El fiscal Lionel Piñanez de la Unidad Delitos Económicos y Anticorrupción apeló contra el lo dispuesto por el juzgado penal de Garantías, con lo cual se pretende remitir el caso del diputado Miguel Cuevas, a la localidad de Paraguarí, quien fue imputado por declaración falsa y enriquecimiento Ilícito.

La Fiscalía considera que la decisión del juez Miguel Tadeo Fernández, desemboca en una resolución arbitraria, puesto que no tiene fundamentos en las actuaciones cumplidas en la presente causa.

Recordemo que el magistrado resolvió hacer lugar a la excepción de falta de jurisdicción, presentado por la abogada, Noris Amira Pedrozo Silva, en defensa de Enzo Cuevas, imputado por enriquecimiento Ilícito en calidad de cómplice de su padre.

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La fiscalía manifiesta que el Tribunal de Apelaciones, resolvió en forma apresurada y sin mayor fundamento lo solicitado por Miguel Cuevas y los otros procesados, sin acceder siquiera al expediente judicial, teniendo en cuenta que no se fijó en la imputación, menos en el cuaderno de investigación del Ministerio Público con más de treinta tomos.

“Sin sustento”

“El Juez Penal de Garantías Nº 11 de la Capital sin sustento jurídico alguno afirmó que los hechos punibles obrantes en la imputación se realizaron en el departamento de Paraguarí, al respecto el Ministerio Público se pregunta ¿qué elementos tuvo a la vista para entender y tomar esa decisión?”.

Piñanez argumenta en su apelación que la resolución recurrida, ha sido dictada como consecuencia de una excepción producida en el marco de un proceso penal y que la resolución del juzgado ocasiona un agravio irreparable al Ministerio Público.

El Ministerio Público sostiene que teniendo en cuenta la calificación provisoria atribuida a Enzo Cuevas, la cual está vinculada a la conducta del autor, Miguel Cuevas, por ese motivo la competencia jurisdiccional debe definirse en base al análisis de los hechos punibles imputados al autor, atendiendo al vínculo procesal existente.

También refiere el escrito en la imputación fiscal no solo fueron procesados padre e hijo, sino también dos personas más por otros hechos punibles.

La defensa de Enzo Cuevas argumento en su excepción, que la jurisdicción de la Capital es incompetente, atendiendo a que los hechos en ésta causa fueron realizados en el departamento de Paraguarí, correspondiendo la competencia jurisdiccional a éste departamento.

El fiscal de la causa también apeló a la resolución que otorgó a Cuevas y su esposa Nancy Florentin, quienes solicitaron que dicha causa sea remitida a Paraguarí, pedido otorgado por el juez.

En ambos casos, no solo se puede visualizar la ausencia de motivación de la resolución impugnada por fundamentación aparente, sino también la errónea aplicación de la ley en la resolución impugnada.

“Se entiende como una razón, la explicación de por qué algo es de determinada manera y no de otra. Ello es así, puesto que el Juez impugnado, simplemente se limitó a transcribir la posición de las partes y emitir decisiones sin sustento legal que lo avale”, reza parte del fundamento de la Fiscalía.

En consecuencia, se considera ajustado a derecho, que en la causa siga teniendo intervención un Juzgado Penal de Garantías de la Capital.

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