La jueza penal de Garantías Clara Ruiz Díaz fijó para el próximo 15 de octubre, a las 08:00, la audiencia preliminar para el excomandante de la Policía Francisco Alvarenga, su esposa Mirta Rotela y su hijo Francisco Alvarenga Rotela, acusados por el delito de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.
En la referida diligencia judicial se conocerá si el exalto jefe policial y toda su familia enfrentarán un juicio oral y público así como solicitó el Ministerio Público.
En el presente proceso la imputación fue porque el exalto jefe policial adquirió cuatro inmuebles en el 2014, cuando se desempeñaba como comandante de la Policía Nacional. Según la imputación, la adquisición de los bienes no condice con lo percibido por el extitular de la Policía Nacional. También se acusó a la esposa de Alvarenga por la compra de inmuebles que tampoco pudo justificar con sus ingresos. Con respecto al hijo de la pareja, el proceso es por supuesto lavado de dinero.
Condena
El excomandante de la Policía Nacional Francisco Alvarenga fue condenado a cuatro años de prisión por el negociado de desvío de combustible que era asignado a la institución. En el juicio se probó que se produjeron documentos no auténticos para solicitar las tarjetas de provisión de combustible que ocasionaron más de G. 1.159 millones de daño patrimonial a la Policía Nacional. En total tenían 186 tarjetas, conforme se probó.
Podes leer: Fiscal imputó a guardiacárcel que intentó meter drogas a la cárcel de CDE
Dejanos tu comentario
Realizan requisa preventiva en el penal de Minga Guazú por presencia de drones sospechosos
El Ministerio de Justicia dispuso que se realice una requisa preventiva en el penal de Minga Guazú, atendiendo que fueron vistos drones sobrevolando en el sector del pabellón 7, donde se encuentran recluidos presos de alta peligrosidad, según informaron desde la institución.
La intervención se realizó anoche de manera específica en la planta alta y baja del módulo 7 del centro penitenciario, con acompañamiento de agentes de la Policía Nacional y personal penitenciario.
En dicho sector se encuentran más de 100 personas privadas de libertad, muchos considerados delincuentes de alto perfil por las autoridades de seguridad.
El operativo estuvo a cargo del comisario principal Jorge Cardozo y contó con participación de la subjefa de la Comisaría 8ª, Deolinda Galeano. Participaron agentes de varias comisarías, efectivos del GEO, grupo Lince y Agrupación Motorizada.
El procedimiento se realizó tras el avistamiento de drones no autorizados en inmediaciones del área correspondiente al módulo 7. El sobrevuelo duró aproximadamente 25 minutos de acuerdo con datos oficiales.
Ante la situación irregular detectada por el personal de guardia, se comunicó el hecho y se procedió a intervenir preventivamente el sector conforme a los protocolos de seguridad establecidos. De momento, no se tienen pistas ni datos acerca de los propietarios de los drones ni del motivo de la presencia de los aparatos en los alrededores, pero las autoridades investigan el caso.
La requisa se desarrolló bajo estrictos protocolos de seguridad y durante el procedimiento no se hallaron objetos irregulares ni elementos prohibidos. Una vez finalizada la inspección, una patrullera policial quedó apostada en el lugar como medida de seguridad.
De esta manera, el Ministerio de Justicia continúa fortaleciendo los sistemas de control y prevención dentro del establecimiento penitenciario de Minga Guazú.
Leé más: Un día cálido, pero con lluvias, anuncia Meteorología
Dejanos tu comentario
Ministro de la Corte cuestiona a fiscal por larga espera a jueza imputada
El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos, cuestionó durante la sesión plenaria de la máxima instancia judicial al fiscal Leonardi Guerrero por hacer esperar durante varias horas a la jueza de Liquidación y Sentencia de Pedro Juan Caballero, Librada Peralta, imputada por usar documentos falsos para sumar puntos y obtener ventaja en un concurso ante el Consejo de la Magistratura.
Ríos criticó al citado agente fiscal debido a que la magistrada estuvo en la unidad fiscal a cargo de Guerrero por varias horas para que la atendiera sobre el proceso penal que enfrenta, pero el fiscal no la recibió.
Asimismo, los ministros Manuel Ramírez Candia y Gustavo Santander se sumaron a la crítica de Ríos y señalaron que este tipo de actuaciones por parte de los fiscales deben ser tenidas en cuenta al momento de que la Corte estudie su confirmación o no en el cargo.
Te puede interesar: Buscan a agente Lince cuya moto fue hallada en el puente Remanso
Ríos refirió que a más de una semana de haber presentado la imputación, Guerrero no se “digna” a presentar la carpeta fiscal y la imputación a la magistrada, quien se enteró de su proceso penal a través de los medios de comunicación.
“La pregunta es, ¿con qué estándar se manejan algunos fiscales?, ¿primero comunican a los medios de comunicación la imputación y después, cuando se les antoja, comunican a la persona afectada?”, se preguntó Ríos. Agregó que el fiscal hizo esperar a la jueza desde las 8:00 hasta las 15:00 y no la recibió.
El ministro cuestionó el trato que recibió la magistrada y dijo que si algunos fiscales tratan así a una jueza, uno “se imagina” cómo será el trato a los ciudadanos “comunes y corrientes”. Apuntó directamente al fiscal Leonardi Guerrero y refirió que “ni Federico el Grande se creyó tanto”.
Además, el ministro se dirigió al fiscal general del Estado, Emiliano Rolón, recordando que la Corte Suprema de Justicia siempre lo recibe a él y a los fiscales, por lo cual pidió que haya un trato de reciprocidad hacia los que integran el Poder Judicial.
Podes leer: Suspenden juicio oral por abuso sexual en niños tras cambio de defensa
Dejanos tu comentario
Presentan acusación ante el JEM contra jueza de Encarnación por mal desempeño en sus funciones
El presidente de la Asociación de Rematadores del Paraguay, Atilio Estigarribia, presentó una acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por mal desempeño en sus funciones contra la jueza en lo Civil y Comercial de Encarnación, Rossana Aurora Verón, por anular sin fundamento un remate judicial llevado a cabo en noviembre de 2025. El caso corresponde al expediente caratulado: “Ejecución de sentencia promovida por Gladys Bianchetto en los autos Waldimiro Moskalik sobre sucesión”.
El denunciante solicita a los integrantes del Jurado que se inicie el enjuiciamiento y se ordene la suspensión en sus funciones de la cuestionada magistrada. Ahora, el JEM deberá estudiar si corresponde iniciar la investigación y dar curso al pedido.
La acusación señala: “En el expediente judicial referido fui designado como rematador público a los efectos de llevar adelante la subasta de derechos y acciones hereditarios pertenecientes al señor Miguel Moskalik Duarte. Procedí a la publicación de los edictos correspondientes, dejándose expresa constancia en los mismos de que el comprador debía abonar el importe íntegro de su compra conforme al régimen legal vigente”.
Refiere que “en fecha 5 de noviembre de 2025, en el horario fijado judicialmente, se llevó adelante el acto público de subasta con todas las formalidades legales correspondientes y bajo las facultades conferidas por las leyes procesales vigentes. Al acto concurrió la ejecutante, la abogada Gladys Noemí Bianchetto Sandoval, y Yeniel Iglesias Romero, desarrollándose normalmente la puja entre los postores presentes”.
Te puede interesar: Conductor de plataforma: jueza cambió calificación de homicidio doloso a culposo
Indica igualmente que, luego de diversas posturas, la ejecutante resultó inicialmente adjudicataria, por lo que debía proceder al pago íntegro y al contado del precio ofertado. Sin embargo, ella manifestó no poseer la totalidad del dinero necesario para perfeccionar la compra e intentó completar el pago mediante transferencias parciales y pagos fragmentados, inclusive provenientes de terceros, sin llegar a integrar el monto total.
Ante dicho incumplimiento, y luego de aguardarse un tiempo prudencial conforme a las facultades del rematador, se procedió a reanudar la subasta. Resultó finalmente adjudicatario el señor Yeniel Iglesias Romero por la suma de G. 20 millones, por constituir la mejor postura existente en ese momento.
La acusación expresa que, llamativamente, la magistrada dictó el A.I. N° 268 de fecha 22 de mayo de 2026, resolviendo hacer lugar al incidente de nulidad y declarar nulo el remate. El denunciante califica la conducta de la jueza como “manifiestamente arbitraria” y apartada de las constancias objetivas del expediente, incurriendo en una valoración parcial, antojadiza e infundada de los hechos.
Sostiene que la jueza prescindió del análisis integral de las disposiciones del Código Procesal Civil que regulan los remates, especialmente en lo relativo al pago al contado y a las consecuencias del incumplimiento del adjudicatario inicial, extremo que fue reconocido en los autos por la propia incidentista.
También refiere que la resolución cuestionada atribuye irregularidades graves al rematador sin que exista prueba concluyente, suficiente ni objetiva de una conducta dolosa o fraudulenta. Afirma que la jueza arribó a conclusiones sustentadas únicamente en apreciaciones subjetivas.
Estigarribia recuerda que, conforme al artículo 487 del Código Procesal Civil, el rematador judicial es el único responsable de recibir el dinero proveniente de la compra, la seña o las sumas entregadas por los postores, para luego depositarlo en la cuenta judicial correspondiente. Por ello, critica que la jueza considerara la recepción del dinero por parte del rematador como una irregularidad invalidante.
Finalmente, el escrito menciona que esta actuación no es un hecho aislado, sino que la magistrada ya cuenta con cuestionamientos previos por desconocimiento e incorrecta aplicación de normas legales.
La acusación alega la transgresión del artículo 168 del Código de Organización Judicial; los artículos 476, 484, 485, 487 y 492 del Código Procesal Civil; el artículo 558 del Código Civil; y el artículo 3 del Código de Organización Judicial.
Podes leer: Feminicidio de María Fernanda: sospechoso podría quedar libre antes del juicio oral
Dejanos tu comentario
Justicia falla a favor de un peluquero que estuvo preso de forma ilegal durante 644 días
La jueza civil y comercial de Asunción, Rossana Frutos, resolvió que la Justicia debe pagar una indemnización de G. 221.807.288 más intereses a Marcelo Manuel Romero, un peluquero que estuvo privado de libertad por 22 meses por un proceso penal en el que luego fue desvinculado.
Según los antecedentes, Romero fue imputado, acusado y enviado a juicio oral pese a que el hecho investigado ocurrió cuando se encontraba fuera del país. Posteriormente, el Ministerio Público retiró la acusación al inicio del juicio oral y el hombre fue sobreseído definitivamente.
La magistrada concluyó que, aunque la prisión preventiva fue dictada dentro de un proceso formalmente regular, el resultado final del caso evidenció la existencia de un error judicial que generó daños indemnizables. El fallo tuvo por acreditado que Romero estuvo privado de libertad durante 644 días, circunstancia considerada como el hecho dañoso principal.
En concepto de lucro cesante, el juzgado fijó una indemnización de G. 71.807.288. Si bien el afectado no logró demostrar plenamente sus ingresos, la jueza aplicó criterios legales para determinar el monto correspondiente al perjuicio patrimonial sufrido.
En relación al daño moral, la resolución consideró probado el perjuicio emocional a partir de las circunstancias del caso y de un informe psiquiátrico que diagnosticó estrés postraumático. Por ello, se estableció una reparación adicional de G. 150.000.000.
La sentencia dispone que el pago deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a que la resolución quede firme. Además, se ordenó el pago de intereses desde la notificación de la demanda, calculados conforme a la tasa promedio vigente más un 2,5 % mensual, lo que podría elevar considerablemente el monto final de la indemnización.
Podes leer: Condenan a 3 años de cárcel al abogado Diego Lanzac por sextorsión