El exfiscal general del Estado, Javier Díaz Verón, y su esposa María Selva Morínigo enfrentarán juicio oral y público por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. Foto: Gentileza.
Confirman juicio oral y público para exfiscal general Javier Díaz Verón y su esposa
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La Cámara de Apelación conformada por los jueces Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández ratificó la elevación a juicio oral y público del proceso penal por enriquecimiento ilícito que enfrenta el exfiscal general del Estado, Francisco Díaz Verón, y su esposa María Selva Morínigo, acusada por lavado de dinero.
Ahora será un tribunal de sentencia el que tendrá que fijar la fecha para el desarrollo de la diligencia judicial para la pareja Díaz Verón-Morínigo. El 19 de agosto pasado, el juez Julián López resolvió elevar la presente causa a juicio oral.
La acusación del Ministerio Público señala que los hechos atribuidos al exfiscal general, en su calidad de funcionario público, consisten en la adquisición con posterioridad al inicio de su función de inmuebles, ganados, rodados e inversiones en empresas.
El fiscal Osmar Legal, en fecha 13 de agosto del 2019, presentó acusación contra Díaz Verón por enriquecimiento ilícito. Mismo pedido también se solicitó para Morínigo, esposa del extitular del Ministerio Público. La Fiscalía señala que cuenta con suficientes elementos para que el caso se pueda discutir en un juicio oral.
Díaz Verón guarda reclusión domiciliaria, estuvo varios meses con prisión preventiva en la Cárcel Militar de Viñas Cué y en Tacumbú. Mientras que su esposa María Selva Morínigo está procesada por lavado de dinero.
De acuerdo a la carpeta fiscal, entre el 2014 y el 2016, Díaz Verón acumuló una fortuna de G. 1.147.058.591 que no se justificaban con sus ingresos económicos. El exfiscal se expone hasta a 10 años de cárcel por el delito mencionado.
El Tribunal de Apelación ratificó la condena de 4 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y 3 años de pena privativa de libertad a la química farmacéutica Sandra Hermosa, condenadas por la muerte de Sol Chávez. Foto: Gentileza
Caso Sol Chávez: ratifican condenas de 4 y 3 años de cárcel a bioquímica y odontóloga
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El Tribunal de Apelación ratificó la condena de 4 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y a 3 años de pena privativa de libertad a la química farmacéutica Sandra Hermosa, enjuiciadas por el fallecimiento de la joven Sol Chávez, quien murió por intoxicación por flúor.
En el mes de mayo, en un tercer juicio oral y público, el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Francisco Ortiz, Rossana Maldonado y Lourdes Garcete, condenó a Espinoza y Hermosa.
El Ministerio Público pidió 5 años de cárcel y 10 años de prohibición de ejercer la profesión de odontóloga y bioquímica.
Los padres de Chávez se habían encadenado frente al Poder Judicial exigiendo Justicia por la muerte de su hija y la aplicación de penas más justas para las acusadas que ocasionaron el lamentable hecho.
Por su parte, la madre de la joven Sol Chávez sostuvo que “recibimos la noticia que el Tribunal de Apelación confirmó las condenas dictadas por un Tribunal de Sentencia contra las dos personas condenadas por el fallecimiento de mi hija”.
Corte ratificó condena de 10 años de cárcel para Rafael Esquivel, alias Mbururú
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La sala penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 10 años de cárcel para Rafael Esquivel, alias “Mbururú”, quien fue sentenciado por un caso de invasión a una propiedad en la ciudad de Itakyry, departamento de Alto Paraná, ocurrido en agosto del año 2022. La máxima instancia judicial declaró inadmisible la casación que planteó la defensa del condenado.
La defensa de Esquivel recurrió a la Corte tratando de dejar sin efecto las resoluciones de primera y segunda instancia en las que fue condenado a 10 años de pena privativa de libertad.
La ministra de la Corte, Carolina Llanes, mencionó que el recurso de casación exige cumplir estrictos requisitos de admisibilidad, pero la defensa del condenado no fundamentó de manera precisa cuáles fueron los errores jurídicos cometidos ni qué parte del fallo debía anularse, por lo que corresponde declarar inadmisible el recurso.
Mientras que los ministros Luis María Benítez Riera, así como Manuel Ramírez Candia, se adhirieron al voto de la ministra Llanes, quien concluyó que el recurso no cumplía con las exigencias mínimas de fundamentación.
De esta forma, se ratifica la condena de 10 años de cárcel para Esquivel. El expediente se encuentra caratulado como “Rafael Esquivel y otros s/ homicidio doloso y otros”, aunque en el caso particular del condenado la calificación legal confirmada fue por coacción grave y robo agravado.
Este lunes se dio inicio al juicio oral y público del senador Erico Galeano,acusado por lavado de dinero y asociación criminal en el marco de la causa A Ultranza Py. El pasado 19 de agosto, el tribunal de sentencia, integrado por Pablino Barreto, Inés Galarza y Juan Dávalos, pospuso para esta fecha la audiencia oral, debido a la asunción de los abogados Ricardo Estigarribia y Luis Almada como nuevos defensores del legislador.
Al inicio de la audiencia, el equipo de defensa de Galeano solicitó la nulidad de la acusación del Ministerio Público por falta de indagatoria. El Tribunal de Sentencia deberá estudiar este planteamiento, reportó el periodista de Nación Media, Aldo Insfrán, desde tribunales, durante el programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM.
En julio del 2024, el juez Osmar Legal resolvió elevar a juicio oral y público la acusación presentada por la Fiscalía en contra del senador Galeano. En este proceso, el inicio del juicio ya fue suspendido en tres ocasiones, siendo la última ocasión el pasado 19 de agosto.
En el marco de esta causa, los fiscales Deny Yoon Pak y Silvio Corbeta habían sostenido, al momento de presentar la acusación, que la vinculación de Galeano con Sebastián Marset y Miguel Insfrán, alias Tío Rico, no es casualidad como se pretendió instalar. De acuerdo a la investigación, el legislador recibió dinero y brindó logística para la planificación y el tráfico de cocaína, al poner su aeronave a disposición de la banda criminal.
La Corte confirmó la condena por lavado de dinero de 3 años y 6 meses de cárcel para Bruno da Costa Amaral (Der.) compartiendo con el presidente de la República, Mario Abdo Benítez. Foto: Archivo
Corte ratifica condena para acusado por incautación de billetes venezolanos
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La sala penal de la Corte ratificó la condena de 3 años y 6 meses de prisión para Bruno José Da Costa Amaral, quien fue encontrado culpable por lavado de dinero debido a la tenencia de billetes venezolanos que pretendían ser vendidos en el mercado negro. En febrero del año 2017 fueron encontradas más de 500 bolsas llenas de bolívares venezolanos de diversos valores en una residencia de la conocida familia Da Costa Amaral, de Salto del Guairá.
La defensa del condenado recurrió a la Corte buscando dejar sin efectos las sentencias de primera y segunda instancia.
La ministra Carolina Llanes sostuvo que el escrito de la defensa del condenado carece de la debida argumentación jurídica y de la exposición concreta de los agravios, tal como exige el artículo 478 del Código Procesal Penal.
En el mismo sentido votó el ministro Luis María Benítez Riera, quien se adhirió a la postura de Llanes, señalando que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación crítica y precisa, lo que lo tornaba inadmisible.
En disidencia, el ministro Ramírez Candia consideró que el recurso debía admitirse, pues la defensa había planteado cuestionamientos sobre la supuesta orfandad argumentativa de la sentencia, la violación del principio de congruencia y la valoración probatoria.
Finalmente, por mayoría de votos, la sala penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar el recurso y declarar inadmisible la casación, quedando firme la sentencia condenatoria dictada contra Da Costa Amaral en el marco de la investigación por presunto lavado de dinero.