El Tribunal de Apelación en lo penal, integrado por los jueces Arnulfo Arias, José Agustín Fernández y Gustavo Auadre, destrabó el proceso penal que soportan el ex senador Óscar González Daher, el ex secretario del Jurado de Enjuiciamiento Raúl Fernández Lippmann, el ex senador Jorge Oviedo Matto y otros procesados al hacer lugar la impugnación del juez de sentencia Víctor Medina, quien no estuvo de acuerdo con la inhibición de sus colegas Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro, María Fernanda García, Elsa García y Olga Ruiz.
Con la resolución de los camaristas se tiene vía libre para poder conformar el Tribunal de Sentencia que tendrá a su cargo juzgar a los procesados en el presente caso. Una vez que se integre el colegiado, se tendrá que fijar la nueva fecha de juicio oral y público.
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La jueza Cynthia Lovera fue la que elevó a juicio oral y público el proceso penal relacionado a los audios del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. La fiscala del caso Natalia Fuster había manifestado durante la audiencia preliminar que si bien el caso se inició por los audios filtrados, la acusación se hizo mediante la investigación de cruces de llamadas, informes recabados del Jurado e inspectorías realizadas del Poder Judicial y no se utilizaron los audios como evidencia.
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Bajo la lupa del JEM: acusan a la jueza Cameron por otorgar medidas cautelares irregulares
La jueza Mafalda María Cameron Luque fue acusada ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por presunto mal desempeño de sus funciones.
La acusación se relaciona con supuestas irregularidades en la firma y ejecución de medidas cautelares dictadas en el marco de un litigio societario entre las empresas Cargo Line y Cimportex, cuyos representantes legales son los empresarios Juan José Zapag y María Arlette Zapag.
Los acusadores solicitaron al JEM el enjuiciamiento y la suspensión en sus funciones.
La acusación se fundamenta en el artículo 14, incisos b y g, de la Ley N.º 6814/21, que contempla el incumplimiento grave de obligaciones legales y constitucionales, así como la manifiesta parcialidad o ignorancia del derecho.
Según el escrito, la magistrada Cameron Luque concedió una medida cautelar que excedía lo solicitado por la parte actora Blas y Nora Zapag, socios de las firmas mencionadas más arriba, sin la debida fundamentación y con vulneraciones de las normas civiles y procesales relativas a la administración de sociedades, la designación de autoridades y la intervención judicial.
Entre los cuestionamientos figura la rapidez con la que se tramitó la medida cautelar. De acuerdo con la acusación, transcurrieron apenas 26 minutos y 41 segundos entre la presentación de la demanda, registrada a las 8:49:01, y la emisión del Auto Interlocutorio N.º 1.392, a las 9:15:42. También se señala que los mandamientos y oficios para ejecutar las medidas fueron firmados a las 9:35, pese a que, según los acusadores, todavía no se había completado la contracautela ofrecida para respaldarlas.
Otro de los puntos cuestionados es el procedimiento realizado en la sede de Cargo Line, donde, según la acusación, habría participado un abogado ajeno al expediente judicial civil, identificado como Fernando Marecos quien fue imputado luego por la Fiscalía por coacción y usurpación de funciones públicas atendiendo a que se tomó atribuciones que no tenia facultad para hacerlo y a su vez coaccionó a un alto funcionario de la mencionada empresa.
Asimismo, los denunciantes objetan que los libros contables y societarios secuestrados fueron entregados en custodia judicial al propio demandante Blas y Nora Zapag, en lugar de quedar bajo responsabilidad del interventor designado por la jueza Cameron.
También la acusación sostiene que la jueza acusada por mal desempeño habría otorgado a una de las partes la calidad de “Directora Titular” sin que ello fuera solicitado en la demanda y en contradicción con los estatutos.
Además, cuestiona que la magistrada declarara inaplicable el régimen legal de sustitución de síndicos previsto en el artículo 1.121 del Código Civil, atribuyendo a esa decisión una invasión de competencias de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, la acusación sostiene que las medidas adoptadas por la jueza Cameron Luque habrían sido desproporcionadas e incluido allanamientos y secuestros de documentos en domicilios particulares de terceros, sin garantías suficientes.
Ante estos hechos, los denunciantes solicitaron al JEM que inicie el enjuiciamiento de la magistrada y, considerando los indicios de presunto mal desempeño de sus funciones, requiera a la Corte Suprema de Justicia su suspensión mientras dure la investigación.
Ahora, los integrantes del JEM deberán estudiar la acusación presentada contra la jueza Cameron Luque y definir si corresponde enjuiciar y solicitar a la máxima instancia judicial la suspensión de sus funciones de la magistrada acusada.
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JEM enjuicia y pide al pleno de la Corte suspender a juez por presunta coima
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), inició de oficio el enjuiciamiento contra el juez en lo Civil y Comercial de Santa Rosa del Aguaray, Nelson Mercado, y solicitó a la Corte Suprema de Justicia su inmediata suspensión en funciones. Según chats filtrados, el magistrado habría solicitado USD 30.000 en concepto de coima, en presunta complicidad con la abogada Ilsa Paredes.
El órgano juzgador tomó conocimiento del caso tras publicaciones periodísticas que revelaron conversaciones entre Mercado y Paredes, en las que presuntamente negociaban el cobro de dinero a cambio de favores en varias causas. Los mensajes fueron obtenidos mediante una extracción de datos del teléfono de la abogada, quien actualmente está acusada por una estafa de USD 1.600.000 cuyas víctimas son colonos menonitas del departamento de San Pedro.
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En una de las conversaciones, la abogada le habría respondido al juez que ya le entregaron un cheque de USD 15.000, mientras que en otros chats mencionaba que el cliente “a toda costa quiere hacerte la entrega”. Mercado habría respondido: “Dale, voy, ¿no hay cámara o qué, por ahí?”.
El ministro de la Corte y miembro del JEM, Manuel Ramírez Candia, calificó el caso como “muy grave” y señaló que los elementos son suficientes para sostener una sospecha razonable sobre la existencia del hecho punible de cohecho pasivo agravado. Por ello, propuso abrir el enjuiciamiento por la causal de supuesta comisión de hechos punibles.
Cabe destacar que la remoción definitiva del juez Civil queda suspendida hasta que exista una sentencia firme en el fuero penal. Actualmente, según lo expuesto ante el JEM, ni siquiera existe una imputación formal contra el magistrado por parte de la Fiscalía, una omisión considerada grave, por lo que el Ministerio Público debe iniciar la investigación penal correspondiente. El presunto contubernio cobró relevancia debido a que Mercado tenía a su cargo la regulación de honorarios de Paredes en el marco de un juicio sucesorio; sin embargo, en los chats donde se pactaban los montos no se hacía referencia a un expediente específico.
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Piden de 4 a 12 años de cárcel para equipo médico que atendió a Maradona antes de morir
La fiscalía pidió este jueves entre cuatro y 12 años de prisión para la mayoría de los integrantes del equipo médico que asistió al astro del fútbol Diego Maradona en una internación domiciliaria previa a su muerte en 2020 en Argentina.
El fiscal Patricio Ferrari solicitó penas de 12 años de prisión para el médico personal de Maradona, Leopoldo Luque; 10 para la coordinadora de la empresa de medicina privada, Nancy Forlini; y ocho para su psiquiatra, Agustina Cosachov. Además, pidió 10 años de inhabilitación profesional para ellos.
Los tres fueron acusados de homicidio con dolo eventual, una figura que implica que eran conscientes de que sus acciones u omisiones podían llevar a la muerte del futbolista.
“Habiendo previsto el riesgo y aceptándolo, con indiferencia produjeron el resultado”, dijo Ferrari, al comenzar este jueves la etapa de alegatos en el juicio que se ha prolongado por siete meses en la ciudad de San Isidro, al norte de Buenos Aires.
Otros tres integrantes del equipo médico -un psicólogo, un enfermero y su coordinador- fueron acusados de homicidio culposo (no intencional). El fiscal pidió penas de cinco años de prisión para el psicólogo y de cuatro años para los otros dos acusados.
El fiscal señaló que, en su caso, el juicio no probó indiferencia pero sí un “cúmulo de acciones negligentes e imprudentes”. Ferrari se abstuvo de pedir la detención inmediata de los acusados en caso de ser hallados culpables, pero solicitó que no se les permita salir del país.
La fiscalía decidió no presentar cargos contra un séptimo imputado, el médico clínico Pedro Di Spagna. “No lo puedo creer, todavía no caigo”, exclamó Di Spagna a periodistas tras escuchar el pedido de absolución por parte de la fiscalía.
Muerte “evitable”
Los fiscales exhibieron una vez más las fotos de Maradona fallecido. Sus hijas Dalma, Gianinna y Jana, presentes en la sala, rompieron en llanto. “La muerte era evitable y la atención médica fue inadecuada”, dijo el otro fiscal de la causa, Cosme Iribarren.
Maradona murió a los 60 años el 25 de noviembre de 2020 por un edema pulmonar y un paro cardiorrespiratorio durante una internación domiciliaria en Tigre, cerca de Buenos Aires.
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El astro se recuperaba allí de una cirugía exitosa por un hematoma subdural en la cabeza a la que fue sometido el 3 de noviembre de ese año.
“A su suerte”
Según Ferrari, los integrantes del equipo médico “infringieron los deberes a su cargo, ejecutaron acciones contrarias al arte de curar, omitieron todos los actos que debían ejecutar y colocaron a Maradona en una situación de desamparo, librándolo a su suerte”.
“Existió un grupo de improvisados que olvidaron en todo momento que trataban a un paciente vulnerable y complejo”, dijo Ferrari.
Fernando Burlando, abogado de dos de las hijas de Maradona, dijo a periodistas en la puerta del tribunal que los alegatos de los fiscales habían sido “brillantes”.
Los acusados claman inocencia. Tras los alegatos, el abogado de la psiquiatra Cosachov consideró que “no está probado el dolo eventual” en su caso. “Es un punto flojo del alegato de la fiscalía”, dijo a la AFP el defensor Vadim Mischanchuk.
Tras casi 45 audiencias y más de 100 declaraciones entre testigos e imputados, “el núcleo histórico de la imputación ha permanecido intacto”, según el fiscal.
El juicio entró este jueves en su recta final, con el inicio de los alegatos de la fiscalía y de las querellas, que se prevé que duren dos semanas.
- Fuente: AFP
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El JEM evaluará si enjuicia y suspende a juez salpicado en un presunto esquema de coima
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) evaluará este jueves si enjuicia y suspende en sus funciones al juez en lo Civil y Comercial de Santa Rosa del Aguaray (San Pedro), Nelson Mercado. El magistrado fue denunciado por presuntamente solicitar 30.000 dólares en el marco de una causa penal por una megaestafa de 1,6 millones de dólares en perjuicio de productores y colonos menonitas del departamento de San Pedro.
Este dato salió a la luz tras la extracción de datos del teléfono celular de una de las acusadas, la abogada Ilsa Paredes (quien también enfrenta un proceso penal por estafa). Los mensajes revelados evidenciarían maniobras coordinadas con el juez Mercado para obtener beneficios indebidos en varios procesos judiciales, lo que compromete seriamente al magistrado en un esquema de presunta coima.
El órgano juzgador tomó conocimiento del caso a través de publicaciones periodísticas difundidas por medios de comunicación. Ahora, los integrantes del pleno —Alicia Pucheta, los ministros de la Corte César Garay y Manuel Ramírez Candía, los senadores Mario Varela y Pedro Díaz Verón, los diputados Diego Candia y Alejandro Aguilera, y el doctor Enrique Berni— deberán decidir si el enjuiciamiento se realizará con o sin suspensión del juez Nelson Mercado
En caso de que se pida la suspensión del juez, será el pleno de la Corte el que tendrá que hacer efectiva la suspensión del juez de la zona de Santa Rosa del Aguaray.