Según datos que dieron a conocer, unos 25.000 casos corresponden a niños y adolescentes.
El número de causas ingresadas este año al Poder Judicial por medio del Ministerio de Defensa Pública, es de 75.000 casos en todos los fueros (civiles, penales, laborales, contencioso administrativo y niñez y adolescencia). De los cuales alrededor de 25.000 casos fueron causas de niños y adolescentes, de acuerdo a los datos brindados por la Defensora General Interina del Ministerio de Defensa Pública, Abog. Selva Morel de Acevedo.
Esta cifra de causas de niños que llegaron al Poder Judicial, corresponden a numerosos casos, según dijo en una entrevista en Paraguay TV. Tomando como ejemplo, uno de los primeros inconvenientes que podría tener un niño al momento de nacer, es su salud. “Si ocurrió que el niño al nacer tuvo un resfrío y luego se convirtió en algo grave; y visto que los padres de ese niño se encuentran en situación de vulnerabilidad o no pueden salir a buscar ayuda, el defensor público debe conseguir unidad de terapia intensiva para ese niño” explicó Morel.
La Defensora General señaló además que otra de las necesidades básicas del niño al nacer es la de alimentarse y su deber es velar por el cumplimiento. En caso de incumplimiento, se procede a la demanda por prestación alimentaria, ya sea al padre, a los abuelos, o hasta la madre en caso de abandono al recién nacido. Explicó que “estos casos son los que llevan más tiempo debido a que se deben cumplir con los procesos judiciales, de pruebas, etc.”.
Contraposición de intereses
En la ocasión, la Abog. Carolina Silveira, una de las defensoras públicas que presta el servicio gratuito de defensa en la institución, explicó que entre las labores que cumplen los defensores públicos en el fuero de la niñez y adolescencia, se encuentra también la de intervención en todos los juicios donde estén comprometidos intereses de los niños. “Existen casos, por ejemplo, donde hay una contraposición de intereses; el de los padres, tutores o responsables con el de los niños, donde estos últimos podrían salir perjudicados, entonces los defensores tienen también la función de precautelar los derechos y garantías del menor por encima de los litigios en los que estén involucrados”, concluyó.
Recordemos que el Ministerio de Defensa Pública es una institución que ejerce la defensa de ciudadanos de escasos recursos económicos, ausentes, incapaces, niños y adolescentes infractores en la jurisdicción civil, laboral, de la niñez y adolescencia, contencioso-administrativo y penal.
La Misión del Ministerio de la Defensa Publica es la de asesorar, asistir, representar y defender gratuitamente a las personas físicas que carecen de recursos suficientes para el acceso a la jurisdicción. Ejercerá así la tutela judicial efectiva de sus derechos en condiciones de igualdad. El interesado debe recurrir al Defensor Público que se encuentre de turno en la jurisdicción y circunscripción que le corresponde.
Fuero penal
Por otra parte, la titular del Ministerio de Defensa Pública manifestó que con la Ley N° 5777 de Protección Integral de las mujeres contra todo tipo de violencia, por primera vez en la historia, el Ministerio de Defensa Pública se abre a la representación en el fuero penal y trabajará de la mano con el Ministerio Público.