Los funcionarios del Poder Judicial que tengan enfermedad de base trabajarán desde sus casas. Así establece la Acordada N°1373/2020 firmada por los ministros de la máxima instancia judicial.
En este grupo están las personas con cáncer de etiología, pacientes en tratamientos de quimioterapia, radioterapia y otros. Asimismo, los funcionarios que se realizan transfusiones, pacientes dializados, pacientes renales (inmunodeprimidos, patologías crónicas).
Igualmente los funcionarios que sufren de diabetes tipo 1 y tipo 2, pacientes con cardiopatías, HTA grave, enfermedades arteriales y venosas, pacientes trasplantados, pacientes respiratorios asma bronquial, enfermedades respiratorias, crónicas y pacientes inmunodeficientes.
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A todos ellos se les asignará tareas para que realicen desde sus domicilios. Asimismo, las funcionarias embarazadas y en periodo de lactancia no podrán acudir a ninguna sede judicial.
Los documentos que avalen las condiciones mencionadas deberán ser remitidos conforme al procedimiento de la Dirección General de Recursos Humanos para la aplicación de la Acordada N° 1373/2020.
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Corte ratifica absolución de una persona en caso de supuesta estafa
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes, ratificó la absolución de culpa y pena de Farid Ismael Yinde, quien fue juzgado por los delitos de estafa y tentativa de estafa.
Esta decisión se tomó al declarar inadmisibles los recursos extraordinarios de casación presentados por el abogado querellante, Guillermo Duarte Cacavelos, y la agente fiscal Esmilda Álvarez.
Con esta resolución judicial se demostró que no existió ningún delito por parte de Yinde Ríos. De este modo, la demanda civil contra la empresa multinacional Villa Oliva Rice S.A. —donde se reclama la suma de G. 3.181.960.050— seguirá su curso.
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La defensa de Yinde Ríos estuvo representada por el abogado Roberti Cardozo, quien demostró durante el juicio oral que su defendido no cometió ningún hecho punible. Dicha situación fue validada inicialmente por el Tribunal de Sentencia que lo absolvió de culpa y pena. El fallo fue confirmado posteriormente por la Cámara de Apelaciones y, finalmente, ratificado por la Corte Suprema de Justicia.
Antecedentes
Los antecedentes del caso indican que la causa penal se inició con la denuncia presentada por la multinacional mencionada, a través de su presidente, Marcos Alex.
Este indicó ante el Ministerio Público que Farid Yinde habría estafado a la firma extranjera al incumplir un contrato para recuperar créditos fiscales y, a su vez, quedarse con pagos indebidos.
Por su parte, la defensa sostuvo que la denuncia de la empresa fue montada con el único fin de evitar el pago de los honorarios profesionales de Yinde.
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Corte ratifica condena de 10 años para Carlos Granada quien deberá volver a la cárcel
El exgerente periodístico de Canal 9, Carlos Granada, deberá volver a la cárcel para cumplir una condena de 10 años de pena privativa de libertad, tras ser declarado culpable por acoso sexual, coacción y coacción sexual.
Así lo resolvió la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por la defensa del condenado, con lo cual queda firme la sentencia de 10 años de prisión.
Los ministros de la máxima instancia judicial Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes concluyeron que el recurso no cumplía con los requisitos de fundamentación exigidos por la ley, por lo que rechazaron su estudio.
De esta manera, quedó confirmada la resolución dictada en primera y segunda instancia. Granada se encontraba con libertad ambulatoria desde marzo de este año, pero con la presente determinación tendrá que regresar a un centro penitenciario.
En su resolución, la Corte señaló que no es suficiente afirmar que un fallo es infundado o expresar críticas y agravios, sino que tales cuestionamientos deben estar respaldados por argumentos jurídicos pertinentes y suficientes, requisito que, a criterio de la Sala Penal, no fue cumplido en este caso.
Granada fue condenado en noviembre del año pasado, luego de que un Tribunal de Sentencia concluyera que, mientras se desempeñaba como gerente de prensa del Grupo Albavisión, incurrió en conductas reiteradas y patrones similares de acoso y coacción contra las víctimas, aprovechando la posición jerárquica que ocupaba.
La sentencia también tuvo por acreditado que las víctimas eran jóvenes, estudiantes o pasantes que atravesaban una situación de vulnerabilidad económica. Durante el juicio se expusieron episodios reiterados de contactos físicos indebidos y otras conductas agresivas atribuidas al condenado.
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Corte dejó firme fallo condenatorio contra exsenador Galeano
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró la firmeza del fallo que ratificó la condena de 13 años de cárcel para el exsenador Erico Galeano.
El exparlamentario fue hallado culpable por los delitos de lavado de dinero y asociación criminal, luego de probarse que obtuvo beneficios de la estructura del narcotraficante uruguayo Sebastián Marset y Miguel Ángel Insfrán, alias “Tío Rico”.
La determinación fue adoptada luego de que la defensa del exlegislador desistiera del recurso extraordinario de casación presentado contra la resolución de segunda instancia. No obstante, los abogados aclararon que aún permanece pendiente una acción de inconstitucionalidad, por lo que sostienen que la condena todavía no quedó firme.
La máxima instancia judicial dispuso remitir el expediente al Tribunal de Sentencia para que se realicen los trámites correspondientes a la ejecución de la pena. Cabe recordar que Galeano se encuentra con prisión preventiva.
En el juicio oral, el Tribunal de Sentencia concluyó que el exparlamentario brindó apoyo operativo a la organización criminal entre los años 2020 y 2021.
A cambio, recibió beneficios económicos, entre ellos una inversión de G. 10.370 millones en el Club Capiatá, del cual integraba la comisión directiva mientras Marset era jugador de la institución.
La sentencia también tuvo por acreditado que, en octubre de 2020, Galeano vendió un inmueble ubicado en Altos por USD 1 millón en efectivo a Hugo González Ramos, considerado testaferro de Miguel Ángel Insfrán. Asimismo, se estableció que puso a disposición su aeronave para facilitar los desplazamientos de integrantes de la organización, luego de que la flota utilizada por el grupo fuera incautada en un procedimiento fiscal.
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Comisarías de oro: causa vuelve a la Corte Suprema
- HOY.COM.PY
La magistrada Adriana Giagni rechazó la inhibición de su par Mario Camilo Torres, argumentando falta de sustento legal sobre su supuesta relación de amistad con el senador procesado Rafael Filizzola, por lo que, el caso queda en manos de la Corte.
El expediente del caso judicial conocido como Comisarías de Oro regresó a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, luego de que la camarista Adriana Giagni impugnara de manera oficial el apartamiento de su colega, el juez Mario Camilo Torres.
Torres había decidido distanciarse de la causa aludiendo a un presunto vínculo de amistad con uno de los principales acusados, el actual senador Rafael Filizzola.
Giagni sostuvo que la inhibición presentada por el magistrado Torres carece de los fundamentos y de las pruebas documentales exigidas por el Código Procesal Penal para viabilizar una separación del cargo. Al no acreditarse formalmente los motivos de la supuesta cercanía con el procesado, se generó una discrepancia de competencia que paraliza temporalmente la conformación del Tribunal de Apelaciones.
A raíz de este desacuerdo técnico entre los camaristas, el legajo judicial fue remitido a la máxima instancia judicial del país. La Corte Suprema de Justicia tendrá la responsabilidad de estudiar los antecedentes institucionales y resolver si ratifica a Torres o si, por el contrario, confirma la postura de Giagni dentro del proceso legal, permitiendo así destrabar la conformación de la Cámara que debe resolver las apelaciones pendientes.
Fiscalía sostiene la acusación contra Filizzola
La acusación del Ministerio Público en el caso conocido como las “comisarías de oro” se mantiene firme tras 15 años de proceso, en los que, según la Fiscalía, no se logró desvirtuar la responsabilidad atribuida al exministro del Interior Rafael Filizzola por un presunto perjuicio de G. 1.200 millones al Estado. La Fiscalía afirma que solo una de las 24 comisarías llegó a completarse, con avances generales inferiores al 10 %.
El expediente sostiene que la licitación para la adecuación de 24 comisarías en el Área Metropolitana fue impulsada sin sustento técnico ni planificación previa, lo que habría derivado en un esquema de contratación cuestionado por el fiscal Luis Piñánez.
De acuerdo con la investigación, las obras fueron adjudicadas a la empresa Todo Verde Emprendimientos sin dictámenes técnicos, planos ni verificación de la necesidad de infraestructura, además de registrarse pagos acelerados pese a que las construcciones no estaban concluidas ni recepcionadas.
La acusación señala que en diciembre de 2010 se tramitaron solicitudes de transferencia de recursos por la totalidad del contrato, incluso cuando las obras no habían sido finalizadas, y que los desembolsos se concretaron en un plazo de 24 horas entre enero y febrero de 2011.