El juez penal de Garantías Julián López le dio trámite de oposición al pedido de sobreseimiento definitivo a favor del médico Arturo Grau procesado por presunta coacción sexual y violación. El pedido para desvincular a Grau del caso fue solicitado por la agente fiscal Stella Mary Cano.
Ahora será la fiscalía General del Estado quien deberá decidir si corresponde el sobreseimiento definitivo del médico o rectifica el pedido y formula la acusación contra Arturo Grau. En caso de que se formule la acusación, se tendrá que fijar la audiencia preliminar donde se definirá si el proceso penal se eleva a juicio oral.
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El magistrado Julián López había otorgado el arresto domiciliario al citado médico con una fianza de G. 700 millones y otras restricciones más.
La agente fiscal Stella Mary Cano imputó a Grau por coacción sexual y violación tras la denuncia de una joven de 19 años de edad, quien acudió al consultorio para solicitar presupuesto para una operación, momento en el cual el hoy imputado empezó a acariciar las partes íntimas de su cuerpo para luego llevarla a la fuerza a otra habitación donde habría abusado de la mujer.
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Diputado Aguilera acusa a la oposición de doble discurso ante intervenciones municipales
La Cámara Baja aprobó este miércoles los pedidos de intervención a las municipalidades de Asunción y Ciudad del Este. Durante el debate, los legisladores de la oposición tuvieron diferentes criterios al momento de considerar si era necesaria o no la presencia de auditores en ambas comunas, lo cual fue calificado como un “festival de hipocresía” por parte del diputado Alejandro Aguilera.
“Ellos atacaban diciendo que el pedido de la Contraloría General de la República era inconstitucional, esa fue la defensa utilizada por la mayoría de los diputados de la oposición que hizo uso de palabra cuando se estaba tratando la intervención en Ciudad del Este, pero después de 10 minutos, cuando se tenía que votar lo de Asunción, ahí ya era constitucional y votaron todos por la intervención”, afirmó.
Aguilera manifestó que existe un doble discurso por parte de los opositores cuando se trata de realizar controles, dado que cuando se trata de fiscalizar la actuación de sus referentes, califican el hecho de persecución política o de inconstitucionalidad, no obstante, cuando el control está dirigido a un municipio liderado por un colorado, aplauden y celebran el hecho.
“Esa es la realidad y hoy quedó demostrada la hipocresía de la oposición, era una brillante oportunidad para que ellos, de los grandes discursos que dan cuando hablan de que son pro transparencia, lleven a los hechos, acompañando el pedido de intervención a Ciudad del Este, pero no lo hicieron, no hay argumento válido para ellos cuando se trata de un miembro de su equipo”, cuestionó ante la 1020 AM.
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Intervención
El Poder Ejecutivo debe designar a los interventores, tanto para Asunción como para Ciudad del Este. Una vez realizado el nombramiento, ambos equipos tienen un plazo de 60 días para realizar el proceso, con la posibilidad de pedir prórroga por única vez por un plazo de 30 más. Posteriormente, deberán presentar un informe a la Cámara de Diputados con los resultados de la intervención.
“Ahí tomaremos la decisión de si son destituidos o si son absueltos porque la Cámara de Diputados es la que tiene la palabra final. Por el momento, los intendentes están suspendidos en sus funciones, pero la municipalidad no para, los contribuyentes pueden seguir haciendo sus gestiones, el municipio va a seguir funcionando, solo que va a funcionar con un interventor a la cabeza que va a estar recabando datos de acuerdo a los indicios de hechos punibles señalados”, explicó.
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Juez citó a exsenador argentino para audiencia preliminar
El juez Humberto Otazú fijó para los días 24, 25 y 26 de junio la audiencia preliminar del exsenador argentino Edgardo Kueider y su secretaria Iara Guinsel, quienes están acusados de tentativa de contrabando por intentar introducir más de USD 200.000. La diligencia judicial se definirá si el presente proceso penal se eleva a un juicio oral y público.
El Ministerio Público presentó acusación contra el exparlamentario argentino y sostiene que el mismo con su secretaria intentaron ingresar al Paraguay la suma de USD 211.102, G. 640.000 y 3.900.000 pesos argentinos, sin declarar el dinero ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), a pesar de estar obligados a hacerlo por los montos que tenían en su poder.
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Acusación
De acuerdo con la investigación, la pareja transportaba montos de dinero sin realizar la declaración correspondiente ante la Dirección Nacional de Aduanas, lo que configura una infracción al régimen legal vigente. En el marco de la causa, también fueron retenidos documentos y se dispuso la verificación del vehículo y el análisis técnico de las evidencias colectadas.
La acusación fue acompañada de numerosas pruebas, entre ellas declaraciones de funcionarios intervinientes y actas administrativas de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios y la Gerencia General de Aduanas.
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Juez ordenó sobreseimiento definitivo de dos personas investigadas por amenaza y otros
El juez penal de Garantía de Pedro Juan Caballero, Édgar Gustavo Ramírez, a través de una resolución judicial ordenó el sobreseimiento definitivo de Mariela Rossani Arévalos Rodríguez y Carlos Alberto de Souza Cano, investigados en el marco de la causa caratulada como “Ministerio Público contra Victoriana Benítez de Ayala, Carlos Alberto de Souza Cano y Mariela Rossani Arévalos Rodríguez sobre amenazas de hechos punibles, asociación criminal y otros”.
Los abogados Juan Carlos Cabral y Néstor González, en representación de Arévalos y de Souza arrimaron la resolución judicial en la que se ordena la desvinculación total de sus representados en el caso mencionado más arriba.
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Ambos abogados señalan que “en relación a las noticias publicadas en septiembre de 2016, sobre la detención de Mariela Rossani Arévalos Rodríguez y Carlos Alberto de Souza Cano por supuestas amenazas, informamos que el proceso penal ha concluido con el sobreseimiento definitivo de los mismos, habiendo la autoridad judicial determinado que no existen elementos suficientes para demostrar su participación en los hechos investigados. Esta resolución confirma la inocencia de las personas involucradas”, señala el escrito.
Las dos personas con sobreseimiento definitivo fueron en su momento investigadas por supuestas amenazas a quien fuera presidente del Congreso Nacional, Roberto Acevedo, del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA).
El Ministerio Público investigó el hecho y no encontró ninguna vinculación de Arévalos Rodríguez y de Souza en el hecho, por lo que primeramente pidió el sobreseimiento provisional y luego se solicitó el sobreseimiento definitivo. El fiscal de aquel entonces, Pablo Zorrilla, estuvo de acuerdo con esta resolución.
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Juez decretó arresto domiciliario del empresario Luis Montanaro, imputado por estafa
El juez Penal de Garantía Yoan Paul López decretó el arresto domiciliario del empresario Luis Augusto Montanaro, presidente de Finco S.A., imputado por estafa de USD 200.000, cuya víctima es un inversionista austríaco. La resolución judicial se dio a conocer luego de la audiencia de imposición de medidas cautelares llevada a cabo en Palacio de Justicia.
Según la imputación del caso, el 14 de diciembre de 2023, Luis Montanaro, en su calidad de presidente de Finco S.A., habría suscrito un contrato de inversión y compraventa de acciones preferidas con el ciudadano austríaco Adolf Frohlich.
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En dicha inversión, Frohlich habría depositado a cuenta de Montanaro, a la fecha de la firma del contrato, unos 150.000 euros. El depósito habría sido confirmado en fecha 2 de enero de 2024 por el mismo Montanaro.
Posteriormente, en febrero de 2024, depositó otros 50.000 euros, totalizando 200.000 euros; de los cuales, 133.334 euros se aplicarían en concepto de inversión. Esta suma debía devengar intereses compensatorios a una tasa de 19 % anual a ser pagados de forma trimestral y cuyo capital aportado debía ser devuelto en un plazo de diez años en cuotas de G. 52.564.932.
Esta suma debía ser pagada hasta el 18 de enero de 2034, según la proforma de pago confeccionada por Finco S.A., estipulada en el Anexo I del Contrato de Compra-Venta de Acciones Preferidas. Sin embargo, no se habría efectuado ningún pago, ni se habrían transferido las acciones prometidas a Frohlich.
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