños que dejó 350 fallecidos están en libertad y otros ya fallecieron.
Podes leer: Imputan a septuagenario por homicidio culposo de un joven en accidente de tránsito
Dejanos tu comentario
Juez se opuso a desestimar denuncia contra el exministro de Hacienda
El juez penal de garantías, Francisco Acevedo, se opuso a desestimar la denuncia que pesa sobre el exministro de Hacienda Manuel Ferreira Brusquetti y Federico José Silveira investigados por lesión de confianza por presuntamente ocasionar un perjuicio de USD 1.225.000 a Everson Gomes Da Silva.
Con la resolución del citado magistrado, será el fiscal general quien deberá definir si corresponde seguir con la investigación penal contra Ferreira y otros. Lo llamativo del presente caso es que en tiempo récord el fiscal Juan Marcelo García de Zuñiga se ratificó en archivar la denuncia que pesa sobre el exministro Ferreira Brusquetti y Silveira González.
Te puede interesar: Nuevo ataque de sicarios deja un muerto y otro gravemente herido en la frontera
El juez Acevedo sostuvo que el fiscal no fundamentó el pedido de desestimación lo cual llama más la atención el requerimiento del Ministerio Público.
El pasado viernes 17 de octubre el juez penal de garantías Acevedo se opuso a desestimar la denuncia contra Ferreira y Silveira dejando en claro que el fiscal García de Zuñiga tenía 10 días para poder decidir si corresponde continuar con el presente caso o no, pero fue grande la sorpresa de que este lunes a primera hora el mencionado agente fiscal ya contestó ratificándose en la desestimación de la denuncia.
Antecedentes
De acuerdo a la denuncia, Ferreira Brusquetti, representante de la firma Wexford S.A, no cumplió con un acuerdo con el denunciante Everson Gomes Da Silva, en el que a raíz del incumplimiento se produjo un perjuicio millonario. Asimismo, el escrito sostiene que el denunciante cumplió con todos los puntos del acuerdo asumido, inclusive, desistiendo de acciones civiles que estaban en discusión.
Podes leer: Fiscalía investiga a un hombre que habría cometido un acto sexual ante niños en la calle
Dejanos tu comentario
Muerte de Lalo: juez se opone a desestimar denuncia y fiscal general tendrá la última palabra
El juez penal de garantía de Pedro Juan Caballero, Juan Martín Areco, imprimió trámite de oposición al pedido de desestimación que solicitaron los agentes fiscales Celso Morales, Christian Ortiz y Luis Said en relación a la investigación sobre la muerte del diputado Eulalio “Lalo” Gomes, ocurrida en la madrugada del 19 de agosto del año pasado, en un allanamiento fiscal.
Con la presente resolución judicial, será el fiscal general del Estado quien defina si dictamina a favor de la desestimación o recomienda al juzgado penal de garantía seguir con la presente investigación fiscal.
En su resolución, el magistrado Areco sostiene que “me mantengo en mi oposición, conforme a los fundamentos del A.I. N° 218 de fecha 13 de marzo del 2025, en consecuencia y de conformidad a lo que dispone el artículo 314 del Código Procesal Penal, párrafo segundo, que dice disponer la remisión nuevamente de las actuaciones al Ministerio Publico, para que el fiscal general del Estado peticione nuevamente o ratifique lo actuado por los fiscales inferiores, por los fundamentos expuestos en el considerando de la presente resolución”, según la determinación adoptada por el magistrado Areco.
Te puede interesar: Mafia de los pagarés: comunican desafuero de jueces de paz y admiten imputación
De acuerdo a los hechos, el fallecimiento del diputado se registró el pasado 19 de agosto del 2024, a las 3:00, durante un allanamiento encabezado por el Ministerio Público, acompañados por los agentes de la Policía Nacional y los asistentes fiscales.
De acuerdo al Ministerio Público se determinó que los intervinientes que estuvieron en el hecho son los agentes policiales Pablo Torales y Carlos García. Este último fue el que disparó los tiros mortales contra el legislador. Conforme con la conclusión de los fiscales, el hecho se produjo en defensa propia, ya que el diputado también había disparado contra los intervinientes, por lo que habría existido una causa de justificación.
Podes leer: Cámara eximió de prisión a abogado que abofeteó a funcionaria del INTN
Dejanos tu comentario
Juez se opone a blanquear a extitutlar de IPS y considera que podrían existir hechos punibles
El juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, se opuso a desestimar la denuncia por un supuesto perjuicio patrimonial de G 1,7 billones contra el Instituto de Previsión Social (IPS) durante la administración del expresidente del ente Vicente Bataglia. Los fiscales Jorge Arce, Luis Piñanez y Néstor Coronel habían alegado la atipicidad (falta de adecuación de la conducta al tipo penal) de los hechos.
De acuerdo a la determinación adoptada por el juez Otazú podrían existir elementos que constituirían hechos punibles de acción penal pública por lo que se remite las actuaciones a los fiscales intervinientes para que pueda proseguir la presente investigación.
El 31 de octubre pasado, los citados agentes fiscales solicitaron la desestimación de la denuncia formulada por la Contraloría que ha arrimado un informe al Ministerio Público sobre la posible existencia de los hechos punibles de lesión de confianza y estafa.
Te puede interesar: En Encarnación detienen a mujer por agredir a su expareja
Asesor jurídico IPS
Días atrás, el abogado José González Maldonado, director jurídico del IPS lamentó que la fiscalía haya pedido desestimar la denuncia contra el expresidente de la previsional. El mismo fue denunciado por la Contraloría General por un supuesto desfalco de más de un billón de guaraníes entre 2022 y 2023.
González Maldonado explicó que el IPS contrató un equipo auditor que puso a la luz hallazgos importantes que fueron puestos a conocimiento de los fiscales que investigan la causa. “Esas auditorías pusimos a disposición del Ministerio Público, pero que evidentemente no tuvieron en cuenta”, lamentó el abogado.
Agregó que es llamativo que una auditoría del máximo órgano contralor del Estado no haya sido considerada. El reporte final de Contraloría General “es cuanto mínimo un indicio de posible hecho punible”, recordó.
Por otro lado, el director jurídico explicó que el IPS lleva adelante en la actualidad una auditoría sobre numerosas inconsistencias, así como inexistencia de pruebas documentales en la administración de Vicente Bataglia. En ese sentido, recalcó que los agentes fiscales están obligados a tener en cuenta los elementos de cargo y descargo.