La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 30 años más 10 por medidas de seguridad, para Alcides Osmar Oviedo Brítez por el caso del secuestro de Arlan Fick. Actualmente cumple su sentencia por haber raptado a María Edith Bordón de Debernardi.
Se trata del líder máximo y creador del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), quien guardará prisión en la sede de la Agrupación Especializada.
En representación del Ministerio Público, el fiscal de Antisecuestro y Antiterrorismo, Joel Cazal, sostuvo la acusación ante el tribunal presidido por el juez Alberto Cabañas Gossen e integrado por los magistrados, Julio César Cabañas Mazacotte y Luis Alberto Ruiz Aguilar, como miembros titulares.
El colegiado resolvió la confirmación de la condena, luego del recurso de apelación presentado por el defensor público Juan Federico Hetter Garay contra la Sentencia Definitiva Nº 27 que data del 12 de junio de 2019, dictada por el Tribunal de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Concepción.
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A Ultranza Py: tribunal confirmó condenas para Joaquín Roa y Alberto Koube
La Cámara de Apelaciones, integrada por los magistrados Pablino Escobar, Mario Camilo Torres y Arnulfo Arias, confirmó la condena de ocho años de cárcel para el exministro abdista de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), Joaquín Roa, en una causa vinculada con la investigación A Ultranza Py, de febrero de 2022.
El exfuncionario de Estado fue encontrado culpable por lavado de dinero, cohecho pasivo y asociación criminal en direccionar licitaciones en dicha dependencia estatal para su beneficio personal y el de terceros.
Además de la pena privativa de libertad, los magistrados dispusieron el comiso de un yate de USD 450.000 que obtuvo Roa como fruto de las licitaciones direccionadas y la prohibición de ejercer cargos públicos por 5 años.
Igualmente, fue confirmada la sentencia para el empresario Alberto Koube a seis años de prisión por soborno agravado en calidad de autor, administración en provecho propio, en calidad de instigador, lavado de dinero en calidad de coautor.
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La ejecución de la condena quedará supeditada hasta que el fallo quede firme. De acuerdo a la sentencia tanto Roa como Koube causaron un perjuicio patrimonial a la Secretaría de Emergencia Nacional de aproximadamente G. 16.000 millones, principalmente mediante contratos de alquiler de camiones y provisión de chapas.
De acuerdo al Ministerio Público entre los años 2018 y 2021, Roa quien se desempeñaba como ministro desde 2013, adjudicó millonarias licitaciones y contrataciones a favor de Koube con la finalidad de obtener beneficios económicos conjuntos a costa de fondos públicos, conformando de esa forma una asociación criminal.
Las adjudicaciones direccionadas se canalizaron mediante empresas vinculadas a Koube, como Grupo Tapyracuai S.A., y de un entramado de firmas y personas relacionadas, entre ellas JPA Logística, Noemacol, Sofimac, Joaquín Núñez y Katerine Ayala, entre otros.
Varios elementos probatorios fueron claves para el presente caso, entre ellos resaltan los mensajes intercambiados entre Roa y Koube en los que Roa solicitaba montos de dinero en concepto de “pan dulce” y “sidra” a cambio del direccionamiento de las licitaciones.
También se mencionó que Koube era el que manejaba las licitaciones y los desembolsos, presionando a Roa, a quien trataba de “Papacho” para que se puedan liberar los fondos.
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Erico Galeano solicita permiso al Senado, sin goce de dieta
El senador colorado Erico Galeano presentó en la fecha una nota remitida a la presidencia de la Cámara de Senadores, encabezada por Basilio Núñez, en la cual solicita a sus colegas la aprobación de un permiso sin goce de dietas, hasta tanto quede firme y ejecutoriada la sentencia definitiva respecto al proceso judicial en su contra por los hechos de asociación criminal y lavado de dinero.
En la nota que remitió a la presidencia de la Cámara Alta, el senador Galeano argumenta que el pedido de permiso que solicita lo hace en virtud a lo dispuesto en el artículo 30 del reglamento inteno de la Cámara de Senadores, amparándose de igual forma en el principio fundamental de la “presunción de inocencia”, el cual está garantizado en el artículo 17 de la Constitución Nacional.
Menciona además, que en el caso que sea aprobado por el plenario de la Cámara Alta, se tenga en cuenta las disposiciones contenidas en el artículo 191 de la Constitución de la República, en cuanto los derechos y prerrogativas al cargo del legislador, con relación a que ningún senador o diputado puede ser detenido o arrestado desde el día de su elección hasta el fin de su mandato.
El senador Galeano recuerda además, que existe jurisprudencia, en la Honorable Cámara de Senadores, ya que en el pasado ya se han otorgado permisos sin goce de dieta, por circunstancias personales contempladas en varias resoluciones a lo largo de varios periodos legislativos.
Cabe recordar que la semana pasada, el Tribunal de Sentencia, conformado por los jueces Pablino Barreto (presidente), Juan Dávalos e Inés Galarza, condenó a 13 años de prisión al senador Galeano por los hechos de asociación criminal y lavado de dinero.
Este tribunal especializado en Delitos Económicos y Anticorrupción encontró la vinculación del legislador con narcotraficantes en el marco de la investigación conocida como A Ultranza Py.
Sin embargo, el Tribunal de Sentencia le mantuvo las medidas alternativas a la prisión, manteniendo la prisión preventiva domiciliaria. Si bien, el Ministerio Público solicitó la pena máxima de 17 años, y la revocatoria de la medida preventiva, este tribunal dictó una pena de 13 años de cárcel. El juicio por este caso duró seis meses.
En caso de que el Senado apruebe este pedido de permiso, inmediatamene convocará a la suplente, que en este caso cae en la persona Guadalupe Aveiro.
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Tribunal de Sentencia condenó a tres expolicías stronistas a 20 y 25 años de cárcel
Un Tribunal de Sentencia condenó a 20 y 25 años de cárcel a tres expolicías stronistas, todos adultos mayores luego de ser encontrado culpable por tortura cuya víctima fue Domingo Guzmán Rolón quien ya falleció en el 2024. La resolución se dio 50 años después de haber sucedido el hecho.
Los condenados a 25 años de cárcel son Eusebio Torres, Fortunanto Laspina y a 20 años de cárcel fue sentenciado Manuel Alcaraz. Los jueces decidieron ordenar el arresto domiciliario. Los jueces que condenaron a los tres acusados son Fabián Escobar, Carlos Hermosilla y Juan Pablo Mendoza.
La sentencia se registró casi 50 años después, cuya víctima fue el dirigente Domingo Guzmán Rolón Centurión, quien sufrió tortura en el Departamento de Investigaciones de la Policía de la Capital, entre 1976 y 1978. Cumplirán arresto domiciliario.
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El Tribunal de Sentencia consideró probado que los tres condenados participaron de una serie de torturas que recibió Rolón. La víctima, que murió en el año 2024, sufrió torturas con garrote, látigo y otros objetos durante su detención.
Los jueces señalaron que valoraron cada una de las pruebas documentales, testificales, de informes, “pruebas que van a servir de base para el dictado de la sentencia in extenso en formato papel que va a estar disponible el próximo jueves 19 de febrero”.
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Adultos mayores denuncian desalojo irregular y aguardan sentencia del Tribunal en Villa Hayes
Dos adultos mayores siguen reclamando justicia tras el desalojo de una propiedad rural de 9 hectáreas, en el departamento de Presidente Hayes, que según consideran, les fue arrebatada mediante un presunto engaño familiar.
La propiedad está ubicada sobre la ruta Transchaco, en Costa Guazú, km. 35, distrito de Benjamín Aceval.
Los denunciantes que fueron desalojados son: Alicia Ramona Amarilla Vda. de García y su primo Fermín Mario Amarilla, quienes acompañados por su representante legal, el abogado Hugo Britos acudieron nuevamente a la sede judicial para dar seguimiento a la causa N° 008/2023, actualmente en estudio ante un Tribunal de Apelación.
INTEGRADO SETIEMBRE DE 2024
El caso es analizado por un Tribunal compuesto por los magistrados: César Eduardo Rojas, Víctor Hugo Rorzewsky, y Víctor Ilich.
El colegiado fue integrado formalmente el 27 de setiembre de 2024, y desde entonces los afectados aguardan una resolución definitiva.
De acuerdo con el abogado Britos, el tribunal debe pronunciarse sobre la legalidad de la medida cautelar que permitió el ingreso a la propiedad y el posterior desalojo.
“Estamos esperando que el Tribunal dicte sentencia. Confiamos en que se resolverá conforme a derecho”, expresó el profesional.
CONFLICTO FAMILIAR
Según el relato de la señora Alicia, el conflicto se inició hace aproximadamente ocho años, cuando habría firmado documentos que —según afirma— no le fueron debidamente explicados. Alega que creyó estar firmando papeles relacionados con gestiones bancarias, y no una transferencia de dominio.
En el expediente se menciona la presunta participación de su hija, Delia García, a quien los denunciantes atribuyen la operación que derivó en la pérdida del inmueble.
El abogado defensor sostiene que la propiedad habría sido transferida por un monto que considera desproporcionado respecto al valor real del mercado en la zona del Chaco.
DESALOJO
Hace aproximadamente seis meses se ejecutó un procedimiento de desalojo que, según los denunciantes, se realizó en circunstancias confusas y con presencia del abogado Hermes López Turlán, señalado como supuesto nuevo propietario.
Familiares de la afectada calificaron el operativo como violento y humillante, afirmando que la mujer fue retirada del inmueble donde residió durante décadas.
EXTREMA PRECARIEDAD
Actualmente, la señora Alicia vive en casa de familiares, en condiciones que describen como de extrema precariedad. Los afectados señalan que la situación económica y emocional se agravó tras el desalojo.
Además, denuncian que los animales de producción que formaban parte de la finca quedaron sin manejo adecuado, lo que compromete su sustento.
“Ella no quiere perjudicar a nadie, solo quiere volver a su casa”, reiteró el abogado Britos.
URGENCIA DE SENTENCIA
Los familiares solicitan que el Tribunal dicte sentencia con carácter urgente, atendiendo la edad avanzada de la afectada y la situación vulnerable en la que se encuentra.
Mientras el expediente avanza en instancia de revisión, la causa N° 008/2023 se convierte en un caso que pone en debate aspectos sensibles como la protección patrimonial de adultos mayores, la validez de actos jurídicos cuestionados y la celeridad procesal en situaciones de vulnerabilidad.
La resolución del Tribunal será determinante para definir si la señora Alicia podrá retornar a la propiedad que afirma haber habitado durante más de cuatro décadas.
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