El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) blanqueó al juez de Sentencia de la Capital, Fabián Weinsense, quien fue denunciado por la propia Corte Suprema de Justicia por autoasignarse del depositario judicial un lujoso vehículo que estaba dentro de un proceso por narcotráfico. El hecho irregular fue constatado mediante una auditoría.
Los integrantes del JEM que posibilitaron que el caso quede impune son: Jorge Bogarín, Fernando Silva Facetti, David Rivas y Eusebio Alvarenga, quienes votaron por el rechazo del enjuiciamiento y el archivamiento de la investigación. Sin dudas, este tipo de resoluciones del órgano juzgador de jueces llama la atención en vista de que la propia máxima instancia judicial fue la que denunció el grave hecho.
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Por su parte, los demás miembros –Gladys Bareiro de Módica, Manuel Ramírez Candia, Enrique Bacchetta y Mónica Seifart– votaron por el enjuiciamiento del magistrado judicial. El caso fue al archivo debido a que la ley especial del JEM establece que si no se llega a los cinco votos para el enjuiciamiento, la denuncia queda rechazada.
La investigación de un medio de comunicación que motivó la intervención de la máxima instancia judicial revela que el juez Weinsensee emplazó en fecha 5 de junio del 2018 a la Senad para que entregue la camioneta y no pasó 24 horas para que el propio magistrado se presente en el Poder Judicial con la lujosa camioneta de la marca Toyota Hilux.
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Segunda imputación contra Miguel Prieto se tramitará en juzgado de Asunción
El juez de Delitos Económicos Humberto Otazú rechazó el incidente de excepción de incompetencia de la territorialidad presentada por las defensas de los imputados por lesión de confianza Miguel Prieto, Higinio Acuña, Richard Ayala Avalos, Maggi Fariña Almada, Nelson Segovia, Francisco Arrúa Álvarez, procesados por un supuesto perjuicio a la comuna esteña de G. 306 millones.
Con la resolución del citado magistrado, el proceso penal de Prieto y otros se tramitará en Asunción. Ahora la defensa de los procesados tiene la posibilidad de apelar el fallo judicial y en caso de ser así, un tribunal de apelación definirá si corresponde que el caso se siga tramitando en un juzgado de la capital.
Otazú sostuvo que existe una ley que establece que el juzgado a su cargo tiene competencia en toda la República, por lo que no corresponde el planteamiento formulado por la defensa de los imputados.
En el caso están igualmente imputados por lesión de confianza, Buena Ventura Morínigo, Emili Vanessa Florentín Páez, Robert Osmar Florentín Silvero, Richard Ayala Avalos, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Sebastián Martínez Insfrán, Alex Samhat, Sabino Peralta Martínez, Higinio Ramón Acuña, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez y Nelson Alexis Segovia Acevedo.
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Los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdez, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, presentaron la imputación contra Prieto y demás personas. Los mencionados fiscales imputaron al intendente por supuesta lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal. Los representantes del Ministerio Público sostienen que existe un perjuicio de G. 300 millones en perjuicio a la comuna esteña.
De acuerdo al acta de imputación, Prieto habría encabezado un esquema criminal, creado para supuestamente desviar recursos a través de licitaciones públicas, cuyas contrataciones estarían direccionadas a empresas afines.
Según el Ministerio Público, el intendente siendo ordenador de gastos de la municipalidad, entre marzo y junio del 2020 habría convocado y promovido la licitación para adquirir por vía de la excepción, insumos para panificados que irían destinados a familias de escasos recursos durante la pandemia por el covid-19.
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Reiteran captura internacional contra Rodrigo Granda por secuestro de Cecilia Cubas
El juez Mirko Valinotti dispuso reiterar la orden de captura internacional con fines de extradición de Rodrigo Granda, considerado como el canciller del grupo guerrillero FARC y quien brindó apoyo a integrantes del Partido Patria Libre para el plagio y asesinato de Cecilia Cubas, hija del expresidente Raúl Cubas hecho ocurrido en el 2004-2005.
El oficio a la Comandancia de la Policía Nacional, como también a la OCN (Oficinas Centrales Nacionales) Interpol Asunción, con el correspondiente código rojo. Con la remisión del oficio a la dependencia policial se da retorno a lo planteado por los abogados querellantes Andrés Casati y Gessy Ruiz Díaz.
Granda, quien maneja varios alias a fin de eludir a los investigadores, soporta proceso en nuestro país por secuestro, homicidio doloso y asociación criminal. En caso de ser detenido en otro país que no sea Colombia, el excanciller de las FARC tendrá que ser extraditado a nuestro país para enfrentar los delitos que el Ministerio Público imputó en su momento.
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La orden de captura internacional con fines de extradición se firmó el 27 de marzo del 2008 y desde aquel entonces se viene reiterando en numerosas oportunidades pero hasta la fecha no se ha podido ejecutar dicha orden judicial de nuestro país.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público, Osmar Martínez, uno de los fundadores del Partido Patria Libre, con Juan Arrom y Anuncio Martí realizaron una visita a Venezuela donde se reunieron con Granda y otros miembros de las FARC, lugar desde donde se inició a la estrategia para secuestrar y asesinar a Cecilia Cubas.
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Un fastidiado Trump dice que “tiene mejores cosas que hacer” en lugar de estar en su juicio
Sus gestos, su actitud y sus declaraciones lo dejan claro: Donald Trump daría lo que fuera por estar en otro sitio y no en una sala de un tribunal de Nueva York que le impide hace campaña electoral.
En traje y camisa azul, con corbata de rayas del mismo color y su semblante tenso, se volvió a instalar este martes en su silla, detrás de una mesa de madera, por segundo día consecutivo de su juicio penal, el primero a un expresidente en la historia de Estados Unidos.
Tras unos breves intercambios con sus abogados, solo parecen sacarle de su ensimismamiento los objetivos de los fotógrafos que han podido acceder a la sala al inicio de la audiencia.
“Debería estar ahora mismo en Pensilvania, en Florida, en muchos otros estados, en Carolina del Norte, en Georgia haciendo campaña”, dijo Trump a la prensa al llegar al tribunal, denunciando una vez más un “juicio que nunca debería haber existido”.
La víspera, reprochó al juez de origen colombiano Juan Merchan, que le ha obligado a asistir a todas las audiencias (cuatro días por semana), que no le hubiera permitido asistir a la entrega de diplomas de su hijo o seguir una audiencia que le afecta en el Tribunal Supremo de Estados Unidos la próxima semana.
El expresidente republicano está acusado de ocultar un pago de 130.000 dólares a la exactriz de cine porno Stormy Daniels, para comprar su silencio por una supuesta relación con el fin de que no interfiriera en la recta final de la campaña electoral que ganó frente a la candidata demócrata Hillary Clinton en 2016.
Elección del jurado
En esta jornada dedicada exclusivamente a seleccionar al jurado de 12 personas y seis suplentes, que decidirán su suerte, Donald Trump, reducido al silencio, suele mirar hacia las sillas del jurado a su derecha para escrutarlos uno a uno.
No manifiesta ninguna emoción particular y a veces incluso parece aburrirse, incluso hasta dormitar, ante el desfile repetitivo de ciudadanos anónimos que representan la diversidad de la sociedad neoyorquina y que se han visto lanzados por un sorteo caprichoso a esta vorágine judicial.
Cada uno responde en alta voz al largo cuestionario sobre su situación profesional, familiar, sus aficiones, sus fuentes de información o sus simpatías o antipatías con el acusado.
Tras un momento de una actitud esencialmente pasiva, Donald Trump parece interesarse más activamente en las respuestas de los potenciales jurados, ojeando una copia del cuestionario.
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El magnate del sector inmobiliario parece animarse cuando un candidato a jurado responde positivamente a la pregunta “¿Ha leído alguno de los libros escritos por el acusado?”, Sí, “El arte de negociar”, responde, lo que suscita una sonrisa y una inclinación de cabeza aprobadora de Trump.
Fuente: AFP
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Proceso penal por lavado de dinero de Erico Galeano seguirá su curso ordinario, resolvió el juez
El juez Osmar Legal decidió que el proceso penal por lavado de dinero que enfrenta el senador Erico Galeano siga su curso procesal normal.
Fue al rechazar el incidente de excepción de falta de acción presentado por la defensa del citado parlamentario que pretendía que el caso se paralice debido a que Galeano cuenta con fueros parlamentarios.
Ahora la defensa del legislador tiene la posibilidad de apelar el presente fallo judicial y en caso de ser así será un tribunal de apelación el que tendrá que definir si confirma la determinación adoptada en primera instancia.
Legal argumentó su resolución señalando que “El estudio del desafuero se produce en un único momento, antes del inicio de la causa, dado que es el acto que levanta la inmunidad de proceso, para que el mismo pueda tener inicio.
Una vez producido el desafuero e iniciado el proceso, no cabe un ulterior estudio de la inmunidad parlamentaria para ese mismo proceso, que ya ha iniciado respecto del parlamentario”.
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También sostiene que “En esta tesitura, el nuevo requerimiento realizado por el Ministerio Público en el juzgado en fecha 4 de julio de 2023 a la Honorable Cámara de Senadores, y la correspondiente resolución N° 48 de fecha 20 de julio de 2023 que hace lugar al desafuero del senador de la Nación Erico Galeano Segovia, tampoco tienen relevancia en el proceso dado que, se reitera, el proceso ya se dio por iniciado y tal decisión ha pasado en autoridad de cosa juzgada, y operada la preclusión procesal”.
Igualmente menciona el juez Legal que “La resolución que restituye los fueros al hoy senador Erico Galeano Segovia no tiene incidencia alguna en el presente proceso: en primer lugar, dado que en la misma no se dispone la suspensión de la causa, en segundo lugar, atendiendo que como ya se apuntara precedentemente, el desafuero es requerido únicamente para que el proceso pueda tener inicio, con lo cual una vez otorgado, el mismo debe proseguir hasta su culminación y, por último, la resolución que se pretende hacer valer en la presente causa es la que deroga la resolución N° 48 de fecha 20 de julio de 2023, dictada por la Honorable Cámara de Senadores con posterioridad al inicio del proceso penal”, señala la resolución del magistrado.
Del mismo modo refiere el fallo que “esta magistratura concluye la improcedencia de la excepción de falta de acción, atendiendo que la inmunidad de proceso no implica exención de responsabilidad penal ante la supuesta comisión de un hecho punible por parte de un parlamentario y, respecto de la Resolución Nº 502 de fecha 4 de abril de 2023, dictada por la Honorable Cámara de Senadores, que la misma no tiene incidencia alguna en el presente proceso, atendiendo que el mismo ya ha iniciado y dicha etapa se encuentra preclusa.
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