El Tribunal de Apelación destrabó el proceso penal que soporta Gerardo Stadecker acusado por el feminicidio de Sabryna Breuer al rechazar una chicana más. De esta forma se tiene vía libre para fijar una nueva audiencia preliminar donde se definirá si el acusado enfrentará un juicio oral y público.
Los camaristas Cristóbal Sánchez, José Waldir Servín y Agustín Lovera Cañete confirmaron la determinación adoptada por el juez Penal de Garantía, Mirko Valinotti, quien en su momento difirió el estudio de un incidente para cuando se realice la audiencia preliminar.
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Antecedentes
El Ministerio Público sostiene que cuenta con suficientes elementos que probarían la responsabilidad del acusado en el grave hecho. Asimismo, la querella adhesiva, representada por el abogado Rodrigo González Planás, en su momento había criticado las excesivas dilaciones en este proceso penal.
El fiscal Yoan Paul López fue quien presentó acusación contra Stadecker. El acta refiere que el hombre supuestamente le propinó un impacto fuerte y seco de puño con los nudillos en la zona del pecho, a la altura del corazón. Esto produjo en Sabryna Breuer un taponamiento cardiaco, que tarda algunos minutos en producir la muerte. La mujer fue encontrada sin signos vitales en su residencia ubicada en el barrio Mburucuyá de Asunción el 17 de diciembre del 2017.
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Corte rechazó acción de inconstitucionalidad de odontóloga, acusada por la muerte de Sol Chávez
La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó in limine la acción de inconstitucionalidad presentada por la odontóloga Lilia Graciela Espinoza de Rodríguez, quien debe enfrentar un nuevo juicio oral y público por la muerte de la joven Sol Chávez, ocurrida en abril del 2021.
La acción fue promovida contra una resolución del tribunal de apelación en lo penal, que había anulado el fallo de primera instancia donde un colegiado condenó a penas irrisorias a dos acusadas.
El próximo 30 de abril a las 12:00 se fijó el inicio del juicio oral y público para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la química farmacéutica Sandra Hermosa, acusada por el fallecimiento de la joven Sol Chávez (22) quien murió por intoxicación por flúor.
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Condena anulada
En diciembre del año pasado, el tribunal de Apelación, integrado por Delio Vera Navarro, Bibiana Benítez y José Agustín Fernández, anuló la leve condena de 2 años de cárcel para la odontóloga Lilia Graciela Espinoza y la bioquímica Sandra Hermosa, acusadas por el fallecimiento de la joven María Sol Chávez Franco, de 22 años, quien murió el 9 de abril de 2021.
Los jueces señalaron que la sentencia cuestionada “denota claras contradicciones y falta de fundamentación por parte del tribunal de Sentencia en relación con el artículo 65 del Código Penal en cuanto a los fundamentos esgrimidos para llegar a la decisión adoptada, habiendo incurrido la sentencia en vicios consistentes en una fundamentación insuficiente y contradictoria”.
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Postergan juicio por un caso de feminicidio en Puerto Triunfo
Este viernes estaba fijado el inicio del juicio oral por el feminicidio de Carmen Servián ocurrido el 4 de marzo de 2023 en el departamento de Itapúa, pero el Tribunal de Sentencia decidió postergar el juicio porque el fiscal de la causa no estaría disponible por una urgencia. La fecha prevista para dar inicio al juicio es el 20 de octubre del presente año, situación que indignó a los familiares de la víctima.
Esta mañana se debió dar inicio al juicio contra Antonio Villalba Armoa, de 35 años, que había asesinado a su pareja en la localidad de Puerto Triunfo, distrito de Natalio. Desde allí llegó la familia de la víctima tras viajar casi tres horas para enterarse de que el juicio fue postergado. Sus hijos y padres se mostraron muy consternados con este cambio, exigieron al Tribunal que dejen de favorecer al asesino.
“Nos avisaron que el fiscal titular está de vacaciones y que debía asumir el interino, pero tomaron la decisión de suspender el juicio. Hoy recién nos notificaron que se suspendió, nosotros llegamos hasta acá y nos avisaron. Queremos que esto se termine y que mi hermana Carmen pueda tener justicia”, detalló Noelia Servián, en entrevista con Rocío Gómez, corresponsal de Nación Media.
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Sobre el caso
Carmen decidió separarse de Antonio y este no aceptó la situación, por lo que decidió amenazarla a ella y toda su familia. Tras recibir las amenazas, la mujer decidió radicar la denuncia ante las autoridades y decidieron otorgar una medida de alejamiento contra el hombre, pero él violó esta y llegó hasta la casa de la señora Servián.
Luego de recibir la orden Antonio llegó a la casa y decidió acabar con la vida de Carmen, desenfundando un arma de fuego y disparando contra su humanidad frente a sus tres hijos. Tres de los proyectiles impactaron contra el cuerpo de la víctima y terminó falleciendo cinco días después en el Hospital Regional de Encarnación.
Los hijos de 15, 12 y 10 años quedaron bajo el cuidado de sus familiares maternos, especialmente sus abuelos. Los chicos siguen sufriendo las consecuencias psicológicas y emocionales de lo que vivieron, con ataques de ira, muchísimo miedo y una pena continua de haber perdido a su madre.
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Nuevo Liberalismo apela fallo del TSJE que impide avance de internas
El gobernador de Central, Ricardo Estigarribia, informó que su movimiento Nuevo Liberalismo apeló la decisión del Tribunal Electoral de la capital y Central, primera sala, que suspende el adelantamiento de las elecciones internas partidarias del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) para el 17 de agosto.
“Nosotros apelamos, existen muchos antecedentes y jurisprudencia consistentes en que varios partidos políticos hicieron sus elecciones internas el pasado año mediante las papeletas. Nosotros planteamos hacer lo mismo, pero lastimosamente la Justicia Electoral sacó una medida cautelar y trancó todo el proceso”, indicó a la 1020 AM.
Estigarribia sostuvo que la medida cautelar surgió exclusivamente ante la imposibilidad del TSJE de proveer las máquinas de votación y no por el hecho de que hayan violado las leyes electorales, al decidir mediante una convención extraordinaria el desdoblamiento de los comicios internos de las elecciones municipales previstas para el 2026.
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“El PLRA es un partido grande con autonomía, pero nosotros como movimiento, iremos el próximo año a unas elecciones si es esto lo que desean. Las elecciones queríamos realizar para organizar al partido que está muy golpeado después de las últimas elecciones”, afirmó.
Antecedentes
La medida cautelar fue firmada por los jueces Lorena Rojas, Modesto Núñez y Hugo Alberto Oxilia Vera. En el documento se aclara que las medidas cautelares estarán vigentes “ínterin se sustancie la presente acción”, es decir, hasta que el conflicto sea resuelto en una instancia superior.
De esta forma, los jueces electorales hacen lugar a la solicitud de medida cautelar que prohíbe innovar en los cargos de miembros del directorio a nivel nacional, miembros de directorios departamentales, presidentes y miembros de comités, así como convencionales.
La decisión de desdoblar los comicios internos del PLRA de las elecciones municipales previstas para el 2026, fue tomada a través de una convención extraordinaria impulsada el 6 de octubre del 2024 por los sectores internos disidentes liderados principalmente por el movimiento Nuevo Liberalismo.
En la ocasión también se resolvió la reforma del estatuto del PLRA donde se exige que el titular de la agrupación opositora renuncie 6 meses antes si desea postularse para el cargo de presidente de la República.
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Fiscalía apeló absolución de docente acusado por acoso sexual
El fiscal Rodrigo Vázquez apeló la absolución de culpa y pena del docente de Villarrica que fue acusado por acoso sexual, cuya víctima es una niña de tan solo 11 años de edad, alumna del procesado. Ahora será un tribunal de apelación el que deberá estudiar si corresponde que el profesor vuelva a ser juzgado por otro tribunal de sentencia.
Con la apelación, el representante del Ministerio Público quiere que se anule la absolución del docente y por ende que sea otro colegiado quien vuelva a realizar el juicio oral y público atendiendo a que se tiene varios elementos probatorios para poder llegar a una condena.
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De acuerdo a los antecedentes de la causa, desde el mes de mayo hasta el mes de agosto del 2022, utilizando la mensajería instantánea (WhatsApp), el docente enviaba mensajes de texto y audios a la menor de 11 años.
Es importante señalar que un tribunal de sentencia de la ciudad de Villarrica, integrado por los jueces Julio Alfonso, Víctor Ortigoza y Juan Ruiz Díaz, absolvió de culpa y pena al docente Juan Insaurralde, de 56 años, quien fue acusado por supuesto acoso sexual a una alumna de 11 años en el año 2022. La menor cursaba el sexto grado en una institución pública de la ciudad cuando ocurrieron los hechos.
La absolución del docente generó repercusión tras la difusión de mensajes de texto enviados por el docente fuera del horario escolar, en los que se dirigía a la niña con frases como “estás linda”, “mi amor”, “eres mi princesa” e incluso, según versiones, manifestaciones más explícitas como “quiero besar tus pies” o “quiero sentir tu cuerpo”. Sin embargo, el tribunal sostuvo que estos mensajes no fueron incorporados en la acusación presentada por el fiscal Rodrigo Vázquez.