La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 30 años más 10 por medidas de seguridad, para Alcides Osmar Oviedo Brítez por el caso del secuestro de Arlan Fick. Actualmente cumple su sentencia por haber raptado a María Edith Bordón de Debernardi.
Se trata del líder máximo y creador del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), quien guardará prisión en la sede de la Agrupación Especializada.
En representación del Ministerio Público, el fiscal de Antisecuestro y Antiterrorismo, Joel Cazal, sostuvo la acusación ante el tribunal presidido por el juez Alberto Cabañas Gossen e integrado por los magistrados, Julio César Cabañas Mazacotte y Luis Alberto Ruiz Aguilar, como miembros titulares.
El colegiado resolvió la confirmación de la condena, luego del recurso de apelación presentado por el defensor público Juan Federico Hetter Garay contra la Sentencia Definitiva Nº 27 que data del 12 de junio de 2019, dictada por el Tribunal de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Concepción.
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Ratifican condena de 40 años de prisión para el autor del feminicidio de María Ramona Cardozo
La Cámara de Apelación de Cordillera ratificó la condena de 40 años de cárcel (30 años de prisión más 10 años como medida de seguridad) para Víctor Cantero, hallado culpable por el feminicidio de María Ramona Cardozo y el aborto provocado tras su homicidio. Los camaristas, Segundo Ibarra, Mirta Susana Granado y Carlos Cabriza decidieron rechazar el recurso de apelación planteado por la defensa, por lo que la sentencia fue confirmada.
Ahora la defensa del condenado tiene la posibilidad de recurrir a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia; serán los ministros de dicha sala quienes tendrán la última palabra para resolver si corresponde confirmar la sentencia condenatoria.
El fiscal de Caacupé, Gedeón Escobar, fue quien arrimó todos los elementos de prueba para lograr la pena de 40 años de cárcel para Cantero Sánchez. El crimen se registró en la Villa Serrana y tuvo como víctima a la pareja del condenado, quien cursaba un embarazo de siete meses.
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En primera instancia, el Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza Ángela Jara e integrado por los magistrados Cristel Müller de Peralta y Augusto Acuña, condenó al hombre a la pena máxima tras comprobar su responsabilidad en la muerte de la mujer.
De acuerdo con los antecedentes, el cuerpo de la víctima fue hallado calcinado y desmembrado en una zona del cerro Cristo Rey de Caacupé. María Ramona y Víctor Cantero mantenían una relación desde el 2016, pese a que él convivía con otra mujer. El embarazo de la víctima habría detonado el ataque fatal.
Conforme a la investigación, el condenado cometió el hecho debido a que mantenía una nueva relación sentimental y no deseaba que la víctima continuara interfiriendo en su vida.
La mujer fue reportada como desaparecida por sus familiares el 2 de julio de 2023, luego de no regresar a su vivienda ubicada en la ciudad de Altos. Tras varios días de búsqueda, sus restos fueron finalmente localizados en el cerro Cristo Rey como resultado de un minucioso trabajo investigativo que incluyó declaraciones testificales, análisis de imágenes de circuito cerrado y el estudio del tráfico de datos de las líneas telefónicas utilizadas por los involucrados.
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Ratifican condena de 30 años para Armando Javier Rotela y otros miembros de su clan
La Cámara de Apelación de Crimen Organizado ratificó la condena de 21 años de cárcel y 9 años de medidas de seguridad, totalizando así 30 años de pena para Armando Javier Rotela, líder del clan Rotela. Asimismo, se confirmaron las sentencias condenatorias para varios procesados por el tráfico de drogas y armas desde el penal de Tacumbú. La resolución lleva la firma de los camaristas Mario Camilo Torres, Arnulfo Arias y Paublino Escobar.
Además de Rotela, también se confirmaron las penas de Juan Javier Rodas Román (19 años más 4 de medidas de seguridad); Vicente Ignacio Chase Lauseker (18 años más 4 de medidas de seguridad); y Carlos Damián Fernández González, con una pena privativa de libertad de 14 años.
Del mismo modo, se confirmó la condena de 10 años de cárcel para Carmen Carolina Ortiz Figueredo; 12 años de encierro para Fredy Magdaleno Pérez Montiel y Ronald Herminio Cantero Ibáñez; y 13 años para Christian Mario Martínez Medina. Todos ellos fueron procesados por narcotráfico y violación de la Ley de Armas.
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El camarista Camilo Torres, quien fue preopinante, estudió uno por uno los recursos y consideró que corresponde la confirmación de la determinación adoptada en primera instancia.
Antecedentes
La investigación del caso se inició en el 2021, durante la pandemia, cuando se logró interceptar llamadas telefónicas mediante autorización judicial. Según la Fiscalía, Armando Javier Rotela seguía operando desde Tacumbú a través de los mismos guardiacárceles, quienes facilitaban la entrega de sustancias y la introducción de armas de fuego bajo sus órdenes.
Rotela cumplirá condena en 2046
En el caso de Armando Rotela, en abril de 2024, una jueza unificó dos sentencias en su contra y determinó una pena total de 23 años de cárcel y 8 años de medidas de seguridad. Se trataba de una sentencia previa de 19 años de cárcel y 8 años de medidas de seguridad, sumada a otra pena de 8 años de prisión. Con esa decisión, deberá permanecer en prisión hasta el año 2046.
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Condenan a 30 años a un hombre por el feminicidio de una joven a orillas del río Paraná
El Tribunal de Sentencia, integrado por Patricia Elena Maidana (presidenta), Cynthia Lorena Mareco y Cynthia Vega Martínez, condenó a 30 años de cárcel a Jorge Daniel Duarte Retamar. El hombre fue hallado culpable de feminicidio y aborto, tras el asesinato de una joven de 19 años que cursaba el sexto mes de embarazo.
El agente fiscal de Ayolas, Hugo Dávalos, representó al Ministerio Público y presentó todos los elementos probatorios necesarios para obtener la sentencia condenatoria.
El crimen ocurrió en diciembre de 2023 a orillas del río Paraná. La investigación se inició tras el hallazgo del cuerpo de la joven, encontrado sin vida en la zona del barrio San Rafael, en la ciudad de Ayolas. Durante el juicio oral y público, el fiscal logró probar que Duarte Retamar ahogó a la víctima para ocultar el embarazo de quien era su pareja casual.
Actualmente, la defensa cuenta con el plazo legal para apelar el fallo. En ese caso, un tribunal de apelación deberá decidir si confirma o revoca la condena impuesta.
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Condenan a 15 años de prisión a un hombre por abusar de su hijastra de 9 años
Ciudad del Este. Agencia Regional.
Un joven de 25 años fue condenado a 15 años de prisión por el abuso sexual de una niña de 9 años, su hijastra. El juicio oral concluyó este jueves 9 de abril en el Palacio de Justicia de la capital del Alto Paraná y el sentenciado está en prisión desde abril del 2025.
El Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza Gloria Vera e integrado por sus pares Diego Duarte y Margarita Martínez, consideró plenamente demostrado el hecho y la responsabilidad del acusado, aun cuando la niña se retractó en la Cámara Gesell al igual que su madre durante el juicio.
La fiscal del caso fue Julia González, de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra Niños y Adolescentes N° 2 de Ciudad del Este.
El Ministerio Público sostuvo la acusación mediante informes psicológicos, victimológicos y testimonios de las profesionales que evaluaron a la víctima. Durante el juicio fue expuesto que el ahora condenado abusó de la niña varias veces, al manosearla en sus partes íntimas.
La víctima se retractó durante la diligencia en Cámara Gesell y la madre hizo lo mismo durante el juicio oral. Ante esto, la Fiscalía demostró que existieron factores externos que influyeron en dichas retractaciones.
“Los informes sicológicos, tanto al inicio como posterior a la etapa de la denuncia, refieren claramente el abuso sufrido por la niña; ella realizó relatos coherentes sobre la veracidad de lo ocurrido”, dijo a La Nación/Nación Media la fiscal Julia González, al ser consultada sobre la retractación.
Asimismo, explicó que se presentó en el juicio un informe detallado del trabajo socio ambiental que se realizó sobre la situación en que sobrevive la niña y las condiciones de un entorno de amenaza. Agregó que la niña vive en un asentamiento y parte de la familia del agresor presionaba a la madre porque podría perder su casa en el lugar, según incluyó el informe en juicio.
Hecho juzgado
Los abusos ocurrieron en una vivienda del barrio Guaraní de Ciudad del Este. El último episodio sucedió el 11 de abril de 2025, cuando el agresor llegó al domicilio para almorzar. En un momento dado, tomó del brazo a su hijastra y la llevó por la fuerza hasta una habitación, donde procedió a manosearla tras bajarle sus prendas de vestir.
El relato fiscal detalla que el acto se interrumpió cuando el aparato celular del agresor comenzó a sonar. Al atender la llamada, la niña aprovechó el descuido para escapar de la habitación. No obstante, tras finalizar la comunicación, el hombre intentó retomar el acto de agresión y la niña logró zafarse.
Tras el relato inicial de la menor, la madre radicó la denuncia y declaró ante la Fiscalía, iniciando el proceso de investigación que culminó este jueves con la aplicación de la pena privativa de libertad.