Un Tribunal de Ape­lación ordenó que la Dirección de Catas­tro proceda a desbloquear las propiedades de Ramón Gon­zález Daher y Fernando Gon­zález, quienes plantearon una acción de amparo cons­titucional contra el Direc­tor del Servicio Nacional de Catastro, Francisco Ruiz Díaz, por haber ordenado el bloqueo de todos los inmue­bles que figuran a nombres de los accionantes. Lo llama­tivo del presente caso es que Catastro bloqueó los inmue­bles sin tener ninguna orden judicial.

En primera instancia la jueza de Sentencia, María Fer­nanda de Zúñiga, rechazó el amparo y los abogados de los accionantes apelaron la determinación adoptada por la citada magistrada. Gonzá­lez Daher y González Karja­llo apelaron la resolución de la referida jueza de Sentencia.

Los camaristas Bibiana Benítez, José Agustín Fer­nández y Delio Vera Navarro analizaron la presente cues­tión y resolvieron revocar la determinación adoptada por la jueza de Sentencia, María Fernanda García de Zúñiga, y a su vez hicieron lugar a la acción de amparo contra el Servicio Nacional de Catas­tro y ordenaron a Catastro el levantamiento de los blo­queos que pesan sobre los inmuebles de Ramón Gon­zález Daher y Fernando Gon­zález Karjallo.

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La camarista Benítez indicó en su voto que “la autoridad administrativa ha tomado una decisión evidentemente arbitraria e ilegal en razón de que no cuenta con autoriza­ción legal para resguardar los inmuebles de personas que se encuentran ligadas a la investi­gación, pero no se encuentran procesadas”.

Además, tam­poco está autorizada por nin­guna orden judicial conforme se afirma en la contestación de esta acción; es decir, la decisión de bloquear los inmuebles de Ramón Mario González Daher y Fernando Ramón González Karjallo por estar los mismos ligados a una investigación, pero sin que ninguna norma­tiva ni órgano jurisdiccional le autorice, repito, torna la decisión administrativa de ilegal y arbitraria”.

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