Un Tribunal de Primera Instancia sentenció a 2 años de pena privativa de libertad con suspensión condicional de la ejecución de la condena a Luis Enrique Muñoz Armas. Fue hallado culpable de la comisión del hecho punible de Incumplimiento del Deber Legal Alimentario.
La agente fiscal Daniela Benítez en el Juicio Oral y Público pidió la condena del acusado, argumentando que se probó su responsabilidad en los hechos investigados.
Los antecedentes del caso revelan que el 24 de mayo de 2018 la madre del menor formuló la denuncia en contra de Muñoz Armas. Señaló que por Sentencia Definitiva N° 032 del 8 de febrero de 2017, emanada del Juzgado Penal de la Adolescencia a cargo del juez Guillermo Trovato, se hizo lugar al aumento de la Asistencia Alimenticia, en la demanda promovida por la denunciante.
De esta forma, se fijó la suma de 19.852 jornales mínimos diarios para actividades diversas no especificadas, equivalente a la suma de G. 1.300.000 en forma mensual que el imputado debía pagar por adelantado y desde la fecha de inicio del juicio (mayo 2015). El juzgado abrió una cuenta en el BNF para el depósito correspondiente y se corroboró que el denunciado incumplió en varias ocasiones la obligación que tiene de depositar el aludido monto a favor de sus hijos.
El Tribunal presidido por la jueza Mesalina Fernández luego de analizar las pruebas arrimadas por la Fiscalía, declaró probado en Juicio los presupuestos de la punibilidad de la conducta del acusado y lo condenó a 2 años de prisión.
Luego, el Colegiado suspendió a prueba la ejecución de la pena bajo la obligación de que el condenado abone el monto fijado por la S.D. N° 032, como también abone la deuda que asciende a G. 21.757.000, una vez que presente la Resolución quede firme y ejecutoriada, en el plazo de 2 años.

