El Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Milciades Ovelar, Flavia Recalde y Carmen Leticia Barrios condenó a 14 años de cárcel a un hombre tras ser hallado culpable por coacción sexual y violación. La resolución de los magistrados se dio a conocer luego del juicio oral y público.
La víctima tenía 15 años de edad al momento de la comisión del ilícito y padecía de problemas mentales. En el caso también fueron sentenciados con anterioridad cuatro menores de edad, a 3 años de pena privativa de libertad.
El juicio oral y público se realizó en el Poder Judicial de Ciudad del Este. El agente fiscal Alfredo Acosta Heyn, de la Unidad Zonal de Hernandarias, representó al Ministerio Público y sustentó la acusación y demostró la responsabilidad del acusado con diferentes elementos probatorios.
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Según los antecedentes, el hecho ocurrió el 28 de mayo del 2016 en horas de la noche. La acusación fiscal refiere que en aquella oportunidad, el hoy condenado y sus cómplices encerraron al menor en una vivienda de la zona. En el sitio, se turnaron para cometer el ilícito. Luego, trasladaron a la víctima hasta su casa y le tiraron en el patio, amenazándole de muerte para que no contara lo ocurrido. Sin embargo, la madre, quien encontró a su hijo ya en horas de la madrugada con graves secuelas, radicó la denuncia penal.
Posteriormente fueron detenidos los autores del hecho y fueron juzgados por un Tribunal de Sentencia que los condenó.
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Piden de 4 a 12 años de cárcel para equipo médico que atendió a Maradona antes de morir
La fiscalía pidió este jueves entre cuatro y 12 años de prisión para la mayoría de los integrantes del equipo médico que asistió al astro del fútbol Diego Maradona en una internación domiciliaria previa a su muerte en 2020 en Argentina.
El fiscal Patricio Ferrari solicitó penas de 12 años de prisión para el médico personal de Maradona, Leopoldo Luque; 10 para la coordinadora de la empresa de medicina privada, Nancy Forlini; y ocho para su psiquiatra, Agustina Cosachov. Además, pidió 10 años de inhabilitación profesional para ellos.
Los tres fueron acusados de homicidio con dolo eventual, una figura que implica que eran conscientes de que sus acciones u omisiones podían llevar a la muerte del futbolista.
“Habiendo previsto el riesgo y aceptándolo, con indiferencia produjeron el resultado”, dijo Ferrari, al comenzar este jueves la etapa de alegatos en el juicio que se ha prolongado por siete meses en la ciudad de San Isidro, al norte de Buenos Aires.
Otros tres integrantes del equipo médico -un psicólogo, un enfermero y su coordinador- fueron acusados de homicidio culposo (no intencional). El fiscal pidió penas de cinco años de prisión para el psicólogo y de cuatro años para los otros dos acusados.
El fiscal señaló que, en su caso, el juicio no probó indiferencia pero sí un “cúmulo de acciones negligentes e imprudentes”. Ferrari se abstuvo de pedir la detención inmediata de los acusados en caso de ser hallados culpables, pero solicitó que no se les permita salir del país.
La fiscalía decidió no presentar cargos contra un séptimo imputado, el médico clínico Pedro Di Spagna. “No lo puedo creer, todavía no caigo”, exclamó Di Spagna a periodistas tras escuchar el pedido de absolución por parte de la fiscalía.
Muerte “evitable”
Los fiscales exhibieron una vez más las fotos de Maradona fallecido. Sus hijas Dalma, Gianinna y Jana, presentes en la sala, rompieron en llanto. “La muerte era evitable y la atención médica fue inadecuada”, dijo el otro fiscal de la causa, Cosme Iribarren.
Maradona murió a los 60 años el 25 de noviembre de 2020 por un edema pulmonar y un paro cardiorrespiratorio durante una internación domiciliaria en Tigre, cerca de Buenos Aires.
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El astro se recuperaba allí de una cirugía exitosa por un hematoma subdural en la cabeza a la que fue sometido el 3 de noviembre de ese año.
“A su suerte”
Según Ferrari, los integrantes del equipo médico “infringieron los deberes a su cargo, ejecutaron acciones contrarias al arte de curar, omitieron todos los actos que debían ejecutar y colocaron a Maradona en una situación de desamparo, librándolo a su suerte”.
“Existió un grupo de improvisados que olvidaron en todo momento que trataban a un paciente vulnerable y complejo”, dijo Ferrari.
Fernando Burlando, abogado de dos de las hijas de Maradona, dijo a periodistas en la puerta del tribunal que los alegatos de los fiscales habían sido “brillantes”.
Los acusados claman inocencia. Tras los alegatos, el abogado de la psiquiatra Cosachov consideró que “no está probado el dolo eventual” en su caso. “Es un punto flojo del alegato de la fiscalía”, dijo a la AFP el defensor Vadim Mischanchuk.
Tras casi 45 audiencias y más de 100 declaraciones entre testigos e imputados, “el núcleo histórico de la imputación ha permanecido intacto”, según el fiscal.
El juicio entró este jueves en su recta final, con el inicio de los alegatos de la fiscalía y de las querellas, que se prevé que duren dos semanas.
- Fuente: AFP
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Piden que cumpla condena en su casa
Junta médica se realizará mañana en el Hospital Nacional de Itauguá para elevar informe al juzgado.
La defensa del exgobernador de Central Hugo Javier González formalizó ayer el pedido de arresto domiciliario para continuar con un tratamiento ambulatorio debido a su cuadro clínico. La Justicia dispuso la realización de una junta médica para dictaminar si corresponde modificar su reclusión penitenciaria.
Hugo Javier estaba cumpliendo una condena de 10 años en la Unidad Penitenciaria Industrial La Esperanza, donde el 6 de setiembre pasado sufrió un traumatismo de cráneo en su celda. Los médicos del Hospital Nacional de Itauguá indicaron que está listo para recibir el alta hospitalaria, pero aún presenta secuelas luego del fuerte golpe.
“Hemos presentado un incidente de prisión domiciliaria a favor de Hugo Javier atendiendo a su situación médica. Nosotros consideramos que corresponde la prisión domiciliaria porque si bien es cierto que tuvo un buen avance en su estado de salud, el problema es con la parte neurológica”, expresó Guillermo Gayoso, abogado defensor, en entrevista con el programa “Tarde de perros”, del canal GEN y Universo 970/Nación Media.
El letrado indicó que el juez de la causa pidió que se conforme una junta médica con peritos del Poder Judicial, del Ministerio Público y de la defensa para hacer una inspección médica exhaustiva en el Hospital Nacional de Itauguá y determinar en qué situación de salud se encuentra el exgobernador.
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Prietismo viola veda electoral con propaganda a favor de Pereira Mujica
En pleno desarrollo de los comicios generales municipales, el prietismo incurrió en la violación de la veda electoral con la difusión de afiches alusivos a las candidaturas del intendentable Daniel Pereira Mujica y el aspirante a concejal Víctor Torales.
Según la denuncia, el hecho se registró frente a la escuela y colegio 8 de diciembre del barrio 23 de octubre de Ciudad del Este. La propaganda a favor de ambos políticos se encontraba instalada en un vehículo utilizado aparentemente para el traslado de votantes.
El hecho cobró relevancia teniendo en cuenta que durante la jornada electoral rige la prohibición de realizar actos de propaganda y proselitismo, conforme a las disposiciones del Código Electoral. La abierta violación fue registrada ante la presencia de efectivos policiales, quienes se encontraban apostados en la zona.
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Sin embargo, los agentes policiales no intervinieron ante la presencia del vehículo que exhibía los afiches de ambos candidatos del Partido Yo Creo, liderado por el exjefe comunal destituido por corrupción Miguel Prieto.
La presencia de los afiches en plena elecciones constituye un incumplimiento de las restricciones vigentes para los comicios municipales.
El periodo de propaganda electoral el cual se entiende como exposición en la vía y espacios públicos de pasacalles, afiches, gigantografías, la realización de pintatas, afiches y pancartas, finalizó el pasado 1 de octubre.
Las sanciones para quienes infrinjan el plazo de propaganda electoral están fijadas en los artículos 323 y 329 del Código Electoral.
Los mismos estipulan penas de uno a tres años de cárcel más una multa equivalente a doscientos jornales a quienes realizaren actos de propaganda electoral una vez finalizado el plazo y de dos a seis meses de cárcel más una multa equivalente a quinientos jornales mínimos para los directivos o responsables de los medios masivos de comunicación que infringieren los plazos de propaganda electoral previstas en la ley.
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Minga Porã: condenan a 22 años de prisión a un sexagenario por abuso sexual de una niña
- Ciudad del Este. Agencia regional
En el Poder Judicial de Ciudad del Este concluyó hoy un juicio oral y público con la condena a 22 años de prisión a Ceferino Rolón Agüero, de 69 años, por el abuso sexual de una niña, de manera sistemática. Ocurrió en la comunidad de Naranjito, de Itakyry.
El Tribunal de Sentencia que dictó el fallo estuvo integrado por los magistrados Flavia Lorena Recalde (Presidente), Evangelina Villalba y Lourdes Morínigo. El fiscal acusador fue Fidel Godoy, de la unidad zonal de Minga Porã.
De acuerdo con los antecedentes del caso, la agresión sexual ocurrió en la colonia Naranjito, distrito de Itakyry, y tuvo como víctima a una niña de 9 años al momento de los hechos.
Según la acusación, Rolón Agüero abusó de ella en varias ocasiones, aprovechando que la menor acudía habitualmente a su vivienda para jugar con sus nietas.
El último episodio se produjo el 12 de enero de 2021, alrededor del mediodía, en una plantación de mandioca.
En aquella ocasión, la esposa de Rolón Agüero lo sorprendió durante el hecho y luego comunicó lo ocurrido a la madre de la niña, quien presentó la denuncia ante la Policía que comunicó a la Fiscalía.
Posteriormente, el Ministerio Público inició el proceso penal, que derivó en un juicio oral. Durante las deliberaciones se incorporaron declaraciones testimoniales, informes técnicos y las actuaciones realizadas por los intervinientes en la investigación.
También se agregaron el acta de denuncia, informes y documentos policiales, registros fotográficos y el examen médico forense.
La revisión forense determinó rastros de lesiones físicas antiguas y nuevas en la víctima. A esta evidencia se sumaron la evaluación psicológica de la víctima y la grabación de su declaración en Cámara Gesell, realizada como anticipo jurisdiccional de pruebas el 27 de mayo de 2021.
Durante esa diligencia, la niña relató haber sido víctima de abusos sexuales reiterados por parte de Ceferino Rolón. El conjunto de estos elementos probatorios sustentó la acusación fiscal y derivó en la condena.