El informe de auditoría de reacción inmediata llevada a cabo por los auditores de la propia Corte Suprema de Justicia a la actuación de las juezas de sentencias de Ciudad del Este, Haydé Leonor Barboza y Mónica Rivas, en la causa caratulada “Ministerio Público contra Junior Abel García y Juan Manuel Huaman Villanueva sobre Ley 1340/88 drogas”, revela que no se encontró ninguna irregularidad en la actuación de las magistradas Barboza y Rivas. Ambas juezas absolvieron a dos personas procesadas por narcotráfico debido a que se cambió la droga por harina.

El informe de auditoría señala claramente que “ésta auditoría no encuentra méritos para que las magistradas sean sometidas a un proceso disciplinario, como tampoco observa causal de enjuiciamiento conforme a la Ley Nº 3759/2009, por lo tanto, es criterio de esta dirección recomendar el archivo de la presente denuncia en relación a las juezas Haydé Leonor Barboza, Mónica Rivas y Carmen Barrios”.

Esta situación aparentemente no fue tenida en cuenta por los integrantes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) al momento de resolver remover de sus cargos a las juezas de sentencia.

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Fallo arbitrario

La destitución de cuatro magistradas de sentencias del Alto Paraná, dada a conocer el martes pasado por el JEM, constituye un atropello a la independencia del Poder Judicial, según el análisis de las afectadas, ya que primaron criterios políticos. En la sesión del martes pasado, el JEM tomó la determinación de remover de sus cargos a las juezas de sentencias Haydé Barboza y Mónica Rivas por haber supuestamente favorecido a procesados por narcotráfico.

Las mismas anunciaron que atacarán de inconstitucional dicha disposición porque entienden que es arbitraria, sin fundamentos jurídicos y con análisis meramente parcialista. Se considera que todo se limita a un mediatismo tal que fulmina la honorabilidad y la capacidad técnico-profesional de las personas que llegaron a esos cargos.

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